Contrato Marco De Servicios De Pago Cláusulas de Ejemplo

Contrato Marco De Servicios De Pago. El presente Contrato Xxxxx tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones esenciales que rigen las relaciones entre el Banco y el Cliente en la prestación de los servicios de pago regulados en la Ley 16/2009, de 13 de noviembre de servicios de pago (en adelante, la “Ley de Servicios de Pago”) y en su normativa de desarrollo, o en cualquier otra que le sustituya, de forma que al amparo del mismo puedan ejecutarse operaciones de pago. Los servicios de pago identificados en este contrato que el Banco preste al Cliente, se entenderán realizados al amparo del Contrato Global en lo que sea de aplicación, y del presente Contrato Marco que en su conjunto se integrarán en un único acuerdo básico de derechos y obligaciones entre el Banco y el Cliente. Las partes acuerdan que, cuando el Cliente no sea un consumidor, no serán aplicables las disposiciones contenidas en la Orden EHA/1608/2010 (o cualquier otra que le sustituya) sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago. De conformidad con la Ley de Servicios de Pago, no consumidores serán las personas físicas o jurídicas que actúen en el ámbito de su actividad económica, comercial o profesional. De conformidad con lo establecido en la Ley de Servicios de Pago y en su normativa de desarrollo, quedan amparados los siguientes servicios de pago que se presten en territorio español además de los que en un futuro determine la legislación aplicable vigente en cada momento:
Contrato Marco De Servicios De Pago. Estas Condiciones Generales se incorporan y se aplican a los respectivos contratos de tarjetas de crédito o débito que contrate con el Banco. Además, en función de la modalidad o tipo de tarjeta de que se trate, se establecen unas condiciones específicas que regulan las particularidades de cada una que se aplican con carácter preferente a las condiciones generales. El Contrato de Tarjeta, en el que figuran las condiciones particulares (datos de los titulares; intereses; comisiones) junto a las presentes Condiciones Generales que se incorporan al mismo constituyen el Contrato marco a los efectos previstos en en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera (en adelante denominado indistintamente como el RDl 19/2018 o el Real Decreto-ley 19/2018), cuyo proveedor es el Banco.
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  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO La duración del servicio será de seis (06) meses, contabilizados a partir del día siguiente de suscrito el contrato, el cual podrá ser prorrogado de acuerdo a la necesidad del servicio y evaluación de desempeño del consultor.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • ESTÁNDARES DE SERVICIO La persona prestadora se compromete a prestar el de aseo con los siguientes estándares de servicio:

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 25.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato.

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS El CONSULTOR realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizará la consultoría).