Traslados. Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar deter- minados por alguna de las siguientes causas: 1. Petición del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijo, en función de su antigüedad real en la Empresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los por él ocupados. 2. Mutuo acuerdo entre la Empresa y el trabajador. 3. Por necesidades del servicio; previo el procedimiento legal correspondiente. El traslado no dará derecho a dietas. En los traslados a petición del trabajador y en los de permuta no habrá lugar ni derecho a indemnización por los gastos que se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados por mutuo acuerdo se regirán por los pactos que por escrito se hayan establecido, indicando el lugar y duración del mismo. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas habrán de demostrar la urgencia de las necesidades. En caso de oposición al traslado por parte del trabajador éste acudirá a la jurisdicción competente. El traslado por tal motivo dará derecho al abono de los gastos de viaje de traslado y de los familiares que con él convivan, el transporte gratuito de mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador que haya sido trasladado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco años, salvo acuerdo mutuo.
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Sources: Convenio Colectivo
Traslados. Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar deter- minados por alguna de las siguientes causas:
1. Petición del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijo, en función de su antigüedad real en la Empresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los por él ocupados.
2. Mutuo acuerdo entre la Empresa y el trabajador.
3. Por necesidades del servicio; previo el procedimiento legal correspondiente. El traslado no dará derecho a dietas. En los traslados a petición del trabajador y en los de permuta no habrá lugar ni derecho a indemnización por los gastos que se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados por mutuo acuerdo se regirán por los pactos que por escrito se hayan establecido, indicando el lugar y duración del mismo. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas habrán de demostrar la urgencia de las necesidades. En caso de oposición al traslado por parte del trabajador éste acudirá a la jurisdicción competente. El traslado por tal motivo dará derecho al abono de los gastos de viaje de traslado y de los familiares que con él convivan, el transporte gratuito de mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador que haya sido trasladado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de su Centro de Trabajo a otro fuera de su misma provincia (salvo pacto en contrario, que se estará a lo que decidan ambas partes). ▇▇▇▇▇▇ trabajador podrá ser trasladado de su Centro de Trabajo, por tiempo superior a un mes dentro de la misma provincia. Cuando sea necesario producir algún traslado, solo podrán quedar afectados los trabajadores cuya categoría profesional sea acorde con las funciones a desempeñar en el nuevo en puesto. La designación del trabajador concreto deberá respetar, por ese orden, los criterios de antigüedad, responsabilidades familiares y proximidad del domicilio del trabajador al nuevo centro. De tal forma que, a igualdad de categoría será cambiado el trabajador más moderno; a igualdad de antigüedad el que no tenga responsabilidades familiares; y a igualdad de responsabilidades familiares el que tenga el domicilio más próximo al nuevo centro de trabajo. Y cuando sea necesario más de un plazo traslado tendrá carácter rotativo entre toda la plantilla de cinco añosla misma categoría del centro de Trabajo afec- tado, salvo acuerdo mutuorespetándosele durante ese mes las condiciones de trabajo que viniera disfrutando, y se avisará al trabajador y a la representación sindi- cal, por escrito, con setenta y dos horas de antelación.
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Sources: Convenio De Colaboración
Traslados. cve: BOE-A-2016-7721 Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ Los traslados del de personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residenciaresidencia para el afectado podrán efectuarse: Por solicitud del interesado, por acuerdo entre la empresa y podrán estar deter- minados el trabajador, por alguna de las siguientes causas:necesidades del servicio y por permuta.
1. Petición Cuando el traslado se efectúe a solicitud del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijointeresado, en función previa aceptación de su antigüedad real en la Empresaempresa, siempre que concurran servicios éste carecerá de igual naturaleza y duración que los por él ocupados.
2. Mutuo acuerdo entre la Empresa y el trabajador.
3. Por necesidades del servicio; previo el procedimiento legal correspondiente. El traslado no dará derecho a dietas. En los traslados a petición del trabajador y en los de permuta no habrá lugar ni derecho a indemnización por los gastos que origine el cambio.
2. Cuando el traslado se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados realice por mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador, se regirán por los pactos que estará a las condiciones pactadas por escrito entre ambas partes, que nunca serán inferiores a los mínimos establecidos en el presente Convenio.
3. Cuando las necesidades del trabajo lo justifiquen, y previa información a los representantes legales de los trabajadores, podrá la empresa llevar a cabo el traslado, aunque no llegue a un acuerdo con el trabajador, siempre que se hayan establecido, indicando el lugar y duración del mismole garanticen al trasladado todos los derechos que tuviese adquiridos. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas habrán de demostrar la urgencia de las necesidades. En caso de oposición al traslado por parte del trabajador éste acudirá a la jurisdicción competente. El traslado por tal motivo dará derecho al abono todo caso, el trasladado percibirá, previa justificación, el importe de los gastos de viaje de traslado siguientes gastos: Locomoción del interesado y de los sus familiares que convivan con él convivanél, el los de transporte gratuito de mobiliario mobiliario, ropa y enseres enseres, y a una indemnización equivalente en metálico igual a TRES mensualidades dos meses ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. Si el trabajador, optase por la rescisión del contrato, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
4. El trabajador que haya sido trasladado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco añosincorporación al nuevo puesto de trabajo, salvo acuerdo mutuocuando el traslado sea forzoso, nunca será inferior a treinta días naturales.
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Sources: Convenio Colectivo Estatal De Tejas, Ladrillos Y Piezas Especiales De Arcilla Cocida
Traslados. Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar deter- minados ser determinados por alguna de las siguientes causas:
1. Petición del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijo, en función de su antigüedad real en la Empresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los por él ocupadoscuando sea posible sin causar prejuicio a «Exeo Gestión Integral S.L.U.», o a la empresa cliente.
2. Mutuo acuerdo entre la Empresa empresa y el trabajador.
3. Por necesidades del servicio; , previo el procedimiento legal correspondienteinforme de la representación de los trabajadores/as.
4. Las que, en su caso, establezca la legislación vigente. El traslado no dará derecho a dietas. En los traslados a petición del trabajador y en los de permuta no habrá lugar ni derecho a indemnización por o compensación alguna. En los gastos que se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados por mutuo acuerdo se regirán por los pactos que pactará por escrito se hayan establecido, indicando el lugar y duración del mismoentre las partes las condiciones de los compromisos alcanzados. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas empresas habrán de demostrar la urgencia de las necesidadesnecesidades y tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares y sociales de los trabajadores/as. cve: BOE-A-2014-6637 En caso de oposición al traslado por parte del trabajador éste acudirá a trabajador, el traslado deberá autorizarlo la jurisdicción competentesocial. El traslado por tal motivo dará derecho al abono de los gastos de viaje de traslado y de los familiares que con él convivan, el transporte gratuito de del mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES mensualidades una mensualidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador destacamento que haya sido trasladado supere en duración el período de tres meses, en la misma población, se considerará como traslado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco años, salvo acuerdo mutuoservicio.
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Sources: Convenio Colectivo
Traslados. –Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos desplaza- mientos fuera de la localidad provincia de origen que exijan o impliquen cambio de residenciaresiden- cia, y podrán estar deter- minados ser determinados por alguna de las siguientes causas:
1. Petición del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijo, en función de su antigüedad real en la Empresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los por él ocupados.
2. Mutuo acuerdo convenio entre la Empresa empresa y el trabajador.
3. Por necesidades del servicio; , previo el procedimiento legal correspondienteinforme de la representación de los trabajadores. El traslado no dará derecho a dietas. En los traslados a petición del trabajador y en los de permuta no habrá lugar ni derecho a indemnización por los gastos que se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados por mutuo acuerdo se regirán por los pactos que por escrito se hayan establecido, indicando el lugar y duración del mismo. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas empresas habrán de demostrar la urgencia de las necesidadesnecesidades y tendrán en cuenta las circuns- tancias personales, familiares y sociales de los trabajadores. En caso de oposición al traslado por parte del trabajador éste acudirá a trabajador, el traslado deberá autorizarlo la jurisdicción competentesocial. El traslado por tal motivo dará derecho al abono de los gastos de viaje de traslado y de los familiares que con él convivan, el transporte gratuito de del mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES dos mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador destacamento que haya sido trasladado supere en duración el período de tres meses, en la misma población, se considerará como traslado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco años, salvo acuerdo mutuoservicio.
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Sources: Convenio Colectivo
Traslados. Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar deter- minados por alguna de las siguientes causas:
1. Petición del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijo, en función de su antigüedad real en la Empresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los por él ocupados.
2. Mutuo acuerdo entre la Empresa y el trabajador.
3. Por necesidades del servicio; previo el procedimiento legal correspondiente4.5.1. El traslado de menores se realizará en la forma que menos perjudique al menor, con respeto y garantía de sus derechos.
4.5.2. Se procurará realizar los traslados en vehículos sin distintivos policiales y con personal no dará derecho a dietasuniformado, salvo que las circunstancias del caso y la disponibilidad de recursos no lo permitan.
4.5.3. En cualquier caso, los traslados se efectuarán siempre de forma separada de los detenidos mayores de edad.
4.5.4. Deberán tomarse las medidas de seguridad necesarias y proporcionales a petición la situación, con arreglo a la naturaleza del trabajador hecho cometido y a las circunstancias personales del menor, especialmente en los casos de permuta no habrá lugar ni derecho a indemnización delitos violentos, sexuales o terroristas cometidos por los gastos que se originen menores de entre dieciséis y dieciocho años de edad.
4.5.5. El traslado de menores ingresados en centros de internamiento entre dependencias ubicadas en un mismo término municipal será realizado por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder Cuerpo policial competente territorialmente, correspondiendo a la mismaGuardia Civil los traslados interurbanos.
4.5.6. En aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con policía autonómica propia, o, en su caso, con Unidades Adscritas de la Policía Nacional, serán éstas las competentes a efectos de vigilancia, custodia y traslado de menores internados. Únicamente en caso de ausencia o insuficiencia de los citados Cuerpos y unidades, en situaciones de emergencia o cuando sean varias las Comunidades Autónomas afectadas, los traslados serán realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con arreglo a lo señalado en el apartado anterior.
4.5.7. Los traslados realizados derivados de salidas de menores internados en centros de reforma para la práctica de diligencias, asistencias sanitarias, atención educativa o por mutuo acuerdo se regirán cualquier otro motivo acordado por los pactos que responsables de la Comunidad Autónoma, podrán ser realizadas por escrito se hayan establecidoel Cuerpo policial territorialmente competente siempre y cuando exista un riesgo fundado para la vida, indicando integridad física o para los bienes, y así lo exponga en su petición motivada el lugar y duración Director del mismo. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas habrán de demostrar la urgencia de las necesidades. En caso de oposición al traslado por parte del trabajador éste acudirá a la jurisdicción competente. El traslado por tal motivo dará derecho al abono de los gastos de viaje de traslado y de los familiares que con él convivan, el transporte gratuito de mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador que haya sido trasladado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco años, salvo acuerdo mutuocentro.
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Traslados. Se entiende por traslado el cambio definitivo del lugar en la prestación de un servicio que lleve consigo un cambio de domicilio. Los traslados del de personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y domicilio familiar para el afectado podrán estar deter- minados por alguna de las siguientes causasefectuarse:
1. Petición Por solicitud del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijointeresado, en función de su antigüedad real en la Empresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los formulada por él ocupadosescrito.
2. Mutuo Por acuerdo entre la Empresa y el trabajador.
3. Por decisión de la Dirección de la Empresa en el caso de necesidades del servicio; previo .
1. Cuando el procedimiento legal correspondiente. El traslado no dará derecho se efectúe a dietas. En los traslados a petición solicitud del trabajador y en los interesado, previa aceptación de permuta no habrá lugar ni la Dirección de la Empresa, éste carecerá de derecho a indemnización por los gastos que origine el cambio.
2. Cuando el traslado se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados realice por mutuo acuerdo entre la Dirección de la Empresa y el trabajador se regirán por los pactos que estará a las condiciones pactadas por escrito se hayan establecido, indicando el lugar y duración del mismoentre ambas partes.
3. En el resto de los traslados por necesidades se estará a lo dispuesto en el artículo 40 del servicio las Empresas habrán Estatuto de demostrar la urgencia de las necesidadeslos Trabajadores. cve: BOE-A-2009-15824 Realizado el traslado, el trabajador tendrá garantizados todos los derechos que tuviese adquiridos, así como cualesquiera otros que en el futuro puedan establecerse. En caso concepto de oposición al traslado por parte del compensación de gastos el trabajador éste acudirá a la jurisdicción competente. El traslado por tal motivo dará derecho al abono percibirá, previa justificación, el importe de los gastos siguientes gastos: los de viaje de traslado locomoción del interesado y de los familiares que con él convivanconvivan o de él dependan y los de transportes de mobiliario, el transporte gratuito de mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador que haya sido trasladado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco añosropa, salvo acuerdo mutuoenseres, etc.
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Traslados. Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán estar deter- minados determinados por alguna de las siguientes causas:
1. Petición del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijo, en función de su antigüedad real en la Empresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los por él ocupados.
2. Mutuo acuerdo entre la Empresa y el trabajador.
3. Por necesidades del servicio; previo el procedimiento legal correspondiente. El traslado no dará derecho a dietas. En los traslados a petición del trabajador y en los de permuta no habrá lugar ni derecho a indemnización por los gastos que se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados por mutuo acuerdo se regirán por los pactos que por escrito se hayan establecido, indicando el lugar y duración del mismo. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas habrán de demostrar la urgencia de las necesidades. En caso de oposición al traslado por parte del trabajador éste acudirá a la jurisdicción competente. El traslado por tal motivo dará derecho al abono de los gastos de viaje de traslado y de los familiares que con él convivan, el transporte gratuito de mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES dos mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador que haya sido trasladado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco años, salvo acuerdo mutuo.
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Sources: Convenio Colectivo Estatal De Las Empresas De Seguridad
Traslados. Los traslados del personal serán aquellos desplazamientos fuera de la localidad de origen que exijan o impliquen cambio de residencia, y podrán . Podrán estar deter- minados determinados por alguna de las siguientes causas:
1. Petición del trabajador y/o permuta. Existirá preferencia en estos supuestos para el trabajador fijo, en función de su antigüedad real en la Empresaempresa, siempre que concurran servicios de igual naturaleza y duración que los por él ocupados.
2. Mutuo acuerdo entre la Empresa empresa y el trabajador.
3. Por necesidades del servicio; , previo el procedimiento legal correspondiente. El traslado no dará derecho a dietas. En los traslados a petición del trabajador y en los de permuta permuta, no habrá lugar ni derecho a indemnización por los gastos que se originen por el cambio de residencia. La fecha de petición del traslado o permuta se considerará prioritaria para acceder a la misma. Los traslados realizados por mutuo acuerdo acuerdo, se regirán por los pactos que por escrito se hayan establecido, indicando el lugar y la duración del mismo. En los traslados por necesidades del servicio las Empresas habrán servicio, la empresa habrá de demostrar la urgencia de las necesidades. En caso de oposición al traslado por parte del trabajador trabajador, éste acudirá a la jurisdicción competente. El traslado por tal motivo dará derecho al abono de los gastos de del viaje de traslado del trabajador y de los familiares que con él convivan, el transporte gratuito de mobiliario y enseres y a una indemnización equivalente a TRES dos mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ real. El trabajador que haya sido trasladado por necesidades del servicio no podrá ser trasladado de nuevo en un plazo de cinco años, salvo acuerdo mutuo. cve: BOE-A-2016-3253 Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇
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Sources: Convenio Colectivo