Fomento del empleo Cláusulas de Ejemplo

Fomento del empleo. Es deseo de las organizaciones firmantes que pueda fomentarse el empleo estable en el sector. Con tal finalidad promoverán las acciones precisas para que se den las circunstancias legales y socioeconómicas que lo hagan posible.
Fomento del empleo. Dada la actual situación de paro existente en el estado español, y para el fomento del empleo, a partir de la entrada en vigor del convenio, quedará prohibida la contratación de personal en régimen de pluriempleo. Se exceptúa, la prohibición total de pluriempleo del trabajador fijo de carácter discontinuo o a tiempo parcial. Los nuevos puestos de trabajo, así como las vacantes que se produzcan, se cubrirán mediante la contratación de profesionales del Bingo en situación de desempleo. Las empresas facilitarán la formación de sus plantillas, propiciando la realización de practicas en puestos de categoría superior.
Fomento del empleo. Las empresas afectadas por el presente Convenio estarán obligadas a mantener un 50% del to- tal de la plantilla, con contratos indefinidos. No entrarán en el cómputo del 50% como fijo, el personal con- tratado por «obra o servicio determinado». Este acuerdo afecta a todas las empresas que tengan 10 o más integrantes.
Fomento del empleo. Artículo 81º.-La bolsa de empleo. Artículo 82º.-Completar los períodos de carencia para jubilación. Artículo 83º.-La jubila- ción anticipada. Artículo 84º.-La jubilación a los 64 años. Artículo 85º.-Plan de jubilación.
Fomento del empleo. Artículo 81º.-La bolsa de empleo. Dentro de la política de promoción de empleo, la jubilación será obligatoria al cumplir el trabajador la edad de sesenta y cinco años; la USC se compromete a constituir una bolsa de empleo con las vacantes que se produzcan por esta causa, incluyendo en sus ofer- tas de empleo plazas de idéntica categoría profesional u otras de distinta categoría que se creen por transfor- mación de las citadas vacantes. La universidad antes de terminar el primer trimes- tre, informará a la correspondiente representación sindical de las previsiones de jubilaciones en los doce meses siguientes a la fecha de emisión del informe, con el objeto de planificar las futuras vacantes. Esta información se realizará reflejando la categoría profe- sional, la clasificación del puesto o servicio, la jorna- da, el turno y los complementos correspondientes. Artículo 82º.-Completar los períodos de carencia para jubilación. La edad de jubilación establecida en el artículo anterior se considerará, sin perjuicio de que todo tra- bajador pueda completar los períodos de carencia para la jubilación, supuestos en los cuáles la jubila- ción obligatoria se producirá al completar el trabaja- dor los períodos de carencia en la cotización a la Seguridad Social.
Fomento del empleo. Muy variadas —y frecuentes— son las previsiones convencio- nales sobre fomento del empleo en general y del empleo estable en particular, previsiones que, como se dijo, están ya en el propio AGTMC xxxx xxxxxxxx 00 declara que «es deseo de las organizacio- nes firmantes que pueda fomentarse el empleo estable en el sector. Con tal finalidad promoverán las acciones precisas para que se den las circunstancias legales y socio-económicas que lo hagan posible. Con el fin de facilitar el mantenimiento del actual nivel de puestos de trabajo en el sector y, si fuera posible, el aumento del mismo, el ingreso de los trabajadores en las empresas podrá realizarse al ampa- ro de la modalidad de contratación que sea aplicable y mejor satis- faga las necesidades y el interés de las empresas». En las líneas que siguen se hace un resumen de estas previsiones, aunque dejando fuera del mismo lo relativo al anticipo de jubilación como medida de fomento del empleo, técnica alentada por el AGTMC 35, con insistencia regulada en los convenios y de la que se tratará en momento posterior (15.5).
Fomento del empleo. 10 puntos máximo.
Fomento del empleo. 2.- Precio.
Fomento del empleo. UND NÚMERO DE TRABAJADORES QUE SE COMPROMETE A CONTRATAR A DEDICACIÓN COMPLETA PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, POR EL PERIODO IGUAL DEL PLAZO DE EJECUCIÓN PROPUESTO
Fomento del empleo. Acercamiento al mercado laboral de las personas que lo tienen más difícil, mejorando su empleabilidad a través del refuerzo de competencias profesionales potenciando sus posi- bilidades de acceder a un puesto de trabajo y promoviendo la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo. • Fomento de la empleabilidad y de la inserción laboral. • Información de carácter laboral sobre recursos sociolaborales (jurídico laborales), recur- sos laborales, nuevos yacimientos xxx xxxxxxx laboral, competencias requeridas, etc. • Asesoramiento en materia de reactivación y apoyo a las iniciativas de autoempleo o generación de nuevas (marca de negocio, diversificación clientes, apoyo en gestión de fondos, minimizar riesgos, etc.).