Common use of Igualdad de oportunidades y no discriminación Clause in Contracts

Igualdad de oportunidades y no discriminación. Las partes firmantes del presente Coxxxxxx, conscientes de la necesidad de seguir avanzando en la igualdad de mujeres y hombre en el ámbito laboral, e incidir en la igualdad de trato y no discriminación de género, así como en la eliminación de estereotipos y fomentando el igual valor de hombre y mujeres en todos los ámbitos, se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo deferentes actuaciones en base a los siguientes principios: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 15 de 22/01/2018 Promover la aplicación efectiva de la igualdad de oportunidades en la empresa en cuanto al acceso al empleo, a la formación, a la promoción, a la protección a la maternidad y en las condiciones de trabajo. Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta. Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones concretas en esta materia. Impulsar una presencia equilibrada de la mujer en los ámbitos de la empresa. El sector de la construcción y obras públicas, materializando su compromiso y constante preocupación por la completa aplicación de políticas de igualdad, considera que en el caso de empresas de más de 100 trabajadores las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptados después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de estos objetivos fijados, los Planes de Igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias al acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los Planes de Igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.

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Samples: www.cnc.es, www.cnc.es

Igualdad de oportunidades y no discriminación. Las partes firmantes del presente CoxxxxxxXxxxxxxx, conscientes de la necesidad de seguir avanzando en la igualdad de mujeres y hombre hombres en el ámbito laboral, e incidir en la igualdad de trato y no discriminación de género, así como en la eliminación de estereotipos y estereotipos, fomentando el igual valor de hombre hombres y mujeres en todos los ámbitos, se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo deferentes actuaciones diferentes actuacio- nes en base a los siguientes principios: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 15 de 22/01/2018 Promover la aplicación efectiva de la igualdad de oportunidades en la empresa en cuanto al acceso al empleo, a la formaciónformación y reciclaje profesional, a la promoción, a la protección a la maternidad y en las condiciones condi- ciones de trabajo, a la igualdad en el trabajo, eliminando toda discriminación directa/indirecta, así como a la no discriminación salarial por razón de sexo. Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta. Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones concretas en esta materia. Impulsar una presencia equilibrada de la mujer en los ámbitos de la empresa. El sector de la construcción y obras públicas, materializando su compromiso y constante preocupación por la completa aplicación de políticas de igualdad, considera que en el caso de empresas de más de 100 trabajadores las medidas de igualdad deberán dirigirse La empresa está obligada a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptados después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptará las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Las partes firmantes del presente Xxxxxxxx establecen las siguientes medidas de aplicación en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación; Medidas referentes al acceso al empleo: – En las ofertas de empleo, no figurará ningún término o expresión que pueda contener en sí mismo una limitación por razón de género. – Los diferentes procesos de selección utilizados serán idénticos para hombres y eliminar mujeres y se aplicarán y desarrollarán exactamente bajo las mismas condiciones. Medidas referentes a la contratación: – No existirá predeterminación ni discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación género en la aplicación de los objetivos fijados. Para la consecución diferentes tipos de estos objetivos fijados, los Planes de Igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias al acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación contratación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón ni en el momento de sexo. Los Planes de Igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajosu posible novación o rescisión.

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Samples: Convenio Colectivo De “Transporte De Viajeros Por Carretera De La Provincia De Albacete

Igualdad de oportunidades y no discriminación. Las partes firmantes En las organizaciones del presente Coxxxxxx, conscientes de la necesidad de seguir avanzando en sector la igualdad de mujeres y hombre en el ámbito laboral, e incidir en la igualdad de trato y no discriminación de género, así como en la eliminación de estereotipos y fomentando el igual valor de hombre y mujeres en todos los ámbitos, se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo deferentes actuaciones en base a los siguientes principios: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 15 de 22/01/2018 Promover la aplicación efectiva de la igualdad de oportunidades en la empresa en cuanto al acceso al empleo, a la formación, a la promoción, a la protección a la maternidad y en las condiciones de trabajo. Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta. Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones concretas en esta materia. Impulsar una presencia equilibrada de la mujer en los ámbitos de la empresa. El sector de la construcción y obras públicas, materializando su compromiso y constante preocupación por la completa aplicación de políticas de igualdad, considera que en el caso de empresas de más de 100 trabajadores las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptados después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres ha sido un elemento básico de la gestión de los Recursos Humanos y constituye uno de los principios fundamentales por el que se rigen estas organizaciones Las organizaciones del sector aunque no alcancen la cifra de 250 trabajadores promoverán la implantación de un plan de igualdad de empresa. Los pilares de esta política de igualdad en el ámbito de las relaciones laborales serán los siguientes:  Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa.  Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa.  Facilitar la estabilidad y permanencia de la mujer en el trabajo, así como disminuir la parcialidad de sus contratos.  Facilitar la incorporación y permanencia de la mujer al trabajo a través de procedimientos de selección y formación inicial.  Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos lugares o categorías donde exista una menor representatividad.  Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres.  Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quien se incorpore de permisos o suspensiones de trabajo.  Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por en razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para  Conciliar la consecución de estos objetivos fijados, los Planes de Igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias al acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecerel personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral.  Introducción de la perspectiva de género en términos la comunicación interna y externa de igualdad entre mujeres la empresa.  Elaboración de un protocolo para la prevención y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención tratamiento del acoso sexual y del acoso sexual, por razón de sexosexo y acoso moral o mobbing. Los Planes  Utilización de acciones positivas, consistentes en otorgar el puesto de trabajo, en igualdad de condiciones, al candidato/a cuyo sexo esté sub- representado en el puesto de trabajo a cubrir.  Planificar cursos de formación encaminados a difundir las políticas de Igualdad incluirán y la totalidad perspectiva de género en el trabajo de las organizaciones. El plan de acuerdo a la Ley 3/2007 tendrá que realizarse con una empresa, sin perjuicio del establecimiento metodología de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.trabajo y en determinadas fases:

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Samples: Convenio Colectivo Estatal De

Igualdad de oportunidades y no discriminación. Las partes firmantes del presente Coxxxxxx, conscientes de la necesidad de seguir avanzando Artículo 63. De acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre en el ámbito laboralhombres, e incidir en las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y no discriminación de género, así como en la eliminación de estereotipos y fomentando el igual valor de hombre y mujeres en todos los ámbitos, se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo deferentes actuaciones en base a los siguientes principios: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 15 de 22/01/2018 Promover la aplicación efectiva de la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptarán medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que negociarán y, en su caso, acordarán, con la empresa representación legal de los trabajadores, en cuanto al acceso al empleo, a la formación, a forma que se determine en la promoción, a la protección a la maternidad y en las condiciones de trabajolegislación laboral. Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta. Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones concretas en esta materia. Impulsar una presencia equilibrada de la mujer en los ámbitos de la empresa. El sector de la construcción y obras públicas, materializando su compromiso y constante preocupación por la completa aplicación de políticas de igualdad, considera que en En el caso de empresas de más de 100 trabajadores 250 trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un Plan plan de Igualdadigualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptados medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán fijaran los concretos objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de estos los objetivos fijados, los Planes planes de Igualdad igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias al de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, familiar y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los Planes planes de Igualdad igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo. Comisión paritaria de igualdad. Con el fin de interpretar y aplicar correctamente la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que tuvo su entrada en vigor el 24 xx xxxxx de 2007, se crea una comisión paritaria de igualdad con las siguientes funciones: Entender en términos de consulta sobre las dudas de interpretación y/o aplicación que puedan surgir en las empresas en relación con las disposiciones sobre los planes de igualdad.

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Samples: www.uchceu.es

Igualdad de oportunidades y no discriminación. Las partes firmantes del presente CoxxxxxxXxxxxxxx, conscientes de la necesidad de seguir avanzando en la igualdad de mujeres y hombre hombres en el ámbito laboral, e incidir en la igualdad de trato y no discriminación de género, así como en la eliminación de estereotipos y estereotipos, fomentando el igual valor de hombre hombres y mujeres en todos los ámbitos, se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo deferentes actuaciones diferentes actuacio- nes en base a los siguientes principios: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 15 de 22/01/2018 Promover la aplicación efectiva de la igualdad de oportunidades en la empresa en cuanto al acceso al empleo, a la formaciónformación y reciclaje profesional, a la promoción, a la protección a la maternidad y en las condiciones condi- ciones de trabajo, a la igualdad en el trabajo, eliminando toda discriminación directa/indirecta, así como a la no discriminación salarial por razón de sexo. Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta. Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones concretas en esta materia. Impulsar una presencia equilibrada de la mujer en los ámbitos de la empresa. El sector de la construcción y obras públicas, materializando su compromiso y constante preocupación por la completa aplicación de políticas de igualdad, considera que en el caso de empresas de más de 100 trabajadores las medidas de igualdad deberán dirigirse La empresa está obligada a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptados después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptará las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Las partes firmantes del presente Xxxxxxxx establecen las siguientes medidas de aplicación en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación. Medidas referentes al acceso al empleo: – En las ofertas de empleo, no figurará ningún término o expresión que pueda contener en sí mismo una limitación por razón de género. – Los diferentes procesos de selección utilizados serán idénticos para hombres y eliminar mujeres y se aplicarán y desarrollarán exactamente bajo las mismas condiciones. Medidas referentes a la contratación: – No existirá predeterminación ni discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación género en la aplicación de los objetivos fijados. Para la consecución diferentes tipos de estos objetivos fijados, los Planes de Igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias al acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación contratación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón ni en el momento de sexo. Los Planes de Igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajosu posible novación o rescisión.

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Samples: castillalamancha.ccoo.es

Igualdad de oportunidades y no discriminación. Las partes firmantes del presente Coxxxxxx, conscientes de la necesidad de seguir avanzando De acuerdo con lo establecido en la Ley orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre en el ámbito laboralhombres, e incidir en las empresas afectadas por este convenio están obligadas a respetar la igualdad de trato y no discriminación de género, así como en la eliminación de estereotipos y fomentando el igual valor de hombre y mujeres en todos los ámbitos, se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo deferentes actuaciones en base a los siguientes principios: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 15 de 22/01/2018 Promover la aplicación efectiva de la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptarán , en el plazo máximo de 1 año desde la aprobación de este documento, medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que acordarán con la representación legal de los trabajadores, en la forma que determine el correspondiente comité de empresa y que versarán, entre otras, en cuanto al acceso al empleo, torno a la formación, a la promoción, a la protección a la maternidad y en las condiciones de trabajo. Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta. Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones concretas en esta materia. Impulsar una presencia equilibrada de la mujer en mismas materias que los ámbitos de la empresa. El sector de la construcción y obras públicas, materializando su compromiso y constante preocupación por la completa aplicación de políticas planes de igualdad, considera que en . En el caso de empresas de más de 100 trabajadores trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un Plan plan de Igualdadigualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo. Para la elaboración de un plan de igualdad cada comité de empresa deberá acordar un procedimiento específico con plazos concretos. Será facultad de este órgano la aprobación tanto del plan de igualdad como del los resultados del diagnóstico previo, así como, el seguimiento de la implantación del mismo en la empresa y la evaluación de resultados. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptados medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán fijaran los concretos objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de estos los objetivos fijados, los Planes planes de Igualdad podrán contemplarigualdad contemplarán, entre otras, las materias al de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, familiar y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los Planes planes de Igualdad igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo. Todas las empresas afectadas por el presente convenio estarán en la obligación de enviar informes semestrales sobre el cumplimiento del presente artículo a la comisión paritaria de igualdad.

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Samples: Convenio Colectivo