RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Este Convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de éste, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. cve: BOE-A-2021-21377 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio.–Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.–Por la Comunidad de Madrid, Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Consejera de Familia, Juventud y Política Social, (PDF Decreto 77/2021). 1 Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología. I1 75.305.737,00 00.000.000,00 00.000.000,00 000.000.000,46 2 Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia. I2 13.436.441,57 27.523.963,66 30.498.062,50 71.458.467,73 3 Plan España País Accesible. I3 5.370.997,75 8.400.000,00 6.550.000,00 00.000.000,75 Total 94.113.176,00 000.000.000,00 000.000.000,00 000.000.000,94 Línea actual Semestre Hito I1 S2 2021 Obras de remodelación de centros de gestión directa: en fase de redacción de proyectos básicos y pliegos técnicos. Obras de remodelación de centros de gestión indirecta: en fase de redacción de pliegos técnicos. Subvenciones para la adaptación y equipamiento en centros: en fase de redacción de bases reguladoras y orden de convocatoria. Convenios con entidades locales/entidades sin ánimo de lucro para la transformación un nuevo modelo de centros y para la experimentación de innovaciones en servicios sociales: en fase de redacción de los borradores de los convenios. Proyecto socio sanitario de tele asistencia avanzada: adjudicado 100% desarrollo tecnológico (Plataforma y Oficina) Licitación para la adquisición de equipamiento técnico y tecnológico en ...
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 19.1. La contratación y ejecución del contrato de servicio a que se refiere el presente Xxxxxx se ajustará a las prescripciones técnicas, y a las Cláusulas en él contenidas, teniendo ambos documentos carácter contractual.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El contrato se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, en primer lugar, por lo dispuesto en el presente Pliego y en el Anexo de prescripciones técnicas, en el Real Decreto Legislativo 3/2011, TR LCSP, y sus disposiciones de desarrollo (especialmente por el RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de l as Administraciones Públicas, aprobado por RD 1098/2001, de 12 de octubre en lo que no se oponga al Texto Refundido citado), por la Ley 7/1.985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, por el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y por el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, así como por la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas en aquellos de sus preceptos que resulten de aplicación. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado. En cuanto a la prestación y ejecución material de los trabajos, deberá respetarse íntegramente la totalidad de la normativa estatal, autonómica y/o sectorial y técnica de aplicación según la naturaleza de las actuaciones definidas en el Anexo técnico, en especial las disposiciones correspondientes en materia de Seguridad y Salud en el trabajo y en materia medioambiental, advirtiéndose que el desconocimiento por el adjudicatario de cualquiera de los documentos contractuales o de las normas directa o indirectamente aplicables al contrato, no le eximirá de su cumplimiento. Especialmente, se dará cumplimiento a la normativa sobre parque de aventuras. En particular: EN 15567 Tendrán carácter contractual, específicamente, los siguientes documentos: El documento de formalización del contrato. El Pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. La oferta presentada por el adjudicatario (Incluido el Proyecto técnico de gestión/explotación y demás condiciones que se oferten). Para todas las cuestiones que puedan originarse con motivo de la presente licitación, tanto los licitadores como el adjudicatario se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de lo contencioso-administrativo competentes de la provincia xx Xxxx, con renuncia a cualquier otro fuero. La participación en este procedimiento supone la aceptación de este Pliego y la sumisión expresa a la legislación de contratos del Sector Público.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. En lo no previsto expresamente en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares, se aplicará el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986; Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; así como la normativa sectorial que le sea de aplicación en función de la actividad objeto del presente Pliego y demás normativa de aplicación. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Rivabellosa (Xxxxxx Baja), a 18 de noviembre de 2013.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El presente contrato se encuadra dentro de los contratos de obras, en el TRLCSP.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El presente contrato tiene carácter privado, siendo competente el orden jurisdiccional civil para conocer de las controversias que surjan en su ejecución. No obstante, el presente contrato se regirá por el Título I del Libro III de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, como fundación pública, por su naturaleza jurídica y por los contratos que celebra. Asimismo, a los efectos de la presente ley y en aplicación de los artículos 3.1.e) y 3.3.b) de la misma, como fundación del sector público, ostenta la condición de poder adjudicador. El presente Pliego de Condiciones tiene carácter contractual y contiene las condiciones detalladas a las que se ajustará la ejecución del contrato.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El presente contrato tiene carácter privado, siendo competente el orden jurisdiccional civil para conocer de las controversias que surjan en su ejecución. No obstante los actos de preparación y adjudicación del mismo seguirán los trámites contemplados en las Instrucciones internas de contratación de la FIIAPP en aplicación del art. 3.3.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, como entidad del sector público, por su naturaleza jurídica y por los contratos que celebra. El presente Pliego de Condiciones tiene carácter contractual y contiene las condiciones detalladas a las que se ajustará la ejecución del contrato.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, POR EL QUE SE APRUEBA EL Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defectos, las normas de derecho privado. Corresponde al órgano de contratación resolver las dudas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, si bien en el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista. Contra todos los acuerdos que pongan fin a la vía administrativa procederá el recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Cobertura informativa de los actos institucionales en los que el Ayuntamiento xx Xxxxxxx convoque a los medios de comunicación para su difusión de cara a la ciudadanía, así como de aquellas presentaciones, actividades o eventos que organice cualquiera de las áreas municipales con el objetivo de darles difusión. Esta cobertura informativa comprende la asistencia a la rueda de prensa, presentación o acto, la elaboración de las noticias y su difusión en los espacios informativos de ámbito local, comarcal y provincial, especialmente en el caso de aquellas actividades e iniciativas con mayor proyección fuera de la localidad. También comprende la cobertura de aquellos actos, iniciativas y actividades que se desarrollen e impulsen desde el ayuntamiento, aunque no sean presentadas en rueda de prensa. Entre las iniciativas que requieren cobertura informativa están:
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 19.1. La contratación y ejecución del contrato de servicio a que se refiere el presente Pliego se ajustará a las prescripciones técnicas, y a las Cláusulas en él contenidas, teniendo ambos documentos carácter contractual.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 17.1. La contratación y ejecución del contrato de servicio a que se refiere el presente Xxxxxx se ajustará a las prescripciones técnicas, y a las Cláusulas en él contenidas, teniendo ambos documentos carácter contractual. En el supuesto de que se plantee una posible contradicción entre el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Particulares, rige lo dispuesto por el Pliego de Cláusulas.