Common use of Formalización Clause in Contracts

Formalización. 1-.El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a aquél en que reciba la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, el presente pliego, el de prescripciones técnicas, los medios materiales y/o humanos que hayan sido ofertados por ser objeto de valoración en los criterios de adjudicación, la oferta económica, así como cualquier otro detalle de la proposición que sea conveniente reflejar con el fin de que el contrato se ajuste con exactitud a las condiciones de licitación. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. 2-.Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración procederá a incautar sobre la garantía definitiva el importe de la garantía provisional que, en su caso, se hubiera exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.

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Formalización. 1-.El adjudicatario queda obligado a suscribir, El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de 15 los quince días hábiles siguientes a aquél en que reciba la fecha de notificación de la adjudicaciónadjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en la cláusula anterior, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, el presente pliegola oferta del adjudicatario, un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas y demás documentos que revistan carácter contractual, debidamente compulsados. Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario definitivo deberá acreditar el pago de prescripciones técnicastodos los gastos originados por la licitación, los medios materiales y/o humanos a cuyo fin se le trasladará la liquidación correspondiente. En el supuesto de que hayan sido ofertados por ser objeto resultase adjudicatario una Unión Temporal de valoración en los criterios de adjudicación, Empresarios será necesario acreditar la oferta económica, así como cualquier otro detalle formalización de la proposición que sea conveniente reflejar con el fin constitución de que el contrato se ajuste con exactitud a las condiciones de licitaciónla misma en escritura pública. El documento en que se formalice el contrato será será, en todo caso caso, administrativo, siendo título válido para acceder pudiéndose elevar a cualquier registro público. No obstanteescritura pública, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx cargo los gastos derivados de su otorgamiento. 2-.Si por causa imputable al adjudicatario Si en el plazo anterior no pudiera formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicadopor causas imputables al contratista, la Administración procederá a incautar podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva el importe de la garantía provisional que, en su caso, se hubiera exigidodefinitiva. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación en La Modalidad De Gestión Interesada Del Servicio Público De Piscina Cubierta, Descubierta Y Gimnasio Municipal

Formalización. 1-.El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a aquél en que reciba la notificación de la adjudicaciónadjudicación (8 en expediente urgente), el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, el presente pliego, el de prescripciones técnicas, los medios materiales y/o humanos que hayan sido ofertados por ser objeto de valoración en los criterios de adjudicación, la oferta económica, así como cualquier otro detalle de la proposición que sea conveniente reflejar con el fin de que el contrato se ajuste con exactitud a las condiciones de licitación. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. 2-.Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración procederá a incautar sobre la garantía definitiva el importe de la garantía provisional que, en su caso, se hubiera exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.

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Formalización. 1-.El adjudicatario queda obligado El contrato se perfeccionará con su formalización, a suscribirtravés de documento administrativo que se ajuste a las condiciones de la licitación, dentro del en el plazo de 15 los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de . La formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, contrato deberá publicarse en el presente pliego, el perfil de prescripciones técnicas, los medios materiales y/o humanos que hayan sido ofertados por ser objeto de valoración en los criterios de adjudicación, la oferta económica, así como cualquier otro detalle de la proposición que sea conveniente reflejar con el fin de que el contrato se ajuste con exactitud a las condiciones de licitacióncontratante. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará podrá formalizarse en escritura pública cuando si así lo solicite solicita el contratista, siendo corriendo a su xxxxx cargo los gastos derivados de su otorgamiento, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP. 2-.Si El contratista que opte por causa imputable ello, deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del documento citado en el plazo máximo de un mes desde su formalización. Si por causas imputables al adjudicatario contratista no pudiera pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicadoseñalado, se dejará sin efecto la Administración procederá a incautar sobre adjudicación, siendo trámite necesario la garantía definitiva el importe audiencia del interesado. La resolución de la garantía provisional que, adjudicación en su caso, se hubiera exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista estos términos conlleva indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiendo adjudicarse al licitador siguiente a aquél, por orden de valoración de sus ofertas. Las dos partes firmarán, por duplicado ejemplar, el contrato, el Pliego de Cláusulas administrativas particulares, y el Pliego de Prescripciones técnicas particulares, con el fin de que una de las copias quede en poder de la demora le pudiera ocasionarDiputación, y la otra sea entregada al adjudicatario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirán La Contratación Del Suministro De Un Vehículo Industrial Carrozado Como Taller

Formalización. 1-.El adjudicatario queda obligado El contrato se entenderá perfeccionado mediante su formalización en virtud de lo establecido en el artículo 36 de la LCSP. El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajustará con exactitud a suscribirlas condiciones de la licitación y además podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, dentro corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. La formalización del plazo contrato deberá efectuarse no más tarde de 15 los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, adjudicación a los licitadores en la forma prevista en el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, el presente pliego, el de prescripciones técnicas, los medios materiales y/o humanos que hayan sido ofertados por ser objeto de valoración en los criterios de adjudicación, la oferta económica, así como cualquier otro detalle artículo 151 de la proposición que sea conveniente reflejar con el fin de que el contrato se ajuste con exactitud a las condiciones de licitación. El documento en que se formalice el contrato será LCSP, y en todo caso administrativocaso, siendo título válido para acceder con anterioridad a cualquier registro públicola celebración del concierto. No obstanteDe conformidad con lo establecido en el artículo 153.4 de la LCSP, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. 2-.Si por causa imputable causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración procederá a incautar sobre la garantía definitiva se le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad. Serán causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 209 LCSP, con independencia de la garantía provisional queaplicación de las restantes causas admitidas por el derecho privado. En los casos de incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del contrato por causas que no sean de fuerza mayor, en su caso, se hubiera exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables parte responsable indemnizará a la Administración, se indemnizará al contratista de otra parte por los daños y perjuicios ocasionados. A estos efectos se estimará como responsable subsidiario al representante que lleve la demora le pudiera ocasionargestión artística.

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Samples: Contrato Para La Celebración Del Concierto De Música De La Artista Vanesa Martin en Las Ferias Y Fiestas De Plasencia De 2022

Formalización. 1-.El adjudicatario queda obligado El contrato se perfeccionará con su formalización, a suscribirtravés de documento administrativo que se ajuste a las condiciones de la licitación, dentro del en el plazo de 15 los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de . La formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, contrato deberá publicarse en el presente pliego, el perfil de prescripciones técnicas, los medios materiales y/o humanos que hayan sido ofertados por ser objeto de valoración en los criterios de adjudicación, la oferta económica, así como cualquier otro detalle de la proposición que sea conveniente reflejar con el fin de que el contrato se ajuste con exactitud a las condiciones de licitacióncontratante. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará podrá formalizarse en escritura pública cuando si así lo solicite solicita el contratista, siendo corriendo a su xxxxx cargo los gastos derivados de su otorgamiento, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP. 2-.Si El contratista que opte por causa imputable ello, deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del documento citado en el plazo máximo de un mes desde su formalización. Si por causas imputables al adjudicatario contratista no pudiera pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración procederá a incautar sobre la garantía definitiva el importe de la garantía provisional que, en su casoseñalado, se hubiera exigidoresolverá el mismo, con los mismos efectos que produce la retirada de su oferta, siendo trámite necesario la audiencia del interesado. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista La resolución del contrato en estos términos conlleva indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiendo adjudicarse al licitador siguiente a aquél, por orden de valoración de sus ofertas. Las dos partes firmarán, por duplicado ejemplar, el contrato, el Pliego de Cláusulas administrativas particulares, y el Pliego de Prescripciones técnicas particulares, con el fin de que una de las copias quede en poder de la demora le pudiera ocasionarDiputación, y la otra sea entregada al adjudicatario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirán La Contratación Del Suministro De Bombas De Gasolina, Mangueras Y Kits Conversión De Herramientas Multiusos