CONTRATO DE PRESTAMO MERCANTIL
CONTRATO XX XXXXXXXX MERCANTIL
Entre nosotros XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX , cédula de identidad 3 0372 0882, en mi calidad de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS ARTHROCARE DE COSTA RICA S.R.L., con cédula jurídica número 0-000-000000, inscrita en el Departamento de Organizaciones Sociales, mediante resolución número 0, del 14 xx xxxxx del dos mil trece, tomo 1, folio 334, asientos 2593, expediente 2953-AS, domiciliada en Alajuela, El Coyol, Zona Xxxxxx Xxxxx, en adelante llamada “ASOARTHROCARE” o el ACREEDOR o (SIGLAS), y
, mayor, portador de la cédula de identidad número
, con domicilio en
y cuyo número de teléfono móvil es , que labora en
y que para efectos de este contrato se denominará DEUDOR, acordamos suscribir el presente contrato xx xxxxxxxx mercantil (revolutivo), el cual se regirá por las disposiciones legales y reglamentarias al respecto y por las siguientes CLAUSULAS:
PRIMERA: DEL OBJETO
El presente contrato tiene como objeto que el asociado de ASOARTHROCARE pueda recibir créditos revolutivos o rotativos poniendo como garantía de los mismos su ahorro personal, ordinario y extraordinario, así como los excedentes acumulados al momento de la solicitud, según consta en el estado de cuenta que al efecto lleva ASOARTHROCARE, la cual se fijará como Límite de Crédito inicial, pudiendo éste aumentar gradualmente conforme se incrementen los recursos del Asociado, para lo cual la Junta Directiva de ASOARTHROCARE definirá los criterios respectivos; dicho crédito deberá ser reintegrado mediante cuotas semanales, ajustables y consecutivas al vencimiento comprendiendo amortización, intereses y el saldo al vencimiento, más las pólizas de seguros respectivas vigentes para el producto. En este acto el deudor autoriza a (EMPRESA PARA LA CUAL TRABAJA), para que proceda en su condición de patrono con el rebajo vía planilla, de los créditos amparados a este contrato, según la periodicidad de pago establecida.
SEGUNDA: TIPOS DE CREDITO Y DISPONIBLE
En virtud del artículo anterior, ASOARTHROCARE representada por el primero otorga al segundo toda clase de créditos vigentes y estipulados en el Reglamento de Crédito de ASOARTHROCARE, las cuales forman parte integral de este contrato, sujeto a los recursos económicos por concepto de ahorro personal, ordinario y extraordinario, así como los excedentes acumulados al momento de la solicitud, que tenga disponible a su favor en ASOARTHROCARE.
Los recursos del Asociado antes mencionados corresponden al por ciento xxx xxxxxxx bruto del asociado que son depositados en ASOARTHROCARE según lo dispuesto en el artículo décimo inciso de los estatutos, por extraordinarios se refiere a todo aquel aporte adicional que el asociado realice, y además los excedentes generados.
TERCERA: DEL PLAZO
El plazo para el uso de los créditos establecidos en este contrato será de doce meses a partir de su firma. La vigencia del presente contrato se podrá extender en forma automática, y toda modificación al mismo requerirá de una adenda firmada por ambas partes. La prórroga automática surtirá efectos siempre y cuando el deudor mantenga sus obligaciones al día, sea asociado activo con una continuidad ininterrumpida desde la fecha de la firma de este contrato, y no exista comunicación previa de la acreedora de darlo por terminado.
CUARTA: DE LOS INTERESES
EL DEUDOR reconoce que la deuda devengará intereses corrientes anuales fijos, ajustables periódicamente sobre los saldos de capital adeudado pagaderos por mes vencido, los intereses serán pagaderos semanalmente, a partir del desembolso del dinero por parte de ASOARTHROCARE. Las tasas de interés aplicables a las líneas de crédito son las establecidas en el Reglamento de Crédito vigente al momento de desembolso. El prestatario entiende y acepta que el crédito se formaliza con una tasa preferencial por ser miembro de ASOARTHROCARE. Si durante el plazo xxx xxxxxxxx, el asociado incumpliera la Normativa Crediticia que establece el Reglamento de Crédito, se le atribuye una calificación de riesgo mayor al otorgado inicialmente, y ello le ocasiona un perjuicio al ACREEDOR, que lo obligue a efectuar mayores provisiones económicas, EL DEUDOR dejará, por ese solo hecho, de ser usuario de dicha reducción de tasa preferencial, obligándose a pagar una tasa que acuerde la Junta Directiva, según las políticas internas.
QUINTA: INTERESES MORATORIOS
EL DEUDOR reconoce intereses moratorios al mismo tipo de los intereses corrientes, más un treinta por ciento, según lo establecido en el artículo cuatrocientos noventa y ocho del Código de Comercio, calculados sobre el monto del abono atrasado.
SEXTA: DE LA GARANTIA
Se fija como garantía para todos los créditos establecidos en el presente contrato, los Aportes Personales, excedentes generados y demás ahorros personales que mantenga en ASOARTHROCARE, EL DEUDOR.
SÉTIMA: DE LA SOLICITUD Y TRÁMITES DE LOS CRÉDITOS
El DEUDOR podrá solicitar y realizar trámites sobre los créditos existentes en las oficinas centrales de ASOARTHROCARE ubicadas en Alajuela, El Coyol, Zona Xxxxxx Xxxxx, o bien a través de cualquiera de los siguientes servicios tecnológicos: (a) GESTION EN LINEA a través del sitio www. .com; (b) GESTION APP, para lo cual deberá remitir un mensaje de texto al número que notifique ASOARTHROCARE a través de su canal oficial de comunicación, desde el teléfono del DEUDOR indicado en la comparecencia. La información será procesada según las indicaciones que realice el DEUDOR y se almacenará en los servidores o medios magnéticos de ASOARTHROCARE, los cuales mantienen altos estándares de seguridad y protección, tanto física como tecnológica. Es potestad de ASOARTHROCARE el modificar los medios indicados, previo aviso al DEUDOR de las variaciones a realizar, a través de la publicación de los cambios en la página www. .com, los cuales entrarán en vigor a los diez días de su publicación.
OCTAVA: REGISTRACIÓN Y CLAVE DE SEGURIDAD
Para hacer uso de los servicios tecnológicos descritos en la cláusula anterior, el DEUDOR accederá a los mismos, a través de su código de empleado y clave de seguridad personal. El DEUDOR se obliga a guardar la debida diligencia en la conservación de la contraseña, asumiendo en caso contrario, las consecuencias que pudieran derivarse del uso de la misma por terceras personas distinta del DEUDOR, sin responsabilidad por parte de ASOARTHROCARE por cualquier tipo de uso no autorizado de la contraseña. El DEUDOR será responsable por todas las operaciones efectuadas con su contraseña y las solicitudes realizadas con su usuario se presumirán de su autoría como titular del código y clave personal. ASOARTHROCARE no se hace responsable del mal uso de dichos códigos y contraseña, ni de los daños y perjuicios que pudieren ocasionar al DEUDOR por dicho mal uso.
NOVENA: DE LA FORMA DE GIRO DE LOS CRÉDITOS Y DEL PAGO
Los créditos solicitados a través de los medios tecnológicos, una vez procesados y aprobados, serán depositados por ASOARTHROCARE en la cuenta bancaria del DEUDOR registrada en la base de datos de ASOARTHROCARE, y en caso de no contar con dicho registro o él mismo se encuentre desactualizado, será girado mediante cheque a favor del DEUDOR u otro medio convenido previamente. Por lo que es obligación del DEUDOR mantener actualizados sus datos en la asociación e informar oportunamente en caso de cualquier cambio de los mismos.
Los pagos se harán mediante deducciones de planilla salarial, para lo cual el DEUDOR faculta expresamente a (empresa para la cual trabaja) para aplicar la deducción correspondiente, en caso de no efectuarse la deducción, la cuota deberá ser cancelada en forma directa en las oficinas centrales del Acreedor que el deudor manifiesta conocer o bien mediante depósito a la cuenta bancaria del Acreedor en el Banco , cuenta corriente número , y enviar el comprobante de pago respectivo a las oficinas del Acreedor el día hábil posterior al vencimiento de la obligación.
DÉCIMA: DEL VENCIMIENTO ANTICIPADO
Las partes convienen que la falta de pago oportuno estipulado de una de las cuotas o el incumplimiento por parte del DEUDOR de cualquiera de las obligaciones o condiciones de este contrato, da derecho al ACREEDOR para tener por vencida la totalidad de la obligación y por exigible la cancelación total de la deuda, así como los intereses y demás gastos que se adeudaren, facultándolo para rebajar de los Aportes Personales, excedentes generados y demás ahorros personales que mantenga a su favor en la Asociación, el saldo total de la deuda.
En caso de que EL DEUDOR deje de pertenecer a la Asociación, o bien deje de trabajar para indistintamente cuál sea la razón de terminación de la relación laboral, se autoriza expresamente en este acto para que de sus Aportes Personales, excedentes generados, demás ahorros personales y dineros a su favor que mantenga en ASOARTHROCARE, se imputen y apliquen los pagos correspondientes a su crédito, de acuerdo a lo que establece la Ley de Asociaciones Solidaristas en su artículo número veinte, hasta su total cancelación.
Si aun habiendo sido aplicado la totalidad de los rubros anteriormente indicados, quedara un saldo al descubierto, se faculta al ACREEDOR para continuar con el trámite de cobro correspondiente. Los créditos y saldos de cualquier especie que quedan sin liquidar, se mantienen activos a los procesos de cobro según políticas establecidas, previamente conocidas, entendidas y aceptadas por EL DEUDOR, encontrándose facultado EL ACREEDOR a exigir la cancelación total del crédito otorgado, por la vía legal que corresponda sin que en ningún caso sean necesarios requerimientos de pago u otros requisitos previos a los cuales renuncia EL DEUDOR en este acto.
DÉCIMA PRIMERA: DISPOSICIONES VIGENTES
EL DEUDOR declara conocer las disposiciones vigentes que rigen esta clase de créditos estipuladas en el Reglamento de Crédito de ASOARTHROCARE, las cuales forman parte integral de este contrato, manifiesta conocer y se obliga a cumplirlas, así como a proporcionar las facilidades necesarias a los funcionarios que ASOARTHROCARE designe para que ejerzan control sobre la garantía.
DÉCIMA SEGUNDA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
EL DEUDOR se compromete al fiel y estricto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones adquiridas en este documento y de las condiciones que el presente instrumento impone a su cargo, así como las obligaciones indicadas en el Reglamento de Crédito de la asociación que manifiesta conocer y aceptar.
DÉCIMA TERCERA: OTRAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS
ASOARTHROCARE se reserva el derecho a la imputación de pagos. EL DEUDOR autoriza a ASOARTHROCARE para que ante cualquier intermediario del Sistema Bancario Nacional pueda solicitar información sobre el nivel de endeudamiento. Asimismo manifiesta que conoce y acepta que cualquier dato falso que se pueda deducir de la información aportada, corroborado ante las entidades citadas, será motivo suficiente para que ASOARTHROCARE suspenda el desembolso xxx xxxxxxxx si el mismo no ha sido entregado y de haberlo sido, ello será causal de vencimiento anticipado del plazo. Además, EL DEUDOR acepta que ello será causal de pérdida de los gastos en que hubiere incurrido para la tramitación de los créditos. A su vez EL DEUDOR acepta que se le realice el cargo por concepto de “ahorro solidario” de conformidad con la reglamentación respectiva del mismo que al efecto estipule la Junta Directiva de ASOARTHROCARE.
DÉCIMA CUARTA: NULIDAD O ILEGALIDAD DE DISPOSICIONES: En el evento en que una o varias disposiciones de este Acuerdo sean declaradas nulas, ineficaces o contrarias a la ley costarricense, ello no implicará la nulidad, ineficacia o ilegalidad de las disposiciones restantes, las cuales seguirán siendo vinculantes y obligatorias para las Partes y permanecerán en pleno vigor y efecto. Adicionalmente, las Partes acuerdan cooperar entre ellas para reemplazar la disposición nula, ineficaz o ilegal por una que una vez que sea válida y exigible, cumpla la misma función y surta los mismos efectos de la disposición declarada ilegal, nula o ineficaz, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que fue declarada nula, ineficaz o ilegal.
DÉCIMA QUINTA: CONSENTIMIENTO INFORMADO: EL DEUDOR, por este medio, de conformidad con el Principio de consentimiento informado, y con fundamento en el artículo 5 siguientes y concordantes de la Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales No. 8968 y el artículo 4 de su Reglamento, AUTORIZO en forma expresa, precisa e inequívoca a ASOARTHROCARE, para que consigne mis datos personales en sus bases de datos de carácter personal, con la finalidad de que les sea posible llevar un Registro de los mismos y que me remitan información o notificaciones en mi domicilio, a través de correo electrónico, por vía telefónica o bien mediante mensajes de texto, lo cual realizará únicamente a través del personal autorizado para estos efectos. Doy mi consentimiento a ASOARTHROCARE, para los usos que se estimen convenientes, siempre de conformidad a la ley pertinente en la materia. Hago constar que conozco la naturaleza y alcance de la información que se solicitará y de la presente autorización de conformidad con la normativa anteriormente citada. Me comprometo a informar a ASOARTHROCARE respecto de cualquier cambio que sufra la información brindada en aras del principio de calidad de la información, que implica la necesidad de que la información recolectada, almacenada o empleada sea veraz, actual y exacta. DECLARO QUE LA INFORMACIÓN PREVISTA EN ESTE CONTRATO, ES FIEL Y VERDADERA; POR TANTO ACEPTO QUE CUALQUIER OMISION O FALSEDAD EN LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS DOCUMENTOS ENTREGADOS E INFORMACIÓN SUMINISTRADA A ASOARTHROCARE, PODRÍA CAUSAR LA CANCELACIÓN DE LAS SOLICITUDES
REALIZADAS A ASOARTHROCARE EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO. Así mismo se me informó que puedo solicitar la rectificación, actualización e incluso eliminación de la información en los términos que indica la Ley 8968 en la asociación, para efectos de lo cual se señala el siguiente medio . Hago constar que he sido informado que para solicitar la supresión o cancelación de mi información debo efectuar el pago anticipado de cualquier saldo pendiente insoluto en caso de que existiera con ASOARTHROCARE. Doy fe que conozco y acepto que según ART 5.1 de la Ley No. 8968: a) De la existencia de una base de datos de carácter personal. b) De los fines que se persiguen con la recolección de estos datos. c) De los destinatarios de la información, así como de quiénes podrán consultarla. d) Del carácter obligatorio o facultativo de sus respuestas a la preguntas que se le formulen durante la recolección de los datos. e) Del tratamiento que se dará a los datos solicitados. f) De las consecuencias de la negativa a suministrar los datos. g) De la posibilidad de ejercer los derechos que la Ley No. 8968 me asisten. h) De la identidad y dirección del responsable de la administración de la base de datos.
DÉCIMA SEXTA: LEY APLICABLE: La Legislación Costarricense será aplicable a este Acuerdo, a los documentos que puedan suscribirse en virtud del mismo y a la relación establecida a través de ellos.
DECIMO SÉTIMA: MODIFICACIONES: Este Acuerdo solamente podrá ser modificado mediante documento escrito y firmado por los representantes autorizados de las Partes.
DÉCIMA OCTAVA: PROTOCOLIZACIÓN: Las partes se autorizan mutuamente para comparecer ante el Notario Público de su elección a Protocolizar, total o parcialmente, o bien ponerle razón de fecha cierta al presente documento.
DÉCIMA NOVENA: NOTIFICACIONES EL DEUDOR manifiesta y acepta expresamente que renuncia a su domicilio y a los requerimientos de pago, y para efectos de recibir notificaciones según lo dispuesto en el artículo diecinueve y veintidós del capítulo segundo de la Ley de Notificaciones Judiciales número ocho mil seiscientos ochenta y siete, señala como domicilio contractual para atender notificaciones judiciales el siguiente domicilio: . Declara que el domicilio para atender notificaciones antes señalado es real, existente y ha sido consignado correctamente. Asimismo, declara que en caso que este cambie con posterioridad a la fecha de este documento, se obliga a comunicar el cambio por escrito al acreedor.
EL ACREEDOR señala como domicilio contractual sus oficinas centrales ubicadas en Alajuela, El Coyol, Zona Xxxxxx Xxxxx.
En fe de lo anterior firmamos en la ciudad de , a las
del mes de del año .
del día
POR ASOARTHROCARE Firma Usuario
XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX Nombre:
Cédula: 3 0372 0882 Cédula: