TESTIGOS SOCIALES Cláusulas de Ejemplo

TESTIGOS SOCIALES. Las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales que cuenten con el registro correspondiente ante la SFP que a solicitud de CFE o a solicitud de la propia SFP podrán participar con derecho a voz en los procedimientos de contratación que lleve a cabo la CFE, emitiendo al término de su participación un testimonio público sobre el desarrollo de los mismos.
TESTIGOS SOCIALES. Las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales, que cuenten con el registro correspondiente ante la SFP, que a solicitud de las dependencias y entidades, de mutuo propio, o a solicitud de la propia SFP podrán participar con derecho a voz en las contrataciones que lleven a cabo las dependencias y entidades, emitiendo al término de su participación un testimonio público sobre el desarrollo de las mismas.
TESTIGOS SOCIALES. Las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales, que cuenten con el registro correspondiente ante la Contraloría, que a solicitud de las dependencias y entidades, de mutuo propio, o a solicitud de la propia Contraloría podrán participar con derecho a voz en las contrataciones que lleven a cabo las dependencias y entidades, emitiendo al término de su participación un testimonio público sobre el desarrollo de las mismas.
TESTIGOS SOCIALES. En las contrataciones cuyo monto rebase el equivalente a 4,500 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente del Área Metropolitana de Monterrey, elevado al año, y en aquellos casos que determine el Comité de Adquisiciones correspondiente con base en el impacto de la contratación en los programas sustantivos de la dependencia, entidad o unidad administrativa, participarán testigos sociales conforme a lo siguiente:
TESTIGOS SOCIALES. De conformidad con el artículo 26 Ter de la Ley y el Capítulo Tercero del Título Segundo de su Reglamento, en la presente Licitación Pública Nacional NO participarán los testigos sociales.
TESTIGOS SOCIALES. Artículo 29. Los testigos sociales y su participación, se sujeta a lo dispuesto en el Título Tercero, Capítulo II de la Ley y su Reglamento, además de lo previsto en el presente Capítulo.
TESTIGOS SOCIALES. En los procedimientos de licitación pública y en cualquier otro regulado en este Acuerdo General podrán participar las personas físicas que pertenezcan a organizaciones gubernamentales o no gubernamentales sin fines de lucro que acrediten su especialidad y conocimientos en las materias de adquisiciones, arrendamiento, obras y servicios relacionados con las mismas, según corresponda para observar el proceso desde la óptica ciudadana. Los testigos sociales se registrarán en un libro especial, que servirá xx xxxxxx y será publicado en la página de Internet de la Suprema Corte. Su participación estará condicionada a lo que determine el Comité de Gobierno, mismo que quedará facultado para determinar si procede o no su retribución en moneda nacional por sus servicios.
TESTIGOS SOCIALES. Se hace saber a todos los licitantes que en este procedimiento no participan testigos sociales.