DE LA GARANTIA Cláusulas de Ejemplo

DE LA GARANTIA. Para seguridad y garantía del pago xxx Xxxxxxxx otorgado por BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A., y de todas las sumas que LA DEUDORA resultare deber bajo este Contrato, así como de los intereses y demás accesorios que éstas generan, EL FIADOR PRENDARIO presenta a favor de BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A., sin reservas ni limitaciones una Prenda con Desapoderamiento, sobre EL CERTIFICADO FINANCIERO NUMERO *************, emitido por el BANCO MULTIPLE ADEMI, S.A., propiedad del FIADOR PRENDARIO, señor **************, por un valor total de - CERTIFICADO FINANCIERO NUMERO **************, expedido por el BANCO MULTIPLE ADEMI, S.A., a favor del señor ***********************, por un valor total de PARRAFO I: EL FIADOR PRENDARIO, señor ***********************, declara bajo la fe del Juramento que es EL único propietario del CERTIFICADO FINANCIERO NUMERO ***************, que garantiza el pago de la suma prestada; declarando además, que sobre los mismos, no pesan impedimentos ni gravámenes de ningún tipo que impida constituirse en la Prenda de que es objeto, mediante el presente Contrato. Queda debidamente establecido en el presente contrato que las modificaciones serán notificadas con treinta (30) días de antelación a su implementación, plazo que dispone LA DEUDORA para objetarla, en caso de las partes no ponerse de acuerdo con la modificación, el contrato quedará rescindido, debiéndose pagar la deuda existente hasta ese momento.------- PARRAFO III: La violación por parte de LA DEUDORA de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente Artículo, a opción de BANCO MULTIPLE ADEMI, S.A., producen también de pleno derecho, la pérdida en perjuicio de LA DEUDORA, del término acordado y hará exigible la totalidad de la deuda de acuerdo. Queda entendido que el retraso de BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A., en el ejercicio de estos derechos, no implican en modo alguna renuncia o caducidad del mismo. PARRAFO I: EL BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A. entregará un Tarifario de servicio como documento accesorio, que refleje en forma detallada los gastos principales del servicio contratado, incluidos los gastos legales. De la misma forma, al momento del cobro de los gastos legales, EL BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A. presentará los documentos que evidencien los gastos legales generados. En el mismo orden, EL BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A. podrá, de tiempo en tiempo, variar el contenido del presente contrato, si se tratare de aspectos reservados como variables (tasa, cargos, comisiones, fechas y lugares de p...
DE LA GARANTIA. EL ARRENDATARIO dará a EL ARRENDADOR en garantía el monto equivalente de dos meses de arrendamiento, es decir, la suma total de S/. 3,200.00 (TRES MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). El pago se hará efectivo vía transferencia interbancaria mediante Código de Cuenta Interbancaria (CCI), dentro de los siete (7) días de firmado el contrato. El monto total de la garantía deberá ser devuelto al término del contrato, salvo que se haya ejecutado el último párrafo de la cláusula tercera, en cuyo caso sólo se devolverá un mes de garantía.
DE LA GARANTIA. ARTÍCULO 5. Garantía xxx Xxxxxxxx.- Para seguridad y garantía del pago de la suma prestada y de los intereses que esta devenga, así como de las demás obligaciones que por el presente contrato asume EL DEUDOR, este consiente en que sobre el inmueble objeto del presente contrato se inscriba una hipoteca en primer rango a favor de LN, quien acepta, sobre el inmueble que se describe anteriormente. Esta hipoteca igualmente recae sobre: TODO EL EQUIPO SANITARIO Y OTROS, cuando aplique.
DE LA GARANTIA. “LA DISA V LIMA CIUDAD” hará entrega a EL ARRENDADOR, en calidad de garantía por la buena conservación del inmueble, un deposito equivalente a dos (....) meses de adelanto xx xxxxx pactada en la cláusula octava y un (....) mes de garantía. La garantía será devuelta a la finalización del Contrato, en la misma moneda en que fue depositada sin que se genere intereses, luego de la verificación del estado del inmueble y la presentación del recibo emitido por EL ARRENDADOR donde conste el deposito en garantía realizado. De ser el caso, el depósito en garantía que entrega LA DISA V LIMA CIUDAD cubrirá las obligaciones derivadas del contrato, con excepción de la indemnización por lucro cesante y daño emergente. En señal de conformidad de entrega y recepción de la suma indicada por el concepto de garantía, basta la firma de las partes consignadas al final del presente instrumento.
DE LA GARANTIA. Se fija como garantía para todos los créditos establecidos en el presente contrato, los Aportes Personales, excedentes generados y demás ahorros personales, de EL DEUDOR.
DE LA GARANTIA. SEXTA.- “ LA PRESTADORA DE SERVICIOS “ se obliga a garantizar las reparaciones efectuadas a las unidades materia de reparación por un término de 30 días a partir de la recepción del o los vehículos que hayan sido sujetos a reparación, cuya garantía contemplara única y exclusivamente sobre las piezas o refacciones, materiales que hayan sido materia de la reparación, así como de la mano de obra empleada, por lo que dicha reclamación deberá de hacerse por parte de “ EL CLIENTE “ a “ LA PRESTADORA DE SERVICIOS “ en forma escrita y detallando las fallas relativas a las unidades reparadas.
DE LA GARANTIA. Se fija como garantía del DEUDOR para todos los créditos establecidos en el presente contrato, sus ahorros voluntarios, excedentes capitalizados, excedentes del periodo y cualquier otro rubro económico a su favor al momento de la desafiliación.
DE LA GARANTIA. Se fija como garantía para todos los créditos establecidos en el presente contrato, los Aportes Personales, excedentes generados y demás ahorros personales que mantenga en ASOARTHROCARE, EL DEUDOR.

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: