Common use of Abonos y relaciones valoradas Clause in Contracts

Abonos y relaciones valoradas. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por el órgano de contratación, a través del responsable del contrato siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado 24 de la cláusula 1. A cada factura deberán adjuntarse las acreditaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como una memoria de los trabajos objeto de facturación. En tanto no se produzca la presentación de los documentos referidos, no será exigible la obligación de pago. RTVM deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados y/o suministros entregados dentro de los treinta (30) días siguientes a la prestación del servicio. Dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad del contrato, RTVM deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante. El contratista deberá presentar la factura en el registro del órgano de contratación en el plazo de treinta (30) días desde la fecha de entrega efectiva de los bienes o prestación del servicio objeto del contrato. No obstante, si RTVM recibe la factura con posterioridad a la fecha del documento que acredite la recepción o conformidad con lo dispuesto en el contrato, el plazo de treinta días se contará desde que el contratista presente la citada factura. Los descuentos económicos como consecuencia de la aplicación de las penalizaciones que procedan se valorarán en el mes en curso y se harán efectivos en la facturación del mes siguiente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicio Gestionado De Soporte a Usuario, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicio Gestionado De Mantenimiento Y Soporte De Seguridad Perimetral

Abonos y relaciones valoradas. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por el órgano de contratación, a través del responsable del contrato siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado 24 23 de la cláusula 1. A cada factura deberán adjuntarse las acreditaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como una memoria de los trabajos objeto de facturación. En tanto no se produzca la presentación de los documentos referidos, no será exigible la obligación de pago. RTVM deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados y/o suministros entregados dentro de los treinta (30) días siguientes a la prestación del servicio. Dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad del contrato, contrato RTVM deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante. El contratista deberá presentar la factura en el registro del órgano de contratación en el plazo de treinta (30) días desde la fecha de entrega efectiva de los bienes o prestación del servicio objeto del contrato. No obstante, si RTVM recibe la factura con posterioridad a la fecha del documento que acredite la recepción o conformidad con lo dispuesto en el contratocontrato de los servicios prestados, el plazo de treinta días se contará desde que el contratista presente la citada factura. Los descuentos económicos como consecuencia de la aplicación de las penalizaciones que procedan se valorarán en el mes en curso y se harán efectivos en la facturación del mes siguiente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato Del Servicio De Asesoramiento Fiscal Y Tributario

Abonos y relaciones valoradas. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por el órgano de contratación, a través del responsable del contrato siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado 24 de la cláusula 1. A cada factura deberán adjuntarse las acreditaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como una memoria de los trabajos objeto de facturación. En tanto no se produzca la presentación de los documentos referidos, no será exigible la obligación de pago. RTVM deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados y/o suministros entregados dentro de los treinta (30) días siguientes a la prestación del servicio. Dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad del contrato, RTVM deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante. El contratista deberá presentar la factura en el registro del órgano de contratación en el plazo de treinta (30) días desde la fecha de entrega efectiva de los bienes o prestación del servicio objeto del contrato. No obstante, si RTVM recibe la factura con posterioridad a la fecha del documento que acredite la recepción o conformidad con lo dispuesto en el contrato, el plazo de treinta días se contará desde que el contratista presente la citada factura. Los descuentos económicos como consecuencia de la aplicación de las penalizaciones que procedan se valorarán en el mes en curso y se harán efectivos en la facturación del mes siguiente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicio De Mantenimiento De Las Instalaciones