Gastos Elegibles Cláusulas de Ejemplo

Gastos Elegibles. Salvo que se disponga de otra manera en el Convenio xx Xxxxxxxx, el Prestatario y la Entidad Ejecutora del Proyecto deberán utilizar el importe xxx Xxxxxxxx exclusivamente para financiar gastos que cumplan los siguientes requisitos (“Gastos Elegibles”):
Gastos Elegibles. En función de lo dispuesto en el punto 2.3 del presente Manual Operativo, se consideran gastos elegibles aquellos que el BIRF admite como financiables para el PROMER, siempre y cuando —además— hayan sido previstos en POA–P aprobado. A continuación se detallan los gastos elegibles que se podrán financiar en el xxxxx xxx Xxxxxxxx BIRF 7353-AR: o Capacitación local, provincial, regional y nacional (consultoría, talleres/seminarios, pasajes o movilidad, viáticos y gastos operativos). o Materiales didácticos básicos y equipamiento para la enseñanza (útiles escolares; equipos de ciencia y tecnología; equipos para deportes y juegos didácticos, conectividad, etc.). o Obras civiles y equipamiento mobiliario destinadas a mejorar la infraestructura escolar. o Actividades de apoyo a la Educación Intercultural y Bilingüe en zonas rurales (profesionalización de maestros aborígenes; producción de manuales de enseñanza para profesionalización de maestros aborígenes; apoyo de proyectos pedagógicos institucionales para escuelas con EIB; desarrollo de materiales para EIB; asistencia técnica para monitoreo y evaluación EIB; actividades destinadas al fortalecimiento de la red de EIB. o Servicios de consultoría individual y de firmas, equipamiento informático y mobiliario indispensable, conectividad y gastos operativos (pasajes, movilidad, viáticos, gastos de librería y papelería, fotocopias, gastos bancarios y servicio de correos) para el fortalecimiento de la gestión provincial. Otros gastos relativos al cumplimiento de los objetivos del Proyecto deberán requerir la conformidad previa de la DGUFI-CCP, y la correspondiente No Objeción de parte del Banco.
Gastos Elegibles. A continuación se detallan los GASTOS ELEGIBLES que podrán incluirse en las actividades a ser reintegradas con ANR o consideradas como APORTE LOCAL MONETARIO:
Gastos Elegibles. Los gastos elegibles cargados al Programa en los informes financieros serán aquellos establecidos en el apartado correspondiente del ROP, con los límites que determine el Artículo 31 de la Ley General de subvenciones. Concretamente aquellos que: Han sido incurridos por el Entidad Beneficiaria/Ejecutor del Programa. Han sido realizados para la ejecución de las actividades contenidas en los POAs que hayan sido debidamente aprobados por el Departamento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (XXXXX) o su representante, y sólo a partir del momento de su aprobación. Corresponden a las partidas presupuestarias y al origen de los fondos establecidas en el POA correspondiente. Son aplicados en el área geográfica establecida por el Programa, indicada en las Disposiciones Técnicas del Programa y en los Planes Operativos. Han sido aplicados en el tiempo de vigencia del POA correspondiente, no siendo elegibles gastos ocasionados extemporáneamente, excepto aquellos realizados para la identificación y planificación del Proyecto, previamente aprobados por el XXXXX o su representante. Corresponden con las acciones que hayan sido previamente identificadas, coordinadas y concertadas por el Equipo de Gestión. En cuanto a los contratos de obras, servicios, suministros y gastos cubiertos con los recursos del Fondo, éstos deberán ser realizados mediante los procedimientos establecidos en el capítulo correspondiente del Reglamento Operativo. Todo gasto deberá tener su respectivo soporte documental (facturas, recibos o comprobantes, estados de cuenta, etc.). Todos los soportes documentales deberán llevar un sello‐diligencia con el código del Programa asignado por el FCAS, la leyenda “financiado por la FCAS-AECID” y el porcentaje de financiación de la AECID del importe del justificante, en caso de que ésta no cubra la totalidad. Todo ingreso y gasto a cargo del Programa deberá estar correctamente contabilizado de acuerdo a lo establecido en el apartado correspondiente del Reglamento Operativo.
Gastos Elegibles. Sólo se considerarán gastos elegibles para el Proyecto los generados a partir de la fecha del Acuerdo de Subvención de 13 de Julio 2015, firmado entre la Comisión Europea y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y hasta el nuevo plazo de ejecución 31 de diciembre de 2021.
Gastos Elegibles. Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos que pudieran darse en el marco de la ejecución de la Misión Inversa llevada a cabo a través del presente Convenio: – Billetes de avión y de tren para el desplazamiento de los participantes extranjeros de la Misión Inversa. – Traslados internos (autobús, taxi o cualquier otro medio de transporte con o sin conductor). – Alojamiento de los participantes en la Misión Inversa durante su estancia en España. Se excluyen como gastos susceptibles de ser financiados los gastos de gestión interna del Colaborador Sectorial y específicamente sueldos y salarios, alquiler de oficinas, contratación de servicios inherentes al Colaborador Sectorial, así como todos aquellos gastos considerados de gestión interna del Colaborador Sectorial. Quedan también excluidos los gastos de kilometraje, parking, dietas y manutención en general.
Gastos Elegibles. Las partes reconocen y aceptan que serán Gastos Elegibles los que se mencionan a continuación. Por lo que se refiere a Gastos Elegibles que correspondan a piezas y/o refacciones, el Usuario no podrá elegir o adquirir ninguna pieza destinada al Vehículo, sin el consentimiento del Propietario y notificación a Carrot. En caso de contar con la autorización para que éstas sean adquiridas por él, caso en el cual el Gasto Elegible correspondiente será deducido de conformidad con esta Cláusula y hasta por los montos y cantidades señalados en el Anexo D. Serán Gastos Elegibles aquellos descritos en el Anexo D, y en general cualquiera que ayude al mantenimiento rutinario del Vehículo. Todos aquellos gastos que el Usuario pretenda realizar y que no se encuentren autorizados en el Anexo D, deberán ser previamente autorizados por un Agente de Carrot para que puedan considerarse como Gastos Elegibles, en el entendido de que si el Usuario no fuera autorizado para realizar dicho(s) gasto(s) o no cumpliera con los requisitos señalados en el presente Contrato, Carrot no acreditará dichos gastos a su favor. En los casos que el Usuario necesite la autorización de un Agente de Carrot para poder realizar un Gasto Elegible, el Usuario deberá solicitarlo al correo electrónico de xxxx@xxxxxx.xx, el cuál será necesario para que dicho gasto pueda ser deducido. La autorización señalada en el presente párrafo no será necesaria tratándose de gasolina, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en la Cláusula Décima Novena. Todos los Gastos Elegibles estarán sujetos en cuanto a precio y cantidad a lo establecido en el Tabulador (el “Tabulador”) que se incorpora al presente Contrato dentro del Anexo D. En los casos en los que el Gasto Elegible haya sido autorizado por un Agente de Carrot, éste le informará la cantidad máxima por la que se le podrá acreditar dicho gasto. Además de los requisitos anteriores, para poder solicitar que se deduzca un Gasto Elegible, el Usuario deberá guardar el recibo y anotar la lectura del odómetro a la hora de la compra, escribir en el recibo su nombre, escanearlo y enviarlo mediante correo electrónico a Carrot, para que se deduzca en su factura. No podrá acreditarse el Gasto Elegible si no se cumple con el procedimiento que se detalla en esta Cláusula.
Gastos Elegibles. Salvo que se disponga lo contrario en los Convenios Legales, los gastos Elegibles a financiarse con los fondos xxx Xxxxxxxx deberán cumplir con los siguientes requisitos (“Gasto Elegible”):
Gastos Elegibles. Criterios de elegibilidad de los costes
Gastos Elegibles. Los gastos justificables serán los vinculados al normal funcionamiento del grupo, sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la Corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial inventariable.