Motivos de exclusión Cláusulas de Ejemplo

Motivos de exclusión. Dado que el formulario normalizado del DEUC no recoge referencia alguna a nuestra legislación, para facilitar la adecuada cumplimentación de esta parte del formulario, a continuación se indica una tabla de equivalencias entre cada una de las preguntas que deben responder las empresas, los artículos de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (en adelante, la Directiva nueva o “DN”) y, por último, los artículos de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) que han dado transposición al artículo 57 de la DN. Dado que no todas las prohibiciones para contratar están inscritas en el ROLECE, las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en la parte III del formulario normalizado del DEUC. Tabla de equivalencias relativa a la parte III del formulario normalizado del DEUC
Motivos de exclusión. (en el servicio electrónico DEUC los campos de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción)
Motivos de exclusión. Artículos 67, 68 y 70 de la Ley, Artículos 51 del R.D. del 18 xx xxxxx del 2017 Los motivos de exclusión obligatorios están mencionados en el anexo del presente PEC. Al depositar su oferta, el operador económico declara que no se encuentra en ninguno de los casos de exclusión que figuran en los artículos 67, 68 y 70 de la ley del 17 xx xxxxx del 2016 y en los artículos 61 al 64 del R.D. del 18 xx xxxxx del 2017. El poder adjudicador verificará la exactitud de esta declaración sobre el honor de la oferta mejor calificada. Para este fin, pedirá al operador económico en cuestión por los medios más rápidos dentro de un lapso de tiempo determinado que éste presente las informaciones y/o documentos que permitan verificar su situación personal. El poder adjudicador pedirá las mismas informaciones o documentos que pueda conseguir gratuitamente por los medios electrónicos disponibles.
Motivos de exclusión. Dado que el formulario normalizado del DEUC no recoge referencia alguna a nuestra legislación, para facilitar la adecuada cumplimentación de esta parte del formulario, a continuación se indica una tabla de equivalencias entre cada una de las preguntas que deben responder las empresas, los artículos de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (en adelante, la Directiva nueva o “DN”) y, por último, los artículos de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) que han dado transposición al artículo 57 de la DN. Dado que no todas las prohibiciones para contratar están inscritas en el ROLECE, las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en la parte III del formulario normalizado del DEUC. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1203015106077041439096 Tabla de equivalencias relativa a la parte III del formulario normalizado del DEUC
Motivos de exclusión. Las empresas deberán responder a todas las preguntas de la parte III del formulario normalizado del DEUC.
Motivos de exclusión. Dado que no todas las prohibiciones para contratar están inscritas en el ROLECE, las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en la parte III del formulario normalizado DEUC.
Motivos de exclusión. A: Motivos referidos a condenas penales El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: Participación en una organización delictiva Fecha de la condena Motivo ¿Quién ha sido condenado? Si está fijada directamente en la condena, duración del período de exclusión. Descríbalas URL Código Expedidor Corrupción Fecha de la condena Motivo ¿Quién ha sido condenado? Si está fijada directamente en la condena, duración del período de exclusión. Descríbalas URL Código Expedidor Fraude Fecha de la condena Motivo ¿Quién ha sido condenado? Si está fijada directamente en la condena, duración del período de exclusión. Descríbalas URL Código Expedidor Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? Tal como se definen en los artículos 1 y 3 de la Decisión marco del Consejo, de 13 xx xxxxx de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p. 3). Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco. Fecha de la condena Motivo ¿Quién ha sido condenado? Si está fijada directamente en la condena, duración del período de exclusión. Descríbalas URL Código Expedidor Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo Fecha de la condena Motivo ¿Quién ha sido condenado? Si está fijada directamente en la condena, duración del período de exclusión. Descríbalas URL Código Expedidor Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos Fecha de la condena Motivo ¿Quién ha sido condenado? Si está fijada directamente en la condena, duración del período de exclusión. Descríbalas URL Código Expedidor
Motivos de exclusión. Sección A:
Motivos de exclusión. Las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en esta Parte III del DEUC. La cumplimentación del presente apartado implica la declaración responsable del licitador de que no está incurso en prohibición de contratar por sí mismo ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 70.1 y 71 de la LCSP.
Motivos de exclusión. A: Motivos referidos a condenas penales El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión: Participación en una organización delictiva URL Código Expedidor Corrupción URL Código Expedidor Fraude URL Código Expedidor Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas URL Código Expedidor Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo URL Código Expedidor Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos URL Código Expedidor