Common use of RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE Clause in Contracts

RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. En lo no previsto expresamente en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares, se aplicará el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986; Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; así como la normativa sectorial que le sea de aplicación en función de la actividad objeto del presente Pliego y demás normativa de aplicación. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Rivabellosa (Xxxxxx Baja), a 18 de noviembre de 2013.

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Samples: www.cuadrilladeanana.es

RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. En El presente Xxxxxxxx se suscribe al amparo de lo no previsto expresamente dispuesto en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares, se aplicará el Texto Refundido Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El presente documento tiene la naturaleza de los convenios de colaboración contemplados en el artículo 6.2 de la Ley 9/2017,de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público aprobado Público, por Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre; febrero de 2014, quedando por tanto fuera de la regulación de dicha Ley 7/1985al no tener carácter contractual la actividad que constituye su objeto, cuyos principios no obstante se aplicarán en la resolución de Bases de Régimen Local; el Texto Refundido dudas o lagunas que pudieran presentarse. Cualquiera de las Disposiciones Legales vigentes cuestiones que se susciten en Materia de Régimen Localcuanto a su aplicación, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986; Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; así como la normativa sectorial que le sea de aplicación en función de la actividad objeto del presente Pliego y demás normativa de aplicación. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución interpretación y efectos que no queden solventadas por las partes a través la Comisión de Seguimiento, será resuelta por los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Y en prueba de conformidad, conforme los reunidos firmen el presente Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicciónprincipio indicados. EL PRESIDENTE DE LA EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN XX XXXXXXXXX, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposiciónASOCIACIÓN, previsto en los artsFdo. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo ComúnXxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxx. En Rivabellosa (Xxxxxx Baja), a 18 de noviembre de 2013.Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx

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Samples: Convenio De Colaboración Entre La Excma. Diputación Provincial De Salamanca Y La Asociación De Criadores De Limusin De Castilla Y León

RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. En Para lo no previsto expresamente en este Pliego, será de aplicación el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares, se aplicará el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; noviembre por el que se aprueba el TRLCSP, así como los efectos directos a partir del 00 xx xxxxx xx 2016 de las Directiva Europeas 2014/23 y 2014/24 que le sean de aplicación, siguiendo la recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y criterios de los Tribunales Contractuales, el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/1985de Contratos de las Administraciones Públicas en lo que se oponga a dicho texto legal, las condiciones Particulares contenidas en los respectivos Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas aprobadas por la Administración, y por la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986; Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; así como la normativa sectorial que le sea de aplicación en función de la actividad objeto del presente Pliego y demás normativa de aplicación. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar abrirán la vía contencioso- administrativa, a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por tenor de la Ley Reguladora de dicha jurisdicciónJurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Rivabellosa (Xxxxxx Baja), a 18 de noviembre de 2013.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios, Del Proyecto Global De Gestión Y Desarrollo De Las Aulas De Informatica De Los Centros De Mayores De Gestión Municipal Juan De La Fuente Y Tierra Charra Y De La Realización De Cursos De Informática Ambulante en Las Asociaciones Y Centros De Personas Mayores Para Los Años

RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. En lo no previsto expresamente Xx xxxxxx, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las presentes cláusulas y por las disposiciones señaladas en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares, se aplicará el Texto Refundido punto 12 de la Ley Carátula. En cuanto a sus efectos y extinción, xx xxxxxx por las normas de Derecho Privado. No obstante, le será aplicable lo dispuesto en los artículos 201 sobre obligaciones en materia medioambiental, social o laboral; 202 sobre condiciones especiales de ejecución; 203 a 205 sobre supuestos de modificación del contrato; 214 a 217 sobre cesión y subcontratación; y 218 a 228 sobre racionalización técnica de la contratación; así como las condiciones de pago establecidas en los apartados 4.º del artículo 198, 4.º del artículo 210 y 1.º del artículo 243, así como lo dispuesto en los artículos 319 y 320, todos ellos de xx Xxx 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre; la Ley 7/1985, febrero de Bases de Régimen Local; el Texto Refundido 2014 (“LCSP”). Para conocer de las Disposiciones Legales vigentes controversias que xxxxxx entre las partes en Materia relación con la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales, cuando la impugnación de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986; Reglamento estas últimas se base en el incumplimiento de Servicios de las Corporaciones Locales; así como la normativa sectorial que le sea de aplicación lo establecido en función los artículos 204 y 205 de la actividad LCSP, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto del presente Pliego y demás normativa de aplicación. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por una nueva adjudicación será competente el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Las controversias que xxxxxx entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato será competente el orden jurisdiccional civil, conforme al previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico con excepción de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Rivabellosa (Xxxxxx Baja), a 18 de noviembre de 2013modificaciones contractuales citadas el párrafo anterior.

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Samples: www.contratacion.euskadi.eus

RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. En Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto expresamente en el Pliego él, será de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares, se aplicará aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 7/198530/2007, de Bases 30 de Régimen Local; octubre, de Contratos del Sector Público, y el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986; Reglamento 1098/2001, de Servicios 12 de las Corporaciones Locales; así como la normativa sectorial que le sea de aplicación en función de la actividad objeto del presente Pliego y demás normativa de aplicación. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretaciónoctubre, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 se aprueba el Reglamento General de la Ley de Régimen Jurídico Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del Procedimiento Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo Común. En Rivabellosa (Xxxxxx Baja)será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a 18 aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de noviembre 14 de 2013noviembre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en La Contratación