Common use of COMPROMISOS DE LAS PARTES Clause in Contracts

COMPROMISOS DE LAS PARTES. La AGENCIA se compromete a: • Atender de forma personalizada y especializada, de acuerdo a los perfiles y competencias requeridas, aquellas ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA para la cobertura de sus necesidades de contratación de trabajadores. • Difundir por procedimientos generalizados de información (anuncios, Internet, comunidades laborales, etc.) las ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA, sin mención ni identificación expresa de la empresa, con mera alusión al sector de actividad y tipo de empresa ofertante. • Difundir, en su caso, y con el consentimiento expreso de LA EMPRESA, sus ofertas de trabajo entre los demandantes de empleo, con identificación de LA EMPRESA. • Realizar estudios de casación en las bases de datos de la AGENCIA entre aquellos perfiles registrados cuyas competencias y habilidades mejor se ajusten a los perfiles del empleo ofertado. • Preseleccionar con las técnicas que se consideren adecuadas (entrevistas, dinámicas, tests, pruebas,…) al número de candidatos/as idóneo para la oferta. • Derivar los/as candidatos/as idóneos/as al proceso de selección por el medio establecido en cada caso por LA EMPRESA, remisión directa de listados de candidatos/as idóneos/as, fichas con informes o inscripción en la Web corporativa de LA EMPRESA. • Participar, cuando así lo requiera la empresa, en el proceso de selección final en el que sean participantes candidatos preseleccionados por la AGENCIA. • Facilitar, en función de su disponibilidad en las instalaciones de la AGENCIA, los espacios necesarios para llevar a cabo los procesos de selección realizados en colaboración. • Informar a LA EMPRESA de posibles ayudas a la contratación y modalidades de contratación específicas para el fomento del empleo que se puedan ajustar a la oferta presentada. • Considerar las necesidades de contratación de LA EMPRESA, como empresa generadora de empleo, en el diseño de la programación general de formación para el empleo de la AGENCIA. • Invitar a LA EMPRESA a colaborar en la ejecución de programas de formación de la AGENCIA a través de la acogida de alumnos para la realización de módulos de prácticas no laborales vinculados a dicha formación. • Diseñar y desarrollar acciones formativas específicas que favorezcan la colaboración en materia de colocación (formación vinculada a la contratación). • Enviar a la AGENCIA, sin carácter de exclusividad, las ofertas de trabajo que requiera para la cobertura de sus necesidades de contratación de trabajadores. • Detallar pormenorizadamente las características de los puestos ofertados, tales como el tipo de contrato, destino, duración, funciones, jornada laboral, retribuciones, etc., así como el perfil de habilidades y competencias requeridos para los puestos ofertados. • Atender a los/as candidatos/as preseleccionados/as derivados/as por la AGENCIA. • Informar sobre el resultado individual de dicha atención, indicando cualquier circunstancia que considere oportuna para la mejora del servicio de intermediación prestado. • Comunicar a la AGENCIA, cuando proceda y con la mayor diligencia posible la fecha del contrato y en su caso, contratos posteriores, realizados tanto con las personas preseleccionadas por esta, como con los alumnos derivados de la formación en certificados de profesionalidad tras la realización de las prácticas no laborales, así como las características de los contratos suscritos. • Informar a la AGENCIA cuando existan necesidades de trabajadores y las previsiones futuras de contratación, si las hubiese. • Informar periódicamente sobre las competencias y perfiles profesionales más demandados por LA EMPRESA y proponer la realización de cursos adecuados a sus necesidades de formación. • Colaborar en los programas de formación en certificados de profesionalidad de la AGENCIA acogiendo en sus instalaciones, siempre que sea posible por la actividad de la empresa, a los alumnos que esta le derive para la realización de prácticas no laborales. Las actuaciones conjuntas de las partes citadas en materia de formación para el empleo se concretarán mediante convenios específicos al presente convenio marco, donde deberá detallarse y acordarse de forma mutua todos aquellos datos esenciales para la identificación de las actuaciones, como son: lugar de actuación, proyecto, duración de la ejecución del proyecto, especialidades que pueden componer el proyecto, en su caso, infraestructura con la que se cuenta para su desarrollo, así como cualquier otro dato que se considere necesario. La comisión de reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una de las partes lo solicite, al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presento convenio y resolver cualquier incidencia que pudiera suscitarse. Los miembros de la Comisión de Seguimiento designados por la AGENCIA que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados para la misma, serán sustituidos por quien les suceda en el cargo. LA EMPRESA designará en cada momento y según su propio criterio sus miembros en la Comisión de Seguimiento. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros. En la difusión de todas las acciones que se pongan en marcha derivadas del desarrollo del presente Convenio figurará de forma visible el logotipo de las entidades firmantes. Los datos personales recogidos de los/as usuarios/as de la Agencia para el Empleo son incorporados y tratados en la actividad de tratamiento “Políticas Activas de Empleo”, responsabilidad de la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid, sita en Xxxxx xx Xxxxxxxx, 10, Madrid 28005, con la finalidad de fomentar el empleo estable y de calidad y ante quien las personas afectadas podrán ejercer sus derechos. Los datos que la Agencia para el Empleo ceda a LA EMPRESA en cumplimiento de este convenio con la finalidad de intermediar en la búsqueda de empleo, pasarán a formar parte de las actividades de tratamiento de datos personales de la responsabilidad de LA EMPRESA. En todo caso, y de conformidad con el artículo 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las dudas o lagunas que en la interpretación y ejecución del presente convenio pudieran suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha ley. Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.

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Samples: Convenio Marco De Colaboración

COMPROMISOS DE LAS PARTES. La AGENCIA El MINEDU se compromete a: • Atender de forma personalizada y especializada, de acuerdo a los perfiles y competencias requeridas, aquellas ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA para la cobertura de sus necesidades de contratación de trabajadores. • Difundir por procedimientos generalizados de información (anuncios, Internet, comunidades laborales, etc.) las ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA, sin mención ni identificación expresa de la empresa, Coordinar con mera alusión al sector de actividad y tipo de empresa ofertante. • DifundirPROINVERSIÓN, en su casocalidad de Unidad Formuladora del proyecto asociado a la IPC Colegios Cusco, el registro del presente Convenio, en el formato de Registro de Proyectos en el Banco de Inversiones; así como también la formulación, evaluación, aprobación y con declaratoria de viabilidad del estudio de preinversión asociado a la IPC Colegios Cusco señalado en la Cláusula Cuarta del presente Convenio. Sin dicho registro, el consentimiento expreso presente Convenio no surtirá efectos en el marco del Sistema Nacional de LA EMPRESA, sus ofertas Programación Multianual y Gestión de trabajo entre los demandantes de empleo, con identificación de LA EMPRESAInversiones. • Realizar estudios las funciones como Unidad Formuladora con posterioridad a la declaratoria de casación en viabilidad del estudio de preinversión asociado a la IPC Colegios Cusco. • Gestionar, coordinar y articular con las bases instancias correspondientes para el desarrollo y continuidad del proyecto de datos inversión asociado a la IPC Colegios Cusco, bajo la modalidad de APP, desde la fase de Programación Multianual de Inversiones, continuando con la fase de Formulación del estudio de preinversión a nivel de perfil, hasta lograr la firma del contrato de concesión y encargarse de la AGENCIA entre aquellos perfiles registrados cuyas competencias fase de Ejecución, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y habilidades mejor se ajusten a los perfiles del empleo ofertadoGestión de Inversiones y el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, sus reglamentos correspondientes y normas que las modifiquen. • Preseleccionar Coadyuvar a través de la Dirección de Planificación de Inversiones (XXXXXX), unidad orgánica de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), con el proceso de promoción de la Inversión Privada para la ejecución del proyecto. • Administrar el contrato de concesión asociado a la IPC Colegios Cusco, la cual incluirá el diseño a través de la elaboración del Expediente Técnico, la Ejecución de obras civiles, la Puesta en Marcha, el Mantenimiento y la Operación de los servicios complementarios que se establezcan en el referido contrato, de las tres (3) IIEE que la conforman. • Asumir las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones del proyecto de inversión asociado a la IPC Colegios Cusco, en el marco de los proyectos ejecutados bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas y de las disposiciones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. • Gestionar y asumir los recursos presupuestales necesarios para los pagos y compromisos firmes derivados de la ejecución contractual del proyecto de inversión asociado a la IPC Colegios Cusco. • Gestionar la propuesta para el Plan de Reubicación Temporal con las técnicas instancias correspondientes, con el fin de asegurar que la misma permita la continuidad del servicio educativo para los estudiantes de las tres (3) IIEE que forman parte de la IPC Colegios Cusco. • Gestionar y realizar la supervisión, verificación y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del Concesionario, establecidas en el contrato de concesión, a fin de lograr el cumplimiento de las metas respectivas. • Garantizar que el Concesionario realice la prestación de los servicios complementarios como limpieza integral, manejo de residuos y control de plagas, vigilancia y seguridad, tópico escolar, y mantenimiento de la infraestructura1, mobiliario y equipamiento, así como la reposición de mobiliario y equipamiento a lo largo de todo el plazo de la concesión, y otros establecidos en el contrato de concesión, en cumplimiento de los niveles de servicios que establezca el MINEDU en el contrato de concesión, una vez que se consideren adecuadas (entrevistashaya concluido con el proceso de recepción de obras y puesta en marcha del proyecto de inversión asociado a la IPC Colegios Cusco, dinámicas, tests, pruebas,…) al número según las condiciones que se establezcan en el contrato de candidatos/as idóneo concesión respectivo. • Gestionar actividades para la oferta. • Derivar los/as candidatos/as idóneos/as al difusión del proceso de promoción de la inversión privada de la IPC Colegios Cusco y del proceso de selección por del Supervisor de la Concesión. Así mismo, coordinar con el medio establecido en cada caso por LA EMPRESAGOBIERNO REGIONAL actividades de sensibilización y acompañamiento social para la comunidad de la zona de intervención, remisión directa de listados de candidatos/as idóneos/as, fichas con informes o inscripción en la Web corporativa de LA EMPRESA. • Participar, cuando así lo requiera la empresa, en antes y durante el proceso de selección final ejecución del proyecto de inversión. • Brindar facilidades al personal del GOBIERNO REGIONAL para la ejecución de las labores correspondientes a la supervisión de las actividades que se deriven del cumplimiento del objeto y de los compromisos establecidos en el que sean participantes candidatos preseleccionados por la AGENCIApresente Convenio. • FacilitarTransferir las obras civiles ejecutadas y el equipamiento al GOBIERNO REGIONAL, luego de concluida la vigencia del Contrato de Concesión correspondiente, salvo disposición contraria, que se establezca de común acuerdo entre las PARTES. • Se deja expresa constancia que el GOBIERNO REGIONAL no podrá formular proyectos de inversión y/o aprobar IOARR con los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y componentes del proyecto de inversión asociado a la IPC Colegios Cusco, señalado en la Cláusula Cuarta del presente Convenio, salvo que 1 Incluye la infraestructura, las áreas verdes y los espacios exteriores como andenes, vías, caminos peatonales y demás elementos del proyecto. el MINEDU hubiera manifestado por escrito la no continuidad de la IPC Colegios Cusco. Esta restricción se extiende a los Gobiernos Locales de Cusco, San Xxxxxxxx, Wanchaq y la Provincial de Cusco, para lo cual el GOBIERNO REGIONAL coordinará con los referidos municipios para el cumplimiento de esta restricción y notificará al MINEDU de las referidas coordinaciones y comunicaciones. • Garantizar la disponibilidad oportuna de locales de Instituciones Educativas o predios alternativos con área libre, que identifique en coordinación con la UGEL Cusco y Gerencia Regional de Educación, de corresponder, los cuales serán destinados para el Plan de Reubicación Temporal de las tres (3) IIEE que forman parte de la IPC Colegios Cusco, hasta culminada la puesta en marcha de la infraestructura definitiva, según las condiciones señaladas en el contrato de concesión correspondiente, las cuales serán comunicadas por el MINEDU. • Remitir la documentación solicitada por el MINEDU para la gestión del Plan de Reubicación Temporal, en un plazo que no exceda los treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente del requerimiento. De manera excepcional, y en función a las circunstancias que se presenten debidamente sustentadas, se podrá requerir al MINEDU un plazo adicional, el mismo que será coordinado con dicha entidad. • Realizar las acciones necesarias para el uso provisional del terreno o predio alternativo, identificado para el Plan de su disponibilidad Reubicación Temporal de las tres (3) IIEE que forman parte de la IPC Colegios Cusco, a favor del MINEDU, conforme a las normas de la materia, debiendo iniciar dichas acciones en un plazo que no exceda los quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de solicitado por el MINEDU, previa coordinación con la UGEL Cusco. • Brindar los recursos para operación, mantenimiento y reposición de activos si fuere el caso, correspondiente a las tres (3) IIEE que forman parte de la IPC Colegios Cusco, durante el plazo del Plan de Reubicación Temporal, la ejecución de obras civiles, según lo indicado en el contrato de concesión. • Coordinar con la UGEL Cusco el mecanismo normativo adecuado para que el personal administrativo que ejerza las funciones de limpieza, vigilancia y seguridad en las instalaciones tres (3) IIEE que forman parte de la AGENCIAIPC Colegios Cusco, sea rotado, reubicado o desplazado a otras IIEE, toda vez que serán servicios que deberán ser brindados por el Concesionario, con sus propios recursos humanos. • Gestionar los espacios recursos presupuestales necesarios para la gestión educativa e institucional de las tres (3) IIEE que forman parte de la IPC Colegios Cusco, tales como el pago de los recursos humanos (personal docente, auxiliar y directivo), la dotación de material educativo y administrativo; de ser el caso, el pago de servicios públicos (agua y luz), entre otros necesarios para la prestación del servicio educativo, que continuarán a cargo del Estado, en cumplimiento con la Ley General de Educación y su reglamento. • Monitorear y coadyuvar en la supervisión de la implementación del Plan de Reubicación Temporal de las tres (03) IIEE que forman parte de la IPC Colegios Cusco. • Brindar facilidades para la difusión del proceso de promoción de la inversión privada de la IPC Colegios Cusco y del proceso de selección del Supervisor de la Concesión. • Brindar facilidades al personal del MINEDU para la ejecución de las labores necesarias correspondientes a la ejecución de los compromisos de cooperación y de encargo de gestión estipulados en el presente Convenio. • Remitir la documentación legal y técnica que sea solicitada por el MINEDU con el fin de cumplir los compromisos que conforman el presente Convenio. • Supervisar las actividades que se deriven de los encargos de gestión y demás compromisos establecidos en virtud del presente Convenio. • Coadyuvar con el MINEDU, para llevar a cabo los procesos actividades de selección realizados en colaboración. • Informar a LA EMPRESA de posibles ayudas a sensibilización y acompañamiento social para la contratación y modalidades de contratación específicas para el fomento del empleo que se puedan ajustar a la oferta presentada. • Considerar las necesidades de contratación de LA EMPRESA, como empresa generadora de empleo, en el diseño comunidad de la programación general zona de formación para intervención, antes y durante el empleo proceso de la AGENCIA. • Invitar a LA EMPRESA a colaborar en la ejecución de programas de formación de la AGENCIA a través de la acogida de alumnos para la realización de módulos de prácticas no laborales vinculados a dicha formación. • Diseñar y desarrollar acciones formativas específicas que favorezcan la colaboración en materia de colocación (formación vinculada a la contratación). • Enviar a la AGENCIA, sin carácter de exclusividad, las ofertas de trabajo que requiera para la cobertura de sus necesidades de contratación de trabajadores. • Detallar pormenorizadamente las características de los puestos ofertados, tales como el tipo de contrato, destino, duración, funciones, jornada laboral, retribuciones, etc., así como el perfil de habilidades y competencias requeridos para los puestos ofertados. • Atender a los/as candidatos/as preseleccionados/as derivados/as por la AGENCIA. • Informar sobre el resultado individual de dicha atención, indicando cualquier circunstancia que considere oportuna para la mejora del servicio de intermediación prestado. • Comunicar a la AGENCIA, cuando proceda y con la mayor diligencia posible la fecha del contrato y en su caso, contratos posteriores, realizados tanto con las personas preseleccionadas por esta, como con los alumnos derivados de la formación en certificados de profesionalidad tras la realización de las prácticas no laborales, así como las características de los contratos suscritos. • Informar a la AGENCIA cuando existan necesidades de trabajadores y las previsiones futuras de contratación, si las hubiese. • Informar periódicamente sobre las competencias y perfiles profesionales más demandados por LA EMPRESA y proponer la realización de cursos adecuados a sus necesidades de formación. • Colaborar en los programas de formación en certificados de profesionalidad de la AGENCIA acogiendo en sus instalaciones, siempre que sea posible por la actividad de la empresa, a los alumnos que esta le derive para la realización de prácticas no laborales. Las actuaciones conjuntas de las partes citadas en materia de formación para el empleo se concretarán mediante convenios específicos al presente convenio marco, donde deberá detallarse y acordarse de forma mutua todos aquellos datos esenciales para la identificación de las actuaciones, como son: lugar de actuación, proyecto, duración de la ejecución del proyecto, especialidades que pueden componer el proyecto, en su caso, infraestructura con la que se cuenta para su desarrollo, así como cualquier otro dato que se considere necesario. La comisión proyecto de reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una de las partes lo solicite, al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presento convenio y resolver cualquier incidencia que pudiera suscitarse. Los miembros de la Comisión de Seguimiento designados por la AGENCIA que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados para la misma, serán sustituidos por quien les suceda en el cargo. LA EMPRESA designará en cada momento y según su propio criterio sus miembros en la Comisión de Seguimiento. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros. En la difusión de todas las acciones que se pongan en marcha derivadas del desarrollo del presente Convenio figurará de forma visible el logotipo de las entidades firmantes. Los datos personales recogidos de los/as usuarios/as de la Agencia para el Empleo son incorporados y tratados en la actividad de tratamiento “Políticas Activas de Empleo”, responsabilidad de la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid, sita en Xxxxx xx Xxxxxxxx, 10, Madrid 28005, con la finalidad de fomentar el empleo estable y de calidad y ante quien las personas afectadas podrán ejercer sus derechos. Los datos que la Agencia para el Empleo ceda a LA EMPRESA en cumplimiento de este convenio con la finalidad de intermediar en la búsqueda de empleo, pasarán a formar parte de las actividades de tratamiento de datos personales de la responsabilidad de LA EMPRESA. En todo caso, y de conformidad con el artículo 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las dudas o lagunas que en la interpretación y ejecución del presente convenio pudieran suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha ley. Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicadosinversión.

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Samples: Convenio N° 00033 2022 Minedu

COMPROMISOS DE LAS PARTES. La AGENCIA se compromete a: • Atender Para la consecución del objeto del Convenio y dentro del ejercicio de forma personalizada sus respectivas competencias y especializadafines, ▪ Asumir el impulso y la parte de acuerdo a los perfiles y competencias requeridas, aquellas ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA financiación que le corresponda para la cobertura de sus necesidades de contratación de trabajadores. • Difundir por procedimientos generalizados de información (anuncios, Internet, comunidades laborales, etc.) las ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA, sin mención ni identificación expresa de realización del proyecto citado en la empresa, con mera alusión al sector de actividad y tipo de empresa ofertante. • Difundircláusula anterior, en su caso, y con el consentimiento expreso de LA EMPRESA, sus ofertas de trabajo entre los demandantes de empleo, con identificación de LA EMPRESA. • Realizar estudios de casación en las bases de datos de la AGENCIA entre aquellos perfiles registrados cuyas competencias y habilidades mejor se ajusten a los perfiles del empleo ofertado. • Preseleccionar con las técnicas que se consideren adecuadas (entrevistas, dinámicas, tests, pruebas,…) al número de candidatos/as idóneo para la oferta. • Derivar los/as candidatos/as idóneos/as al proceso de selección por el medio establecido en cada caso por LA EMPRESA, remisión directa de listados de candidatos/as idóneos/as, fichas con informes o inscripción términos establecidos en la Web corporativa de LA EMPRESAcláusula cuarta del presente convenio. • Participar, cuando así lo requiera la empresa, en el proceso de selección final en el que sean participantes candidatos preseleccionados por la AGENCIA▪ Poner a disposición del proyecto los medios materiales y personales necesarios. • Facilitar, en función de su disponibilidad en las instalaciones de la AGENCIA, ▪ Establecer los espacios necesarios criterios para llevar a cabo los procesos de selección realizados en colaboración. • Informar a LA EMPRESA de posibles ayudas a la contratación y modalidades de contratación específicas para el fomento del empleo que se puedan ajustar a la oferta presentada. • Considerar las necesidades de contratación de LA EMPRESA, como empresa generadora de empleo, en el diseño de la programación general de formación las actividades formativas. ▪ Participar en el establecimiento de criterios para la selección de las posibles destinatarias de las acciones formativas dentro de los grupos de mujeres de actuación preferente. ▪ Aportar el apoyo y conocimientos técnicos que se precisen para el empleo desarrollo de las actividades necesarias para aumentar la AGENCIA. • Invitar a LA EMPRESA a colaborar participación de las mujeres en la ejecución el mercado de programas de formación de la AGENCIA trabajo, a través de una formación adaptada a los requerimientos xxx xxxxxxx de trabajo. ▪ Participar junto con el personal de la acogida Concejalía de alumnos Empleo, Desarrollo Local y Mujer, del Ayuntamiento de …………., en todas las fases del proyecto (diseño del contenido y programación de las distintas actuaciones, así como la planificación conjunta de las distintas actuaciones de formación) ▪ Participar en el seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos y del cumplimiento de los objetivos del convenio. ……………………………………, se compromete a: ▪ Asumir la parte de la financiación que le corresponda para la realización de módulos las actuaciones del convenio. ▪ Poner a disposición del proyecto los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para la celebración de prácticas no laborales vinculados a dicha formaciónlos cursos. Diseñar y desarrollar el programa de las acciones formativas específicas que favorezcan en el marco de los criterios establecidos por la colaboración en materia de colocación (formación vinculada a la contratación). • Enviar a la AGENCIA, sin carácter de exclusividad, las ofertas de trabajo que requiera Dirección General para la cobertura Igualdad de sus necesidades Oportunidades. ▪ Participar junto con el personal de contratación la Dirección General para la Igualdad de trabajadores. • Detallar pormenorizadamente Oportunidades en todas las características fases del proyecto (diseño del contenido y programación de los puestos ofertados, tales como el tipo de contrato, destino, duración, funciones, jornada laboral, retribuciones, etc.las distintas actuaciones, así como el perfil de habilidades y competencias requeridos para los puestos ofertados. • Atender a los/as candidatos/as preseleccionados/as derivados/as por en la AGENCIA. • Informar sobre el resultado individual de dicha atención, indicando cualquier circunstancia que considere oportuna para la mejora del servicio de intermediación prestado. • Comunicar a la AGENCIA, cuando proceda y con la mayor diligencia posible la fecha del contrato y en su caso, contratos posteriores, realizados tanto con las personas preseleccionadas por esta, como con los alumnos derivados de la formación en certificados de profesionalidad tras la realización planificación conjunta de las prácticas no laborales, así como las características de los contratos suscritos. • Informar a la AGENCIA cuando existan necesidades de trabajadores y las previsiones futuras de contratación, si las hubiese. • Informar periódicamente sobre las competencias y perfiles profesionales más demandados por LA EMPRESA y proponer la realización de cursos adecuados a sus necesidades distintas actuaciones de formación). • Colaborar en los programas de formación en certificados de profesionalidad de la AGENCIA acogiendo en sus instalaciones, siempre que sea posible por la actividad de la empresa, a los alumnos que esta le derive para la realización de prácticas no laborales. Las actuaciones conjuntas de las partes citadas en materia de formación para el empleo se concretarán mediante convenios específicos al presente convenio marco, donde deberá detallarse y acordarse de forma mutua todos aquellos datos esenciales para la identificación de las actuaciones, como son: lugar de actuación, proyecto, duración de la ejecución del proyecto, especialidades que pueden componer el proyecto, en su caso, infraestructura con la que se cuenta para su desarrollo, así como cualquier otro dato que se considere necesario. La comisión de reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una de las partes lo solicite, al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presento convenio y resolver cualquier incidencia que pudiera suscitarse. Los miembros de la Comisión de Seguimiento designados por la AGENCIA que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados para la misma, serán sustituidos por quien les suceda en el cargo. LA EMPRESA designará en cada momento y según su propio criterio sus miembros en la Comisión de Seguimiento. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros. En ▪ Realizar la difusión de todas las acciones del convenio entre las mujeres destinatarias. ▪ Encargarse de la elección, del procedimiento más adecuado para su realización y del seguimiento de las acciones formativas que se pongan en marcha derivadas del desarrollo del presente Convenio figurará ejecuten. ▪ Presentar ante la Dirección General para la Igualdad de forma visible el logotipo Oportunidades, antes de iniciar las entidades firmantes. Los datos personales recogidos actividades, una propuesta de los/as usuarios/as de la Agencia para el Empleo son incorporados planificación y tratados en la actividad de tratamiento “Políticas Activas de Empleo”, responsabilidad de la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid, sita en Xxxxx xx Xxxxxxxx, 10, Madrid 28005, con la finalidad de fomentar el empleo estable y de calidad y ante quien las personas afectadas podrán ejercer sus derechos. Los datos que la Agencia para el Empleo ceda a LA EMPRESA en cumplimiento de este convenio con la finalidad de intermediar en la búsqueda de empleo, pasarán a formar parte programación de las actividades formativas, con su previsión económica. ▪ Presentar ante la Dirección General para la Igualdad de tratamiento Oportunidades una memoria descriptiva de datos personales de la responsabilidad de LA EMPRESA. En todo caso, las actuaciones realizadas y de conformidad las personas beneficiarias, incluyendo un certificado con el artículo 4 desglose de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las dudas o lagunas que los gastos correspondientes incurridos en la interpretación y ejecución del presente convenio pudieran suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha ley. Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicadosobjeto del convenio.

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Samples: Convenio Tipo

COMPROMISOS DE LAS PARTES. La AGENCIA Las obligaciones del CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL DRAGONES DE LAVAPIÉS se compromete a: • Atender contienen en el artículo 16 de forma personalizada y especializadala Ordenanza, de acuerdo a los perfiles y competencias requeridasdebiendo, aquellas ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA tanto realizar todas las labores necesarias para la cobertura completa ejecución de sus necesidades su proyecto “Futbol para la Igualdad de contratación Género en el barrio de trabajadoresEmbajadores”. • Difundir por procedimientos generalizados de información (anuncios, Internet, comunidades laborales, etc.) las ofertas de puestos de trabajo presentadas por LA EMPRESA, sin mención ni identificación expresa de la empresa, con mera alusión al sector de actividad El proyecto está dirigido a niñas y tipo de empresa ofertante. • Difundir, en su casomujeres del Distrito, y con el consentimiento expreso de LA EMPRESA, sus ofertas de trabajo entre los demandantes de empleo, con identificación de LA EMPRESA. • Realizar estudios de casación en las bases de datos de su objetivo general será la AGENCIA entre aquellos perfiles registrados cuyas competencias y habilidades mejor se ajusten a los perfiles utilización del empleo ofertado. • Preseleccionar con las técnicas que se consideren adecuadas (entrevistas, dinámicas, tests, pruebas,…) al número de candidatos/as idóneo fútbol para la ofertaequidad de género y el desarrollo personal de niñas y mujeres del distrito. • Derivar los/as candidatos/as idóneos/as al proceso Como objetivos específicos: ▪ Potenciar la autoestima y el empoderamiento de selección por mujeres y niñas ▪ Favorecer la inclusión e integración social de mujeres y niñas ▪ Desafiar y transformar las normas de género ▪ Crear oportunidades para el medio establecido en cada caso por LA EMPRESA, remisión directa liderazgo y la consecución de listados logros de candidatos/as idóneos/as, fichas con informes o inscripción mujeres y niñas ▪ Promover la salud y el bienestar de mujeres y niñas ▪ Xxxxxxx la percepción de los roles en la Web corporativa sociedad Teniendo en cuenta lo anterior, son obligaciones del CLUB, desarrollar las siguientes actividades: ▪ Entrenamientos. ▪ Programa de LA EMPRESA. • Participarliderazgo, cuando así lo requiera la empresa, centrado en el proceso de selección final en el que sean participantes candidatos preseleccionados por la AGENCIA. • Facilitar, en función de su disponibilidad en las instalaciones de la AGENCIAcomprender los roles y responsabilidades del entrenador, los espacios necesarios para llevar a cabo los procesos de selección realizados en colaboración. • Informar a LA EMPRESA de posibles ayudas a la contratación estereotipos sobre género y modalidades de contratación específicas para el fomento del empleo que se puedan ajustar a la oferta presentada. • Considerar las necesidades de contratación de LA EMPRESA, como empresa generadora de empleo, en el diseño de la programación general de formación para el empleo de la AGENCIA. • Invitar a LA EMPRESA a colaborar en la ejecución de programas de formación de la AGENCIA a través de la acogida de alumnos para la realización de módulos de prácticas no laborales vinculados a dicha formación. • Diseñar y desarrollar acciones formativas específicas que favorezcan la colaboración en materia de colocación (formación vinculada a la contratación). • Enviar a la AGENCIA, sin carácter de exclusividad, las ofertas de trabajo que requiera para la cobertura de sus necesidades de contratación de trabajadores. • Detallar pormenorizadamente las características de los puestos ofertados, tales como el tipo de contrato, destino, duración, funciones, jornada laboral, retribuciones, etc.fútbol, así como el perfil abordar las características físicas específicas del género, proporcionar a las entrenadoras/entrenadores y coordinadores ideas adicionales sobre cómo promover la igualdad de habilidades género en sus equipos, programas, ligas e incluso comunidades. Este programa estará abierto a ser implantado en otros clubs y competencias requeridos para los puestos ofertadoslo compartiremos en todas nuestras redes de comunicación y participación. • Atender a los/as candidatos/as preseleccionados/as derivados/as ▪ Participación en torneos amistosos y partidos por la AGENCIAigualdad y los demás ODS. • Informar sobre el resultado individual ▪ Presentar, antes del inicio de dicha atenciónlas actividades objeto del presente convenio, indicando cualquier circunstancia que considere oportuna para la mejora los certificados negativos del servicio Registro Central de intermediación prestado. • Comunicar a la AGENCIA, cuando proceda y con la mayor diligencia posible la fecha del contrato y en su caso, contratos posteriores, realizados tanto con Delincuentes Sexuales de todas las personas preseleccionadas por esta, como que llevaran a cabo las actividades con los alumnos derivados menores ya sean personas del CLUB o subcontratadas por este. ▪ Suscribir el correspondiente seguro de cara a cubrir las posibles contingencias así como a los participantes de todas las actividades desarrolladas dentro del presente convenio. ▪ Contar con todas las autorizaciones pertinentes de los tutores legales de los menores, relacionadas con el desarrollo de las actividades contenidas en el presente convenio, que deberán ser custodiadas en la sede de la formación en certificados entidad, a disposición de profesionalidad tras la realización Administración. ▪ Abonar al CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL DRAGONES DE LAVAPIÉS el importe de la subvención. ▪ Supervisar el desarrollo de las prácticas no laborales, así como las características de los contratos suscritos. • Informar a la AGENCIA cuando existan necesidades de trabajadores y las previsiones futuras de contratación, si las hubiese. • Informar periódicamente sobre las competencias y perfiles profesionales más demandados por LA EMPRESA y proponer la realización de cursos adecuados a sus necesidades de formación. • Colaborar en los programas de formación en certificados de profesionalidad de la AGENCIA acogiendo en sus instalaciones, siempre que sea posible por la actividad de la empresa, a los alumnos que esta le derive para la realización de prácticas no laborales. Las actuaciones conjuntas de las partes citadas en materia de formación para el empleo se concretarán mediante convenios específicos al presente convenio marco, donde deberá detallarse y acordarse de forma mutua todos aquellos datos esenciales para la identificación de las actuaciones, como son: lugar de actuación, proyecto, duración de la ejecución del proyecto, especialidades que pueden componer el proyecto, en su caso, infraestructura con la que se cuenta para su desarrollo, así como cualquier otro dato que se considere necesario. La comisión de reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una de las partes lo solicite, al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presento convenio y resolver cualquier incidencia que pudiera suscitarse. Los miembros de la Comisión de Seguimiento designados por la AGENCIA que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados para la misma, serán sustituidos por quien les suceda en el cargo. LA EMPRESA designará en cada momento y según su propio criterio sus miembros en la Comisión de Seguimiento. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros. En la difusión de todas las acciones que se pongan en marcha derivadas del desarrollo del presente Convenio figurará de forma visible el logotipo de las entidades firmantes. Los datos personales recogidos de los/as usuarios/as de la Agencia para el Empleo son incorporados y tratados en la actividad de tratamiento “Políticas Activas de Empleo”, responsabilidad de la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid, sita en Xxxxx xx Xxxxxxxx, 10, Madrid 28005, con la finalidad de fomentar el empleo estable y de calidad y ante quien las personas afectadas podrán ejercer sus derechos. Los datos que la Agencia para el Empleo ceda a LA EMPRESA en cumplimiento de este convenio con la finalidad de intermediar en la búsqueda de empleo, pasarán a formar parte de las actividades de tratamiento de datos personales de la responsabilidad de LA EMPRESA. En todo caso, y de conformidad con el artículo 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las dudas o lagunas que en la interpretación y ejecución del presente convenio pudieran suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha ley. Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicadosrealicen.

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Samples: Convenio Entre El Ayuntamiento De Madrid