Common use of Igualdad de oportunidades y no discriminación Clause in Contracts

Igualdad de oportunidades y no discriminación. En Xxxx Xxxx Española la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanos, gestión del conocimiento, de la calidad y de la responsabilidad social que como Institución tiene Xxxx Xxxx. Desde Xxxx Xxxx Española se asume la Política de Igualdad que establece el Plan de Igualdad que el Equipo Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado en base a diagnóstico realizado como los Equipos de Igualdad de las Oficinas Territoriales de Xxxx Xxxx Española. Como pilares de esta política de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales que cifra el presente Convenio Laboral destacamos: -La aplicación de los principios sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que establece el Plan de Igualdad de Xxxx Xxxx Española. -Funcionamiento de un Equipo de Igualdad en la Oficina Provincial de Xxxx Xxxx Española en Santa Xxxx de Tenerife, como órgano asesor y de seguimiento e implantación del Plan de Igualdad. El Equipo de Igualdad estará integrado por el Agente de Igualdad, por una o dos personas del Área de Secretaría, por una o dos personas del Área de Coordinación y por una persona designada por el Comité de Empresa -Existencia de la figura del Agente de Igualdad, que recaerá en el Secretario Provincial o persona en quien delegue, y será la persona encargada de liderar el proceso de diagnóstico y de análisis de la realidad y del diseño, desarrollo y evaluación del plan de acción. -Cumplimiento del protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual, por razón de sexo y acoso moral o mobbing. -Utilizar criterios objetivos en los procesos de selección, promoción y formación. -Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad de condiciones, al candidato/a cuyo sexo esté subrepresentado en el puesto de trabajo a cubrir. -Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad y la perspectiva de género en el trabajo de Xxxx Xxxx Española. -Establecer el principio de igual retribución por un trabajo de igual valor. Entendiendo retribución en sentido amplio, incluyendo todos los conceptos retributivos percibidos y la valoración de todos los puestos de trabajo. -Incluir medidas de conciliación de la vida laboral y personal tal y como se recogen en el presente Convenio. -Promover una concepción integral de la salud, poniendo atención tanto a los riesgos psíquicos como físicos y desarrollando actuaciones preventivas dirigidas al conjunto de trabajadores y trabajadoras, teniendo en cuenta la realidad y especialidad (acoso sexual., maternidad etc.) de estas últimas. -Atender a las circunstancias personales de las personas víctimas de violencia de género, estableciendo permisos especiales, preferencia de traslado, beneficios sociales, etc..., hasta la normalización de su situación. -Regularizar el uso de un lenguaje no sexista. DISPOSICIONES ADICIONALES.

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Igualdad de oportunidades y no discriminación. En Xxxx Xxxx Española la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanos, gestión del conocimiento, de la calidad y de la responsabilidad social que como Institución tiene Xxxx Xxxx. Desde Xxxx Xxxx Española se asume la Política de Igualdad que establece el Plan de Igualdad que el Equipo Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado en base a diagnóstico diag- nóstico realizado como los Equipos de Igualdad de las Oficinas Territoriales de Xxxx Xxxx Española. Como pilares de esta política de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales labora- les que cifra el presente Convenio Laboral destacamos: -La - La aplicación de los principios sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que establece el Plan de Igualdad de Xxxx Xxxx Española. -Funcionamiento - Funcionamiento de un Equipo de Igualdad en la Oficina Provincial de Xxxx Xxxx Española en Santa Xxxx de TenerifeÁvila, como órgano asesor y de seguimiento e implantación del Plan de Igualdad. El Equipo de Igualdad estará integrado por el Agente de Igualdad, por una o dos personas del Área de SecretaríaSecretaría , por una o dos personas del Área de Coordinación y por una persona designada por el Comité de Empresa -Existencia - Existencia de la figura del Agente de Igualdad, que recaerá en el Secretario Provincial Pro- vincial o persona en quien delegue, y será la persona encargada de liderar el proceso pro- ceso de diagnóstico y de análisis de la realidad y del diseño, desarrollo y evaluación del plan de acción. -Cumplimiento - Cumplimiento del protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual, por razón de sexo y acoso moral o mobbing. -Utilizar Se acompaña como Anexo. - Regular criterios objetivos en los procesos de selección, promoción y formación. -Utilización - Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad de condiciones, al candidato/a cuyo sexo esté subrepresentado en el puesto de trabajo a cubrir. -Planificar - Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad y la perspectiva de género en el trabajo de Xxxx Xxxx Española. -Establecer - Establecer el principio de igual retribución por un trabajo de igual valor. Entendiendo Enten- diendo retribución en sentido amplio, incluyendo todos los conceptos retributivos percibidos y la valoración de todos los puestos de trabajo. -Incluir - Incluir medidas de conciliación de la vida laboral y personal tal y como se recogen reco- gen en el presente Convenio. -Promover - Promover una concepción integral de la salud, poniendo atención tanto a los riesgos ries- gos psíquicos como físicos y desarrollando actuaciones preventivas dirigidas al conjunto de trabajadores y trabajadoras, teniendo en cuenta la realidad y especialidad espe- cialidad (acoso sexual., maternidad etc.) de estas éstas últimas. -Atender - Atender a las circunstancias personales de las personas víctimas de violencia de género, estableciendo permisos especiales, preferencia de traslado, beneficios sociales, etc..., hasta la normalización de su situación. -Regularizar - Regularizar el uso de un lenguaje inclusivo no sexista. DISPOSICIONES ADICIONALES.

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Igualdad de oportunidades y no discriminación. En Xxxx Xxxx Española la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanos, gestión del conocimiento, de la calidad y de la responsabilidad social que como Institución tiene Xxxx Xxxx. Desde Xxxx Xxxx Española se asume la Política política de Igualdad igualdad que establece el Plan de Igualdad igualdad que el Equipo Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado en base a diagnóstico realizado reali- zado como los Equipos equipos de Igualdad igualdad de las Oficinas Territoriales oficinas territoriales de Xxxx Xxxx Española. Como pilares de esta política po- lítica de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales que cifra el presente Convenio Laboral destacamos: -La – La aplicación de los principios sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que establece el Plan de Igualdad de Xxxx Xxxx Española. -Funcionamiento – Funcionamiento de un Equipo equipo de Igualdad igualdad en la Oficina Provincial oficina provincial de Xxxx Xxxx Española en Santa Xxxx de TenerifeAlbacete, como órgano asesor y de seguimiento e implantación del Plan de Igualdad. El Equipo equipo de Igualdad igualdad estará integrado in- tegrado por el Agente de Igualdad, por una o dos personas del Área de Secretaría, por una o dos personas del Área de Coordinación y por una persona o dos personas designada por el Comité de Empresa -Existencia Empresa. – Existencia de la figura del Agente de Igualdad, que recaerá en el Secretario la Secretaría Provincial o persona en quien delegue, y será la persona encargada de liderar el proceso de diagnóstico y de análisis de la realidad y del diseñodi- seño, desarrollo y evaluación del plan de acción. -Cumplimiento – Cumplimiento del protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual, por razón de sexo y acoso moral o mobbing. -Utilizar criterios objetivos – Regular criterio objetivo en los procesos de selección, promoción y formación. -Utilización – Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad de condiciones, al candidato/a cuyo sexo esté subrepresentado en el puesto de trabajo a cubrir. -Planificar – Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad igualdad y la perspectiva de género en el trabajo de Xxxx Xxxx Española. -Establecer – Establecer el principio de igual retribución por un trabajo de igual valor. Entendiendo retribución en sentido amplio, incluyendo todos los conceptos retributivos percibidos y la valoración de todos los puestos de trabajo. -Incluir – Incluir medidas de conciliación de la vida laboral y personal tal y como se recogen en el presente Convenio. -Promover – Promover una concepción integral de la salud, poniendo atención tanto a los riesgos psíquicos como físicos físi- cos y desarrollando actuaciones preventivas dirigidas al conjunto de trabajadores y trabajadoras, teniendo en cuenta la realidad y especialidad (acoso sexual., maternidad maternidad, etc.) de estas últimas. -Atender – Atender a las circunstancias personales de las personas víctimas de violencia de género, estableciendo permisos especiales, preferencia de traslado, beneficios sociales, etc...., hasta la normalización de su la situación. -Regularizar – Regularizar el uso de un lenguaje no sexista. DISPOSICIONES ADICIONALES.capítulo Xiii Beneficios sociales

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Igualdad de oportunidades y no discriminación. En Desde Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanosrecursos humanos, gestión del conocimiento, de la calidad y de la responsabilidad social que como Institución tiene Xxxx XxxxXxxx Española. Desde Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid se asume la Política política de Igualdad igualdad que establece el Plan de Igualdad que el Equipo Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado en base a al diagnóstico realizado como los Equipos de Igualdad de las Oficinas Territoriales de Xxxx Xxxx Españolarealizado. BOCM-20200711-1 Como pilares de esta política de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales que cifra el presente Convenio Laboral convenio destacamos: -La - La aplicación de los principios sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que establece el Plan de Igualdad de Xxxx Xxxx Española. -Funcionamiento - Funcionamiento de un Equipo equipo de Igualdad igualdad en la Oficina Provincial de Xxxx Xxxx Española en Santa Xxxx la Comunidad de TenerifeMadrid, como órgano asesor y de seguimiento e implantación del Plan plan de Igualdadigualdad. El Equipo de Igualdad Este B.O.C.M. Núm. 167 SÁBADO 00 XX XXXXX XX 0000 equipo estará integrado por cuatro personas representantes de la Institución incluido el Agente de Igualdad, por una o dos Igualdad y cuatro personas del Área comité de Secretaría, por una o dos personas del Área de Coordinación y por una persona designada por el Comité de Empresa -Existencia empresa. - Existencia de la figura del Agente de Igualdad, que recaerá en el Secretario Provincial Autonómico o persona en quien delegue, y será la persona encargada de liderar el proceso de diagnóstico y de análisis de la realidad y del diseño, desarrollo y evaluación del plan de acción. -Cumplimiento - Cumplimiento del protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual, por razón de sexo y acoso moral o mobbing. -Utilizar - Regular criterios objetivos en los procesos de selección, promoción y formación. -Utilización - Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad de condiciones, al candidato/a la persona candidata cuyo sexo esté subrepresentado en el puesto de trabajo a cubrir. -Planificar - Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad igualdad y la perspectiva de género en el trabajo de Xxxx Xxxx EspañolaEspañola en la Comunidad de Madrid. -Establecer - Establecer el principio de igual retribución por un trabajo de igual valor. Entendiendo retribución en sentido amplio, incluyendo todos los conceptos retributivos percibidos y la valoración de todos los puestos de trabajo. -Incluir - Aplicar medidas de conciliación de la vida laboral y personal tal y como se recogen en el presente Conveniopersonal. -Promover - Promover una concepción integral de la salud, poniendo atención tanto a los riesgos psíquicos como físicos y desarrollando actuaciones preventivas dirigidas al conjunto de trabajadores y trabajadoras, teniendo en cuenta la realidad y especialidad (acoso sexual., maternidad etc.) de estas últimas. -Atender personal laboral - Atender a las circunstancias personales de las personas víctimas de violencia de género, estableciendo permisos especiales, preferencia de traslado, beneficios sociales, etc...., hasta la normalización de su situación. -Regularizar el uso de un lenguaje no sexista. DISPOSICIONES ADICIONALES.

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Samples: Convenio Colectivo 2018 2022

Igualdad de oportunidades y no discriminación. En Desde Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanosrecursos humanos, gestión del conocimiento, de la calidad y de la responsabilidad social que como Institución tiene Xxxx XxxxXxxx Española. Desde Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid se asume la Política política de Igualdad igualdad que establece el Plan de Igualdad que el Equipo Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado en base a al diagnóstico realizado como los Equipos de Igualdad de las Oficinas Territoriales de Xxxx Xxxx Españolarealizado. Como pilares de esta política de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales que cifra el presente Convenio Laboral convenio destacamos: -La - La aplicación de los principios sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que establece el Plan de Igualdad de Xxxx Xxxx Española. -Funcionamiento - Funcionamiento de un Equipo equipo de Igualdad igualdad en la Oficina Provincial de Xxxx Xxxx Española en Santa Xxxx la Comunidad de TenerifeMadrid, como órgano asesor y de seguimiento e implantación del Plan plan de Igualdadigualdad. El Equipo de Igualdad Este equipo estará integrado por cuatro personas representantes de la Institución incluido el Agente de Igualdad, por una o dos Igualdad y cuatro personas del Área comité de Secretaría, por una o dos personas del Área de Coordinación y por una persona designada por el Comité de Empresa -Existencia empresa. - Existencia de la figura del Agente de Igualdad, que recaerá en el Secretario Provincial Autonómico o persona en quien delegue, y será la persona encargada de liderar el proceso de diagnóstico y de análisis de la realidad y del diseño, desarrollo y evaluación del plan de acción. -Cumplimiento - Cumplimiento del protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual, por razón de sexo y acoso moral o mobbing. -Utilizar - Regular criterios objetivos en los procesos de selección, promoción y formación. -Utilización - Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad de condiciones, al candidato/a la persona candidata cuyo sexo esté subrepresentado en el puesto de trabajo a cubrir. -Planificar - Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad igualdad y la perspectiva de género en el trabajo de Xxxx Xxxx EspañolaEspañola en la Comunidad de Madrid. -Establecer - Establecer el principio de igual retribución por un trabajo de igual valor. Entendiendo retribución en sentido amplio, incluyendo todos los conceptos retributivos percibidos y la valoración de todos los puestos de trabajo. -Incluir - Aplicar medidas de conciliación de la vida laboral y personal tal y como se recogen en el presente Conveniopersonal. -Promover - Promover una concepción integral de la salud, poniendo atención tanto a los riesgos psíquicos como físicos y desarrollando actuaciones preventivas dirigidas al conjunto de trabajadores y trabajadoras, teniendo en cuenta la realidad y especialidad (acoso sexual., maternidad etc.) de estas últimas. -Atender personal laboral - Atender a las circunstancias personales de las personas víctimas de violencia de género, estableciendo permisos especiales, preferencia de traslado, beneficios sociales, etc...., hasta la normalización de su situación. -Regularizar el uso de un lenguaje no sexista. DISPOSICIONES ADICIONALES.

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Samples: Convenio Colectivo

Igualdad de oportunidades y no discriminación. En Xxxx Xxxx Española la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanos, gestión del conocimiento, de la calidad y de la responsabilidad social que como Institución tiene Xxxx Xxxx. Desde Xxxx Xxxx Española se asume la Política de Igualdad que establece el establezca la Comisión Nego- ciadora del Plan de Igualdad que para el Equipo ámbito Nacional de Igualdad de la Institución ha aprobado en base a diagnóstico realizado como los Equipos de Igualdad de las Oficinas Territoriales de Xxxx Xxxx EspañolaInstitución. Como pilares de esta política de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales que cifra el presente Convenio Laboral destacamos: -La — La aplicación de los principios sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres hom- bres que establece el Plan de Igualdad de Xxxx Xxxx Española. -Funcionamiento de un Equipo de Igualdad en la Oficina Provincial de Xxxx Xxxx Española en Santa Xxxx de Tenerife, como órgano asesor y de seguimiento e implantación del Plan de Igualdad. El Equipo de Igualdad estará integrado por el Agente de Igualdad, por una o dos personas del Área de Secretaría, por una o dos personas del Área de Coordinación y por una persona designada por el Comité de Empresa -Existencia de la figura del Agente de Igualdad, que recaerá en el Secretario Provincial o persona en quien delegue, y será la persona encargada de liderar el proceso de diagnóstico y de análisis de la realidad y del diseño, desarrollo y evaluación del plan de acción. -Cumplimiento (ANEXO V) — Cumplimiento del protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual, por razón de sexo y acoso moral o mobbing. -Utilizar mobbing.(ANEXO IV) — Regular criterios objetivos en los procesos de selección, promoción y formación. -Utilización — Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad igual- dad de condiciones, al candidato/a cuyo sexo esté subrepresentado en el puesto de trabajo a cubrir. -Planificar — Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad y la perspectiva pers- pectiva de género en el trabajo de Xxxx Xxxx Española. -Establecer — Establecer el principio de igual retribución por un trabajo de igual valor. Entendiendo retribución en sentido amplio, incluyendo todos los conceptos retributivos percibidos y la valoración de todos los puestos de trabajo. -Incluir — Incluir medidas de conciliación de la vida laboral y personal tal y como se recogen en el presente Convenio. -Promover — Promover una concepción integral de la salud, poniendo atención tanto a los riesgos psíquicos como físicos y desarrollando actuaciones preventivas dirigidas al conjunto de trabajadores y trabajadoras, teniendo en cuenta la realidad y especialidad (acoso sexualse- xual., maternidad etc.) de estas últimas. -Atender — Atender a las circunstancias personales de las personas víctimas de violencia de género, estableciendo permisos especiales, preferencia de traslado, beneficios sociales, etc....…, hasta la normalización de su situación. -Regularizar — Regularizar el uso de un lenguaje no sexista. DISPOSICIONES ADICIONALES.

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Igualdad de oportunidades y no discriminación. En Xxxx Xxxx Cruz Roja Española la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanosrecursos humanos, gestión del conocimiento, de la calidad y de la responsabilidad social que como Institución institución tiene Xxxx XxxxCruz Roja. Desde Xxxx Xxxx Cruz Roja Española se asume la Política política de Igualdad igualdad que establece el Plan de Igualdad que el Equipo Nacional equipo nacional de Igualdad igualdad de la Institución institución ha aprobado en base a diagnóstico realizado como con los Equipos equipos de Igualdad igualdad de las Oficinas Territoriales oficinas territoriales de Xxxx Xxxx Cruz Roja Española. Como pilares de esta política de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales que cifra el presente Convenio Laboral convenio laboral destacamos: -La - La aplicación de los principios sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que establece el Plan de Igualdad de Xxxx Xxxx Cruz Roja Española. -Funcionamiento - Funcionamiento de un Equipo equipo de Igualdad igualdad en la Oficina Provincial oficina provincial de Xxxx Xxxx Cruz Roja Española en Santa Xxxx de Tenerife, Girona como órgano asesor y de seguimiento e implantación del Plan plan de Igualdadigualdad. El Equipo equipo de Igualdad igualdad estará integrado por el Agente agente de Igualdadigualdad, por una o dos personas del Área área de Secretaría, secretaría y por una o dos personas del Área área de Coordinación y por una persona designada por el Comité de Empresa -Existencia coordinación. - Existencia de la figura del Agente agente de Igualdadigualdad, que recaerá en el Secretario Provincial secretario provincial o persona en quien delegue, y será la persona encargada de liderar el proceso de diagnóstico y de análisis de la realidad y del diseño, desarrollo y evaluación del plan de acción. -Cumplimiento - Cumplimiento del protocolo para la prevención y tratamiento del acoso sexual, por razón de sexo y acoso moral o mobbing. -Utilizar - Regular criterios objetivos en los procesos de selección, promoción y formación. -Utilización - Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad de condiciones, al candidato/a cuyo sexo esté subrepresentado infra-representado en el puesto de trabajo a cubrir. -Planificar - Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad igualdad y la perspectiva de género en el trabajo de Xxxx Xxxx Cruz Roja Española. -Establecer el principio de igual retribución por un trabajo de igual valor. Entendiendo retribución en sentido amplio, incluyendo todos los conceptos retributivos percibidos y la valoración de todos los puestos de trabajo. -Incluir - Incluir medidas de conciliación de la vida laboral y personal tal y como se recogen en el presente Convenioconvenio. -Promover - Promover una concepción integral de la salud, poniendo atención tanto a los riesgos psíquicos como físicos y desarrollando actuaciones preventivas dirigidas al conjunto de trabajadores y trabajadoras, teniendo en cuenta la realidad y especialidad (acoso sexual., maternidad etc.) de estas éstas últimas. -Atender - Atender a las circunstancias personales de las personas víctimas de violencia de género, estableciendo permisos especiales, preferencia de traslado, beneficios sociales, etc...., hasta la normalización de su situación. -Regularizar el uso de un lenguaje no sexista. DISPOSICIONES ADICIONALES.

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