DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, XXXX XXXXXXX XX XXXXXXX)
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE LA SUBCUENCA DEL RIO CHIPILLICO ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nº 001-2016-PMANCHI/CE
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD) SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONCURSO PÚBLICO N° 014/2018-SBS 4 CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

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  • DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN3 Etapa Fecha, hora y lugar

  • CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Cronograma del procedimiento 3.2 Vigencia de la oferta 3.3 Precio de la oferta 3.4 Plazo de ejecución 3.5 Alcance de la oferta 3.6 Forma de pago

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria.

  • Disposiciones comunes Los privilegios no se extienden a los gastos y costas, salvo lo dispuesto en el artículo 273 de esta ley. Se extienden a los intereses, pero sólo por el plazo de dos (2) años a contar de la fecha de la xxxx.

  • Procedimiento de Selección El procedimiento de selección se hará mediante Licitación Pública Nacional en Etapa Múltiple.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días hábiles a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por única vez en igual plazo, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de OFERTA, según lo establece el Art. Nº 13 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1 Los derechos y obligaciones de cada una de LAS PARTES son las que constan en el referido Pliego de Condiciones Específicas que regulan el presente Contrato.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.