Incidentes Cláusulas de Ejemplo

Incidentes. 3.5.1 Las Partes deberán informarse inmediatamente si son conocedores que existe el riesgo que un registro de datos se hay registrado de forma impropia o incorrecta (por ej. un registro o inscripción no autorizada en nombre de un tercero) y/o si el usuario ha revocado el consentimiento para recibir publicidad. El registro de datos en cuestión será bloqueado y ya no se usará en el futuro.
Incidentes. Es condición indispensable que en el momento de la recepción del material, ya sea enviado por medios de CS Andalucía en virtud de acuerdo particular, ya sea por Agencia de Transportes, se indique en el albarán de entrega de material, al transportista, cualquier incidencia que pueda haber relativa al estado del mismo, del embalaje o del número de bultos o paquetes. También es imprescindible que se comunique dicha incidencia en un plazo máximo de 24 horas desde la recepción del material a CS Andalucía para que se proceda a la subsanación del incidente.
Incidentes a) Restablecer la normalidad de las operaciones del servicio según los ANS propuestos.  Minimizar el impacto adverso sobre las operaciones del Ministerio.
Incidentes. En el transcurso del trámite arbitral no tiene cabida la formación de incidentes.
Incidentes. El licitante adjudicado deberá entregar un reporte mensual de incidentes presentados en el que incluyan los detalles de su atención y solución al mismo. Consumo, capacidad y respaldos Informe mensual de los detalles de capacidad y/o almacenamiento de toda la infraestructura del SNDIF. Resumen ejecutivo de todos los tickets que fueron generados en el mes con los datos generales del ticket, fecha, hora, descripción, estatus y demás que se consideren necesarios. El licitante Adjudicado deberá entregar copia de los reportes de mantenimiento preventivo y correctivo generados en el mes de acuerdo con el calendario establecido (Mantenimiento preventivo) y para el caso del Mantenimiento correctivo el resumen soportado con la evidencia. El reporte deberá contener los generales del reporte xx xxxxx o mejora, el estado de los equipos (hardware y software), las acciones de mejora recomendadas, mediciones de tiempos de respuesta con su evidencia de cumplimiento de niveles de servicio.
Incidentes. 5.2.1. Cuando dentro del establecimiento de Acindar S.A. ocurran incidentes de cualquier índole, protagonizados, total o parcialmente, por personal vinculado a la empresa contratista (o a sus subcontratistas), esta última deberá emitir un informe de "incidente", dentro de las 48 horas de ocurrido. Dicho informe deberá presentarse a la Gerencia de Seguridad de Acindar S.A. y contener, asimismo, la indicación de las medidas adoptadas para prevenir toda secuela de alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, departamento o sección, así como para evitar su reiteración ulterior. En caso de omisión en la presentación del informe dentro del plazo indicado, Acindar S.A. podrá aplicar, en concepto de cláusula penal, una multa equivalente al importe xx xxxx (10) salarios mínimos vitales vigentes en la fecha de ocurrencia del incidente.
Incidentes. El Contratista deberá llevar un registro por bitácora de todos los incidentes que ocuuran en la carretera. La atención y remediación de estos Incidentes debe ser efectuada por el Contratista conforme se trata para los diferentes casos, en la Sección 4 anterior. Adicionalmente, el Contratista deberá cargar la información levantada de estos Incidentes en una base de datos, que permita ordenarla y procesarla estadísticamente, a efecto de analizar su recurrencia y posibles causas inductoras en algunos sitios de los Tramos Carreteros, para determinar si estos sitios constituyen Puntos de Conflicto por condiciones naturales o defectos en el diseño o estado de la infraestructura. Si los trabajos necesarios para reparar daños causados a la infraestructura del Paquete Carretero por un incidente están por debajo de las cantidades límite incluidas en la tabla siguiente, el Contratista llevará a cabo estos trabajos sin tener derecho a invocar la previsión del Contrato concerniente a actividades de emergencia, ya que se considera que podrá reparar los daños utilizando el equipo y personal asignado a las actividades de Conservación Rutinaria a su cargo, sin que represente una distracción de estas obligaciones y que sea significativa en el cumplimiento de sus Estándares de Desempeño. Tabla. Límites para reparaciones de incidentes por evento. Derrumbes de material sobre el camino y deslaves de taludes m3 200 Daño menor en alcantarillas Número 1 Concreto Asfáltico m3 20 Material de Base m3 40 Concreto hidráulico m3 5 Terraplenes m3 200 En estos casos la autorización del Representante de la Dependencia no es necesaria y el Contratista deberá llevar a cabo las actividades por su propia iniciativa. Sin embargo, deberá informar al Representante de la Dependencia de los daños ocurridos y de las medidas de remedio tomadas. Cuando el derrumbe o deslave afecte la corona del camino o sea inminente que tal cosa suceda, el Contratista deberá atender de inmediato el incidente hasta su total reparación considerándolo preferentemente sobre las labores regulares de conservación. El Contratista deberá asegurarse que cualquier desvío o interrupción del tránsito originada por incidentes sea reportada sin retraso al centro de control local o regional designado de la Policía Federal Preventiva (PFP) o aquel cuerpo policiaco que lo sustituya, policía estatal y/o municipal (dependiendo de la naturaleza del desvío o interrupción), al Centro SCT y al Representante de la Dependencia, de acuerdo co...
Incidentes. 4.2.1. Cuando dentro del establecimiento de Siderca S.A.I.C. ocurran incidentes de cualquier índole, protagonizados, total o parcialmente, por personal vinculado al Transportista (o a sus Transportistas subcontratados), este último deberá emitir un informe de "incidente", que entregará en Seguridad (HISE/ SEGU), dentro de las 48 horas de ocurrido. Dicho informe deberá contener, asimismo, la indicación de las medidas adoptadas para prevenir toda secuela de alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, departamento o sección, así como para evitar su reiteración ulterior.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.