ASISTENCIA LEGAL Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA LEGAL. En adición a los servicios y gastos señalados en las disposiciones precedentes, la Compañía se compromete a otorgar al primer titular persona física señalada en la carátula de esta póliza, a su cónyuge y a sus dependientes económicos menores de 25 años de edad, lo siguiente:
ASISTENCIA LEGAL. AXA PARTNERS pondrá a disposición del Beneficiario la asistencia legal que necesite para ser defendido en cualquier proceso civil o criminal donde se le impute responsabilidad en algún accidente. En ese caso, AXA PARTNERS le adelantará para honorarios de abogado y en carácter xx xxxxxxxx, hasta USD 10.000 (dólares estadounidenses diez mil) o su equivalente en moneda local. Además, le adelantará en carácter xx xxxxxxxx la suma que se le exigiera para su fianza y hasta un máximo de USD 10.000 (dólares estadounidenses diez mil) o su equivalente en moneda nacional argentina vigente. Los montos adelantados deberán ser devueltos a AXA PARTNERS en la moneda en que se hubieran realizado o en su equivalente en la moneda argentina legal vigente, al tipo de cambio vendedor xxx xxxxx estadounidense billete, según cotización oficial del Banco Nación del día de la devolución y en un plazo de noventa (90) días de entregados, salvo que las autoridades competentes antes hayan devuelto al Beneficiario la cantidad entregada en calidad de fianza, en cuyo caso deberá reintegrarse en forma inmediata. Los préstamos antedichos serán otorgados previa garantía por parte del Beneficiario a satisfacción de AXA PARTNERS. No aplica a Viajes dentro de Argentina. Este beneficio podrá ser utilizado siempre que lo permitan las normas cambiarias y de transferencias bancarias establecidas por el Banco Central Argentino AXA PARTNERS se ocupará de transmitir los mensajes referidos a la emergencia sufrida por el Beneficiario, a la persona que este indique residente en la República Argentina . En caso de extravío del equipaje del Beneficiario, registrado por una línea aérea, AXA PARTNERS colaborará con todos los medios a su alcance para localizarlo e informar de cualquier novedad al Beneficiario.
ASISTENCIA LEGAL. Los Servicios que integran ASISTENCIA LEGAL son los siguientes, con los límites y alcances que se detallan:
ASISTENCIA LEGAL. El Servicio de Asistencia Legal previsto en estas bases, se proporcionará mediante la contratación de abogados que elija la aseguradora licitante, quienes deberán integrar para dichos efectos una red de servicio legal, y que deberán incluir en la propuesta técnica que entreguen. El Servicio de Asistencia Legal sólo operará para la República Mexicana. El Servicio de Asistencia Legal va ligado a la cobertura del seguro, de manera que, cuando dicho servicio esté previsto en la cobertura o en alguna extensión, los asegurados (excepto SHF) puedan hacer uso del mismo siempre que se presente en contra de ellos una reclamación en los términos establecidos en la póliza correspondiente, siendo aplicable a dicho Servicio de Asistencia las exclusiones establecidas para el Seguro. En este sentido, la red de abogados es una opción de los asegurados (excepto SHF), sujetos a los términos y condiciones que se detallan en este Anexo. Sin embargo, cuando el asegurado elija el uso de la red de abogados correspondiente, la aseguradora ganadora deberá garantizar que el servicio se proporcionará pudiendo establecer como único requisito, el cumplimiento a las obligaciones que se estipulan en el Apartado Técnico para con dicha firma de abogados (firma de contrato, sujeción al clausulado de la póliza, etc.) Cuando el Servicio de Asistencia Legal esté previsto en las coberturas o en las extensiones, los abogados deberán hacerse cargo del asunto, reclamación, procedimiento o juicio hasta su total conclusión, sin importar la fecha en que el juicio termine, sin que esto implique un costo adicional al asegurado, siempre que la reclamación se haya presentado por primera vez durante la vigencia de la póliza o durante el periodo extendido para notificaciones, en caso de que aplique. Para efectos de este requisito y con relación a la(s) firma(s) legal(es) que integra(n) el directorio de abogados, deberán presentar en su propuesta técnica lo siguiente: Nombre del despacho. Domicilio y teléfono de las oficinas principales y sucursales. Es requisito indispensable que tengan presencia a nivel nacional, con capacidad de trasladar en todo el territorio nacional. Dirección de Internet de la firma de abogados. Número de abogados titulados asignados a cada plaza o ciudad y responsable por oficina, especificando el Nº de abogados especialistas en cada materia. Descripción de la distribución geográfica que proponga la licitante, debiendo aclarar la región de cobertura o asignación de cada oficina. Es ...
ASISTENCIA LEGAL. De conformidad con lo previsto en la sección “Glosario de Términos”, los Servicios de Asistencia Legal señalados en el presente numeral serán prestados exclusivamente en la circunscripción territorial del DOMICILIO del AFILIADO, siempre que éste se encuentre ubicado en una circunscripción territorial en donde INTERBANK mantenga agencias bancarias.
ASISTENCIA LEGAL. En caso de que el Asegurado requiera la asistencia de un abogado por el inicio de un proceso civil o penal no relacionado con actos dolosos o de mala fe, ni con accidentes vehiculares, o actividades laborales o profesionales, la Compañía pondrá en contacto al Asegurado con un abogado disponible en el lugar que lo requiera. Los costos derivados de este beneficio correrán a cargo del Asegurado salvo los cubiertos y que se indican en la Cobertura de Seguro Responsabilidad Civil en el Extranjero. Los abogados que prestan los servicios para la Compañía son contratistas independientes que cuentan con la titulación y competencias adecuadas al lugar donde se requieran; por tal razón, la Compañía no será responsable por las deficiencias o resultados en que incurran dichos contratistas. Cuando el Asegurado sufra de un Accidente o Urgencia Médica, a petición del Asegurado la Compañía dará aviso a su familia y/o a su médico habitual siempre que el Asegurado proporcione los datos de contacto telefónicos para poder realizar la comunicación. El aviso se limitará a proporcionar el aviso de accidente o enfermedad, el lugar donde se encuentra hospitalizado y los teléfonos de contacto del centro de salud donde se encuentre hospitalizado el Asegurado.
ASISTENCIA LEGAL. 10 de 18 El servicio de Asistencia Legal telefónica se presta sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
ASISTENCIA LEGAL. Este servicio de asistencia comprende: La Compañía de Asistencia brindará al Beneficiario Asesoría Legal Telefónica, en cualquier rama del Derecho. La Compañía de Asistencia brindará a solicitud del Beneficiario la referencia de un Abogado, cuyos honorarios y gastos generados por la contratación de dicho profesional correrán a cargo del Beneficiario.
ASISTENCIA LEGAL. EL PRESTADOR se encargará de la prestación de los siguientes servicios a nivel nacional en caso de muerte accidental, natural o por enfermedad del Asegurado Titular de la póliza: EL PRESTADOR del servicio realizará la gestión de trámites para obtener los siguientes documentos: Certificado Médico, Acta de Defunción, Acta de Nacimiento y CURP. Los gastos por la obtención del Certificado Médico y Acta de Defunción serán cubiertos por el PRESTADOR. EL PRESTADOR del servicio realizará la gestión de trámites ante el Ministerio Publico y Servicio Médico Forense. EL PRESTADOR del servicio realizará la gestión de trámites ante el Servicio Médico Forense para la recuperación del cadáver.
ASISTENCIA LEGAL. 23.1. El seguro cubrirá asistencia legal en relación con problemas de carácter jurídico resultantes de un viaje cubierto (con excepción de lo dispuesto en la cláusula 23.4). Si durante un viaje cubierto, el asegurado es acusado —o se presentan cargos en su contra— a razón de un acto criminal, serán cubiertos por reembolso los honorarios necesarios y razonables de un abogado hasta que su caso sea juzgado en un tribunal de primera instancia.