SEMANA DE TRABAJO Cláusulas de Ejemplo

SEMANA DE TRABAJO. La jornada ordinaria de trabajo se desarrollará de lunes a sábado, salvo casos especiales, acordados entre la Universidad y el Sindicato. Los trabajadores disfrutarán de descanso el día domingo, pudiendo establecerse, por acuerdo entre la Universidad y el Sindicato, jornada de trabajo semanal con descanso diferente al señalado. Los horarios de jornadas especiales serán fijados de común acuerdo entre la Universidad y el Sindicato. El inicio y terminación de la jornada de trabajo se hará tomando en cuenta las necesidades de cada dependencia y en los términos que actualmente se vienen desempeñando.
SEMANA DE TRABAJO. La jornada ordinaria de trabajo se desarrollará de lunes a sábado, salvo casos especiales, acordados entre la Universidad y el Sindicato. Los trabajadores disfrutarán de descanso el día domingo, pudiendo establecerse, por acuerdo entre la Universidad y el Sindicato, jor- nada de trabajo semanal con descanso diferente al señalado. Los horarios de jornadas especiales serán fijados de común acuerdo entre la Universidad y el Sindicato. El inicio y terminación de la jornada de trabajo se hará tomando en cuenta las necesidades de cada dependencia y en los términos que actualmente se vienen desempeñando. Universidad de Guadalajara • SUTUdeG • 27 Durante la jornada de trabajo se concederá al trabajador 30 minutos para tomar sus alimen- tos y/o descansar, ese tiempo será considerado como tiempo efectivamente trabajado. En cada dependencia se fijará el horario en el que cada uno de los trabajadores disfrutará del tiempo para descanso o alimentos.
SEMANA DE TRABAJO. 11 R. INTERRUPCIÓN DE OPERACIONES 14 S. SUPLEMENTO DE CUATRO DÍAS DE DIEZ HORAS 14
SEMANA DE TRABAJO. A. Una semana laboral deberá estar compuesta por cualesquier cinco (5) días consecutivos. La Empresa puede designar, continuar, o descontinuar semanas de trabajo de los empleados específicas y hacer asignaciones de trabajo para tales turnos. Una semana de trabajo de cualesquiera cinco (5) días fuera de siete (7) en una semana puede ser programada para empleados que han sido empleados o promovidos a posiciones de tiempo completo después del 6 de noviembre de 1985. Los trabajadores de Sanitation (saneamiento) empleados o promovidos a posiciones de tiempo completo en o después del 7 de noviembre de 1988 serán programados a trabajar cuarenta (40) horas regulares, pero sus días de trabajo pueden no ser consecutivos y tal programación puede involucrar trabajar en un sexto (6toº) día. Cuando se hace necesario asignar temporalmente a un empleado dentro de la clasificación de una planta localizada en un lugar a otra, el menos antiguo de lo empleados que sea experimentado, hábil y capaz de desempeñar el trabajo (opuesto a un empleado de tiempo completo) será de esta manera asignado a menos que tal asignación afectaría en forma adversa la operación ordenada. Se acuerda y conviene que la asignación temporal de trabajo será hecha sin prejuicio al derecho exclusivamente reservado por la gerencia para programar y dirigir la fuerza laboral. Al establecer turnos nuevos, se comprende y acuerda que la Empresa determinará los requerimientos de mano de obra (dotar personal), pero al hacer las asignaciones de turnos tendrá en consideración para preferencia de turnos a los empleados antiguos que posean la habilidad y las calificaciones necesarias. En caso de que un empleado de tiempo parcial sea llamado a retornar a una posición de tiempo completo que él o ella antes ocupaba con días de trabajo consecutivos, el empleado será llamado a retornar a una posición de tiempo completo con días de trabajo programados consecutivamente.
SEMANA DE TRABAJO. La semana de trabajo es de cuarenta horas. El tiempo que se labore en exceso se pagará como extraordinario. trabajo se dividirá en cinco jornadas de ocho horas, con las excepciones siguientes: tiempo extraordinario eventual se distribuirá equitativamente entre los trabajadores que normalmente se dediquen al trabajo que deba desarrollarse, solicitándose a la representación sindical, salvo casos de emergencia. En ningún caso los trabajadores de turnos continuos podrán laborar más de un turno adicional, inmediato anterior o inmediato posterior, a su turno normal de labores, teniendo el Sindicato la obligación de nombrar al sustituto.
SEMANA DE TRABAJO. Efectivo el 1ero. xx Xxxx del 2022. La Semana de Trabajo regular comenzará a las 12 a.m xxx Xxxxxxx y correrá hasta las 11:59 p.m. xxx Xxxxxx. Cuarenta (40) horas constituirán una semana laboral normal a ser trabajada dentro de un periodo de cinco (5) días.
SEMANA DE TRABAJO. La semana de trabajo es de cuarenta horas. El tiempo que se labore en exceso se pagará como extraordinario.
SEMANA DE TRABAJO. ARTÍCULO 12.- La semana de trabajo será de seis días y de 48, 45 y 42 horas, según que la jornada sea diurna, mixta o nocturna, durante el ciclo xx xxxxx. Para aquellos trabajos de naturaleza continua, el Sindicato proporcionará el mismo personal en turno de ocho horas, cualesquiera que éstos sean, percibiendo los trabajadores salario doble por el tiempo que su jornada exceda de la legal. Todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un día de descanso después de seis de labor, el que se procurará que sea el domingo, o bien el que corresponda conforme al rol que se elabore, en el cual percibirán su salario íntegro. Cuando el trabajador tuviere una falta de asistencia en la semana, tendrá, no obstante, derecho a salario íntegro correspondiente al día de descanso; si tuviere dos faltas, percibirá el 75% (setenta y cinco por ciento) y cuando las faltas sean tres o más, el trabajador percibirá la cantidad proporcional a los días trabajados. Tratándose de trabajadores que tengan dos faltas de asistencia en la semana, por enfermedad, percibirán no obstante el salario íntegro correspondiente al séptimo día. En los Ingenios se podrá establecer una cuarta guardia, la cual laborará la jornada que se determine conjuntamente con el Sindicato y con las modalidades que al efecto se pacten en el Convenio Singular que se celebre, caso en el cual se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo, por lo que en este caso las partes deberán establecer el rol de turnos y especificar los días de descanso semanal que gozará cada guardia. A partir de la vigencia de este Contrato, durante el ciclo de reparación, la semana de trabajo de cinco días y cuarenta horas, comenzará a regir dos días hábiles después del momento en que se envase y cosa el último saco de azúcar o de que se produzca la última cantidad de azúcar mascabado y terminará al iniciarse la zafra siguiente. Durante el ciclo de pre-zafra, el sábado no será considerado como día festivo, aunque sí lo es de descanso, razón por la cual puede la Empresa, si así lo necesita, solicitar personal que disfrutará xx xxxxxxx ordinario. Durante los ciclos de pre-zafra los pagos de rayas se efectuarán los días viernes en vez de los días sábados de cada semana. Cuando el trabajador tuviere una falta de asistencia en el ciclo de pre-zafra, tendrá, no obstante, derecho a salario íntegro correspondiente a los dos días de descanso; si tuviere dos faltas percibirá el 75% (setenta y cinco por ciento) y cuando las faltas sea...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.