Common use of Seguros a Contratar Clause in Contracts

Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación alguna, se agrega, a títu- lo ilustrativo, una enumeración de los seguros que deben contratarse en Argentina, a los que se agregarán los que se indiquen en el PCP y/o en el PET: • Laborales: El Contratista será responsable por los accidentes de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajos. El monto asegurado deberá ser, como mínimo, de pesos un millónl ($1.000.000) por hecho y por persona. • Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto que en nin- gún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicio, así como los daños derivados de huelga, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas de los materiales y/o por vicios de construcción y/o por tareas que debe realizar el Contratista en este periodo. Los derechos de indemnización se transferirán a SBASE. La póliza de seguros deberá incluir una cláusula de no repetición contra SBASE, sus funcionarios y/o dependientes.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales, Pliego De Condiciones Generales

Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación alguna, El Desarrollador se agregaobliga a contratar, a títu- lo ilustrativosu xxxxx, una enumeración las pólizas de seguro señaladas en el Anexo 11 (Requerimientos de Seguros) de este Contrato. Las pólizas de seguro deberán contratarse con anterioridad al inicio de las Obras, salvo disposición en contrario en dicho anexo, y deberán mantenerse por los periodos señalados para cada tipo de seguro en el Anexo 11 (Requerimientos de Seguros). Las coberturas mínimas que deberán comprender los Seguros que deban ser contratados por el Desarrollador para las Actividades Previas del Desarrollador y para la prestación de los Servicios se detallan en el Anexo 11 (Requerimientos de Seguros) del presente Contrato. No obstante lo anterior, el Desarrollador también estará obligado a contratar cualquier otro seguro que por disposición xx xxx pudiere llegar a ser aplicable al Proyecto conforme a la Legislación. Asimismo, todas y cada una de las pólizas de seguros que deben contrate el Desarrollador con relación al Proyecto deberán señalar al ISSSTE, como asegurado adicional bajo las mismas. Las pólizas de seguro deberán contratarse con anterioridad al inicio de las actividades de construcción de las Instalaciones, salvo disposición en Argentina, a los que se agregarán los que se indiquen contrario en el PCP y/o en el PET: • Laborales: El Contratista será responsable Anexo 11 (Requerimientos de Seguros) y deberán mantenerse por los accidentes periodos señalados para cada tipo de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen seguro en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajosdicho anexo. El monto asegurado Desarrollador deberá ser, como mínimo, entregar al ISSSTE copia de pesos un millónl ($1.000.000) por hecho y por persona. • Seguro cada una de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto las pólizas contratadas al momento en que en nin- gún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando estas se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicioencuentren disponibles, así como los daños derivados comprobantes de huelgapago de las primas correspondientes, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas y de los materiales y/o deducibles y coaseguros, en su caso. Si por vicios cualquier motivo el Desarrollador no contrata los seguros descritos en el Anexo 11 (Requerimientos de construcción y/o por tareas que debe realizar Seguros), el Contratista en este periodo. Los derechos ISSSTE podrá asegurar x xxxxx del Desarrollador los riesgos no cubiertos, para lo cual podrá compensar el costo de indemnización se transferirán a SBASEdichas pólizas contra cualquier suma pagadera al Desarrollador conforme al presente Contrato. La póliza recepción por parte del ISSSTE de una copia de las pólizas de seguros deberá incluir contratados por el Desarrollador no constituirá una cláusula aceptación por parte del ISSSTE de que los términos de las mismas cumplen con las especificaciones del presente Contrato. En caso de que el Desarrollador no repetición contra SBASEobtenga o no mantenga vigente cualquiera de los Seguros que esté obligado a contratar en los términos de este Contrato, sus funcionarios y/o dependientesel ISSSTE podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento correspondiente en los términos de la Cláusula Décima Cuarta y destinar los recursos respectivos para el pago de la contratación y primas de esos Seguros.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios en La Modalidad De Asociación Público Privada

Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación alguna, se agrega, a títu- lo ilustrativo, una enumeración de los seguros que deben contratarse en Argentina, a los que se agregarán los que se indiquen en el PCP y/o en el PET: • Laborales: El Contratista será responsable por los accidentes de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajos. El monto asegurado deberá ser, como mínimo, de pesos un millónl millón ($1.000.000) por hecho y por persona. • Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto que en nin- gún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicio, así como los daños derivados de huelga, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas de los materiales y/o por vicios de construcción y/o por tareas que debe realizar el Contratista en este periodo. Los derechos de indemnización se transferirán a SBASE. La póliza de seguros deberá incluir una cláusula de no repetición contra SBASE, sus funcionarios y/o dependientes.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales

Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación algunaCon el fin de proteger a ENARSA contra responsabilidad, se agrega, a títu- lo ilustrativo, una enumeración de los seguros que deben contratarse pérdida o gastos originados en Argentina, daños a los bienes o lesiones o muerte de cualquier persona o personas que se agregarán los que se indiquen en el PCP y/surjan de cualquier manera a causa de, o en el PET: • Laborales: El Contratista será responsable por los accidentes de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgostengan relación con, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes o resulten de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajos. El monto asegurado servicios, el Contratista – y eventualmente sus subcontratistas- deberá serobtener y mantener a su cargo, como mínimoy hasta la terminación de los servicios por parte del Contratista (y período de garantía en caso de corresponder), de pesos un millónl ($1.000.000) por hecho y por persona. • Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montajeseguros amparando los riesgos de: El Contratista deberá con- tratar contratar para su personal, el seguro de Vida Obligatorio (Decreto / Ley Nº 1.567/74) como asimismo todo otro seguro de vida que por convención colectiva u otra disposición específica del gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar. El Contratista deberá contar con el seguro de riesgos del trabajo conforme con lo previsto en la Ley Nº 24.557 y su reglamentación y modificaciones, contratado con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, amparando a todo su personal dependiente, cualquiera sea la modalidad de contratación, dando cumplimiento a todos los aspectos técnicos, legales y administrativos definidos en dicha Ley y sus normas reglamentarias. Se deberá pactar una Cláusula de no-repetición: donde la Aseguradora del Riesgo del Trabajo renuncie en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra ENARSA. En todos los casos el Contratista y/o subcontratista presentará las constancias de afiliación a y sus comprobantes de pago, por el personal asignado al presente Contrato y notificará en forma fehaciente las altas y bajas del mencionado personal dentro de las 48 horas que se produzcan. En caso de corresponder, el Contratista, deberá presentar un seguro que ampare la muerte y/o incapacidad total o parcial permanente por accidente de todas aquellas personas no incluidas en la nómina de personal dependiente y que, desempeñando tareas como autónomos o profesional independiente, ejerzan funciones para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. El capital asegurado por persona no deberá ser inferior a PESOS 1.000.000. Además el Contratista deberá requerir que cada Subcontratista u otras personas relacionadas con la ejecución de los Servicios obtengan y mantengan seguros a su cargo en todo momento durante el periodo durante el cual esté en vigencia el Contrato. El Contratista deberá presentar el Certificado de Cobertura vigente del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de los Automotores que prestarán o pudieran prestar el servicio, extendido por la compañía aseguradora, de acuerdo con la Xxx xx Xxxxxxxx Nº 24.449, Resolución SSN Nº 35.683 o Resolución SSN Nº 39.927 complementarias y modificatorias, según corresponda. El Contratista deberá contratar y mantener vigentes desde el inicio de la actividad hasta la expiración del Contrato una póliza de seguro, sin limitar seguros para cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto que en nin- gún momento podrá ser inferior Subcontratistas a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicio, así como los daños derivados de huelga, tumulto popular, conmociones civiles terceras personas y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños cosas de terceros, como asimismo las que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas de los materiales pudiera ocasionar a ENARSA y/o por vicios de construcción a su personal, y/o por tareas a sus cosas. En caso que debe realizar el Contratista dicho seguro no cubra los daños ocasionados, éstos estarán a cargo del Contratista. ENARSA deberá figurar como asegurado adicional en este periodo. Los derechos de indemnización se transferirán a SBASEla póliza. La póliza de seguros Suma Asegurada para esta cobertura deberá incluir estar alineada con los usos, prácticas y costumbres para la operatoria en cuestión. Este seguro incluirá una cláusula de no repetición contra SBASE, sus funcionarios responsabilidad civil cruzada y amparará los daños y/o dependienteslesiones corporales o muertes causados en el área del desarrollo de los servicios y amparará además, las responsabilidades civiles causadas por equipo móvil o semi-móviles, o pesados, propios, arrendados, o alquilados con opción a compra que el Contratista utilice con motivo de los trabajos.

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Samples: www.ieasa.com.ar

Seguros a Contratar. Complementado El Proveedor deberá a su propia xxxxx contratar y mantener vigentes las pólizas de seguro de acuerdo con los plazos, coberturas y sumas aseguradas que corresponda conforme a lo especificado establecido en esta Cláusula y sin en el Anexo 14 (“Requerimientos de Seguros”). Las coberturas mínimas que implique limitación algunadeberán comprender los Seguros que deban ser contratados por el Proveedor para la prestación del Servicio son las siguientes: Seguro contra todo tipo de riesgo durante toda la vigencia del Contrato; Seguro de responsabilidad civil, que garantizará la reparación total de daños que se agregapudieran ocasionar a terceros en sus bienes o personas derivados de las actividades inherentes al servicio que realice el Proveedor, por el importe correspondiente al 100% (cien por ciento) del monto total del Pago Anual de Referencia correspondiente a títu- cada ejercicio fiscal antes del impuesto al valor agregado durante toda la vigencia del Contrato. Las pólizas de seguro deberán ser contratadas por el Proveedor, al día Hábil siguientes de la firma del presente Contrato y deberán mantenerse vigentes durante la vigencia del mismo. El Proveedor deberá entregar a la Dependencia Contratante en original cada una de las pólizas contratadas al momento en que estas se encuentren disponibles, así como los comprobantes de pago de las primas correspondientes, de conformidad con lo ilustrativodispuesto en el Anexo 14 (“Requerimientos de Seguros”). La recepción por parte de la Dependencia Contratante de las pólizas de seguros contratados por el Proveedor no constituirá una aceptación por parte de la Dependencia Contratante de que los términos de las mismas cumplen con las especificaciones del presente Contrato, y en su caso, una enumeración vez que esta sea aceptada se deberá entregar un tanto en original. En caso de que el Proveedor no obtenga o no mantenga vigente cualquiera de los seguros que deben contratarse esté obligado a contratar en Argentinalos términos de este Contrato, a la Dependencia Contratante podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento correspondiente en los que se agregarán los que se indiquen en el PCP y/o en el PET: • Laborales: El Contratista será responsable por los accidentes de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes términos de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajos. El monto asegurado deberá ser, como mínimo, de pesos un millónl ($1.000.000) por hecho y por persona. • Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto que en nin- gún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicio, así como los daños derivados de huelga, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas de los materiales y/o por vicios de construcción y/o por tareas que debe realizar el Contratista en este periodo. Los derechos de indemnización se transferirán a SBASE. La póliza de seguros deberá incluir una cláusula de no repetición contra SBASE, sus funcionarios y/o dependientesCláusula 14.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios a Largo Plazo

Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación alguna, El Desarrollador se agregaobliga a contratar, a títu- lo ilustrativosu xxxxx, una enumeración las pólizas de seguro señaladas en el Anexo 11 (Requerimientos de Seguros) de este Contrato. Las pólizas de seguro deberán contratarse con anterioridad al inicio de las Obras, salvo disposición en contrario en dicho anexo, y deberán mantenerse por los periodos señalados para cada tipo de seguro en el Anexo 11 (Requerimientos de Seguros). Las coberturas mínimas que deberán comprender los Seguros que deban ser contratados por el Desarrollador para las Actividades Previas del Desarrollador y para la prestación de los Servicios se detallan en el Anexo 11 (Requerimientos de Seguros) del presente Contrato. No obstante lo anterior, el Desarrollador también estará obligado a contratar cualquier otro seguro que por disposición xx xxx pudiere llegar a ser aplicable al Proyecto conforme a la Legislación. Asimismo, todas y cada una de las pólizas de seguros que deben contrate el Desarrollador con relación al Proyecto deberán señalar al ISSSTE, como asegurado adicional bajo las mismas. Las pólizas de seguro deberán contratarse con anterioridad al inicio de las actividades de construcción de las Instalaciones, salvo disposición en Argentina, a los que se agregarán los que se indiquen contrario en el PCP y/o en el PET: • Laborales: El Contratista será responsable Anexo 11 (Requerimientos de Seguros) y deberán mantenerse por los accidentes períodos señalados para cada tipo de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen seguro en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajosdicho anexo. El monto asegurado Desarrollador deberá ser, como mínimo, entregar al ISSSTE copia de pesos un millónl ($1.000.000) por hecho y por persona. • Seguro cada una de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto las pólizas contratadas al momento en que en nin- gún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando estas se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicioencuentren disponibles, así como los daños derivados comprobantes de huelgapago de las primas correspondientes, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas y de los materiales y/o deducibles y coaseguros, en su caso. Si por vicios cualquier motivo el Desarrollador no contrata los seguros descritos en el Anexo 11 (Requerimientos de construcción y/o por tareas que debe realizar Seguros), el Contratista en este periodo. Los derechos ISSSTE podrá asegurar x xxxxx del Desarrollador los riesgos no cubiertos, para lo cual podrá compensar el costo de indemnización se transferirán a SBASEdichas pólizas contra cualquier suma pagadera al Desarrollador conforme al presente Contrato. La póliza recepción por parte del ISSSTE de una copia de las pólizas de seguros deberá incluir contratados por el Desarrollador no constituirá una cláusula aceptación por parte del ISSSTE de que los términos de las mismas cumplen con las especificaciones del presente Contrato. En caso de que el Desarrollador no repetición contra SBASEobtenga o no mantenga vigente cualquiera de los Seguros que esté obligado a contratar en los términos de este Contrato, sus funcionarios y/o dependientesel ISSSTE podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento correspondiente en los términos de la Cláusula Décima Cuarta y destinar los recursos respectivos para el pago de la contratación y primas de esos Seguros.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios en La Modalidad De

Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación alguna, se agrega, a títu- lo ilustrativo, una enumeración no taxativa de los seguros que deben contratarse en Argentina, a los que se agregarán los que se indiquen en el PCP y/o en el PET: Laborales: El Contratista será responsable por los accidentes de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción DefinitivaDefiniti- va. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguroxx xxxx- ro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas to- das las obligaciones emergentes de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación contrata- ción del Seguro de Vida Obliga- xxxxx Obligatorio (decreto ley 1567/74). Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajos. El monto asegurado deberá ser, como mínimo, de pesos un millónl cuatrocientos mil ($1.000.000400.000) por hecho evento y por persona. Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto que en nin- gún ningún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluidoin- cluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicio, así como los daños derivados de huelga, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas de los materiales y/o por vicios de construcción y/o por tareas que debe realizar el Contratista en este periodo. Los derechos de indemnización se transferirán a SBASE. La póliza de seguros deberá incluir una cláusula de no repetición contra SBASE, sus funcionarios y/o dependientes..  Responsabilidad Civil: El Contratista deberá tomar un seguro para cubrir la Res- ponsabilidad Civil contra cualquier daño, pérdida o lesión que pueda causar a terceros o a cualquier persona o bienes públicos o privados, a causa de la eje- cución del Contrato. La suma asegurada no deberá ser inferior a pesos cinco millones ($ 5.000.000). La póliza de seguros deberá incluir una cláusula de no repetición contra SBASE, sus funcionarios y/o dependientes.  Responsabilidad Civil Cruzada: El seguro de Responsabilidad Civil deberá con- tener una cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada.  Responsabilidad Civil de Automotores: según legislación xxxxxxx. - - - - x - - - -

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Samples: www.buenosaires.gob.ar

Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación alguna, se agrega, a títu- lo ilustrativo, una enumeración de los seguros que deben contratarse en Argentina, a los que se agregarán los que se indiquen en el PCP y/o en el PET: • Laborales: El Contratista será responsable por los accidentes de trabajo y en- fermedades que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen en el futuro. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitiva, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajos. El monto asegurado deberá ser, como mínimo, de pesos un millónl ochocientos mil ($1.000.000800.000) por hecho y por persona. • Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto que en nin- gún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicio, así como los daños derivados de huelga, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas de los materiales y/o por vicios de construcción y/o por tareas que debe realizar el Contratista en este periodo. Los derechos de indemnización se transferirán a SBASE. La póliza de seguros deberá incluir una cláusula de no repetición contra SBASE, sus funcionarios y/o dependientes.

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Seguros a Contratar. Complementado lo especificado y sin que implique limitación alguna, se agrega, a títu- lo título ilustrativo, una enumeración no taxativa de los seguros que deben contratarse en Argentina, a los que se agregarán los que se indiquen en el PCP y/o en el PETArgen- xxxx: • Laborales: El Contratista será responsable por los accidentes de trabajo y en- fermedades enfermeda- des que pudieran sufrir sus dependientes y los dependientes de los subcontratistas hasta la Recepción Definitiva. A los efectos de cubrir dichos riesgos, deberá contratar una póliza de seguro, a través de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), que cubra todas las obligaciones emergentes emer- gentes de la Ley de Riesgos del Trabajo - Ley N° 24.557 y 26773 y sus modificatorias, complementarias com- plementarias y reglamentarias y/o aquéllas que la suplan o complementen en el futurofu- xxxx. Lo expresado será obligatorio para sus subcontratistas, debiendo presentar los comprobantes que acrediten la contratación de este seguro. También deberá dar cumplimiento a la contratación del Seguro de Vida Obliga- xxxxx Obligatorio (decreto ley 1567/74). • Seguro de Accidentes Personales: El personal del Contratista y de sus subcon- tratistas subcontratistas que por la naturaleza de su contratación no se encuentre cubierto por pólizas de riesgos del trabajo, deberá estar cubierto, hasta la Recepción Defi- nitivafinalización del Servicio, por un seguro de Accidentes Personales, que incluirá, también, a las personas que SBASE autorice a ingresar al lugar de ejecución de los trabajos. El monto asegurado deberá ser, como mínimo, de pesos un millónl millón ($$ 1.000.000) por hecho evento y por persona. • Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Contratista deberá con- tratar una póliza de seguro, sin limitar sus obligaciones ni responsabilidades, contra toda pérdida o daño, sea cual fuere su causa, por un monto que en nin- gún momento podrá ser inferior a su valor de reposición a nuevo, IVA incluido. En dicho seguro deberá incluir los obradores e instalaciones auxiliares de cualquier tipo y los materiales, equipos y maquinarias almacenados, desde su acarreo hasta su transformación en producto terminado, aún cuando se encon- traran fuera del área de la obra; daños a terceros y a los bienes existentes, in- cluso incendio y robo de los bienes afectados al servicio, así como los daños derivados de huelga, tumulto popular, conmociones civiles y/o daño malicioso. El seguro deberá cubrir los daños que se pudieran producir durante el periodo de garantía o mantenimiento por fallas de los materiales y/o por vicios de construcción y/o por tareas que debe realizar el Contratista en este periodo. Los derechos de indemnización se transferirán a SBASE. La póliza de seguros deberá incluir contener una cláusula de no NO repetición contra SBASEa favor de SBASE y Metrovías, sus funcionarios y/o dependientes.. • Responsabilidad Civil de Automotores: según legislación vigente. • Seguros de la mercadería y de responsabilidad civil: El costo de los seguros se considerará incluido en los precios del Contrato. Estarán también a cargo del Contratista las franquicias y/o costos por exclusiones xx xxxxx- turas y/o conceptos que eventualmente las pólizas no contemplen o los importes necesarios cuando las indemnizaciones fuesen insuficientes. El incumplimiento del Contratista respecto de la contratación y mantenimiento de las pólizas, como así también de las obligaciones a su cargo, será considerado como “falta grave” de negligencia a los efectos de la aplicación de las sanciones y penali- dades establecidas. Los términos de las pólizas, como así también las compañías aseguradoras, debe- rán ser aprobadas por SBASE. El monto del seguro de carga es el que se indica en este pliego para cada coche. El monto mínimo del seguro de responsabilidad civil es de dólares doscientos cin- cuenta mil (USD 250.000). - - - - o - - - -

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones