Trabajo en días de libranza Cláusulas de Ejemplo

Trabajo en días de libranza. Ámbito de aplicación.- Técnicos de Mantenimiento Aeronáutico y Auxiliares de Mantenimiento Aeronáutico destinados en la Dirección Técnica. La Empresa, por necesidades de la producción, podrá requerir a aquellos trabajadores que hayan manifestado su voluntad de quedar adscritos a esta opción, la cesión de días de libranza, preavisándole al menos el día anterior, para que preste sus servicios en dichos días. La petición para adscribirse a esta opción se realizará por escrito antes del 30 de octubre del año anterior y/o antes del 30 xx xxxxx del año el curso, pudiendo optar por acogerse a esta modalidad durante todo el año natural o para un solo semestre. En este último caso, tendrá la posibilidad de prorrogar dicho período otros seis meses, si así lo manifiesta por escrito antes del 30 xx xxxxx del año en curso. Esta cesión, que no generará descanso compensatorio, podrá realizarse en cualquiera de las libranzas a las que se refiere Convenio Colectivo y no será más de 11 días por trabajador y año, de los cuales como máximo 7 serán festivos o libranza por festivo. Una vez que el trabajador haya aceptado voluntariamente esta opción, solo podrá negarse al requerimiento de la Empresa para trabajar esos días en dos ocasiones y siempre que acredite motivos excepcionales que deberá justificar debidamente, salvo que se trate de los días de permisos retribuidos que contempla el Convenio Colectivo. No obstante, la cesión de los días 1 de enero, 24, 25 y 31 de diciembre por el trabajador siempre tendrá que realizarse con carácter voluntario. Cuando la libranza se encuentre unida a un período de vacaciones de 10 días o más, la Empresa no podrá solicitar del trabajador la cesión de dicha/s libranza/s. Así mismo cuando el trabajador tenga programada tres o más libranzas seguidas, la cesión se hará coincidir, salvo que el interesado acepte voluntariamente la cesión de cualquiera de estos días de libranza, con el primer o último día del grupo de libranzas programadas. La cantidad a percibir por día de cesión serán las establecidas en el Anexo I para el Técnicos Mantenimiento Aeronáutico y para el Auxiliar de Mantenimiento Aeronáutico. En todo caso, se respetará la jornada ordinaria de trabajo máxima anual establecida en el Estatuto de los Trabajadores de 40 horas semanales en cómputo anual, de manera que la jornada ordinaria en cómputo anual del trabajador que se acoja a esta modalidad de cesión de días libres, no supere a la establecida en el citado Estatuto. Así mismo, se ...

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  • LUGAR DE TRABAJO El TRABAJADOR desempeñará las funciones para las cuales ha sido contratado en las instalaciones ubicadas en __________________ (Escriba la dirección de la compañía), en la ciudad de _______ (Ingresar la ciudad), provincia de _________ (Ingresar Provincia y barrio) para el cumplimiento cabal de las funciones a él encomendadas.

  • Prendas de trabajo 1. En base al Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, se entiende por Equipo de Protección Individual (EPI en adelante) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. También se considerará como EPI la prenda de trabajo/uniforme que esté destinado específicamente a proteger la salud o integridad física del trabajador. Se seguirán; para la elección, utilización y mantenimiento de los equipos de protección las disposiciones mínimas de seguridad y de salud establecidas en el Real Decreto anteriormente mencionado.‌

  • METODOLOGÍA DE TRABAJO La metodología para evaluación de este parámetro estará de acuerdo a lo dispuesto a continuación: Para dar cumplimiento a los objetivos específicos se sugiere la siguiente metodología, en caso de que el consultor proponga una metodología de trabajo distinta, esta deberá ser validada y aprobada por los técnicos del Ministerio de Educación: - El consultor presentará un cronograma de trabajo de la consultoría en Microsoft Project con la asignación de recursos y costos en concordancia con el presupuesto presentado y esté deberá ser aprobado por el personal del proyecto en el Servicio de Contratación de Obras previo a la firma del contrato. - Una vez suscrito el contrato y para todas las firmas en la etapa de preparación de las propuestas, el Servicio de Contratación de Obras deberá proveer los diseños arquitectónicos y de ingenierías del Modelo Estandarizado del Formato para las Obras que son financiadas por el Banco Mundial al consultor, con la finalidad de que evalúe la información proporcionada previa al trabajo de implantación. - Evaluar cada uno de los estudios de ingenierías previo al trabajo de adaptación de acuerdo a las implantaciones referenciales de los proyectos. - El consultor deberá verificar la legalidad del predio de suelo para cada Unidad Educativa. - El consultor de acuerdo al cronograma, hará una visita de campo al predio y al GAD municipal correspondiente, para revisión de la normativa vigente del cantón respectivo. En dicha visita deberán participar todos los profesionales que forman parte del equipo técnico del consultor, en caso de que el GAD lo requiera se deberá realizar el registro de los profesionales del equipo técnico del consultor para que estén autorizados a registrar los planos en la institución correspondiente. - El consultor deberá recopilar toda la documentación necesaria para cumplir con el objetivo general de esta consultoría. - Se realizará el levantamiento topográfico (planimétrico, altimétrico, estudio geotécnico y de respuesta sísmica de sitio, del predio destinado para la construcción de la unidad educativa) con el objeto de escoger el tipo de cimentación a implementarse en caso de que lo requiera. El estudio incluirá todas las actividades necesarias que comprenden el reconocimiento de campo, la investigación del subsuelo, la determinación de las características físicas y de comportamiento geo- mecánico y geofísico de los suelos con el apoyo de ensayos de campo y laboratorio; los análisis y propuestas de ingeniería necesarios para el diseño y construcción de: cimentaciones, obras complementarias, sistemas de contención, excavaciones y rellenos, además se deberá coordinar los trabajos de levantamiento de información de campo, la ejecución de ensayos (destructivos y no destructivos de los elementos), el análisis y evaluación de las estructuras existentes de acuerdo en los parámetros establecidos por la NEC vigente, la ejecución de modelos de los posibles bloques a ser repotenciados (con sus respectivas opciones de reforzamiento y demostración del cumplimiento de los niveles de desempeños especificados por la norma) y la metodología de derrocamiento de los bloques que así ameriten, con su respectivo volumen. Tanto los trabajos de reforzamiento o de derrocamiento, deben estar descritos en una metodología de trabajo, que incluya la descripción del rubro, las especificaciones técnicas de ejecución y su precio unitario. Debe incluirse también la tabla de cantidades y precios finales de los trabajos que se sugieran Previo al desarrollo del diseño de cada ingeniería, el consultor deberá obtener toda la información necesaria para realizar los respectivos sistemas. Adicionalmente, para cubrir la demanda de infraestructura educativa satisfactoria se deberá realizar un levantamiento de las instalaciones existentes en donde se determinará el estado actual y el nivel de intervención requerido. Posteriormente a la evaluación de las instalaciones existentes, el consultor determinará que bloques deberán ser repotenciados, para lo cual deberá realizar el diseño de las instalaciones internas de cada bloque en base a los requerimientos arquitectónicos. Para el diseño de los sistemas exteriores, deberá tomar en cuenta la propuesta arquitectónica, en donde según el bloque arquitectónico propuesto, el consultor dispondrá de los diseños interiores del Estándar de las Unidades Educativas diseñados por el Servicio de Contratación de Obras (SECOB), mismos que deberán ser ajustados a las necesidades de infraestructura educativa del sector y a las condiciones del terreno donde se implantará cada Proyecto. Se deberán realizar todos los estudios técnicos, mismos que permitirán obtener un diseño definitivo de las obras necesarias con el fin de otorgar un funcionamiento óptimo, garantizando un eficiente servicio educativo. Se considerará la correcta secuencia de actividades, la metodología describirá los planes y programas de operación, indicando los frentes de trabajo a organizar y su respectivo organigrama, indicará además el sistema de coordinación, desarrollo de actividades, y señalará la secuencia lógica para el desarrollo de estos estudios. La metodología presentará un plan de control de calidad y propuesta de procesos para cumplimiento de la consultoría. Los planos deberán ser identificados con la nomenclatura que se detalla en la siguiente tabla: ESPECIALIDAD ABREVIATURA GRUPO CODIGO CONTENIDOS ARQUITECTURA A IMPLANTACION 1 NN Ubicación, Implantación General, Planta Baja General, Plataformas, Tratamiento de pisos, Topografía, Paisajismo, Detalles de Implantación y Obras Exteriores EDIFICIOS 2 NN Plantas, Cortes, Fachadas TALLERES (SI APLICARA) 3 NN Plantas, Cortes, Fachadas DETALLES 4 NN Detalles Constructivos, Detalles Carpintería, Mobiliario ESTRUCTURA E GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos ELECTRICO EL GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos ELECTRONICO ELE GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos HIDROSANITARIO HS GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos MECANICO M GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • Plazo y lugar de ejecución El plazo total y los parciales de ejecución de los trabajos a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 4 del Anexo I, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes. En el caso de contratos de servicios llamados de “actividad”, en los que el contratista presta el servicio de manera regular y continuada, y su plazo de ejecución se haya establecido a fecha fija, el posible retraso en la adjudicación respecto de dicha fecha inicialmente programada, tendrá como efecto una reducción del plazo de ejecución, y en consecuencia, de las prestaciones del contratista, dando lugar a una correlativa reducción del precio así como del importe de la garantía definitiva. El contrato se ejecutará en el lugar que se indica en el apartado 4 del Anexo I de este pliego.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Los TRABAJOS objeto de este contrato se consideran , los cuales deberán reunir las características y especificaciones de la propuesta técnica y económica del CONTRATISTA; y su realización se ajustará a las normas mencionadas en la declaraciones II.6 y II.7 del CONTRATISTA, y a las disposiciones legales y administrativas sobre equilibrio ecológico y protección del ambiente y a las determinaciones de las autoridades competentes.

  • Seguridad y salud en el trabajo Con anterioridad al inicio de la prestación del servicio, y a los efectos de poder cumplir en los términos de la legislación vigente en cada momento con el deber de coordinación preventiva en materia de seguridad y salud laboral del adjudicatario, el contratista deberá aportar la documentación exigida por tal normativa y al menos la siguiente: Relación de trabajadores que van a desarrollar las tareas en los servicios contratados, con indicación de nombre, apellidos, D.N.I. y número de afiliación a la Seguridad Social de cada trabajador, así como categoría profesional y funciones que pueden desempeñar a efectos de seguimiento de la Seguridad y salud en el trabajo. Copia del Modelo de organización de la prevención de riesgos laborales y copia del contrato con Servicio de Prevención Ajeno, si fuese el caso. Copia de los documentos de Evaluación de riesgos y de la Planificación de la actividad preventiva del servicio contratado. Documento que acredite que la empresa adjudicataria ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación específica del personal sobre los riesgos y normas de seguridad referentes a su puesto de trabajo y/o tareas a desarrollar en el servicio contratado. Este documento deberá estar firmado también por los representantes legales del personal si los hubiera, o en su defecto, por los propios trabajadores y trabajadoras. Copia de autorizaciones de organismos oficiales o carnés profesionales, si éstos se requieren para desarrollar los trabajos del servicio contratado. Copia del documento de información correspondiente a los riesgos específicos de las actividades que desarrollan sus trabajadores y trabajadoras en la prestación del servicio contratado y que puedan afectar a terceros y medidas preventivas que se adoptan. Persona designada como interlocutor para las comunicaciones en materia de prevención de riesgos laborales. En el caso de que el servicio vaya a ser prestado por trabajadores autónomos, dado que legalmente no tienen la obligación de realizar la Evaluación de riesgos, se deberá presentar un documento indicando el listado de trabajadores autónomos, la relación de tareas a realizar por parte de los trabajadores autónomos, la relación de equipos de protección individual necesarios para desarrollar los trabajos y la formación en materia de prevención de riesgos laborales de la que disponen. Toda esta documentación deberá entregarse por duplicado, en soporte informático, con un índice en papel de la documentación. Cuando los datos aportados al inicio de la actividad sufran alguna modificación, deberá remitirse al responsable del contrato a la mayor brevedad posible, la documentación actualizada, quien la remitirá a la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato. Además, se especificará al técnico facultativo designado por la empresa adjudicataria servicio contratado como responsable de seguridad y salud durante la ejecución del contrato. En el caso de que hubiera subcontratas o se incorporaran trabajadores al servicio distintos de los especificados en la anterior relación que se acompañó en el momento de iniciar la prestación del servicio, el adjudicatario deberá remitir los mismos datos requeridos con anterioridad sobre dichos trabajadores al responsable del contrato, siempre antes de que dichos trabajadores se incorporen a la ejecución del contrato. Además de las actuaciones indicadas, el contratista deberá adoptar todas las medidas a su alcance para garantizar que los trabajadores que destine a la ejecución del contrato y a los municipales que realizan la inspección del servicio, conocen y adoptan las medidas correspondientes de seguridad y salud en atención a los riesgos específicos propios de cada actividad. Deberá a asegurar que todas las actividades relacionadas con la ejecución de este contrato se realizan con respeto escrupuloso de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo. A tales efectos el adjudicatario deberá implantar para el personal de la empresa directamente relacionado con la ejecución del contrato, las actividades formativas necesarias para mejorar de forma gradual y constante la eficacia en la prestación del servicio y la profesionalidad de los trabajadores a su cargo, asegurándose de que todos los trabajadores realizan cursos de formación específicos necesarios. Todos los gastos derivados de estas actividades formativas serán por cuenta del contratista, que las incluirá como gasto en el estudio de costes del que se derive su oferta económica, presentándose anualmente una memoria con las actividades formativas realizadas

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo En aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.

  • Tiempo de trabajo Sin perjuicio de la regulación que pueda contener este Acuerdo en materia de derechos de conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, los convenios colectivos de ámbito inferior, siempre y cuando estas medidas no se negocien y acuerden en el ámbito sectorial estatal, promoverán medidas de flexibilización de la jornada laboral y del horario de trabajo, que faciliten el derecho efectivo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, fomentando la corresponsabilidad de los trabajadores varones en las labores domésticas y en la atención a la familia. Asimismo las partes negociadoras de estos convenios adaptarán las regulaciones convencionales sobre jornada y descansos, incluidos permisos, excedencias, reducciones y adaptaciones de jornada y vacaciones, a las modificaciones contenidas en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.