Turnos Cláusulas de Ejemplo

Turnos. Por las especiales circunstancias de la actividad de la Empresa, que obliga a mantener el servicio al público los domingos y festivos, las partes negociadoras del presente convenio sientan, las siguientes bases del sistema de turnos:
Turnos. Superposición o enlace de jornadas diarias de trabajo individuales durante una semana, que se alternan y/o rotan en forma regular, en horarios de mañana, tarde y noche, mediante un orden preestablecido. Aquel que se desempeña en una Unidad cuya jornada de trabajo se rige por el sistema de turnos.
Turnos. Se tendrá en cuenta, al establecer o cambiar los turnos de trabajo, las circunstancias familiares de residencia, edad, antigüedad en la empresa, procurando, sin merma de trabajo, que éste sea desarrolla- do de la forma más cómoda posible.
Turnos. 13.1.- Siempre que las circunstancias de la producción lo permitan todos los turnos de los trabajadores y trabajadoras que se realicen en las empresas tendrán carácter de rotativos. La problemática derivada de la aplicación de los turnos se resolverá en reunión conjunta y por acuerdo entre la dirección de la empresa y la representación de los trabajadores y trabajadoras.
Turnos. 18.1 En caso de que sea necesario que el Empleador establezca más de un (1) turno, el Empleador deberá pagar a todos los Empleados que trabajen el segundo (2o) turno cinco (.05¢) centavos por hora adicionales sobre la escala de salarios y todos los Empleados que trabajen el tercer (3er) turno diez centavos (.10¢) por horas adicionales sobre la escala de salarios.
Turnos. El contratista deberá considerar en los costos de mano de obra el sueldo, sobresueldo y/o el pago de horas extras de las jornadas de los trabajos a ejecutar con la finalidad de no rebasar el tiempo máximo establecido en el punto anterior y por el carácter propio de la obra, deberán de incluirse trabajos en horarios nocturnos, fines de semana y días festivos.
Turnos. El “Licitante” deberá llevar a cabo el “Servicio de Vigilancia” en forma continua y permanente las 24 horas en cada uno de las áreas descritas en el presente Anexo I, de lunes x xxxxxxx incluyendo días festivos, en horarios de 07:00 a.m. a 19:00 p.m. y de 19:00 p.m. a 07:00 a.m., incluyendo días festivos e inhábiles, en el caso del Estero Norte y Campo 1, los horarios son de 24 horas, y de una semana en los lugares denominados Área 2 al S3, y del S3 al S4 y Estación la Mesa, incluyendo días festivos e inhábiles, durante la vigencia del contrato. El personal asignado para la prestación del “Servicio de Vigilancia” no deberá doblar turnos. El personal asignado para la prestación del “Servicio de Vigilancia” no tendrá tiempo de tolerancia a su jornada laboral. Así mismo, en caso de generarse una falta de asistencia por parte del personal asignado, el “Licitante” deberá reemplazar o cubrir al elemento que haya incurrido en la incidencia y dar aviso oportuno al supervisor del área administrativa de la “Entidad” donde se esté prestando el “Servicio de Vigilancia”. El personal del “Servicio de Vigilancia” no deberá ser rotado por el “Licitante”, se debe informar al supervisor del área que Administra el contrato, las razones o a expresa solicitud de la Gerencia de Comunidad y Servicios, podrá efectuarse una rotación o sustitución de algún elemento.
Turnos. —En aquellas empresas en que, por necesidades de servicio, se hubieran de establecer turnos de trabajo, los mismos serán rotativos entre todo el personal afectado, y nunca el mismo trabajador/a podrá efectuar seguidos dos turnos de la misma naturaleza.
Turnos. El servicio deberá llevarse a cabo en turnos de doce (12) horas de acuerdo al siguiente detalle: Primer Turno : De 07:00 a 19:00 horas Segundo Turno : De 19.00 a 07:00 horas del día siguiente El turno anteriormente descrito podrá ser variado en su horario más no en el número de horas establecido (12 horas), la variación en el horario se realizará de acuerdo a las necesidades operacionales de la sede aeroportuaria. Las variaciones en el horario del Turno no generarán gastos adicionales (horas extras) a CORPAC S.A.
Turnos. En concordancia con lo anterior y teniendo en cuenta el área del lote y el área construida de cada uno de los campus, se requiere contar con el siguiente número de turnos y requerimientos mínimos: Item INSTITUCION EDUCATIVA SERVICIOS HORARIO 1 ITM-XXXXXXX 7 LSDF 16 horas 06:00 22:00 2 ITM-XXXXXXX 7 LSDF 8 horas 22:00 06:00 3 ITM-XXXXXXX 5 L-S 16.5 horas 05:30 22:00 4 ITM-XXXXXXX 4 12 Horas L - V 08:00 20:00 NI X ,X X X 0 XXX-XXXXXXX 1 10 Horas L - S 08:00 20:00 NI D Y F 6 ITM-XXXXXXX 1 8 Horas L - S 14:00 22:00 NI-D Y F 7 ITM XXXXX CENTRO 1 LSDF 24 horas 8 ITM XXXXX XXXXXX 0 X-X 00 horas 9 ITM XXXXX CENTRO 1 L-S 16.5 HORAS 05:30 22:00 10 ITM EPA 2 LSDF 24 horas 11 ITM CASTILLA 2 LSDF 24 horas 12 ITM FRATERNIDAD 10 LSDF 16 horas 06:00 22:00 13 ITM FRATERNIDAD 10 LSDF 8 horas 22:00 06:00 14 ITM FRATERNIDAD 1 L-S 12 horas diurnas 08:00 20:00 15 ITM FRATERNIDAD 2 L-S 12 horas diurnas 10:00 22:00 16 ITM FRATERNIDAD 3 L-S 16.5 horas 05:30 22:00 17 ITM FRATERNIDAD 1 L-S 16 horas 06:00 22:00 18 ITM FRATERNIDAD 2 L-S 10 horas 12:30 22:30 Servicios de caninos Ítem INSTITUCION EDUCATIVA SERVICIOS HORARIO 19 ITM XXXXXXX 1 24 horas lunes x xxxxxxx 20 ITM XXXXXXX 1 lunes a Sábado hábiles 08-20 h 21 ITM FRATERNIDAD 1 24 horas lunes x xxxxxxx 22 ITM FRATERNIDAD 1 12 Horas lunes sábado 08-20 horas REEMPLAZO Y RELEVO DEL PERSONAL: Se tendrá el personal suficiente para reemplazar o relevar los Vigilantes y supervisores cuando la Institución lo requiera en razón de sus fallas en el servicio, hechos constitutivos de mala conducta, sin que esto aumente el valor del contrato o cuando el personal asignado se encuentre en licencia, incapacidad o se presenten faltas absolutas o temporales de cualquier índole. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO: SUPERVISIÓN PERSONALIZADA: El servicio de vigilancia deberá realizar diariamente visitas de control a los diferentes puestos de trabajo, para supervisar la correcta y eficiente prestación del servicio, atendiendo las sugerencias e instrucciones que se impartan por parte del ITM. El proponente debe demostrar que cuenta con por lo menos dos (2) carros mínimo modelo 2011 y dos (2) motos mínimo modelo 2011 de propiedad de la empresa los cuales son necesarios para garantizar el servicio.