ATENCIÓN ODONTOLÓGICA Cláusulas de Ejemplo

ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. Se brindará servicio odontológico de urgencia limitado al diagnóstico y tratamiento del dolor y/o infección, hasta un tope máximo de U$S 600, o su equivalente en moneda local por Viaje. Quedan excluidos los gastos de prótesis completas o parciales.
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. Se brindará servicio odontológico de urgencia limitado al tratamiento del dolor, infección, traumatismo y extracción de la pieza dentaria. Quedan excluidos los gastos de prótesis completas o parciales o tratamientos derivados o causados por ellas. Los gastos de este servicio están incluidos dentro del límite de gastos establecido en la cláusula 4.11.
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. Protección específica en aplicaciones tópicas de flúor, sellado de fosetas y fisuras, curaciones, extracciones dentales y la cirugía que éstos reclamen, reposición de piezas, obturaciones y dos veces al año la remoción xx xxxxx. Cirugía maxilofacial y el tratamiento del borde alveolar, el pericemento y la encía que será tratada por el especialista en los casos que así lo ameriten a juicio del médico del patrón de los hospitales centrales y regionales para cuyo efecto se subrogarán los servicios del médico especialista en parodoncia. Atención de endodoncia en los caninos, incisivos, primero y segundo premolar, así como primero y segundo molar. Tratándose de trabajadores y jubilados, el patrón absorberá del costo total de las prótesis dentales prescritas por el médico del patrón, conforme a las tarifas establecidas, una cantidad que no podrá exceder de $1,945.20 y sólo se otorgará cada tres años. Se proporcionará en los establecimientos subrogados para este efecto, hasta por un lapso de dos años. El patrón proporcionará, absorbiendo el 100% del costo total, de acuerdo a las tarifas establecidas en servicios ajenos al patrón, prótesis oculares de buena calidad, micas o cristales para lentes, lentes de contacto o intraoculares a trabajadores de planta y jubilados, cuando sean prescritos por el médico del patrón, los cuales deberán ser normales sin ser ostentosos a juicio del patrón. Asimismo, les otorgará una cantidad que no podrá exceder de $802.65 para el armazón de los anteojos. Estas prestaciones sólo se concederán a los trabajadores de planta y jubilados cada dos años o antes si se requiere a juicio del médico del patrón. En el caso del lente intraocular se proporcionará también a los derechohabientes, en las condiciones y términos arriba señalados.
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA el “Prestador” brindará el servicio odontológico de urgencia que requiera el Beneficiario. La prestación se limitará al tratamiento del dolor, infección y/o extracción de la pieza dentaria afectada si fuera necesario. El alcance máximo de esta prestación será el costo de la consulta inicial, sin extras y con tope de USD 1000 (un mil), o su equivalente en moneda nacional, por Beneficiario, por Viaje y por todo concepto. En los casos de dolor por consecuencia de tratamientos anteriores o afecciones derivadas de prótesis dentales, el “Prestador” indicará el profesional al que acudir quedando los gastos que la consulta ocasionare a cargo del Beneficiario.
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. Se brindará servicio odontológico de urgencia limitado al tratamiento del dolor, infección, traumatismo y extracción de la pieza dentaria. Quedan excluidos los gastos de prótesis completas o parciales o tratamientos derivados o causados por ellas. Límite de gasto odontológico en exterior de Argentina: Hasta un máximo de USD 3.200 (dólares estadounidenses tres mil doscientos), por Viaje o su equivalente en moneda local. Límite de gasto odontológico dentro de Argentina: Hasta un máximo de USD 2.000 (dólares estadounidenses dos mil), por Viaje o su equivalente en moneda nacional. Los gastos de este servicio están incluidos dentro del límite de gastos establecido en la cláusula 4.11.
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. Se brindará servicio odontológico de urgencia limitado al tratamiento del dolor, infección y extracción de la pieza dentaria hasta un tope máximo de U$S 200 o su equivalente en moneda local, por viaje. Quedan excluidos los gastos de prótesis completas o parciales.
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. Se cubren de manera exclusiva, con profesionales adscritos a NUEVA EPS S.A. los siguientes servicios:
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. SERVICIOS AMBULATORIOS PERIODOS DE CARENCIA SERVICIOS AMBULATORIOS PERIODOS DE CARENCIA
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. ODONTOLOGO Proceso Misional – Consulta Externa Ubicación del Subproceso Odontólogía General Misión de la Ubicación Prevenir, diagnosticar y tratar enfermedades dentales de los usuarios de la ESE Hospital Local de Piedecuesta y establecer el tratamiento apropiado. Perfil Profesional en Odontología, con tarjeta profesional, verificación de título profesional, carnet de Radio protección y registro ante la Secretaria de Xxxxx xx Xxxxxxxxx. Experiencia Experiencia de 1 año mínimo como Odontólogo en entidades de salud DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES PROCESO DE ODONTOLOGÍA Coordinar la programación, ejecución, supervisión, registro estadístico Realizar el pedido de suministros tendiendo siempre a mantener mínimos necesarios de inventario. Cumplir con las metas mensuales y trimestrales de las actividades de promoción y prevención pactadas con los diferentes responsables del pago. Garantizar el completo diligenciamiento de la papelería necesaria para el manejo adecuado de la información estadística y la respectiva facturación. Hacer énfasis en educación en hábitos de vida saludable relacionados con la patología que esté generando la consulta. Atender inmediatamente las valoraciones del servicio de urgencias.
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA. SERVICIOS AMBULATORIOS PERIODOS DE CARENCIA COBERTURA Atención Odontológica Básica A partir de la fecha de contratación Urgencias Odontológicas A partir de la fecha de contratación