Comité de seguimiento Cláusulas de Ejemplo

Comité de seguimiento. Para el control de la ejecución del contrato, existirá un Comité de Seguimiento que estará formado, al menos, por un Director del Servicio por cada una de las partes, adjudicatario y Banco de España, y aquellos otros responsables que ambas partes designen. Al inicio de la prestación de los servicios contratados ambas partes deberán designar a las personas que compondrán dicho Comité, cuya primera reunión deberá celebrarse, como máximo, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato. La periodicidad de las reuniones será la que se acuerde en su primera reunión. El Comité de Seguimiento, además de las funciones que se le atribuyen en otros apartados del presente pliego, será el encargado de: Al detectar desviaciones que impidan cumplir los objetivos, el Banco y el adjudicatario deberán acordar las actuaciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos previstos. De cada reunión celebrada por el Comité de Seguimiento se levantará acta.
Comité de seguimiento. El MIJ creará un Comité de Seguimiento para la Ejecución del Contrato, con las siguientes funciones:
Comité de seguimiento. Para el control de la ejecución del contrato, existirá un Comité de Seguimiento que estará formado, por las personas que ambas partes designen para la realización y supervisión del servicio. Por parte del Banco de España, integrarán el Comité de Seguimiento las personas que participen en el comité de trabajo al que alude el Pliego de Prescripciones Técnicas. Al inicio de la prestación de los servicios contratados ambas partes deberán designar a las personas que compondrán dicho Comité, cuya primera reunión deberá celebrarse, como máximo, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato. El Comité de Seguimiento, además de las funciones que se le atribuyen en otros apartados del presente pliego, será el encargado de: - Detectar cualquier circunstancia que comprometa los términos en los que se haya pactado el desarrollo del proyecto, incumplimientos de cualquier tipo, etc. Para ello, en cada reunión el adjudicatario presentará un informe sobre la evolución y estado del proyecto con el fin de tomar las medidas de corrección oportunas. - Indicar al contratista el fichero de datos de carácter personal al que, en su caso, tenga acceso, así como su nivel de seguridad, informándole de las normas de seguridad establecidas por el Banco de España para dicho fichero. - Asesorar sobre la solicitud, en su caso, de subcontratación de parte o partes del proyecto antes de ser sometido al Órgano de adjudicación del Banco de España para su autorización. - Informar sobre cuantas cuestiones le sean sometidas a su estudio o consideración o tenga asignadas. Al detectar desviaciones que impidan cumplir los objetivos, el Banco y el adjudicatario deberán acordar las actuaciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos previstos. De cada reunión celebrada por el Comité de Seguimiento se levantará acta.
Comité de seguimiento. Se establece un comité de seguimiento, que se reunirá de manera semestral para efectos de realizar un control posterior de la gestión contractual, el cual estará conformado de manera permanente por la Dirección, La Secretaría General y La Gerencia Financiera, como ente verificador, La Auditoría y con carácter de invitados, los Ejecutivos, Gerentes o Líderes que gestionan las negociaciones y los demás que se consideren pertinentes.
Comité de seguimiento. Para el control de la ejecución del contrato, existirá un Comité de Seguimiento que estará formado, al menos, por el Director del Proyecto de IMBISA y el Responsable del Proyecto por parte del adjudicatario. Al inicio de la prestación de los servicios contratados ambas partes deberán designar a las personas que compondrán dicho Comité, cuya primera reunión deberá celebrarse, como máximo, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato. El Comité de Seguimiento, además de las funciones que se le atribuyen en otros apartados del presente pliego, será el encargado de: Al detectar desviaciones que impidan cumplir los objetivos, IMBISA y el adjudicatario deberán acordar las actuaciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos previstos. De cada reunión celebrada por el Comité de Seguimiento se levantará acta.
Comité de seguimiento. Se conformará un Comité de Seguimiento integrado por el Líder xxx Xxxxx 2 - Planificación y desarrollo sectorial sostenible o quien este delegue, delegado(s) del equipo de PATRIMONIO NATURAL, y un delegado de NATUPAZ, quienes tendrán las siguientes obligaciones: a) verificar la ejecución del Plan de Inversión por Desembolso, del Plan de Adquisiciones y del Cronograma de Actividades, b) evaluar el desarrollo del Plan de Inversión por Xxxxxxxxxx y proponer recomendaciones sobre medidas que aseguren la ejecución eficiente del mismo y el logro de sus respectivos objetivos. c) Evaluar y resolver dificultades que afecten el cumplimiento del convenio de coejecución. Según el esquema de monitoreo se propone que este comité se reúna de manera presencial o virtual. Dicho Comité será presidido por el líder xxx Xxxxx 2 - Planificación y desarrollo sectorial sostenible, quien dará los lineamientos y recomendaciones al presente convenio de Coejecución para el cumplimiento de los objetivos xxx xxxxx A dichos Comités de Seguimiento podrá invitarse según se requiera a cualquier otra Institución que se considere relevante durante el proceso de seguimiento. PARÁGRAFO 2. El equipo clave de Patrimonio Natural tendrá un voto en el Comité de Seguimiento y estará conformado por el Coordinador Administrativo y Financiero de “EL PROGRAMA REM”, el Contador, el Especialista Financiero y 2 Especialistas en Gestión y Monitoreo, o sus delegados.
Comité de seguimiento. Las universidades cooperantes constituirán un comité de seguimiento que será el responsable de gestionar, supervisar y coordinar el programa xx xxxxx título. Por parte de la UGR formarán parte de este Comité un representante de la Escuela Internacional de Posgrado, un representante del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo, y el Coordinador del Máster en [Nombre del Máster]. Por parte de la [Univ. Cooperante] … El comité de seguimiento discutirá todas las cuestiones académicas y administrativas relacionadas con el programa xx xxxxx título, incluida cualquier modificación en la descripción del programa (acuerdo académico). Las decisiones finales estarán sujetas a la aprobación de las autoridades competentes en las universidades cooperantes. Las universidades cooperantes asegurarán los medios académicos y administrativos necesarios para la ejecución del presente Acuerdo en sus propias instituciones. El programa xx xxxxx título se diseña como un programa de estudios a tiempo completo. La duración nominal de los estudios será de [1/2 semestres/cursos académicos]. El programa xx xxxxx título será aprobado por todas las universidades cooperantes de acuerdo con su legislación. El desarrollo de este programa, la obtención del título y los derechos y obligaciones de los estudiantes estarán sujetos a sus respectivos xxxxxx jurídicos nacionales e institucionales. Los idiomas en los que se impartirá este programa xx xxxxx título serán: [XXX] en la (Siglas de la Univ. Cooperante) y [español/inglés] en la UGR. El nivel mínimo de [español/inglés/francés y/o] exigido para participar en el programa será [B1/B2] y se acreditará según los procedimientos oficiales establecidos al efecto en cada una de las universidades. Las universidades cooperantes han consensuado ya un acuerdo académico (ver Anexo I) para este programa xx xxxxx título, en el que se expresan las condiciones y los procedimientos de selección, los contenidos básicos, la estructura académica del programa, las movilidades y el reconocimiento por parte de cada una de las universidades de las asignaturas cursadas en la otra universidad. En la evaluación de cada una de las asignaturas, cada universidad cooperante aplicará su propio sistema de calificación, de acuerdo con su legislación nacional e institucional. Las tablas oficiales de conversión de calificaciones forman parte del presente acuerdo (ver Xxxxx XX). Esta información se hará constar en el suplemento al diploma. La movi...
Comité de seguimiento. Las Partes convienen en que los lineamientos para la coordinación, seguimiento y ejecución del objeto de este Convenio General de Colaboración serán determinados en el seno del Comité de Seguimiento que las Partes constituirán para el efecto, el cual se integrará por uno o varios representantes de cada una de las Partes. Este Comité tendrá por objeto:
Comité de seguimiento. Las Universidades socias constituirán un Comité de Seguimiento que será el responsable de gestionar, supervisar y coordinar el programa xx xxxxx título de Máster, así como de interpretar los acuerdos entre las Universidades socias. Por parte de la UGR formarán parte de este Comité: un responsable de la Escuela Internacional de Posgrado, un representante del Vicerrectorado de Internacionalización y el Coordinador de Máster. Por parte de la Universidad _____________________________________________ formarán parte de este Comité: _______________________________________________________________________. El Comité de Seguimiento discutirá y actualizará todas las cuestiones académicas y administrativas relacionadas con el Programa xx xxxxx título, incluida cualquier modificación en la descripción del mismo (Anexos I, II y III). Las decisiones finales estarán sujetas a la aprobación de las autoridades competentes en las Universidades socias. Las Universidades socias garantizarán los medios académicos y administrativos necesarios para la ejecución del presente Acuerdo en sus propias instituciones.
Comité de seguimiento. Los comités de seguimiento son el mecanismo de control social, que, de manera más concreta, acercan a la comunidad al ejercicio y desempeño de la gestión pública y la función administrativa. Los interesados podrán consultar con la Dirección General de Contrataciones Públicas las informaciones sobre el Comité de Seguimiento del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE).