Common use of Entrega de equipos Clause in Contracts

Entrega de equipos. R entregará al Cliente, si así lo solicita o si fuera necesario para la prestación del servicio contratado, uno o varios de los siguientes elementos que en adelante serán denominados “Equipos”: a) equipos terminales (terminal telefónico, módem, router, descodificador, centralita, módem-usb, etc.), b) tarjetas de carácter personal e intransferible como medio de acceso a los servicios y/o contratación de servicios adicionales o aquellos que se presten en régimen de pago por uso/visión (tarjeta desco, tarjeta sim, etc.) y c) accesorios. Si no hubiere disponibilidad del equipo escogido por el Cliente, éste será informado a la mayor brevedad. R entregará los Equipos en perfectas condiciones de uso, cuya relación y detalle quedará reflejada bien en el apartado correspondiente del Contrato o en la Orden de Trabajo. Cuando los equipos no sean vendidos al Cliente, R podrá solicitar una fianza por el importe equivalente al precio de restitución de los equipos puestos a disposición del Cliente, calculada sobre la base del valor de su adquisición en el mercado y cuyo importe actualizado está disponible en xxx.xxxxx-X.xxx. Los Equipos se entregarán al Cliente en régimen de depósito, alquiler, compra, financiación o cualquier otro título que a tal efecto pacten las partes. A falta de determinación expresa, se entenderá que los Equipos están en depósito. En este caso, el Cliente no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá venderlos, cederlos, pignorarlos o entregarlos a terceros en cualquier modalidad que implique su transmisión dominical y/o grave la propiedad de los mismos. Queda expresamente prohibido, salvo autorización previa y por escrito de R, el traslado físico de los Equipos propiedad de R a lugar diferente de aquél en que fueron instalados inicialmente, así como un uso distinto a aquel para el que fueron contratados. Asimismo, el Cliente consiente la utilización por R de los equipos instalados para la prestación de los servicios tanto al Cliente como a terceros. Esta utilización no menoscabará la calidad de los servicios contratados. Cuando uno o más de los Equipos no sean entregados en el mismo momento de la contratación, R los enviará al domicilio indicado por el Cliente dentro del territorio español o los dejará a disposición del Cliente en un Distribuidor autorizado. Los Equipos deberán ser recibidos personalmente por el Cliente, que tendrá que acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI o documento equivalente o entrega de copia de cualquiera de estos y deberá firmar el albarán de entrega. Para la recepción de los Equipos por otra persona distinta del titular el Cliente deberá autorizarlo expresamente y por escrito dirigido a R, acompañando copia del DNI del Cliente y de la persona autorizada por éste, existiendo en xxx.xxxxx-X.xxx un formulario estandarizado a tal efecto.

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Entrega de equipos. R entregará al Cliente, si así lo solicita o si fuera necesario para la prestación del servicio contratado, uno o varios de los siguientes elementos que en adelante serán denominados “Equipos”: a) equipos terminales (terminal telefónico, módem, router, descodificador, centralita, módem-usb, etc.), b) tarjetas de carácter personal e intransferible como medio de acceso a los servicios y/o contratación de servicios adicionales o aquellos que se presten en régimen de pago por uso/visión (tarjeta desco, tarjeta sim, etc.) y c) accesorios. Si no hubiere disponibilidad del equipo escogido por el Cliente, éste será informado a la mayor brevedad. R entregará los Equipos en perfectas condiciones de uso, cuya relación y detalle quedará reflejada bien en el apartado correspondiente del Contrato o en la Orden de Trabajo. Cuando los equipos no sean vendidos al Cliente, R podrá solicitar una fianza por el importe equivalente al precio de restitución de los equipos puestos a disposición del Cliente, calculada sobre la base del valor de su adquisición en el mercado y cuyo importe actualizado está disponible en xxx.xxxxx-X.xxxxxx.X.xxx. Los Equipos se entregarán al Cliente en régimen de depósito, alquiler, compra, financiación o cualquier otro título que a tal efecto pacten las partes. A falta de determinación expresa, se entenderá que los Equipos están en depósito. En este caso, el Cliente no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá venderlos, cederlos, pignorarlos o entregarlos a terceros en cualquier modalidad que implique su transmisión dominical y/o grave la propiedad de los mismos. Queda expresamente prohibido, salvo autorización previa y por escrito de R, el traslado físico de los Equipos propiedad de R a lugar diferente de aquél en que fueron instalados inicialmente, así como un uso distinto a aquel para el que fueron contratados. Asimismo, el Cliente consiente la utilización por R de los equipos instalados para la prestación de los servicios tanto al Cliente como a terceros. Esta utilización no menoscabará la calidad de los servicios contratados. Cuando uno o más de los Equipos no sean entregados en el mismo momento de la contratación, R los enviará al domicilio indicado por el Cliente dentro del territorio español o los dejará a disposición del Cliente en un Distribuidor autorizado. Los Equipos deberán ser recibidos personalmente por el Cliente, que tendrá que acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI o documento equivalente o entrega de copia de cualquiera de estos y deberá firmar el albarán de entrega. Para la recepción de los Equipos por otra persona distinta del titular el Cliente deberá autorizarlo expresamente y por escrito dirigido a R, acompañando copia del DNI del Cliente y de la persona autorizada por éste, existiendo en xxx.xxxxx-X.xxx xxx.X.xxx un formulario estandarizado a tal efecto.

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Entrega de equipos. R entregará al Cliente2.Presente cualquier queja, petición/reclamo o recurso a través de estos medios y le respondemos en máximo quince (15) días hábiles. 3. Si no respondemos es porque aceptamos su petición o reclamo. Esto se llama silencio administrativo positivo y aplica para internet y telefonía. 4.Cuando su queja o petición sea por los servicios de telefonía y/o internet, y esté relacionada con actos de negativa del contrato, suspensión del servicio, terminación del contrato, corte y facturación; Usted puede insistir en su solicitud ante nosotros, dentro de los diez(10)días hábiles siguientes a la respuesta y pedir que si no llegamos a una solución satisfactoria para Usted, enviaremos su reclamo directamente a la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) quien resolverá de manera definitiva su solicitud. Esto se llama recurso de reposición y en subsidio PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO Los equipos que sean entregados por NOVACOM a título de comodato serán relacionados en el ANEXO 1. CONDICIONES TECNICAS DE LOS SERVICIOS identificando la marca, modelo y serial de cada equipo entregado. El suscriptor no podrá trasladar los equipos ni realizar ninguna modificación a la red instalada, así como tampoco retransmitir, difundir, reproducir, comercializar, establecer derivaciones o utilizar cualquier otro mecanismo que le permita extender el servicio a otros equipos u otros puntos distintos de los contratados, así como tampoco prestar servicios de telecomunicaciones a terceros o realizar actividades de telecomunicaciones para las cuales no se encuentra debidamente autorizado. PORNOGRAFÍA INFANTIL EL SUSCRIPTOR manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita. EL USUARIO declara expresamente que conoce y acta las normas legales que prohíben contenidos perjudiciales para menores de edad en cualquier modalidad de información en las redes globales, como por ejemplo pornografía, OTRAS DISPOSICIONES PARA PRESTAR Y OBTENER UN MEJOR SERVICIO sexual u ofrecimiento de servicios comerciales que impliquen abuso sexual, incluida la ley 679 xx xxxxxx 3 de 2001, artículo 2.2.10.3.2. del Decreto 1078 de 2015 y Código penal arts. 218 y 219A y normas que los modifiquen y/o adicionen; además se obliga a prevenir y no permitir el acceso desde su terminal a los menores de edad a dichos contenidos, en especial EL USUARIO no podrá alojar en su propio sitio a) Imágenes, textos, documentos o archivos audiovisuales que impliquen directa o indirectamente actividades sexuales de menores de edad. b) Material pornográfico, en modo de imágenes o videos, si así lo solicita existen indicios de que las personas fotografiadas o si fuera necesario para la prestación del servicio contratado, uno filmadas son menores de edad. c) Vínculos o varios “Links” sobre sitios telemáticos que contengan o distribuyan material pornográfico relativo a menores de los siguientes elementos que en adelante serán denominados “Equipos”edad. EL USUARIO deberá: a) equipos terminales (terminal telefónicoDenunciar ante las autoridades competentes cualquier acto criminal contra menores de edad que tengan conocimiento, módem, router, descodificador, centralita, módem-usb, etc.), incluso de la difusión de material pornográfico asociado a menores. b) tarjetas Combatir con todos los medios técnicos a su alcance, la difusión de carácter personal e intransferible como material pornográfico de menores de edad. c) Abstenerse de usar las redes globales de información para divulgación de material ilegal con menores de edad y d) Establecer mecanismos técnicos de bloqueo por medio de acceso las cuales los usuarios puedan proteger a los servicios y/sí mismos o contratación a sus hijos de servicios adicionales material ilegal, ofensivo o aquellos que se presten indeseable en régimen relación con menores de pago por uso/visión (tarjeta desco, tarjeta sim, etcedad.) y c) accesorios. Si no hubiere disponibilidad del equipo escogido por el Cliente, éste será informado a la mayor brevedad. R entregará los Equipos en perfectas condiciones de uso, cuya relación y detalle quedará reflejada bien en el apartado correspondiente del Contrato o en la Orden de Trabajo. Cuando los equipos no sean vendidos al Cliente, R podrá solicitar una fianza por el importe equivalente al precio de restitución de los equipos puestos a disposición del Cliente, calculada sobre la base del valor de su adquisición en el mercado y cuyo importe actualizado está disponible en xxx.xxxxx-X.xxx. Los Equipos se entregarán al Cliente en régimen de depósito, alquiler, compra, financiación o cualquier otro título que a tal efecto pacten las partes. A falta de determinación expresa, se entenderá que los Equipos están en depósito. En este caso, el Cliente no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá venderlos, cederlos, pignorarlos o entregarlos a terceros en cualquier modalidad que implique su transmisión dominical y/o grave la propiedad de los mismos. Queda expresamente prohibido, salvo autorización previa y por escrito de R, el traslado físico de los Equipos propiedad de R a lugar diferente de aquél en que fueron instalados inicialmente, así como un uso distinto a aquel para el que fueron contratados. Asimismo, el Cliente consiente la utilización por R de los equipos instalados para la prestación de los servicios tanto al Cliente como a terceros. Esta utilización no menoscabará la calidad de los servicios contratados. Cuando uno o más de los Equipos no sean entregados en el mismo momento de la contratación, R los enviará al domicilio indicado por el Cliente dentro del territorio español o los dejará a disposición del Cliente en un Distribuidor autorizado. Los Equipos deberán ser recibidos personalmente por el Cliente, que tendrá que acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI o documento equivalente o entrega de copia de cualquiera de estos y deberá firmar el albarán de entrega. Para la recepción de los Equipos por otra persona distinta del titular el Cliente deberá autorizarlo expresamente y por escrito dirigido a R, acompañando copia del DNI del Cliente y de la persona autorizada por éste, existiendo en xxx.xxxxx-X.xxx un formulario estandarizado a tal efecto.

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Samples: Contrato Único De Servicios Fijos

Entrega de equipos. R entregará al Cliente, si así lo solicita o si fuera necesario para la prestación del servicio contratado, uno o varios de los siguientes elementos que en adelante serán denominados “Equipos”: a) equipos terminales (terminal telefónico, módemcable-modem, router, descodificador, centralita, módemmodem-usb, etc.), b) tarjetas de carácter personal e intransferible como medio de acceso a los servicios y/o contratación de servicios adicionales o aquellos que se presten en régimen de pago por uso/visión (tarjeta desco, tarjeta sim, etc.) y c) accesorios. Si no hubiere disponibilidad del equipo escogido por el Clientecliente, éste será informado a la mayor brevedadbrevedad de la falta de disponibilidad del mismo. R los entregará los Equipos en perfectas condiciones de uso, cuya relación y detalle quedará reflejada bien en el apartado correspondiente del Contrato o en la Orden de Trabajo. Cuando los equipos no sean vendidos al Cliente, R podrá solicitar una fianza por el importe equivalente al precio de restitución de los equipos puestos a disposición del Cliente, calculada sobre la base del valor de su adquisición en el mercado y cuyo importe actualizado está disponible en xxx.xxxxx-X.xxx. Los Equipos se entregarán al Cliente en régimen de depósito, alquiler, compra, financiación o cualquier otro título que a tal efecto pacten las partes. A falta de determinación expresa, se entenderá que los Equipos están en depósito. En este caso, el Cliente no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá venderlos, cederlos, pignorarlos o entregarlos a terceros en cualquier modalidad que implique su transmisión dominical y/o grave la propiedad de los mismos. Queda expresamente prohibido, salvo autorización previa y por escrito de R, el traslado físico de los Equipos propiedad de R a lugar diferente de aquél en que fueron instalados inicialmente, inicialmente así como un uso distinto a aquel para el que fueron contratados. Asimismo, Asimismo el Cliente consiente la utilización por R de los equipos instalados para la prestación de los servicios tanto al Cliente como a terceros. Esta utilización no menoscabará la calidad de los servicios contratados. Cuando uno o más de los Equipos no sean entregados en el mismo momento de la contratación, R los enviará al domicilio indicado por el Cliente dentro del territorio español o los dejará a disposición del Cliente en un Distribuidor autorizado. Los Equipos deberán ser recibidos personalmente por el Cliente, que tendrá que acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI o documento equivalente o entrega de copia de cualquiera de estos su DNI o equivalente y deberá firmar el albarán de entrega. Para la recepción de los Equipos por otra persona distinta del titular que se encuentre en el domicilio señalado, el Cliente deberá autorizarlo expresamente y por escrito dirigido a R, acompañando copia del DNI del Cliente y de la persona autorizada por éste, éste existiendo en xxx.xxxxx-X.xxx un formulario estandarizado xxx.xxxxx-X.xxx, a tal efecto, un formulario estandarizado.

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