Terceras personas Cláusulas de Ejemplo

Terceras personas. Ampliando lo dispuesto en el último párrafo de la Cláusula 2 - Riesgo Cubierto de las Condiciones Generales para los Seguros de Responsabilidad Civil se aclara que el portero encargado u otras personas en relación de dependencia laboral con el Asegurado, en tanto el evento se produzca en oportunidad o con motivo del trabajo, no se considerarán terceros, quedan comprendidos en la cobertura los daños producidos a los bienes de las mismas como así también los producidos a las personas de sus familiares. Se aclara a la vez que en caso de un seguro que cubra el consorcio de un edificio dividido en propiedad horizontal, los consorcistas, sus parientes y su personal de servicio doméstico o sus empleados se consideran terceros a los efectos de esta póliza y los bienes muebles de su propiedad, como así también las “partes exclusivas” del edificio perteneciente a los distintos consorcistas se consideran bienes de terceros. Quedan, por otra parte, excluidos de la cobertura los daños causados a las “partes comunes” del edificio.
Terceras personas. Es toda aquella persona ajena a los vínculos laborales, de afinidad y/o consanguinidad con el Asegurado y/o Tomador de este Contrato; además, de las personas físicas o jurídicas que no intervienen en este contrato directamente, que ven afectada su integridad física o su patrimonio por la ocurrencia de un evento amparable por este contrato. Para efectos de este contrato no son catalogados como terceros el Asegurado y sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad, según se especifica en el siguiente detalle: Grado 1° 2° 3° CONSANGUINIDAD Padres e Xxxxx Xxxxxxx, Hermanos y Nietos Tíos, Sobrinos AFINIDAD Padres del Cónyuge, Cónyuge del hijo Abuelos del Cónyuge, Hermanos del Cónyuge Tíos del Cónyuge, Sobrinos del Cónyuge
Terceras personas. El IME establece unas condiciones para la aceptación de esta tercera empresa: - Se determina un periodo de prueba con dichas empresas hasta un período máximo de 6 meses, después de la cual se determinará, en un periodo máximo de 3 meses, si procede o no la continuidad de las actuaciones. - El desarrollo del servicio de limpieza por parte de esta empresa subcontratada por la empresa adjudicataria también será sometido al sistema de control de calidad establecido por el IME, de modo que en caso de que la empresa subcontratada no realizase convenientemente el servicio requerido, se le exigirá al adjudicatario del servicio de limpieza, la repetición del trabajo no realizado satisfactoriamente, sin cargo alguno para el IME. - Cada vez que se produzca una actuación de una tercera empresa, subcontratada por el adjudicatario del servicio de limpieza, se generará un informe o copia del parte de trabajo, para el responsable del IME, indicando: el nombre de la empresa, el tipo de actuación realizada y la fecha, debiendo ser firmado por el encargado de limpieza que controle la actuación y el responsable de la gestión del servicio de limpieza del IME.

Related to Terceras personas

  • Garantías personales Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.

  • MEDIOS PERSONALES El adjudicatario queda obligado, desde el momento del comienzo del contrato, a tomar a su cargo, mediante subrogación de los contratos de trabajo, al personal de la actual concesionaria que se especifica en el Anexo I de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, incluyendo categoría, antigüedad, retribuciones salariales, convenio colectivo de aplicación y tipo de contrato. El adjudicatario atenderá la correcta prestación de los servicios empleando para ello el personal técnico, administrativo, operarios, etc., precisos en cada momento, viniendo obligado a mantener un personal mínimo, que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en su oferta, conforme establece el Pliego de Prescripciones Técnicas. Los licitadores acompañarán en la Memoria complementaria a su oferta, propuesta detallada de las previsiones de plantilla y relación de puestos de trabajo que se comprometen a mantener durante la vigencia del contrato, con expresión de sus características esenciales. El concesionario tiene el deber de comunicar al Ayuntamiento la plantilla y relación de puestos de trabajos adscritos a los servicios, al inicio de la concesión -conforme a su oferta-; así como las modificaciones que introdujera al respecto, las cuales precisarán autorización del Ayuntamiento. Una vez adjudicado el contrato conforme a la plantilla propuesta, la contratación de nuevo personal -según demanden las necesidades de los servicios- no podrá llevarla a cabo el adjudicatario sin la previa autorización del Ayuntamiento; responsabilizándose aquél de los correspondientes despidos en caso de incumplimiento. Se indicará asimismo en la Memoria complementaria a la oferta, el número de días de trabajo y el horario que en función de la organización de los trabajos prevista, se considere más operativo. No obstante, éste deberá ser aprobado por los Servicios Técnicos Municipales en función de las necesidades de los servicios y para una mejor prestación de las labores previstas y adaptación a las condiciones de la ciudad. El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole, con el personal del adjudicatario ni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de su cuenta todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con motivo de este contrato de gestión de servicio público. El contratista asumirá, en cuanto a sus obligaciones como empresario, todas las derivadas de las Leyes Laborales vigentes en cada momento. Todo el personal deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y tener seguro de accidentes, estando al corriente en el pago de las correspondientes cuotas. El personal adscrito al servicio deberá estar debida y correctamente uniformado. En caso de falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestido o falta de respeto o consideración con el público de dicho personal, será responsable el contratista frente a este Ayuntamiento, que podrá imponerle las sanciones correspondientes. En este sentido los licitadores especificarán en sus ofertas el equipo personal y uniforme con que proponen dotar a todos los trabajadores para cada uno de sus cometidos, así como la forma, calidad, color de los tejidos, y la periodicidad y fecha de entrega. Se especificarán uniformes xx xxxxxx, invierno y lluvia para operarios, encargados, conductores, etc., así como todo el equipo de seguridad personal y especial para las operaciones o labores que así lo exijan; todo ello de acuerdo con la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud. Todo el personal deberá estar perfectamente identificado, debiendo proponer el licitador el sistema de identificación que estime más eficaz. Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad y salud, y cualquier otro que se considere conveniente.

  • DATOS PERSONALES Apellido Paterno Apellido Materno Prenombres LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: / / Lugar día/mes/año NACIONALIDAD: ESTADO CIVIL: DOCUMENTO DE IDENTIDAD: DIRECCIÓN: LOCALIDAD DISTRITO TELÉFONO CELULAR CORREO ELECTRÓNICO COLEGIO PROFESIONAL DE: (SI/NO APLICA) REGISTRO N° LUGAR DEL REGISTRO DATOS DEL PADRE: PRENOMBRES Y APELLIDOS: DATOS DE MADRE: PRENOMBRES Y APELLIDOS: Ayacucho,…………………………………............... "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO" De mi consideración: El que suscribe identificado con DNI Nº .............................,con RUC N° …………………….……………, domiciliado en ........................................................................., que se presenta como postulante a la Convocatoria sobre Contratación Administrativa de Servicios, DECLARO BAJO JURAMENTO que:

  • TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente póliza. La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés. El Asegurado reconoce y acepta que La Positiva podrá encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales. Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte La Positiva. Conforme x xxx, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.

  • PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES A efectos del presente Contrato, se entenderá por “datos personales” toda información guardada, procesada o transmitida por el Grupo Iberdrola relativa a una persona identificada o identificable, así como cualquier otro significado de acuerdo con la legislación aplicable en materia de protección de datos personales. Los datos personales se considerarán “Información Protegida” a efectos de la aplicación de las medidas necesarias de Ciberseguridad y protección de la información que se establecen en la cláusula 9 de estas CG. Los datos personales de los representantes de las Partes, así como del resto de personas de contacto que puedan intervenir en el Contrato serán tratados, respectivamente, por las Partes, que actuarán, de forma independiente, como responsables del tratamiento de los mismos. Dichos datos serán tratados para dar cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en el Contrato. La base jurídica del tratamiento es dar cumplimiento al Contrato así como cumplir con las obligaciones legales de las Partes. Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación contractual establecida en el Contrato, y, una vez finalizada ésta, debidamente bloqueados, hasta la prescripción de las posibles acciones legales aparejadas. Los datos serán tratados únicamente por las Partes y aquellos terceros a los que aquéllas estén legal o contractualmente obligados a comunicarlos (como es el caso de terceros prestadores de servicios a los que se haya encomendado algún servicio vinculado con la gestión o ejecución del Contrato). Los titulares de los datos podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las Partes, a través de las direcciones indicadas en el Contrato y, en el caso de Iberdrola, dirigiéndose a xx.xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx. En caso de obtener satisfacción de sus derechos, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos u otra autoridad competente. Las Partes se comprometen expresamente a informar sus trabajadores y resto de personas de contacto de los términos de la presente cláusula, manteniendo indemne a la contraparte de los daños que pueda conllevar la falta de cumplimiento de esta obligación.

  • Permisos no retribuidos El trabajador/a con relación laboral de carácter especial regulada en el Real Decreto 1368/1985, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo para asistir a tratamientos de rehabilitación médico-funcionales y para participar en acciones de orientación, formación y readaptación profesional, sin derecho a remuneración cuando haya agotado los 20 días previstos en el artículo anterior.

  • PERSONAS ASEGURADAS El Titular de una tarjeta ASSIST CARD está asegurado automáticamente y sin costo adicional, cuando el voucher correspondiente al producto ASSIST CARD adquirido indica esta cobertura.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de <seis días> a la fecha límite para la recepción de ofertas.

  • DERECHOS DE LA PERSONA PRESTADORA Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos los derechos que a favor de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: