ACUERDOS DE SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

ACUERDOS DE SERVICIO. 10.1 El oferente debe garantizar una línea de Help desk, para elevar los tickets de servicio a los que no se haya dado solución con el equipo ubicado en las instalaciones de SATENA. 10.2 El oferente debe garantizar alta disponibilidad: mediante sistemas redundantes con un muy alto nivel de confiabilidad y disponibilidad, en la operación de SATENA, por lo tanto se debe proveer sistemas dimensionados para minimizar los riesgos de caídas de servicio debidos a hardware y/o software, recuperación de desastres y operación distribuida que permita que los servicios continúen y se realicen de manera distribuida en los servidores 10.3 El oferente por ningún motivo cambiara o repara partes de los equipos en caso xx xxxxx, debe colocar un equipo de iguales o superiores características técnicas, en un tiempo no mayor a 4 horas una vez puesto el ticket de servicio, sin perjuicio a que el usuario debe poder seguir operando en su máquina 10.4 El oferente debe garantizar la disponibilidad de los equipos de cómputo, equipos de impresión, equipo de escaneado software mesa de ayuda, mínima del =99.44 %, lo anterior implica que máximo 4 horas al mes puede estar un equipo fuera de servicio. El tiempo superior a cuatro horas (4) se descontara proporcionalmente al valor suscrito en el contrato por cada ítem, mediante los siguientes criterios: TFS=100(HFS)/720 DEM=(100-TFS)% TFS=Tiempo Fuera de servicio HFS=Horas Fuera de Servicio DEM=Disponibilidad equipo Mensual K= Constante (720 Horas) PORCENTAJE DE DESCUENTO POR CADA ITEM FUERA DE SERVICIO AL MES Porcentaje de Descuento sobre Ítem facturado Condición Horas de servicio fuera al mes 10 % SI la Disponibilidad del equipo mensual es menor del 99.44 % 4 15% SI la Disponibilidad del equipo mensual es menor del 99.30 % 5 20% SI la Disponibilidad del equipo mensual es menor del 99.16 % 6 50% SI la Disponibilidad del equipo mensual es menor del 98.88% 7
ACUERDOS DE SERVICIO. El proponente deberá cumplir con los tiempos establecidos para realizar el análisis preliminar y estimación de esfuerzo requerido para ejecutar una “Orden de Trabajo”. Los tiempos establecidos son: Requerimientos Funcionalesi Cuatro (4) Días Hábiles Solución Causa Raíz de Incidentesii Dos (2) Días Hábiles
ACUERDOS DE SERVICIO. “OLD MUTUAL” podrá comprometer a través de las solicitudes y contratos de seguro diversos acuerdos de calidad en el servicio, por lo cual “EL AGENTE PROMOTOR” se obliga a cumplir con dichos acuerdos.
ACUERDOS DE SERVICIO. Para los Productos de Red y los Productos de Servidor, los Servicios de Soporte y los Servicios de Configuración e Implementación están sujetos a las condiciones adicionales contenidas en el o los Acuerdos de Servicio aplicables. Si hay un conflicto entre los términos de este Anexo, las Condiciones Generales del OTS y cualquier Acuerdo de Servicio, se aplicará el siguiente orden de prioridad: (i) el Acuerdo de Servicio; (ii) este Anexo; y (iii) las Condiciones Generales.
ACUERDOS DE SERVICIO. Las partes aceptan que los acuerdos de servicio firmados por sus representantes legales o por las personas autorizadas por estos, con posterioridad a la entrada en vigencia de este documento, y que tengan relación con las particularidades propias del servicio, hacen parte integral de este contrato, en cuanto no contradigan lo aquí dispuesto.3)
ACUERDOS DE SERVICIO. De acuerdo a los requerimientos en este numeral, reiteramos a la entidad tener en cuenta nuestra observación antes mencionada “Observación 5”, lo anterior es de suma importancia puesto que al permitir dicho requerimiento la entidad se está favoreciendo con una solución robusta, diseñada con las mejores prácticas y con toda la tolerancia a fallos para cumplir con los requerimientos expuestos por la entidad.
ACUERDOS DE SERVICIO. Cuando algunas de las actividades de la entidad son realizadas externamente, a través de acuerdos de servicio o de acuerdos contractuales, los gastos de la entidad relacionados a esas actividades, usualmente serían asignados de manera que sea consistentemente razonable con los principios de esta sección. Tales pruebas toman en consideración la asignación entre clasificaciones de gastos y subdivisión de contratos, categorías y grupos de productos relacionados. Cuando las cuotas de servicio de la entidad no son razonables como base de asignación, una alternativa de asignación aplicando los principios de esta sección sobre bases de transparencia puede ser determinada. El actuario usualmente solicitaría al proveedor de servicios, la información requerida para determinar esta asignación. Cuando surgen dificultades en el acceso a la información requerida, otros métodos, tales como referencias a estándares apropiados de la industria pueden ser empleados.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.