ANTICIPOS Cláusulas de Ejemplo

ANTICIPOS. Con antelación a la fecha pactada para el comienzo de los trabajos y a principios de cada ejercicio fiscal, la API entregará a el CONTRATISTA, en el domicilio de la API ubicado en avenida Teniente Azueta número 9, Colonia Burócrata, Manzanillo, Colima; Código Postal 28250, un anticipo a cuenta del monto total de la proposición de que se trate, siempre y cuando el contratista entregue el programa en el que se establezca la forma en que se aplicará dicho anticipo, la garantía prevista en el inciso “a” de la cláusula TRIGÉSIMA PRIMERA del presente contrato y el comprobante que reúna los requisitos fiscales. La API podrá requerir al contratista la información conforme a la cual se acredite el cumplimiento del citado programa; tal requerimiento podrá realizarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Dicho anticipo será por el % del valor de la asignación presupuestal para el ejercicio descrito en la cláusula DÉCIMA PRIMERA del presente contrato, es decir, el anticipo que se otorgará será por la cantidad de $ ( PESOS /100 MONEDA NACIONAL) más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, para que el CONTRATISTA realice en el sitio LOS TRABAJOS de la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de LOS TRABAJOS; así como, para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos que deberán otorgar. Fuera de lo mencionado anteriormente, no se otorgarán anticipos para la ejecución de LOS TRABAJOS. Este anticipo se aplicara en los términos indicados por el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y los artículos 138 y 139 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
ANTICIPOS. PARA EL INICIO DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO “LA CAASIM” OTORGARÁ A “EL PROVEEDOR”, A MANERA DE ANTICIPO Y CON ANTELACIÓN A LA FECHA PACTADA PARA EL INICIO DE LOS TRABAJOS, EL ___% (NO MÀS DEL 50%) DEL MONTO DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE EL MONTO TOTAL DEL ANTICIPO IMPORTA ENTONCES LA CANTIDAD DE $__________ (_____________________ PESOS 00/100 M.N.), CANTIDAD QUE INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.). ESTE ANTICIPO SE OTORGA EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL ESTADO XX XXXXXXX. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A UTILIZAR EL ANTICIPO MENCIONADO, DE LA FORMA ESTIPULADA Y EN EL SUMINISTRO DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, Y A JUSTIFICAR SU DEBIDA APLICACIÓN DENTRO DE LOS SIGUIENTES ___ (________) DÍAS NATURALES, A PARTIR DE LA FECHA DE LA ENTREGA DEL MISMO. EL ANTICIPO DEBERÁ SER AMORTIZADO PROPORCIONALMENTE CON CARGO A CADA UNA DE LAS ESTIMACIONES QUE SE FORMULEN POR LOS SUMINISTROS REALIZADOS, DEBIÉNDOSE LIQUIDAR EL FALTANTE POR AMORTIZAR EN LA ESTIMACIÓN FINAL. PARA LA AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO EN CASO DE RESCISIÓN DE ESTE CONTRATO, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REINTEGRAR A “LA CAASIM” EL SALDO POR AMORTIZAR DE LOS ANTICIPOS, EN UN TÉRMINO NO MAYOR DE __ (_____) DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE QUE LE SEA COMUNICADA LA RESCISIÓN, PARA LO CUAL SE LE RECONOCERÁN LOS BIENES EN PROCESO DE ADQUISICIÓN DEBIDAMENTE COMPROBADOS MEDIANTE LA EXHIBICIÓN DEL DOCUMENTO CORRESPONDIENTE, A SATISFACCIÓN DE “LA CAASIM” CONFORME AL PROGRAMA DE EJECUCIÓN PACTADO Y A LOS DATOS BÁSICOS DE PRECIOS DEL CONCURSO, CONSIDERANDO, EN SU CASO, LOS AJUSTES DE COSTOS AUTORIZADOS A LA FECHA DE LA RESCISIÓN. SIEMPRE Y CUANDO DICHOS BIENES SEAN DE LA CALIDAD REQUERIDA, Y “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETA A ENTREGARLOS EN EL LUGAR Y FECHA CONVENIDOS. EN EL CASO QUE “EL PROVEEDOR” NO REINTEGRE EL SALDO POR AMORTIZAR, ESTE SE OBLIGA A PAGAR GASTOS FINANCIEROS CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO, COMO SI SE TRATARA DEL SUPUESTO DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, LOS GASTOS FINANCIEROS SE CALCULARÁN SOBRE EL SALDO NO AMORTIZADO Y SE COMPUTARÁN POR DÍAS CALENDARIO DESDE QUE SE VENCIÓ EL PLAZO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGA LA CANTIDAD A DISPOSICIÓN DE “LA CAASIM”
ANTICIPOS. No se otorgará anticipo.
ANTICIPOS. No se otorgaran anticipos
ANTICIPOS. Para el inicio de la prestación del (los) servicio(s) objeto del presente contrato “La CONAGUA” otorgará un anticipo del _____% (__________ por ciento) del monto total del contrato, incluyendo el impuesto al valor agregado (IVA), mismo que importa la cantidad de $__________ (__________ pesos 00/100 M.N.), la que será entregada a “El Proveedor” en la fecha pactada y éste se obliga a utilizarlo en la realización de los mismos. El importe del anticipo será puesto a disposición de “El Proveedor” previa entrega de la garantía correspondiente y deberá constituirse por el importe total del anticipo, sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA), y en la misma moneda en la que se otorgó. El atraso en la entrega del anticipo será motivo para diferir en igual término el plazo de ejecución pactado. Cuando “El Proveedor” no entregue la garantía de anticipo en el plazo que para tal efecto se señale, no procederá el diferimiento y, por lo tanto, deberá iniciar la prestación del (los) servicio(s) en la fecha establecida originalmente. En el ejercicio subsecuente, la entrega del anticipo deberá hacerse previa entrega de la garantía del anticipo por parte de “El Proveedor”. El anticipo deberá ser amortizado proporcionalmente con cargo a cada uno de los pagos realizados por el (los) servicio(s) prestado(s), el cual será amortizado proporcionalmente al porcentaje del anticipo otorgado, debiéndose liquidar el faltante por amortizar en el pago final, es decir, en el último que se presente para su pago por parte de “El Proveedor”. En caso de rescisión administrativa del presente contrato, “El Proveedor” deberá reintegrar a “La CONAGUA” el anticipo y, en su caso, los pagos que haya recibido más los intereses correspondientes, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales, contados a partir de la fecha en que le sea notificada la resolución mediante la que se da por rescindido este contrato. Los intereses se calcularán sobre el monto del anticipo no amortizado y pagos realizados. En el supuesto de que “El Proveedor” no reintegre el saldo por amortizar del anticipo otorgado en el término señalado en el párrafo anterior, éste se obliga a pagar gastos financieros conforme a la tasa que será igual a la establecida por la ley de ingresos de la federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo pactado y hasta la fecha en que se pongan e...
ANTICIPOS. En términos de la Política 8 de las Políticas, Bases y Lineamientos para la Contratación de Obra Pública en la SCT, en general no se otorgarán anticipos.
ANTICIPOS. Las empresas vendrán obligadas, a petición del personal, a conceder un anticipo mensual del 100% xxx xxxxxxx devengado en el momento de la petición.
ANTICIPOS. NO SE OTORGARÁ ANTICIPO.
ANTICIPOS. En la presente licitación no se otorgarán anticipos.