ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. 3.1 El Contrato entrará en vigor el día de su firma.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. La relación contractual surtirá efectos en el momento que VUNKERS haya recibido la aceptación del Cliente de las Condiciones Generales y Particulares del Servicio. La fecha de inicio de la contratación para contrataciones online desde sitio web será la fecha de notificación del Usuario y Contraseña de acceso a la Plataforma SAAS. Para contrataciones efectuadas por VUNKERS o terceros autorizados por ésta, será la fecha incluida en las Condiciones Particulares del Servicio. La vigencia del contrato será de un año a contar desde la fecha de inicio de la contratación, salvo que se disponga otro plazo en las Condiciones Particulares del Servicio. El contrato se prorrogará automáticamente por períodos anuales sucesivos, excepto que alguna de las partes comunique a la otra su voluntad de no prorrogarlo con un plazo de antelación de dos meses a la fecha de finalización del mismo o alguna de sus prórrogas. Se prohíbe expresamente el desistimiento del contrato durante el período de permanencia mínimo pactado en las Condiciones Particulares.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Se considerará como fecha de inicio del contrato la fecha de firma del mismo. El plazo de duración del contrato será de tres (3) años, contado a partir de las cero horas del día de su contratación.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato entrará en vigor el día …………… y tendrá vigencia hasta el día 31 de Diciembre del año de su firma. La fecha de inicio de prestación de los distintos servicios objeto del presente contrato, será la fecha de suscripción de la Adenda correspondiente y tendrá vigencia hasta el día 31 de Diciembre del año de su firma. Transcurrido el plazo inicial de vigencia el contrato, y de las Adendas, se entenderá prorrogado tácitamente por periodos sucesivos anuales, salvo denuncia de cualquiera de las partes, comunicada con al menos 2 meses de antelación a su vencimiento o a la finalización de cada una de sus prorrogas. No obstante lo anterior, el presente contrato, y sus Adendas, quedará resuelto automáticamente en el momento en que se conecte la red de distribución de gas natural canalizado a un gasoducto de transporte o a la red de distribución de LA DISTRIBUIDORA. La duración de la prestación de cada uno de los distintos servicios será la indicada en la Adenda correspondiente y estará supeditada, en todo caso, a la duración establecida en el presente contrato y en sus prorrogas.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato entrará en vigor el 1 de octubre de 2016. La duración prevista será hasta el 30 de septiembre de 2017, renovable por periodos anuales computados por año natural, pudiendo cualquiera de las partes rescindir de forma expresa la colaboración dentro del plazo del mes anterior al vencimiento del mismo.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Ambas partes, MADRILEÑA RED DE GAS … (Titular de la red) y (Contratante) manifiestan que la fecha de inicio de los servicios objeto de esto contrato será la fecha de concesión del primer acceso. A estos efectos ambas partes manifiestan que el primer acceso se concedió en fecha de , por lo que los efectos del presente contrato se retrotraen a esa fecha.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El contrato se formaliza por el consentimiento de las partes, que se manifiesta por la suscripción de la póliza. El contrato y sus modificaciones o adiciones no tomarán efecto mientras no haya sido satisfecha la prima, salvo pacto en contrario establecido en las Condiciones Particulares. La póliza se emite por un periodo de tiempo indefinido.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El Contrato entrará en vigor el día de su firma. La fecha de inicio de prestación de los servicios objeto del presente Contrato será el [ ] de [ ] de [ ]. El presente Contrato tendrá una duración de [ ] desde el [ ] de [ ] de [ ] hasta el [ ] de [ ] de [ ].
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma, permaneciendo vigente por el periodo que se determinen en las Condiciones Particulares hasta el pago de la última cuota mensual, conforme lo indicado en las mismas. El Contrato se prorrogará automáticamente por períodos anuales sucesivos, salvo que alguna de las partes comunique a la otra su voluntad de no prorrogarlo con un plazo de antelación de dos (2) meses a la fecha de finalización del mismo o alguna de sus prórrogas. El ARRENDATARIO podrá resolver el presente Contrato, para ello deberá comunicarlo por escrito al ARRENDADOR con una antelación mínima de 2 meses a la fecha de efectos, indicando: a) su voluntad de resolver el contrato y la fecha de efectos, procediendo al pago de todas las cuotas que se devenguen hasta dicha fecha y a la devolución del equipo en los términos previstos en el presente Contrato; b) su voluntad de resolver del contrato, satisfaciendo todas las cuotas pactadas pendientes de vencimiento y haciendo suya la propiedad del equipo arrendado. El ARRENDATARIO no podrá resolver el contrato durante el período de permanencia mínimo pactado en las Condiciones Particulares, salvo en caso de pagar las cantidades a facturar por el periodo de permanencia restante.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Ambas partes, GAS NATURAL CEGAS … (Titular de la red) y (Contratante) manifiestan que la fecha de inicio de los servicios objeto de esto contrato será la fecha de concesión del primer acceso. A estos efectos ambas partes manifiestan que el primer acceso se concedió en fecha de , por lo que los efectos del presente contrato se retrotraen a esa fecha.