BOLETIN OFICIAL Cláusulas de Ejemplo

BOLETIN OFICIAL. Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial Incluye sistema de búsqueda Desde 1998 al 2004 1998 al 2004 $ 30 c/u Primera sección Legislación y Avisos O1iciales Ventas: Sede Central: Suipacha 767 (11:30 a 16:00 hs.), Tel.: (011) 4322-40 Delegación Tribunales: Libertad 469 (8:30 a 14:30 hs.), Tel.: (011) 4379-1979 Delegación Colegio Público de Abogados: Av. Corrientes 1441 (10:00 a 1 :4 hs.), Tel.: (011) 4379-8700 (int. 236) 🡪 Colección en CD de los ejemplares del Boletín Oficial
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BOLETIN OFICIAL. DE LA REPUBLICA ARGENTINA Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial Se informa al público que durante el mes de enero, la Delegación Tribunales, permanecerá cerrada. Continuamos atendiendo en: Sede Central Xxxxxxxx 000 desde 11.30 hasta 16.00 hs.
BOLETIN OFICIAL. DE CASTILLA Y LEÓN
BOLETIN OFICIAL. Nº 30.505 16 DENCIA 923 Cap. Federal a María Inés Lombardo dom. La Plata 2051, Haedo, Pdo. Morón, Prov. Bue- nos Aires, libre de deudas y gravámenes, Recla- mos en n/oficinas.
BOLETIN OFICIAL. Nº 30.505 1C padamente la totalidad o una parte de las ON que se encuentren en circulación, al valor nominal con más los intereses devengados hasta la fecha de pago del Valor de Reembolso. El importe a pagar a los obligacionistas será el Valor de Reembolso, que re- sultará de sumar al valor nominal —total o parcial, según el caso— los intereses devengados confor- me a las condiciones de emisión hasta el día de pago del Valor de Reembolso. La decisión será co- municada al Fiduciario y a los Beneficiarios en sus respectivos domicilios. El Valor de Reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta días desde la comunicación correspondiente. Reembolso obliga- torio: La Sociedad deberá reembolsar anticipada- mente la totalidad o una parte de las ON que se encuentren en circulación, en su caso comenzando por la Serie de mayor antigüedad, al valor nominal con más los intereses devengados hasta la fecha de pago del Valor de Reembolso, cuando el flujo real de fondos que constituye la garantía se viera afec- tado en por lo menos un 50 % del total afectado a la Serie, en razón de la falta de pago de dos cuotas consecutivas por parte de un deudor cedido, o en caso de presentación en quiebra de éste, o por la extinción o suspensión de efectos de un contrato al que dicho flujo corresponda cualquiera fuera su cau- sa. La Sociedad podrá evitar el reembolso si trans- fiere al Fideicomiso de Garantía nuevos Créditos u otros activos a satisfacción del Fiduciario que a jui- cio de éste permitan restablecer el flujo de fondos que constituye la garantía. Forma de las Obligacio- nes Negociables: Las Obligaciones Negociables estarán representadas por láminas individuales, que contendrán las menciones indicadas en las normas legales y reglamentarias. Causales de Incumplimien- to: Una Causal de Incumplimiento será cualquiera de los siguientes hechos, sea cual fuere el motivo de dicha Causal de Incumplimiento: (a) Falta de pago de los intereses, capital o Montos Adicionales adeu- dados cuando los mismos resulten vencidos y exi- gibles; o (b) Si la Sociedad no cumpliera ni observa- ra debidamente cualquier término o compromiso establecido en las condiciones de emisión o en el Fideicomiso y dicha falta de cumplimiento u obser- vancia continuara sin ser reparada quince días des- pués de que el Fiduciario haya cursado aviso por escrito al respecto a la Sociedad; o (c) Si un tribunal de jurisdicción competente hubiera dictado una sen- tencia definitiva, mandamiento u orden contra la Soc...
BOLETIN OFICIAL. Nº 30.505 2C Cám. Nac. de Apel. en lo Civil en los autos “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra Roberto Isaac s/Ejec. Hipo- tecaria”. Se hace saber que no procede la compra en comisión. El comprador deberá constituir domici- lio en la Capital Federal. Exhibición: 19 y 20 de octu- bre de 2004 de 14 a 16 horas. Buenos Aires, 23 de septiembre de 2004.
BOLETIN OFICIAL. Nº 30.505 3C el día 1° de noviembre de 2004, a las 9 hs., en el local social de la calle Heredia 535, de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguien- te: ORDEN DEL DIA:
BOLETIN OFICIAL. Nº 30.505 4C El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 18, Secretaría N° 35, sito en Marce- lo T. de Alvear 1840, 3° Piso de la Ciudad de Bue- nos Aires, hace saber por cinco días que con fe- cha 13/09/2004 se resolvió decretar la quiebra de RUBEN DARIO VARELA ORTIZ, con D.N.I. N° 16.994.212, CUIT/CUIL N° 23-16994212-9; ha- ciéndose saber a los acreedores que el síndico Osvaldo Raimundo Nicolini con domicilio en Alva- rez Thomas 3036 14° piso “B” de esta Ciudad re- cepcionará hasta el día 12/1/2004 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentarse el día 28/12/2004 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 10/03/ 2005. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; entregue al síndico dentro de las 24:00 hs. sus libros de comercio y demás documenta- ción relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimis- mo, se ha decretado la prohibición de hacer pa- gos a la fallida, los que serán ineficaces. El pre- sente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: “VARELA ORTIZ RUBEN DARIO s/Propia Quiebra” Expte. N° 049592, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría. Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004. María Florencia Estevarena, secretaria.
BOLETIN OFICIAL. Nº 30.4C1 C