COMISIONES APLICABLES Cláusulas de Ejemplo

COMISIONES APLICABLES. El concepto/hecho, periodicidad y método de cálculo de las comisiones aplicables por el uso de la Tarjeta se establecen a continuación: Todas las comisiones son más Impuesto al Valor Agregado y los montos o porcentajes de cada una de las Comisiones podrán consultarse en la Carátula del presente Contrato.
COMISIONES APLICABLES. Serán de aplicación al presente Contrato las comisiones indicadas en la Condición General Séptima (“Interés de Demora y Comisiones”) de las unidas al mismo. Tal y como allí se indica, al presente Contrato y al Arrendatario le resultan de aplicación las comisiones publicadas a la fecha de firma del presente Contrato en la página web: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxx_xxxxxx/XXXX/Xxxxx/XXXX_XX_XXXXXX_XX_XXXXXXXXXX.xxx .
COMISIONES APLICABLES. La Empresa se obliga a pagarnos las comisiones derivadas del uso de Las Tarjetas y/o por los servicios proporcionados cuyo monto y periodicidad se establece en la Carátula del presente Contrato. El concepto, periodicidad y método de cálculo de las comisiones aplicables se establecen a continuación, cuyos montos y porcentajes se establecen en la Carátula del presente Contrato: Concepto de la comisión Periodicidad Método de cálculo 1. Cuota anual de La Tarjeta Anual Dólares Americanos/Moneda Nacional
COMISIONES APLICABLES. EL DEUDOR (A) declara conocer que el servicio está sujeto al pago de comisiones, cargos y gastos, los que serán aplicables de acuerdo con lo señalado en el tarifario de BANHPROVI, el cual se le ha exhibido, explicado y ha entendido EL DEUDOR (A). Asimismo, EL DEUDOR(A), ratifica que ha entendido y aceptado las deducciones que por concepto de comisiones y otros gastos se le han detallado en la hoja de liquidación, que se le entregó al momento de suscribir el presente contrato xx xxxxxxxx.- CLAUSULA QUINTA:
COMISIONES APLICABLES. El concepto/hecho, periodicidad y método de cálculo de las comisiones aplicables por el uso de la Tarjeta se establecen a continuación:
COMISIONES APLICABLES. La Empresa se obliga a pagarnos las comisiones derivadas del uso de Las Tarjetas y/o por los servicios proporcionados cuyo monto y periodicidad se establece en la Carátula del presente Contrato. Todas las comisiones son más I.V.A. y los montos o porcentajes de cada una de las comisiones podrán consultarse en la Carátula del presente Contrato. La Empresa reconoce y acepta que Nosotros de conformidad con las disposiciones aplicables, le hemos informado en forma previa a la firma de este Contrato, el monto de las comisiones vigentes por los conceptos mencionados en esta cláusula, así como en la Carátula del presente Contrato. La Empresa se obliga a pagarnos las cuotas anuales derivadas del uso de cualquier Tarjeta que se le emita a ella y a sus Usuarios Suplementarios cuya periodicidad y método de cálculo se establecen en la presente cláusula y en la Carátula del presente Contrato. De acuerdo con lo anterior y con la firma de este Contrato, La Empresa manifiesta su consentimiento para que se apliquen las comisiones en la forma y términos señalados en el presente Contrato. Nosotros le comunicaremos a través de los siguientes medios; mediante notificación por escrito, a través de un mensaje en su Estado de Cuenta, por medios electrónicos, como puede ser el correo electrónico proporcionado por La Empresa y por mensaje de texto o SMS a la información de contacto que nos proporcione La Empresa por conducto del Administrador, así como por medio de la página de Internet señalada en la Carátula, los incrementos al importe de las comisiones, así como las nuevas comisiones que se pretendan cobrar, por lo menos, con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha prevista para que éstas surtan efectos. Sin perjuicio de lo anterior, La Empresa tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato en caso de no estar de acuerdo con los nuevos montos hasta 60 (sesenta) días naturales después de la entrada en vigor de dichas modificaciones, sin que Nosotros podamos cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que La Empresa solicite dar por terminado el servicio; lo anterior, de conformidad con lo establecido en las cláusulas Vigésima Séptima y Vigésima Octava del presente Contrato.
COMISIONES APLICABLES. Por apertura Sin Comisión Por Anualidad Para Sucursales dentro de Instalaciones Militares: Caja chica: $345.00 Caja mediana: $500.00 Caja grande: $650.00 Caja extra grande: $1,000.00 Para Sucursales fuera de Instalaciones Militares: Caja chica: $1,200.00 Caja mediana: $1,500.00 Caja grande: $2,100.00 Caja extra grande: $3,000.00 Las cantidades serán cobradas más I.V.A. en M.N. Sustitución de cerradura y/o llaves Costo en función de cotización del proveedor del servicio de cerrajería. Por gastos de cobranza derivados de anualidad vencida Sin comisión Políticas y requisitos: Antiguedad Tener 3 meses de antiguedad como cuentahabiente en la Institución Saldo conforme el tamaño de la caja Caja chica: $20,000.00 Caja mediana: $30,000.00 Caja grande: $40,000.00 Caja extra grande: $40,000.00 Caja chica: $20,000.00 Caja mediana: $30,000.00 Monto asegurado conforme al tamaño de la caja Caja grande: $40,000.00 Caja extra grande: $40,000.00 Febrero 2017
COMISIONES APLICABLES. El concepto/hecho, periodicidad y método de cálculo de las comisiones aplicables por el uso de la Tarjeta se establecen a continuación: Método de cálculo: Monto fijo Método de cálculo: Monto fijo por Tarjeta adicional, a partir de la cuarta Tarjeta
COMISIONES APLICABLES. El concepto/hecho, periodicidad y método de cálculo de las comisiones aplicables por el uso de la Tarjeta se establecen a continuación, cuyos montos y porcentajes se establecen en la Carátula del presente Contrato: CONCEPTO/HECHO DE LA COMISIÓN PERIODICIDAD MÉTODOS DE CÁLCULO 1. CUOTA ANUAL DE LA TARJETA ANUAL DÓLARES AMERICANOS FACTURADOS EN MONEDA NACIONAL. MONTO FIJO 2. CUOTA ANUAL TARJETAS ADICIONALES ANUAL DÓLARES AMERICANOS FACTURADOS EN MONEDA NACIONAL. MONTO FIJO
COMISIONES APLICABLES. Comisión de apertura. “EL ACREDITADO” acepta el pago de una comisión única de apertura por un monto de $150.00 pesos + IVA. Esta comisión es registrada como único evento y se le descuenta al momento que “EL ACREDITANTE” deposite el crédito. ● Pago tardío o inoportuno: Se realizará una penalización de $200.00 + IVA cuando el pago programado por domiciliación en las fechas establecidas no sea efectivo, ya sea que la cuenta proporcionada por “EL ACREDITADO” no tenga los fondos suficientes o por cualquier situación ajena a “EL ACREDITANTE”. En caso de contar con una promesa de pago vigente se podrá condonar la penalización por incumplimiento y esta penalización no será aplicable si “EL ACREDITADO” se encuentra generando intereses moratorios.