Contrato de interinidad. 1. El contrato de interinidad es el celebrado para sustituir a un trabajador de la empresa con derecho a la reserva del puesto de trabajo en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual. El contrato de interinidad se podrá celebrar, asimismo, para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.
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Contrato de interinidad. 1. El contrato de interinidad es el celebrado para sustituir a un trabajador trabajadores de la empresa con derecho a la reserva del puesto de trabajo en virtud trabajo. Se incluye expresamente la posibilidad de norma, convenio colectivo o acuerdo individualformalizar este tipo de contratos para sustituir a trabajadores que disfruten de sus correspondientes períodos vacacionales. El En el contrato deberá constar tanto el nombre del sustituido como la causa que habilita la formalización de interinidad se podrá celebrar, asimismo, para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitivadicha relación.
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Contrato de interinidad. 1. El contrato de interinidad es el celebrado para sustituir a un trabajador de la empresa con derecho a la reserva del puesto de trabajo en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual. El contrato de interinidad se podrá celebrar, asimismo, para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.. El contrato de interinidad tendrá el siguiente régimen jurídico:
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Contrato de interinidad. 1. El contrato de interinidad es el celebrado para sustituir a un trabajador trabajadores de la empresa con derecho a la reserva del puesto de trabajo en virtud trabajo. Se incluye expresamente la posibilidad de norma, convenio colectivo o acuerdo individualformalizar este tipo de contratos para sustituir a trabajadores que disfruten de sus correspondientes períodos vacacionales. El Xxxxxx trabajador podrá estar contratado mediante un contrato de interinidad se podrá celebrarinterinidad, asimismosustituyendo a otro u otros empleados que disfruten de su o sus períodos vacacionales, para cubrir temporalmente por un puesto período superior a cuatro meses dentro del año natural. En el contrato deberá constar tanto el nombre/s del sustituido/s como la causa que habilita la formalización de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitivadicha relación.
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