Cobertura principal Cláusulas de Ejemplo

Cobertura principal. Qué no cubre? Además de las exclusiones recogidas en las Condiciones Particulares, queda excluido el fallecimiento del asegurado en los siguientes casos:
Cobertura principal. Fallecimiento. pág 15 Fallecimiento por accidente. pág 19 Fallecimiento por accidente de circulación. pág 20 Orfandad por accidente. pág 21 Invalidez absoluta y permanente. pág 22 Invalidez absoluta y permanente por accidente. pág 23 Invalidez absoluta y permanente por accidente de circulación. pág 24 Invalidez total y permanente. pág 25 Enfermedades graves. pág 26 Cáncer de mama. pág 29 Cáncer de próstata. pág 31 Alzheimer x Xxxxxxxxx. pág 33 Dependencia. pág 34 Legislación aplicable al contrato. pág 39 Entrada en vigor y firma. pág 39 Duración. pág 40 Cambio de beneficiario. pág 40 Cesión, pignoración, reducción y rescate. pág 41 Participación en beneficios. pág 41 Pago de la prima. pág 42 Declaración exacta del riesgo. pág 43 Plazo para comunicar el siniestro. pág 45 Facilitar información y colaborar con Mutua Madrileña. pág 45 Documentación necesaria. pág 45
Cobertura principal. COBERTURAS COMPLEMENTARIAS FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE ¿Qué cubre? Mutua Madrileña pagará una cantidad adicional a la suma asegurada por fallecimiento determinada en las Condiciones Particulares a los beneficiarios designados por el tomador, siempre que el fallecimiento por accidente del asegurado: • Tenga lugar dentro del año a partir de la fecha de ocurrencia del accidente. • Sea consecuencia del accidente. • Se produzca durante la vigencia del contrato. ¿Qué no cubre? Además de las exclusiones recogidas en las Condiciones Particulares, queda excluido el fallecimiento por accidente del asegurado en los siguientes casos:
Cobertura principal. Este seguro se extenderá a cubrir los daños como consecuencia de: Incendio, rayo, explosión; impericia, descuido, negligencia y actos malintencionados de obreros y empleados del asegurado o de extraños; robo y/o hurto; daños materiales que sufran los bienes asegurados causados por cualquier causa no específicamente excluida; errores de construcción, u otros accidentes imprevistos. Coberturas Adicionales:  Daños causados directamente por terremoto, temblor y erupción volcánica.  Daños causados directamente por ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza del nivel de aguas y enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierras o rocas; deslave.  Remoción de escombros: el seguro se extiende a cubrir los costos y gastos para la remoción de escombros o el desmantelamiento, desmontaje, demolición o apuntalamiento de los bienes asegurados que hayan sido dañados o destruidos por cualquiera de los riesgos cubiertos. El límite de responsabilidad será determinado por la contratista. Otras Coberturas: Huelga, motín, conmoción civil; responsabilidad civil cruzada, horas extras, flete expreso, flete aéreo y honorarios de ingenieros y arquitectos. El límite de responsabilidad en el seguro todo riesgo de construcción no será menor que la suma asegurada del trabajo a su finalización e incluirá el valor del contrato a suscribirse y otros materiales que la CEL le entregue, si los hubiere. De igual manera la contratista puede asegurar en adición a los mencionados anteriormente, otros riesgos que considere necesarios para proteger el trabajo, la maquinaria y/o equipos utilizados, trabajos provisionales, hasta la emisión del Acta de Recepción definitiva.
Cobertura principal. XXX % Coberturas Opcionales: XXX %
Cobertura principal. 1. VIDA En caso de que mueras, SURA pagará a tus beneficiarios el valor asegurado. Coberturas opcionales (Vida Grupo)
Cobertura principal a) El canon de arrendamiento y reajustes acordados en el contrato.
Cobertura principal. 1)-En caso de fallecimiento del Asegurado antes de la Fecha de finalización del seguro establecida en las Condiciones Particulares de la póliza, estando ésta vigente, sus Beneficiarios recibirán el Capital Asegurado vigente pactado para la Cobertura Principal en dichas Condiciones Particulares, descontadas las deudas que pudiera mantener el Contratante y/ o el Asegurado con el Asegurador. La Cobertura principal por fallecimiento, además de las otras causales de rescisión y terminación establecidas en las Condiciones Generales, cesará totalmente cuando el Asegurado alcance la Fecha de Finalización del seguro pactada en las Condiciones Particulares de la póliza.
Cobertura principal. A" 5 Cláusula 3ª Coberturas adicionales 5 Cláusula 4ª Equipo y maquinaria de construcción y montaje 7
Cobertura principal. 1 Índice Página Definiciones 1