GARANTIA DE CUMPLIMIENTO Cláusulas de Ejemplo

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. Se requerirá una Garantía de Cumplimiento por el 10 % (diez por ciento) del monto adjudicado, la cual deberá constituirse dentro de los 28 días corridos de la notificación de la adjudicación. Esta deberá presentarse en la forma de: Seguro de caución, mediante pólizas de firmas aseguradoras aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las normas que rigen el llamado a esta Licitación y constituyéndose el fiador como deudor liso y llano principal pagador, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división. Deberá estar denominada en la moneda de pago del Contrato, de acuerdo con las proporciones del Precio del Contrato. Teniendo en cuenta lo dispuesto las medidas de AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional serán consideradas válidas las garantias de mantenimiento de la oferta confeccionadas mediante pólizas electrónicas de seguro de caución, emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS. Xxxx, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Disposición N° 63-E/2016 de fecha 27/09/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. La liberación de la Garantía de Cumplimiento tendrá lugar: treinta (30) días corridos posteriores a la entrega y el certificado de conformidad de los bienes.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar dentro de los 10 días siguientes a la firma del presente contrato, una Póliza de Fianza por la cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato, es decir, por un monto total sin IVA de $ (Son Pesos 00/100 M.N.), en términos de lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V., para responder por la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que pudiere incurrir. La fianza mencionada deberá ser expedida por una institución autorizada y deberá prever las siguientes declaraciones: “Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 282 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. “LA ENTIDAD” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, cuando el proveedor proporcione los servicios en forma diferente a lo solicitado en la presente convocatoria o incumpla con cualquiera de las obligaciones establecidas en las mismas.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del contratista frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio previo efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad de establecer los siguientes amparos dentro de la garantías que el contratista deberá constituir a favor de Xxxxxx. Atendiendo el objeto y las características del contrato así como la naturaleza de las obligaciones contenidas, FONADE solicitará al contratista la constitución de una garantía de acuerdo a los tipos admisibles establecidos en la circular 12 del 00 xx xxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx de Contratación de FONADE, que cubra los siguientes amparos así: AMPAROS % XX XXXXXX VIGENCIA RESPONSABLE Cumplimiento 30% del valor del contrato. Vigente por el plazo ejecución del contrato ocho (8) meses mas de y Contratista Buen manejo de anticipo 100% del del anticipo. valor Vigente por el plazo ejecución del contrato ocho (8) meses mas de y
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. EL PROVEEDOR", entregó una garantía de cumplimiento de este contrato, que en el presente caso consiste en una póliza de fianza emitida a favor de "LA ENTIDAD", por la cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total por la vigencia del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. EL CONTRATISTA decide
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. 6.1. El Concesionario rindió el día (agregar) como garantía de cumplimiento la suma de (agregar) Dólares (USD $ agregar), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, la cual deberá cumplir y mantener las siguientes condiciones durante todo el plazo contractual:
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. Conforme a los artículos 48 de la “LAASSP” y 103 de su “Reglamento”, el “Licitante” que resulte adjudicado con el “Contrato” se compromete a garantizar mediante fianza expedida por institución autorizada legalmente para ello, el fiel y exacto cumplimiento del “Contrato”, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total del “Contrato”, sin considerar el “IVA”, dicha fianza deberá expedirse a favor de “El Fideicomiso” debiendo entregarse en la Dirección de Administración y Finanzas de Oficinas Centrales de “El Fideicomiso” a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del “Contrato”.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el “Licitante” ganador deberá entregar a ESSA, dentro de los diez días posteriores de la firma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Exportadora de Sal, S.A. de C.V., por una cantidad equivalente al porcentaje del monto máximo total del contrato que se determine. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V.:
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. El adjudicatario deberá presentar un monto fijo de ¢xxx (Cincuenta millones de colones exactos) por concepto de garantía de cumplimiento. Considerando proporcional a la cantidad de equipo que se va adquirir inicial mente este Ministerio, según anexo #2 y con el supuesto de que el MEP quede con dos meses xx xxxxxx totales con los equipos arrendados ver anexo # 6. La garantía de cumplimiento se regirá por las disposiciones contenidas en los Artículos 40, 42 y 43, siguientes y concordantes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Cuando la garantía de cumplimiento sea en dinero en efectivo (colones), bonos, certificados a plazo, cheque certificado, cheque de gerencia, carta de garantía o mediante transferencia bancaria en dólares (en caso de empresas extranjeras), regirán las disposiciones contempladas para la garantía de participación. No se aceptan cheques que no sean certificados o de gerencia. La garantía de cumplimiento deberá tener una vigencia mínima de doce meses adicional a la fecha definitiva de recepción del objeto del contrato. Una vez vencido este plazo, y recibido a satisfacción el objeto contractual, el Oferente deberá solicitar por escrito la devolución de la misma, ante la Sección de Garantías. Lo anterior en concordancia con los artículos 43 y 45 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo, bonos del Estado y sus Instituciones cheques certificados (Excepto de gerencia) de un banco del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco asignado para este efecto en las condiciones particulares del cartel para que dicha entidad se encargue de su custodia.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir a favor del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así: AMPARO SUFICIENCIA VIGENCIA CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Por una cuantía equivalente al 20% del valor del contrato. Con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir del perfeccionamiento hasta la liquidación del mismo.