VESTUARIOS Cláusulas de Ejemplo

VESTUARIOS. Las empresas habilitarán en lugares apropiados y cómodos, armarios o guardarropas, en cantidad proporcional al personal que ocupen en cada turno de trabajo, en buenas condiciones de salubridad e higiene. Dichos armarios o guardarropas serán para uso exclusivo del personal durante la jornada de trabajo y no podrán ser abiertos ni controlados sin la presencia del empleado/a. Proveerán también servicios sanitarios y duchas de agua caliente y fría en perfectas condiciones de higiene y conservación. Todo ello, en tanto y en cuanto las condiciones del establecimiento lo permitan.-
VESTUARIOS. El Ayuntamiento habilitará vestuarios y taquillas para el personal cuyos servicios lo requieran por su naturaleza.
VESTUARIOS. En todos los establecimientos de la industria plástica y sus afines, deberán habilitarse vestuarios, los que deberán reunir, como mínimo, los siguientes requisitos:
VESTUARIOS. La empresa dotará a todo su personal de dos equipos de prendas de trabajo al año, un anorak y dos toallas cada dos años, de estos dos últimos elementos se dotará a aquellos trabajadores que lo precisen en su trabajo habitual. Igualmente proveerán de botas de agua, calzado de seguridad, guantes o trajes especiales a los trabajadores que lo necesiten por sus funciones y de todos aquellos elementos necesarios para la seguridad y salud laboral, tales como productos de protección solar. La entrega del vestuario deberá realizarse dentro del primer semestre para la ropa xx xxxxxx, y dentro del segundo para la ropa de invierno, cada año. Los trabajadores están obligados a utilizar los elementos de vestuario, seguridad y protección facilitados por la Empresa.
VESTUARIOS. Art. 18 – En todos los establecimientos de la industria plástica y sus afines deberán habilitarse vestuarios, los que deberán reunir, como mínimo, los siguientes requisitos: Temperatura ambiental
VESTUARIOS. Se modifica la red de fontanería desde el montante principal ubicado en patinillo junto x xxxx multiusos. Toda la distribución desde los montantes hasta los núcleos húmedos se realiza en polietileno reticulado con alma de aluminio de la marca “Uponor modelo unipipe o equivalente”. Los diámetros están comprendidos entre DN20 y DN75). Todas las tuberías se recubren con coquilla de poliuretano según diámetros especificados para evitar pérdidas de temperatura tanto en agua fría como en caliente. La distribución dentro del núcleo se realiza en forma de anillo para los puntos de ducha, con posibilidad de seccionar parte del mismo en caso de avería. Del anillo parten las bajantes de agua fría y caliente a los pulsadores-mezcladores marca “presto alpa 80” del tipo encastrado, saliendo de este el montante al rociador antivandálico de la misma marca. El número de pulsadores-mezcladores y rociadores es de 16 unidades en total para los dos vestuarios. Del mismo modo se colocan las correspondientes llaves xx xxxxx y las derivaciones hasta los diferentes aparatos sanitarios del núcleo (inodoros, lavabos, bañeras…). Del mismo modo se aprovecha la actuación para sustituir la grifería de los lavabos, instalándose un grifo pulsador marca “presto 605 o equivalente” en cada lavabo. Los equipos que por su naturaleza y normativa necesitan mantener el agua en unas condiciones higiénico-sanitarias específicas son el spa público coliseum, el spa masaje y el pediluvio. Estos disponen de sistemas de filtración y dosificación de productos químicos según se describe en los siguientes puntos. El sistema de filtración y dosificación es un kit compacto mod. 75 2m, compuesto por: un filtro de diámetro 650, una bomba de filtración 0,55 kw. dos bombas masajes de 1,47 kw. Además dispone de una bomba soplante de 1,10 kw y un intercambiador eléctrico de 6 kw para el calentamiento del agua y un clorador.
VESTUARIOS. Según el Decreto 351/79 Reglamentario de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo, este aspecto aplica para “Obreros”. En relación con la tarea de Telegestión para los locales existentes, se establece el concepto de “Guardarropa”, donde se instará a evaluar su ubicación y características según la modalidad de trabajo y funcionalidad de las instalaciones. Pueden ser: mancomunado al puesto de trabajo, gabinete móvil adjunto a una isla de puestos de trabajo, o bien un local con gabinetes individuales asignado para tal fin. Donde se evalúe la instalación de una nueva Sala de Telegestión, el proyecto debe incluir un local próximo a la misma para ser utilizado como vestuario, con los gabinetes individuales. Según el Decreto 351/79 Reglamentario de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo, el contar con el mismo queda supeditado a decisión de la Empresa. En aquellos edificios con locales de Telegestión donde se acuerde contar con esta Sala, la misma deberá cumplir requisitos técnicos definidos en el Dto. 351/79. Sus dimensiones se calcularán para cada servicio de Telegestión en particular, en función del personal máximo que puede estar en horario de refrigerio.
VESTUARIOS. Dos habitaciones, separadas para hombres y mujeres, dotadas cada una de aseo, plato de ducha, bancos, perchas y taquillas en número suficiente para el personal trabajador y en prácticas. Están situados en el nivel +5,10 m en la parte suroeste del edificio.
VESTUARIOS. Cuando el personal no viva al pie de obra, se instalaran vestuarios, dimensionados gradualmente, de acuerdo a la cantidad de trabajadores. Los vestuarios deben ser utilizados unicamente para los fines previstos y mantenerse en adecuadas condiciones de higiene y desinfeccidn. Los vestuarios deben equiparse con armarios individuates incombustibles para cada uno de los trabajadores de la obra. Los trabajadores afectados a tareas en cuyos procesos se utilicen sustancias toxicas, irritantes o agresivas en cualquiera de sus formas o se las manipule de cualquier manera, dispondran de armarios individuales dobles, destinandose uno a la ropa y equipo de trabajo y el otro a la vestimenta xx xxxxx. El disefio y materiales de construccion de los armarios deberan permitir la conservacion de su higiene y su facil limpieza.
VESTUARIOS. Las empresas estarán obligadas a solicitar de cada uno de sus clientes un lugar adecuado a las necesidades del personal de limpieza para poder cambiarse de ropa.