Common use of Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Clause in Contracts

Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Por un importe equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato, y tendrá una vigencia hasta la conformidad de la recepción del bien. De ser el postor adjudicado una MYPES, estas pueden optar como alternativa a la obligación de presentar la garantía de fiel cumplimiento, por autorizar la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del contrato. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del contrato, de conformidad con el artículo 21° de la Ley N° 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. Garantía adicional por el monto diferencial de propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al precio referencial en más de un veinte por ciento (20%), la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica, debiendo mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción del bien. Excepciones: No se constituirá garantía de fiel cumplimiento ni por el monto adicional de la propuesta cuando el monto del ítem adjudicado o la suma de los montos de los ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/. 45,000.00. Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. La garantía de fiel cumplimiento y la garantía adicional por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de las garantías corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado. Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento y, de ser necesario, la garantía por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los representantes legales designando al representante o apoderado común. En dicho documento cada una de las partes también debe señalar además de su porcentaje de participación las obligaciones que estarán a su cargo durante la ejecución del contrato. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar del contrato al contratista. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo xx xxxx (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida; Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra o de servicio. Tratándose de la adquisición de bienes y servicios el contrato rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Durante la vigencia del contrato los plazos se computarán en días naturales. El plazo de ejecución contractual se computa en días naturales desde el día siguiente de la suscripción del contrato o desde el día siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las Bases. En ambos casos se aplicará supletoriamente lo dispuesto por los Artículos 183º y 184º del Código Civil. El encargo efectuado no podrá, en ningún caso, ser interpretado como extensivo a la ejecución de las obligaciones y/o prestaciones que se generan en la fase de ejecución contractual propiamente dicha, tales como el pago del precio, la supervisión de la ejecución de las prestaciones, la liquidación de contrato y demás prestaciones inherentes a la Entidad.

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Samples: Modelo De Promesa Formal De Consorcio

Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Por El Oferente a quien se haya seleccionado, deberá garantizar la ejecución completa y oportuna de la obra con una Bole­ta de Garantía Bancaria o Vale Vista, que tendrá vigencia desde la fecha de firma del contrato hasta [60 o 90] días después de la fecha estimada para la Recepción Provisoria de las obras. Esta boleta será extendida a favor del Contratante, por un importe monto equi­valente al 10% del valor del contrato. Esta Boleta deberá ser entregada al Contratante, a más tardar, al momento de suscribirse el respectivo con­trato. Al momento de la Recepción Provisoria, el Contratante procederá a devolver esta garantía. Antes de esta devolución, el Contratista entregará una segunda Boleta Bancaria o Vale Vista que caucionará el fiel cumplimiento del contrato y el buen comportamiento de la obra hasta el momento de la Recepción Definitiva. La segunda boleta será por monto equivalente al diez por ciento %(10%*) del monto valor del contrato, y tendrá con una vigencia de [365] días”. ANTICIPO (Sólo si corresponde, de lo contrario, eliminar) El Contratante podrá dar al Contra­tista un anticipo de hasta la conformidad de la recepción un % [30%] del bien. De ser el postor adjudicado una MYPES, estas pueden optar como alternativa a la obligación de presentar la garantía de fiel cumplimiento, por autorizar la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto total precio del contrato. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número de pagos a realizarsePara que el Contratante pague éste, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del contrato, de conformidad con el artículo 21° de la Ley N° 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. Garantía adicional Contratista deberá entregar una factura por el monto diferencial del anticipo solicitado. El anti­cipo será des­conta­do de propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior cada Estado de Pago por­centualmente de acuerdo al precio referencial en más de un veinte por ciento (20%), la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía equivalente al veinticinco por ciento (25%) avance de la diferencia entre obra. Por este anti­cipo el valor referencial y contra­tista entre­gará al Contratante una o más boletas de garantía bancaria incondicional con igual valor, con fecha de vencimiento de días corridos después del plazo estimado para la propuesta económica, debiendo mantenerse vigente hasta la conformidad conclusión de la recepción del bienObra. Excepciones: No se constituirá garantía de fiel cumplimiento ni por el monto adicional El Contra­tista podrá solici­tar la devolución de la propuesta cuando el monto del ítem adjudicado o las bole­tas en la suma de los montos de los ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/. 45,000.00. Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. La garantía de fiel cumplimiento y la garantía adicional por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de las garantías corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado. Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento y, de ser necesario, la garantía por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los representantes legales designando al representante o apoderado común. En dicho documento cada una de las partes también debe señalar además de su porcentaje de participación las obligaciones que estarán a su cargo durante la ejecución del contrato. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar del contrato al contratista. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo xx xxxx (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida; Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra o de servicio. Tratándose de la adquisición de bienes y servicios el contrato rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Durante la vigencia del contrato los plazos se computarán en días naturales. El plazo de ejecución contractual se computa en días naturales desde el día siguiente de la suscripción del contrato o desde el día siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las Bases. En ambos casos se aplicará supletoriamente lo dispuesto por los Artículos 183º y 184º del Código Civil. El encargo efectuado no podrá, en ningún caso, ser interpretado como extensivo a la ejecución de las obligaciones y/o prestaciones medida que se generan en la fase de ejecución contractual propiamente dicha, tales como reintegre el pago del precio, la supervisión de la ejecución de las prestaciones, la liquidación de contrato y demás prestaciones inherentes a la Entidadanticipo.

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Samples: Carta Oferta

Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Por un importe equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato, y tendrá una vigencia hasta la conformidad de la recepción del bien. De ser el postor adjudicado una MYPES, estas pueden optar como alternativa a la obligación de presentar la garantía de fiel cumplimiento, por autorizar la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del contrato. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del contrato, de conformidad con el artículo 21° de TUO de la Ley N° 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro Competitividad Formalización y Desarrollo de la Microempresa y Pequeña EmpresaEmpresa y del Acceso al Empleo Decente” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-TR. Garantía adicional por el monto diferencial de propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al precio referencial en más de un veinte por ciento (20%), la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica, debiendo mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción del bien. Excepciones: No se constituirá garantía de fiel cumplimiento ni por el monto adicional de la propuesta cuando el monto del ítem adjudicado o la suma de los montos de los ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto establecido para convocar a una Adjudicación de S/. 45,000.00Menor Cuantía. Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. La garantía de fiel cumplimiento y la garantía adicional por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de las garantías corresponderá íntegramente a la EntidadEL CONTRATANTE, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado. Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento y, de ser necesario, la garantía por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la EntidadEL CONTRATANTE, el contratista EL CONTRATISTA no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. Esta ejecución será solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo de EL CONTRATISTA. A la firma del contratistaContrato EL CONTRATISTA presenta la(s) siguiente(s) garantía(s): Carta Fianza N° ……………. Contrato del Banco ……………… por el monto de consorcio S/. ……………… Nuevos Soles, como Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, con firmas legalizadas fecha de cada uno vencimiento al …..de los representantes legales designando al representante o apoderado común…….. del 2008. En dicho documento cada una Carta Fianza N° ……………… del Banco ……………….. por el monto de las partes también debe señalar además de su porcentaje de participación las obligaciones que estarán a su cargo durante la ejecución del contrato. Luego S/. …………………….. Nuevos Soles, como Garantía Adicional por el Monto Diferencial de la suscripción yPropuesta, en el mismo actocon fecha de vencimiento al ….. de ………. de 2008. La(s) garantía(s) está(n) girada(s) a favor de EL CONTRATANTE y tiene(n) las siguientes características: incondicional, la Entidad entregará un ejemplar del contrato al contratista. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento solidaria, irrevocable y de la buena prorealización automática, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: Dentro a solo requerimiento de los cinco (5) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo xx xxxx (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida; Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra o de servicio. Tratándose de la adquisición de bienes y servicios el contrato rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Durante la vigencia del contrato los plazos se computarán en días naturales. El plazo de ejecución contractual se computa en días naturales desde el día siguiente de la suscripción del contrato o desde el día siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las Bases. En ambos casos se aplicará supletoriamente lo dispuesto por los Artículos 183º y 184º del Código Civil. El encargo efectuado no podrá, en ningún caso, ser interpretado como extensivo a la ejecución de las obligaciones y/o prestaciones que se generan en la fase de ejecución contractual propiamente dicha, tales como el pago del precio, la supervisión de la ejecución de las prestaciones, la liquidación de contrato y demás prestaciones inherentes a la Entidad.EL CONTRATANTE

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Samples: Carta De Acreditacion

Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Por Dentro del plazo de 15 (quince) días contado desde el DÍA EFECTIVO, el CONTRATISTA entregará una Boleta de Garantía Bancaria que garantice el estricto, oportuno y fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que le impone el CONTRATO y la correcta calidad de las OBRAS CONTRATADAS. Esta Boleta de Garantía Bancaria deberá tomarse en un importe equivalente banco de primera línea establecido en Chile a nombre del PROPIETARIO, expresada en Unidades de Fomento, por un monto igual al diez 5% (cinco por ciento (10%ciento) del monto del contratoPRECIO DEL CONTRATO más IVA, pagadera a la vista y tendrá con sola presentación, con una vigencia hasta la conformidad de la recepción del bien. De ser el postor adjudicado una MYPES, estas pueden optar como alternativa 45 días superior a la obligación fecha programada como plazo último de presentar entrega de las OBRAS CONTRATADAS. El PROPIETARIO tendrá derecho a hacer efectiva en cualquier tiempo durante su vigencia, la garantía precedentemente indicada, cuando a su juicio exclusivo exista incumplimiento del CONTRATISTA respecto de fiel cumplimientocualquiera de las obligaciones que ella cauciona. En el evento que el PROPIETARIO haga efectiva en todo o parte la Boleta de Garantía Bancaria, por autorizar la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del contrato. La retención el CONTRATISTA se obliga a entregar al PROPIETARIO una nueva Boleta de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número de pagos a realizarse, de forma prorrateadaGarantía Bancaria, con cargo a ser devuelto la misma glosa y pagadera a la finalización del contratovista, de conformidad con el artículo 21° de la Ley N° 28015 – Ley de Promoción incondicionalmente y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. Garantía adicional a simple requerimiento por el monto diferencial de propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al precio referencial en más de un veinte por ciento (20%), la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica, debiendo mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción del bien. Excepciones: No se constituirá garantía de fiel cumplimiento ni por el monto adicional de la propuesta cuando el monto del ítem adjudicado o la suma de los montos de los ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/. 45,000.00. Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. La garantía de fiel cumplimiento y la garantía adicional por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contratovigencia original. El monto de la Boleta de Garantía Bancaria no limita ni limitará las garantías corresponderá íntegramente responsabilidades del CONTRATISTA por cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. En caso que el CONTRATISTA no entregue la Boleta de Garantía Bancaria referida dentro del plazo de 15 (quince) días corridos indicado precedentemente, o bien, dentro del plazo de 24 horas de haber sido intimado por escrito por el PROPIETARIO para que cumpla dicha obligación, el PROPIETARIO podrá, a la Entidadsu exclusiva y discrecional elección, independientemente exigir el cumplimiento forzado de la cuantificación esta obligación, o resolver el CONTRATO, en ambos casos con derecho a las multas estipuladas en las CONDICIONES ESPECIALES del daño efectivamente irrogadoCONTRATO. IgualmenteEsta Boleta será devuelta al CONTRATISTA 10 (diez) días hábiles después de firmado por el PROPIETARIO el Aviso de Aceptación de acuerdo al artículo 4.3 "Aviso de Terminación y Procedimiento de Aceptación Final" de estas Condiciones Generales, por lo que su vigencia siempre deberá guardar relación con este hecho y el plazo de ejecución de las OBRAS CONTRATADAS. Esta boleta sólo será devuelta al CONTRATISTA contra entrega de la garantía de fiel cumplimiento y, de ser necesario, la garantía por el monto diferencial de propuesta se ejecutarán cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los representantes legales designando al representante o apoderado común. En dicho documento cada una Correcta Ejecución de las partes también debe señalar además Obras (artículo 9.4 de su porcentaje de participación las obligaciones que estarán a su cargo durante la ejecución del contrato. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar del contrato al contratista. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo xx xxxx (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida; Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra o de servicio. Tratándose de la adquisición de bienes y servicios el contrato rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Durante la vigencia del contrato los plazos se computarán en días naturales. El plazo de ejecución contractual se computa en días naturales desde el día siguiente de la suscripción del contrato o desde el día siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las Bases. En ambos casos se aplicará supletoriamente lo dispuesto por los Artículos 183º y 184º del Código Civil. El encargo efectuado no podrá, en ningún caso, ser interpretado como extensivo a la ejecución de las obligaciones y/o prestaciones que se generan en la fase de ejecución contractual propiamente dicha, tales como el pago del precio, la supervisión de la ejecución de las prestaciones, la liquidación de contrato y demás prestaciones inherentes a la Entidadestas Condiciones Generales).

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Samples: Contrato O Al Desempeño De Las Obras Contratadas Y Dará Todos