Common use of SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL Clause in Contracts

SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. Las empresas licitadoras podrán acreditar indistintamente su solvencia mediante los requisitos específicos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se relacionan seguidamente o bien mediante su clasificación en los grupos, subgrupos y categorías:  Grupo: O, Subgrupo:6, Categoría: 5. - Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, que referido al año de mayor volumen dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, esto es: TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (375.685,2 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato y que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos tres años, sea igual o superior a la anualidad media del valor estimado del contrato, esto es: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (250.456,8 €). Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, a efectos de acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, podrán presentar los certificados de inscripción expedidos por los órganos competentes de la llevanza de las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea referidos a empresarios establecidos en el Estado miembro que expide el certificado, constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. Igual valor presuntivo surtirán, respecto de los extremos en ellos certificados, las certificaciones emitidas por organismos de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Servicio De Conservación Y Mantenimiento De Los Jardines, Parques Y Zonas Verdes Del Municipio De Sondika, Sujeto a Regulación Armonizada, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Servicio De Conservación Y Mantenimiento De Los Jardines, Parques Y Zonas Verdes Del Municipio De Sondika, Sujeto a Regulación Armonizada

SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. Las empresas licitadoras podrán acreditar indistintamente su solvencia mediante los Los requisitos específicos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional se entenderán cumplidos si el licitador está en posesión, como mínimo, de la siguiente clasificación como empresa contratista de servicios: Grupo M (Servicios Especializados), Subgrupo 1 (Higienización, Desinfección. Desinsectación y Desratización), Categoría 2 En su defecto, los términos licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos: Solvencia económica y por los medios que se relacionan seguidamente o bien mediante su clasificación en los grupos, subgrupos y categorías:  Grupo: O, Subgrupo:6, Categoría: 5. - Volumen financiera Declaración responsable relativa al volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera refiere el contrato, que referido al año de mayor volumen mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser al menos ofertas por importe igual o superior a una vez y media el valor anual medio estimado del contrato, esto es. Solvencia técnica o profesional: TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (375.685,2 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas 1) Experiencia en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Realización la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los tres (3) últimos años y que se correspondan al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que serán avalados por certificados de buena ejecución en el que consten las siguientes circunstancias de forma acumulada: - que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución cada uno de los últimos tres esos años, sea igual o superior al 70% de la anualidad del presente contrato. El volumen anual acumulado se acreditará mediante los oportunos certificados. - que, del cálculo realizado en el apartado anterior, se pueda certificar que al menos el 70% de los mismos, fue realizado con medios propios. Para el caso de empresas que hubieran realizado los trabajos formando parte de una UTE, deberán acreditar su porcentaje de participación en aquella para ponderar el volumen de trabajo acreditado. 2) Los licitadores deberán contar con personal propio en plantilla con experiencia en el campo de los servicios análogos a los que son objeto de este contrato. El licitador deberá especificar en su oferta el personal que dedicará con carácter exclusivo a la anualidad media del valor estimado del contrato, esto es: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (250.456,8 €). Una relación ejecución de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato y que, como mínimo, deberá ser el que se especifica en el curso apartado 5.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares. Todo el personal adscrito al contrato, deberá estar informado y cumplir los requerimientos en materia de seguridad y salud que se especifican en los Pliegos. Será necesario acreditar, mediante declaración nominal de los tres últimos añosperfiles requeridos con la experiencia exigida, en la el personal mínimo al que se indique el importe, la fecha refieren los apartados anteriores y el destinatario, público o privado que se dedicarán con carácter exclusivo al desarrollo y ejecución de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, a efectos de acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, podrán presentar los certificados de inscripción expedidos por los órganos competentes de la llevanza de las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea referidos a empresarios establecidos contemplados en el Estado miembro que expide el certificado, constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. Igual valor presuntivo surtirán, respecto de los extremos en ellos certificados, las certificaciones emitidas por organismos de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenidapresente Xxxxxx.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratación Por Hidrogea

SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. Las empresas licitadoras podrán El licitador deberá acreditar indistintamente su solvencia mediante los requisitos específicos de solvencia económica y económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se relacionan seguidamente o bien mediante su clasificación en los grupos, subgrupos y categoríasespecifican a continuación:  Grupo: O, Subgrupo:6, Categoría: 5. - Volumen Cifra anual de negocios en los tres últimos años, de conformidad con lo establecido en el ámbito al que Artículo 67.7 b) Apartado 2º del RGLCSP, en la redacción dada por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx. • Criterio de selección para este requisito: A estos efectos, se refiera el contratodeberá acreditar un volumen global de negocios igual o superior a 900.000,00- euros, que referido al año IVA no incluido, en la cuenta de mayor volumen dentro pérdidas y ganancias de cualquiera de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario ejercicios contables aprobados y de presentación de las ofertas, deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, esto es: TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (375.685,2 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos depositados en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios u oficial que corresponda. La acreditación se efectuará mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil. - Realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el importe anual acumulado plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el año de mayor ejecución de los últimos tres años, sea igual o superior a la anualidad media del valor estimado del contrato, esto es: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (250.456,8 €)Registro. Una relación Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que en los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos cinco años, en la que se indique el incluya importe, la fecha fechas y el destinatario, público o privado privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su casoempresario, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, a efectos de acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, podrán presentar los certificados de inscripción expedidos por los órganos competentes de la llevanza de las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea referidos a empresarios establecidos en el Estado miembro que expide el certificado, constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. Igual valor presuntivo surtirán, respecto de los extremos en ellos certificados, las certificaciones emitidas por organismos de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación lo establecido en el Artículo 67.7 b) Apartado 3º del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario RGLCAP, en la lista redacción dada por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx. A estos efectos, el licitador deberá acreditar la ejecución de contratos de iguales o similares características al objeto del presente procedimiento, siendo el importe mínimo acumulado requerido de 420.000,00- euros, IVA no incluido, durante la expedición anualidad de mayor ejecución en el periodo citado (últimos cinco años). La relación aportada ha de estar referida a servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el licitador y los que constituyen el objeto del contrato el indicado para este criterio de selección en el Apartado Tercero del Artículo 67.7 b) del RGLCAP, en la certificaciónredacción dada por el Real Decreto 773/2015, así como la clasificación obtenida.de 28 xx xxxxxx

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SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. Las 7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras podrán debe- rán acreditar indistintamente estar en posesión de la clasificación exigida, de conformidad con lo estable- cido en la cláusula 8 de este Pliego, no obstante, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su solvencia mediante los requisitos específicos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se relacionan seguidamente o bien mediante su clasificación en los grupos, subgrupos siguientes: • Dada la especificidad y categorías:  Grupo: O, Subgrupo:6, Categoría: 5. - Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, que referido al año de mayor volumen dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades alcance del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio objeto del contrato, esto es: TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (375.685,2 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas para tomar parte en el Registro Mercantilconcur- so será condición indispensable, si acreditar experiencia en el empresario estuviera inscrito mantenimiento y conser- vación de instalaciones semafóricas en dicho registronúcleos de población con más de 400 grupos semafóricos y en Salas de Tráfico con más de 200 grupos centralizados, como mínimo en dos ciudades, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual un periodo de negocios mediante sus libros mantenimiento mínimo de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Realización de trabajos del mismo tipo dos años ininterrum- pidos (ya sea con un solo contrato o naturaleza con dos), durante al que corresponde el objeto del contrato y que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de menos durante los últimos tres añosTRES AÑOS que incluya importes, sea igual o superior a la anualidad media del valor estimado del contrato, esto es: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (250.456,8 €). Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha fechas y el destinatario, público o privado privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados , y que se acreditarán acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; , cuando el destinatario desti- natario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado empresario. • Igualmente y al ser imprescindible para la viabilidad del contrato, los ofertantes debe- rán acreditar fehacientemente el conocimiento y manejo de los documentos obrantes equipos de regulación, control y programas de gestión (tipo SDCTU o similar), existentes en poder la actualidad, • Los licitadores, para la viabilidad del mismo contrato, deberán acreditar la compatibilidad funcional y operativa de todos los equipos de regulación con el sistema de gestión de tráfico que acrediten existe en la realización actualidad (SDCTU), así como su funcionamiento en condicio- nes reales de la prestación; en su casooperación • La empresa adjudicataria deberá disponer, estos certificados serán comunicados directamente al órgano como mínimo, de contratación por la autoridad competente. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, a efectos de acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, podrán presentar los siguientes certificados de inscripción expedidos por calidad: - Sistema de gestión ambiental conforme a los órganos competentes de la llevanza de las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea referidos a empresarios criterios establecidos en el Estado miembro que expide Regla- mento EMAS (761/2001), o bien basado en las normas internacionales ISO (serie ISO 140001) europeas EN o españolas UNE (UNE 77/801-94 y 77/802-94). • Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. • Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el certificado, constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. Igual valor presuntivo surtirán, respecto empresario para garantizar la calidad y de los extremos en ellos certificadosmedios de estudio e investigación de la empresa. • Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su perso- nal directivo durante los tres últimos años, las certificaciones emitidas por organismos acompañada de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación documentación justifica- tiva correspondiente. • Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que hayan permitido se adjuntará la inscripción del empresario en la lista o la expedición documentación acreditativa pertinente. • Indicación de la certificación, así como la clasificación obtenidaparte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de contratar.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratacion Por Procedimiento Abierto Del “Servicio De Mantenimiento, Conservacion, Reparacion Y Ex Plotacion De Las Instalaciones De Regulacion, Control E in Formacion De Trafico Del Excmo. Ayuntamiento De Murcia