Common use of Régimen de pagos Clause in Contracts

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacete.

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Régimen de pagos. Los trabajos efectuados en la ejecución de las obras se abonarán mediante Certificaciones mensuales de obra por los trabajos realizados. Estas Certificaciones deberán contar con la aprobación de la Dirección de obra, y con el visto bueno de la persona o personas que correspondan por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Portugalete Dichas Certificaciones parciales de obra no tendrán más que carácter provisional a buena cuenta, y no supondrán la aprobación de los trabajos que en ellas se incluyan. Los trabajos añadidos o las modificaciones de obra que no hayan sido previamente aceptadas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, no darán lugar a ningún tipo de abono. De igual manera ocurrirá con todos aquellos precios que no hayan sido previamente aprobados por dichos Servicios Técnicos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturascertificaciones de obra se realizará contra factura, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas expedida de acuerdo con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas la normativa vigente, debidamente conformada, en su caso, por el Servicio Promotordesignado como responsable del contrato. En cuanto al formato y la presentación La Administración deberá abonar el importe de la factura, conforme las facturas dentro de los sesenta días siguientes a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación expedición . En caso de demora por la Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de sesenta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen mediadas contra la morosidad en las operaciones comerciales. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, contados a partir del vencimiento de los documentos treinta días a que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorase refiere el párrafo anterior, el contratista deberá podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACEantelación, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que haya lugar al inicio del cómputo puedan derivarse de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la facturadicha suspensión, en el registro administrativo correspondientelos términos establecidos en la LCSP. Si la demora de la Administración fuese superior a ocho meses, antes indicado, en tiempo y forma, en el contados a partir del vencimiento del plazo de treinta días desde a que se refiere el párrafo primero de la fecha de realización presente cláusula, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los trabajosperjuicios que como consecuencia de ello se le originen. A El contratista podrá desarrollar los efectos de lo dispuesto trabajos con mayor celeridad que la prevista en los plazos contractuales, no teniendo derecho, sin embargo, a percibir mayor cantidad del precio que la consignada en la disposición adicional trigésimo tercera anualidad correspondiente. Previa petición escrita del TRLCSPcontratista, disposición adicionada se podrán realizar abonos a cuenta por el Real Decreto Ley 4/2013acopios de materiales y gastos de instalaciones y equipos adscritos a la obra, de medidas de apoyo al emprendedor en la forma y de estímulo con las garantías previstas en los artículos 155 a 157 del crecimiento y Reglamento General de la creación LCAP, debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de empleogarantía. El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión. Los abonos resultantes de las facturas certificaciones expedidas tienen el concepto de pagos a buena cuenta, sujetos a las rectificaciones y variaciones que se entregarán produzcan en la Plataforma FACEmedición final, siendo el órgano administrativo con competencia sin suponer, en materia forma alguna, aprobación y recepción de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos las obras que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetese comprenden.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para Contratar, Mediante Procedimiento Negociado Con Publicidad , La Ejecucion De Las Obras, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para Contratar, Mediante Procedimiento Negociado Con Publicidad , La Ejecucion De Las Obras

Régimen de pagos. El pago Sólo se abonará al contratista la obra que realice conforme a los documentos del precio proyecto y, en su caso, a las órdenes recibidas por escrito del director de la obra. Por consiguiente, no podrá servir de base para reclamaciones de ningún género el número de unidades de obra realizadas no consignadas en el proyecto. La medición de los trabajos efectuados se efectuará previa presentación llevará a cabo por la dirección de la obra, pudiendo el contratista presenciar la realización de las facturasmismas. Para las obras o partes de obra cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, una vez realizado el suministrocontratista está obligado a avisar con la suficiente antelación, a fin de que la dirección pueda realizar las correspondientes mediciones y toma de datos, levantando los planos que las definan, cuya conformidad suscribirá el contratista. Las facturas deberán ir detalladas con A falta de aviso anticipado, cuya prueba corresponde al contratista, queda éste obligado a aceptar las prendas decisiones de la Administración sobre el particular. Para cada clase de obra se adoptará como unidad de medida la señalada en el epígrafe correspondiente de los estudios de mediciones del proyecto. Terminada la medición, por el director de la obra se procederá a la valoración de la obra ejecutada, aplicando a cada unidad el precio unitario correspondiente del presupuesto o el contradictorio que proceda, teniendo en cuenta lo prevenido en los pliegos para los abonos de obras defectuosas, materiales acopiados, partidas alzadas y abonos a cuenta del equipo puesto en obra. Al resultado de la valoración, obtenido en la forma expresada en el párrafo anterior, se le aumentarán los porcentajes adoptados para formar el presupuesto base de licitación y la cifra que resulte se multiplicará por el coeficiente de adjudicación, obteniendo así la relación valorada mensual, que dará lugar a la certificación mensual, la que se han suministrado y han expedirá por la Administración en los diez días siguientes al mes que corresponda. La demora en el pago por plazo superior a sesenta días devengará a favor del contratista los intereses de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato demora y la presentación indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la facturaLey 3/2004, conforme a de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de conformidad con lo regulado establecido en el artículo 14216.4 del TRLCSP. En todo caso, apartado 2º las certificaciones parciales que se expidan y las cantidades que se abonen al contratista tendrán el carácter de pagos parciales con el carácter de abonos a cuenta, que no supondrán en forma alguna aprobación y recepción de las obras que comprenden, y a resultas de la Ley 39/2015certificación final de las obras ejecutadas, que se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos expedirá en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia tres meses contados a partir de la fecha recepción y a cuenta de aprobación la liquidación del contrato. Las partidas señaladas en el presupuesto a tanto alzado, se abonarán conforme se indica en el pliego de prescripciones técnicas particulares. En su defecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 154 del RCAP. Las unidades de obra contratadas a tanto alzado con precio cerrado se abonarán mensualmente, en la misma proporción que la obra ejecutada en el mes a que corresponda guarde con el total de la unidad o elemento de obra de que se trate. El contratista, previa petición escrita, tendrá derecho a percibir abonos a cuenta por las operaciones preparatorias realizadas, como instalaciones y acopio de materiales o equipos de maquinaria pesada, en la forma y con las garantías que, a tal efecto determinan los documentos artículos 155 a 157 del RCAP. Los referidos pagos serán asegurados mediante la prestación de la garantía que acrediten se especifica en dicho apartado. Si fuera necesario emplear materiales o ejecutar unidades de obra no comprendida en el proyecto o cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación de las mismas serán fijados por la conformidad con Administración, previa audiencia del contratista por plazo mínimo de tres días hábiles. Los nuevos precios, una vez aprobados por el órgano de contratación, se considerarán incorporados a todos los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación a los cuadros de intereses precios del proyecto, sin perjuicio de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha lo establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de artículo Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera el artículo 218 del TRLCSP, disposición adicionada por y en los términos establecidos en el Real Decreto Ley 4/2013mismo, los contratistas podrán ceder el derecho de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de cobro que tengan frente a la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como Administración conforme a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de AlbaceteDerecho.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contrato De Obra De Construccion De Rotonda De Interseccion Nuevo Cementerio De Urduliz, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contrato De Obra De Construccion Del Kiroldegi Urduliz

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos del pago, la Administración expedirá mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho período de tiempo, cuyos abonos tienen el artconcepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden. 216, apartado 4º La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días señalado en el artículo 198.4 de la obligación de pagoLCSP y, si se inicia demorase, deberá abonar al contratista, a partir de la fecha de aprobación de del cumplimiento del citado plazo los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorademora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, el contratista deberá de haber cumplido 29 de diciembre, por la obligación que se establecen medidas de presentar lucha contra la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido morosidad en el apartado precedentelas operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicadocorrespondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta (30) días desde la aprobación de la certificación de obra correspondiente. Si el contratista incumpliera el plazo de treinta (30) días para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta (30) días desde la fecha de realización la correcta presentación de la factura, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. El contratista tendrá también derecho a percibir abonos a cuenta sobre su importe por las operaciones preparatorias realizadas, como instalaciones y acopio de materiales o equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, conforme al régimen y los límites previstos en los artículos 155 y 156 del RGLCAP, debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía, siempre que exista crédito para ello en la correspondiente anualidad. El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los trabajosmedios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión. A los El pago de las certificaciones de obra se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada, en su caso, por el titular del Servicio de Coordinación de Oficinas Comarcales. El contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. La presentación de las facturas correspondientes a las prestaciones derivadas de este contrato se realizará del siguiente modo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSPel Decreto 151/2014, disposición adicionada de 29 de diciembre, por el Real Decreto Ley 4/2013que se establecen exclusiones a la obligación de facturación electrónica (BOPA núm. 301 de 31 de diciembre de 2014): ⎯ Facturas con formato electrónico: se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe), de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo cual se accede mediante la dirección web: xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/. En dichas facturas deberán constar los códigos DIR que figuran en el apartado o.1) del crecimiento y de la creación de empleo, las CRCC. ⎯ Facturas sin formato electrónico: se presentarán en el Registro Administrativo correspondiente. En dichas facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de deberá constar en la factura el órgano de contratación es la Junta así como el servicio destinatario de Gobierno Local las mismas, que se determina en el apartado o.2) del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de AlbaceteCRCC.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación

Régimen de pagos. El pago se realizará siguiendo el principio del precio se efectuará servicio hecho, mediante certificaciones parciales de periodicidad mínima mensual y vencida, en función de los servicios efectivamente prestados, de acuerdo con las tarifas ofertadas y previa presentación de las facturasla correspondiente factura, que será conformada por la Dirección General de la Infancia, Familias y Natalidad de la Consejería Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad. El justificante de asistencia cumplimentado y debidamente firmado tanto por el traductor o intérprete como por el técnico responsable del contrato se acompañará a la factura que se presentará por la entidad adjudicataria para su liquidación. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056384105654386545485 En el caso del servicio de traducción, el adjudicatario, una vez realizado presentada la factura mensual, resultará obligado a presentar, si así se le requiere por la Dirección General de la Infancia, Familias y Natalidad y por correo electrónico, CD, vía fax o cualquier medio adecuado, el suministrotexto resultante de las traducciones al objeto de verificar la realidad de la traducción. Las facturas deberán ir detalladas con Todo ello, sin perjuicio de las prendas comprobaciones que se han suministrado realicen por los firmantes de los certificados de conformidad de las facturas. La entidad adjudicataria deberá adjuntar a su factura un resumen mensual de información relativa a los servicios prestados, que incluirá datos relativos a: • Número de servicios, especificando la fecha y han hora de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato petición y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación prestación del servicio. • Coste de la factura desglosado por servicios. • Desglose de los documentos servicios por idiomas. El precio mensual del servicio se calculará multiplicando el número de horas por el precio uni- tario ofertado por el adjudicatario (IVA excluido), tanto para el servicio de interpretación como para el de transcripción de soportes audiovisuales u otros sistemas digitales de grabación. Transcurrida la primera hora, se prorrateará el tiempo en fracciones de treinta minutos. Para el servicio de traducción (tanto ordinaria como jurada), se multiplicará el número de palabras por el precio unitario/palabra (IVA excluido) y, en su caso, añadiendo el recargo de urgencia. Sobre el resultado obtenido se aplicará el IVA correspondiente, en su caso. Las traducciones urgentes llevarán un recargo de urgencia máximo del 20% del precio, que acrediten se calculará sobre el precio unitario sin IVA. En el caso de que un mismo intérprete realice varias asistencias el mismo día y en el mismo centro o lugar, se acumulará la conformidad con los servicios prestados y para que surta duración de todas ellas a efectos la reclamación de intereses determinar su importe. Los tiempos de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido espera definidos en el apartado precedente4.3.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se facturarán a la mitad del precio ofertado. Para que haya lugar al inicio No se computarán ni ocasionarán gastos los tiempos distintos de los solicitados por comparecencia temprana o presencia intempestiva del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, intérprete por iniciativa propia. Cuando personado un intérprete en el registro administrativo correspondientelugar de prestación del servicio se produzca la cancelación de su intervención por causas no imputables al mismo o a la entidad adjudicataria, antes indicadose incluirá en la facturación mensual, en como compensación, un coste de una hora de servicio efectivo. En el servicio de interpretación telefónica, se facturará según los minutos de utilización del servicio y por el precio unitario ofertado por el adjudicatario. Solo se facturará el tiempo y forma, utilizado en el plazo servicio de treinta días interpretación y no se computará el tiempo destinado por la Administración para identificar el servicio requerido ni el empleado en la gestión por parte del interlocutor de la empresa; por tanto, no contará el tiempo que transcurra desde que se realice la fecha llamada al teléfono único de realización acceso hasta que se inicie el servicio de interpretación. La entidad adjudicataria no podrá facturar a los usuarios cantidad adicional alguna por la prestación de los trabajos. A los efectos servicios que en el Pliego de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera Prescripciones Técnicas se contemplan a cargo del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetemismo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios

Régimen de pagos. El pago del precio del contrato se efectuará previa presentación : - 3% del precio total de adjudicación con la entrega del proyecto o proyectos visados - 92% del precio total de adjudicación mediante certificaciones mensuales en función del porcentaje de obra ejecutado . Estas Certificaciones deberán contar con la aprobación de la Dirección de obra, y con el visto bueno de la persona o personas que correspondan por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Portugalete . No tendrán más que carácter provisional a buena cuenta, y no supondrán la aprobación de los trabajos que en ellas se incluyan - 5% del precio total de adjudicación con la puesta en marcha del servicio Los trabajos añadidos o las modificaciones de obra que no hayan sido previamente aceptadas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, no darán lugar a ningún tipo de abono. De igual manera ocurrirá con todos aquellos precios que no hayan sido previamente aprobados por dichos Servicios Técnicos. Los pagos se realizarán contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada, en su caso, por el designado como responsable del contrato. La Administración deberá abonar el importe de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han dentro de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme los treinta días siguientes a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación recepción de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad realización parcial o total del contrato. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista en los servicios prestados y plazos contractuales, salvo que a juicio de la Dirección de las obras, existiesen razones para que surta efectos la reclamación de estimarlo inconveniente. Las certificaciones así expedidas, sólo devengaran intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días por demora desde la fecha señalada en el artículo 152 del Reglamento General de realización la Ley de Contratos de las Administración es Públicas. Previa petición escrita del contratista, se podrán realizar abonos a cuenta por acopios de materiales y gastos de instalaciones y equipos adscritos a la obra, en la forma y con las garantías previstas en los artículos 155 a 157 del Reglamento General de la LCAP, debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía. El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los trabajosmedios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión. A los efectos Los abonos resultantes de lo dispuesto las certificaciones expedidas tienen el concepto de pagos a buena cuenta, sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSPmedición final, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013sin suponer, en forma alguna, aprobación y recepción de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas obras que se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetecomprenden.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para Contratar, Mediante Procedimiento Abierto, La Redaccion De Proyecto, Direccion De Obra Y Coordinacion De Seguridad Y Salud Y Construccion Y Puesta en Marcha De Una Central De Recogida Neumatica De Residuos Y Red De Transporte Y Vertido en Rivas

Régimen de pagos. El pago La Administración expedirá mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho período de tiempo, salvo prevención en contrario del precio presente pliego, cuyos abonos tienen el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se efectuará previa presentación produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las facturasobras que comprenden. La contratista tendrá también derecho a percibir abonos a cuenta sobre su importe por las operaciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas en la forma y con las prendas condiciones y requisitos que a tal efecto se han suministrado y han determinan en los artículos 155 a 157 del RGLCAP, debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de ser conformadas por garantía. Cualquiera que sea el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación importe de la facturaobra ejecutada, de las certificaciones expedidas o el que figure en el programa de trabajo aprobado y aceptado por la Administración, la contratista no tendrá derecho a percibir en cada año una cantidad mayor que la que consignada en la anualidad correspondiente. Sin embargo, la Administración tiene la facultad de reajustar las anualidades aprobadas, para adecuarlas al ritmo de la ejecución del contrato. Por otra parte, las contratistas que tengan derecho al cobro frente a la Administración, podrán ceder el mismo conforme a Derecho, siendo requisito imprescindible la notificación fehaciente a la Administración del acuerdo de cesión. La Administración tendrá obligación de abonar el precio atendiendo a lo regulado establecido en el artículo 14216 y concordantes del TRLCSP. Asimismo, apartado 2º dicho articulado establece el régimen jurídico de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos demora en el artpago. 216La contratista deberá expedir y remitir facturas electrónicas, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá para que la Diputación Xxxxx de Bizkaia pueda realizar el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACEPunto General de Entrada de facturas electrónicas de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, tal al que podrá acceder desde la página de la Diputación Xxxxx de Bizkaia xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx Para la generación y como envío de facturas electrónicas podrá descargar de manera gratuita la aplicación Ef4ktur. xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/XXXX/?xxxxxx=XX Las facturas electrónicas que se ha remitan a través del Punto General de Entrada de facturas electrónicas deberán tener un formato estructurado y estar firmadas electrónicamente, siendo obligatorio disponer de un certificado reconocido. El formato de factura electrónica admitido por la plataforma es FACTURAE versión 3.2 y versión 3.2.1; para obtener más información sobre dicho formato consulte la dirección xxx.xxxxxxxx.xx. En la factura deberán identificarse los órganos administrativos a los que vaya dirigida, indicados en el apartado V. OTRAS ESPECIFICACIONES de la carátula de este pliego. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la contratista, de acuerdo con lo establecido en los artículos 215 y 231 del TRLCSP. No obstante, la revisión de precios se realizará, en su caso, según lo establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo “L” (REVISIÓN DE PRECIOS) de plazo para el devengo la carátula de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la facturaeste pliego, en el registro administrativo correspondiente, antes indicadodocumento contractual, en tiempo su caso, y forma, en el plazo artículo 89 del TRLCSP y normativa concordante. 9.3.4.-Cláusulas de treinta días desde variación de precio.- Se aplicará para el caso de que se haya establecido en el apartado “V” (OTRAS ESPECIFICACIONES) de la fecha carátula de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto este pliego y siguiendo las reglas establecidas en la disposición adicional trigésimo tercera el artículo 87.4 del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacete.

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Samples: Contrato De Obras

Régimen de pagos. El pago contratista tendrá derecho al abono del precio se efectuará previa presentación de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las facturascondiciones establecidas en el contrato, de una sola vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas a la finalización del contrato, o mediante pagos parciales con las prendas la periodicidad que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado establezca en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la Anexo I. De conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición Disposición adicional trigésimo trigésima tercera del TRLCSP, disposición adicionada introducida por el la Disposición final sexta del Real Decreto Ley Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en el contratista tendrá la Plataforma FACE, siendo obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados o bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacerse constar: . El órgano administrativo con competencia competencias en materia de contabilidad pública, el Servicio que es la Intervención de Presupuestos y Contabilidad Fondos del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el xx Xxxxx. . El órgano de contratación es que se indica en el Anexo I del presente pliego de cláusulas administrativas particulares. . Servicio destinatario de la Junta factura que igualmente se indica en el Anexo I del presente pliego de Gobierno Local cláusulas administrativas particulares. El contratista deberá abonar a los subcontratistas y a los proveedores, en su caso, el precio pactado por las prestaciones cuya realización les haya encomendado conforme a lo dispuesto en el artículo 228 del Ayuntamiento TRLCSP. Si como consecuencia de Albacete retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas incluidas en la cláusula 20, y el destinatario cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8,1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento crecimiento y de Albacetela creación de empleo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministros Mediante Procedimiento Negociado

Régimen de pagos. El contratista tendrá derecho al abono de las prestaciones realizadas a satisfacción de la Administración, extremo éste que deberá acreditarse mediante la firma, por parte del funcionario que reciba de conformidad los trabajos, del oportuno documento de recepción total o parcial según proceda. El pago del precio se efectuará previa presentación hará de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas conformidad con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado establecido en el artículo 14, apartado 2º 216 del TRLCSP y en la forma expresada en el cuadro de la Ley 39/2015, se hará a través características específicas de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACEeste pliego. A los efectos establecidos en del expresado pago el artcontratista deberá presentar la factura correspondiente, por triplicado ejemplar, a la que se deberá unir el documento que acredite la conformidad con los mismos, al que alude el primer párrafo de esta cláusula. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de La Administración tendrá la obligación de pago, se inicia abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados y para que surta efectos la reclamación prestados, sin perjuicio de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha lo establecido en el apartado precedenteartículo 222.4, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Sin perjuicio de lo establecido en los trabajos. A artículos 222.4 y 235.1, la Administración deberá aprobar los efectos de documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los treinta días siguientes a la disposición adicional trigésimo tercera entrega efectiva de los bienes o prestación del TRLCSPservicio, disposición adicionada por salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el Real Decreto Ley 4/2013contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación. Cód. Validación: QKPSWS9ZL2JNKLXZKJSES6ZXF | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 35 En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de medidas treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de apoyo al emprendedor y intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de estímulo del crecimiento y presentación de la creación factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. En el cuadro de empleo, las facturas características específicas se entregarán en indica la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia unidad administrativa a quien corresponde la tramitación de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetefactura.

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Samples: mnhlicitaciones.com

Régimen de pagos. El contratista tendrá derecho al abono de las prestaciones realizadas a satisfacción de la Administración, extremo éste que deberá acreditarse mediante la firma, por parte del funcionario que reciba de conformidad los trabajos, del oportuno documento de recepción total o parcial según proceda. El pago del precio se efectuará previa presentación hará de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas conformidad con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado establecido en el artículo 14, apartado 2º 216 y 293 del TRLCSP y en la forma expresada en el cuadro de la Ley 39/2015, se hará a través características específicas de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACEeste pliego. A los efectos establecidos en del expresado pago el artcontratista deberá presentar la factura correspondiente, por triplicado ejemplar, a la que se deberá unir el documento que acredite la conformidad con los mismos, al que alude el primer párrafo de esta cláusula. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de La Administración tendrá la obligación de pago, se inicia abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados y para que surta efectos la reclamación prestados, sin perjuicio de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha lo establecido en el apartado precedenteartículo 222.4, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Sin perjuicio de lo establecido en los trabajos. A artículos 222.4 y 235.1, la Administración deberá aprobar los efectos de documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los treinta días siguientes a la disposición adicional trigésimo tercera entrega efectiva de los bienes o prestación del TRLCSPservicio, disposición adicionada por salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el Real Decreto Ley 4/2013contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de medidas treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de apoyo al emprendedor y intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de estímulo del crecimiento y presentación de la creación factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. En el cuadro de empleo, las facturas características específicas se entregarán en indica la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia unidad administrativa a quien corresponde la tramitación de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetefactura.

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Samples: www.diputaciondezamora.es

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación hará de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas conformidad con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado establecido en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE216 del TRLCSP. A los efectos establecidos en del expresado pago el artcontratista deberá presentar la factura correspondiente, por triplicado ejemplar, a la que se deberá unir el documento que acredite la conformidad con los mismos, al que alude el primer párrafo de esta cláusula. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de La Administración tendrá la obligación de pago, se inicia abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados y para que surta efectos la reclamación prestados, sin perjuicio de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha lo establecido en el apartado precedenteartículo 222.4, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Sin perjuicio de lo establecido en los trabajos. A artículos 222.4 y 235.1, la Administración deberá aprobar los efectos de documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los treinta días siguientes a la disposición adicional trigésimo tercera entrega efectiva de los bienes o prestación del TRLCSPservicio, disposición adicionada salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. En el cuadro de características específicas se indica la unidad administrativa a quien corresponde la tramitación de la factura. Las facturas expedidas por los contratistas o suministradores se presentarán siempre a través del Punto General de Entrada de Facturas electrónicas (FACE), en el Real Decreto siguiente enlace xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley 4/201325/2013, de medidas 27 de apoyo al emprendedor diciembre, de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Publico. Los códigos DIR 3 para la citada remisión electrónica, son los señalados en el cuadro de características específicas. No obstante, y de estímulo del crecimiento y conformidad con el artículo 4 de la creación Ley 25/2013, quedan excluidas de empleo, esta obligación las facturas de menos de 5.000 €, que se entregarán podrán presentar en el Registro General de la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacete.Diputación xx Xxxxxx

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Samples: teatrosdemadrid.com

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación Efectuada la recepción de las facturasconformidad, una vez el adjudicatario tendrá derecho al pago, con arreglo a los precios convenidos en el contrato, correspondiente al suministro efectivamente realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas formalmente recibido por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la facturaCNIC, conforme a lo regulado en el artículo 14todo ello, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicostrasferencia bancaria a la entidad bancaria indicada por el contratista. Para proceder al pago es necesario que el CNIC haya aceptado el albarán de entrega. Es necesario, mediante además, que el contratista entregue la Plataforma FACE. A los efectos establecidos factura en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días desde la fecha de la entrega del suministro y que se dé la conformidad a la misma por parte de la Unidad correspondiente del CNIC dentro de los 30 días siguientes a aquella. El CNIC tendrá la obligación de pago, se inicia abonar el precio dentro de los 30 días siguientes a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorareferenciada. No obstante, si el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el CNIC, el plazo de 30 días se contará desde que el contratista presente la fecha de realización de los trabajoscitada factura en el CNIC. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, En las facturas que se entregarán presenten al cobro, se deberá repercutir como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando así proceda. Las referencias al IVA deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que estas figuras impositivas rijan. La realización del pago no implica que el CNIC haya aceptado como correctamente ejecutada la Plataforma FACEprestación, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad públicasino que, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad derecho del Ayuntamiento de Albacete, así como contratista al abono del precio no surge si previamente no ha ejecutado la prestación en los términos establecidos en los pliegos. -Abonos a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetecuenta por operaciones preparatorias: NO proceden.

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Samples: Pliego De Cláusulas Jurídicas Particulares Del Contrato De Suministro De Una Plataforma

Régimen de pagos. El pago adjudicatario del contrato tiene derecho al abono, con arreglo al precio se efectuará previa presentación convenido, de los suministros que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas o a las facturas, una vez realizado órdenes dadas por escrito por la Administración contratante. La Administración tendrá la obligación de abonar el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º precio dentro del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días señalado en el artículo 198.4 de la obligación de pagoLCSP y, si se inicia demorase, deberá abonar al contratista, a partir de la fecha de aprobación de del cumplimiento del citado plazo los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorademora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, el contratista deberá de haber cumplido 29 de diciembre, por la obligación que se establecen medidas de presentar lucha contra la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido morosidad en el apartado precedentelas operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicadocorrespondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta (30) días desde la aprobación de la certificación correspondiente. Si el contratista incumpliera el plazo de treinta (30) días para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta (30) días desde la fecha de realización la correcta presentación de la factura, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los trabajosmedios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión. A El pago del importe del suministro se realizará contra factura, incorporando a la misma los descuentos ofertados en la proposición económica correspondiente al carburante repostado en la dependencia de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales. La factura se expedirá de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada, en su caso, por el responsable del contrato. El contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. La presentación de las facturas correspondientes a las prestaciones derivadas de este contrato se realizará del siguiente modo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSPel Decreto 151/2014, disposición adicionada de 29 de diciembre, por el Real Decreto Ley 4/2013que se establecen exclusiones a la obligación de facturación electrónica (BOPA núm. 301 de 31 de diciembre de 2014): ⎯ Facturas con formato electrónico: se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe), de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de cual se accede mediante la creación de empleodirección web: xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/. En dichas facturas deben constar los siguientes códigos DIR: FACTURAS DEL LOTE 1 (Programa 712D) FACTURAS DE LOS LOTES 2, las 3 Y 4 (Programa 711A) XXXXXXXX XXX XXXX 0 (Xxxxxxxx 000X) OFICINA CONTABLE A03003824 A03003824 A03003824 ÓRGANO GESTOR A03015439 A03015439 A03015439 UNIDAD TRAMITADORA A03003876 A03003866 X00000000 ⎯ Facturas sin formato electrónico: se presentarán en el Registro Administrativo correspondiente. En dichas facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo deberá constar el órgano administrativo con competencia de contratación así como el servicio destinatario de las mismas, que será el Servicio de Ordenación Pesquera en materia el caso de contabilidad públicalos suministros relativos al Lote 1 (programa 712D), el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento Coordinación de Albacete, así como a efectos Oficinas Comarcales en el caso de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete suministros relativos a los Lotes 2, 3 y 4 (programa 711A) y el destinatario Servicio del contrato es Laboratorio de Sanidad Animal en el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento caso de Albacetelos suministros relativos al Lote 5 (programa 712F).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Suministro De Combustible

Régimen de pagos. El pago adjudicatario tendrá derecho al abono del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado obras efectivamente certificadas y han de ser conformadas formalmente recibidas por el Servicio PromotorAyuntamiento con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato. En cuanto al formato y De conformidad con lo establecido en la presentación LCSP, se permitirá el abono parcial del importe total de adjudicación. Para ello, el adjudicatario deberá remitir la factura parcial junto con una certificación de los trabajos efectivamente realzados a la fecha de emisión de la factura. El pago se efectuará aplicando a los precios unitarios del presupuesto el porcentaje de baja de adjudicación resultante de la oferta del adjudicatario. Previa comprobación de los mismos por los técnicos designados por el Ayuntamiento, conforme procederá su aprobación y abono en el plazo máximo de 30 días legalmente previstos. Si la Administración incurriese en demora se estará a lo regulado dispuesto en el artículo 14los apartados 4, apartado 2º 5 y 6 del art. 198 de la Ley 39/2015LCSP. En caso de no encontrarse debidamente remitida la factura, junto con el desglose de los trabajos realizados (certificaciones mensuales como documento adjunto), o no mostrarse la conformidad de la misma por parte de los técnicos designados, se hará procederá a rechazar la factura presentada, para su nueva presentación una vez subsanados las deficiencias observadas. En caso de que el adjudicatario sea persona jurídica será obligación de la misma la remisión de la factura vía telemática, a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma aplicación del FACE. A Para la transmisión de los efectos establecidos derechos de cobro, se estará a lo dispuesto en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días 200 de la obligación LCSP. El formato de pagolas facturas y certificaciones serán realizadas teniendo en cuenta las especificaciones que solicite el Ayuntamiento, se inicia a partir para la correcta justificación del incentivo concedido para la ejecución de las obras. El formato de las mismas deberá tener en cuenta lo estipulado en la fecha Cláusula de aprobación Justificación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista las inversiones. El adjudicatario deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura vía telemática, a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación aplicación del FACE; con los siguientes códigos: Todo ello en los términos del art. 198 LCSP. Las facturas asimismo deberán cumplir los requisitos necesarios para la Justificación de empleo, las facturas se entregarán en inversiones de la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetesubvención concedida.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que

Régimen de pagos. De acuerdo con el calendario de ejecución de los trabajos establecidos en el presente pliego, el contratista facturará los trabajos realizados de acuerdo con el siguiente cuadro: Memoria inicial A la entrega Programa anual de actuación A la entrega Informe anual de cumplimiento del programa A la entrega Gestión de la obtención de autorizaciones sectoriales En el momento de la certificación trimestral justificativa autorizada Programa de vigilancia ambiental. A la entrega Coordinación de la dirección de la obra Certificación trimestral de obra justificada. Elaboración de pliegos de condiciones técnicas particulares. A la entrega Informe valorativo de los proyectos presentados o propuestas de obras a realizar. A la entrega Información Certificación trimestral El pago del precio efectivo de los mismos se efectuará previa presentación de las facturasla correspondiente factura en los momentos indicados en el apartado anterior, la cual deberá ser conformada por los técnicos municipales una vez supervisado el trabajo facturado, así como por el Concejal Delegado del Area, todo ello con carácter previo a su aprobación por el órgano competente. La factura se ajustará a lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1.496/2003, de 28 de noviembre, y en ella deberán figurar los siguientes datos: - Número y en su caso serie de la factura. - Fecha de expedición - Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración española o, en su caso, por la de otro Estado miembro de la Comunidad Europea, con el que ha realizado la operación obligado a expedir la factura. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLON DE LA PLANA - Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. - Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto, correspondiente a aquellas y su importe, incluyendo el suministroprecio unitario sin Impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario. Las facturas deberán ir detalladas con - El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las prendas operaciones. - La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado. - La fecha en que se han suministrado y han hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de ser conformadas por el Servicio Promotoruna fecha distinta a la de expedición de la factura. En cuanto al formato El interés de demora y la presentación indemnización por los costes de cobro, para el supuesto que la Corporación no efectuase el pago de cada factura dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de expedición de la factura, conforme a lo regulado que se registrarán de entrada en el artículo 14Ayuntamiento a ser posible en la misma fecha y siempre que ésta resulte aprobada por la Corporación, apartado 2º de será el establecido por la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/20133/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de lucha contra la creación de empleo, las facturas se entregarán morosidad en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albaceteoperaciones comerciales.

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Samples: www.castello.es

Régimen de pagos. El pago adjudicatario del contrato tiene derecho al abono, con arreglo al precio se efectuará previa presentación convenido, de las facturasprestaciones que realmente ejecute, una vez realizado con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas o a las órdenes dadas por escrito por la Administración contratante. La Administración tendrá la obligación de abonar el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º precio dentro del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días señalado en el artículo 198.4 de la obligación de pagoLCSP y, si se inicia demorase, deberá abonar al contratista, a partir de la fecha de aprobación de del cumplimiento del citado plazo los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorademora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, el contratista deberá de haber cumplido 29 de diciembre, por la obligación que se establecen medidas de presentar lucha contra la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido morosidad en el apartado precedentelas operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicadocorrespondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta (30) días desde la aprobación de la certificación correspondiente. Si el contratista incumpliera el plazo de treinta (30) días para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta (30) días desde la fecha de realización la correcta presentación de la factura, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los trabajosmedios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión. A los El pago del importe del contrato se abonará a la finalización del mismo y se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada, en su caso, por el responsable del contrato. El contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. La presentación de las facturas correspondientes a las prestaciones derivadas de este contrato se realizará del siguiente modo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSPel Decreto 151/2014, disposición adicionada de 29 de diciembre, por el Real Decreto Ley 4/2013que se establecen exclusiones a la obligación de facturación electrónica (BOPA núm. 301 de 31 de diciembre de 2014): ⎯ Facturas con formato electrónico: se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe), de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de cual se accede mediante la creación de empleo, las dirección web: xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/. En dichas facturas deben constar los siguientes códigos DIR: OFICINA CONTABLE A03003824 ÓRGANO GESTOR A03015439 UNIDAD TRAMITADORA A03003876 ⎯ Facturas sin formato electrónico: se entregarán presentarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de Registro Administrativo correspondiente. En dichas facturas deberá constar en la factura el órgano de contratación es la Junta así como el servicio destinatario de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es las mismas, que será el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de AlbaceteEstructuras Pesqueras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirán La Licitación De Un Contrato Mixto De Suministro E Instalación De Dos Equipos De Tanques Modulares Compactos Para La Depuradora De Moluscos Del Centro De Experimentación Pesquera en Castropol, a Adjudicar

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará efectuará, previa la presentación de las facturasla pertinente factura/s por el contratista, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de debiéndose ser conformadas conformada la misma por el Servicio PromotorPromotor del expediente. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. EPSILON SEGURIDAD SL FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: OFICIAL MAYOR XXXXXXX XXXXX DE LA XXXX XXXXXXX FIRMADO POR: A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACEFACE o en la Sección de Compras del Ayuntamiento de Albacete, ubicada en la Planta 3ª, registros administrativos encargados de controlar la entrada de las facturas, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios la Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Albacete.

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Samples: eadmin.dipualba.es

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han cualquier unidad de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la facturaobra, conforme a lo regulado las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el artículo 14precio de la misma, apartado 2º aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios El pago se efectuará mediante certificaciones mensuales de los trabajos efectuados que se abonarán de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y 215 de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante Contratos del Sector Público y 147 y siguientes del Reglamento General de la Plataforma FACELey de Contratos de las Administraciones Públicas. A los efectos establecidos De conformidad con lo dispuesto en el art. 21617.5 del Real Decreto-Ley 13/2009, apartado 4º de 26 de octubre, el Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar a los contratistas el precio dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de recepción por el Ayuntamiento de las certificaciones de obra o de los correspondientes documentos que acrediten la realización parcial o total del TRLCSPcontrato. Asimismo, se entenderá que de conformidad con el citado precepto, el contratista deberá abonar a los subcontratistas el precio pactado por las prestaciones cuya realización les hayan encomendado en el plazo máximo de 30 días de la obligación de pagonaturales, se inicia a partir de computado desde la fecha de aprobación por el contratista principal de la factura emitida por el subcontratista o suministrador. El incumplimiento de esta obligación tendrá la consideración de cumplimiento defectuoso del contrato a efectos de imposición de penalidades. El contratista podrá desarrollar los documentos trabajos con mayor celeridad que acrediten la conformidad con los servicios prestados y prevista para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como las obras se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, ejecuten en el plazo o plazos contractuales, salvo que, a juicio de treinta días la Dirección de las obras, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Las certificaciones así expedidas sólo devengarán intereses por demora desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto señalada en la disposición adicional trigésimo tercera el artículo 152 del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y Reglamento General de la creación Ley de empleoContratos de las Administraciones Públicas. El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en los artículos 200.3 de la Ley de Contratos del Sector Público y 155 y 156 del Reglamento. En todo caso, las facturas se entregarán le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de AlbaceteLey.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De La Obra De Construcción Estadio Municipal De Deportes De Rute en Parcela Dotacional Del Ppr1 Y Ppr5 De La Localidad, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación Y Tramitación Urgente

Régimen de pagos. El pago canon fijo anual se devengará el primer día del precio se efectuará previa presentación de las facturasejercicio natural, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado excepto en el artículo 14año de entrada en funcionamiento, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en que será el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten puesta en servicio. Será prorrateable por mes entero cuando la conformidad puesta en servicio o la finalización del contrato no coincidan con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través fecha uno del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedentemes. Para que haya lugar al inicio del cómputo el prorrateo se entenderá incluido el mes de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización puesta en servicio o finalización del contrato. Este canon fijo anual se hará efectivo por iguales y mitades partes en dos plazos dentro de los trabajosprimeros 20 días de cada semestre natural. A Para el caso en que la fecha de puesta en servicio no coincida con un semestre natural, el período de pago se hará efectivo dentro de los efectos primeros 20 días de lo dispuesto la fecha de la puesta en servicio. El canon se ingresará en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad Tesorería del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos dentro de los datos que deben de constar en la factura el plazos anteriormente marcados, para lo cual se le remitirá por los servicios del órgano de contratación es el documento de ABONARÉ correspondiente. El canon variable anual relativo a los porcentajes de la Junta cifra de Gobierno Local facturación bruta anual, se hará efectivo semestralmente, debiendo aportar la empresa adjudicataria toda la información necesaria para acreditar las ventas realizadas (facturas y justificantes necesarios). Los servicios del Ayuntamiento órgano de Albacete y contratación emitirán las correspondientes liquidaciones (ABONARÉ) por los conceptos establecidos. El ingreso del canon variable anual se efectuará tras la remisión del documento de ABONARÉ que se le expedirá por la Administración en los 20 primeros días del mes siguiente al semestre natural. Finalizado el destinatario ejercicio económico, la empresa adjudicataria presentará al órgano de contratación las cuentas auditadas, para verificar las liquidaciones semestrales de los cánones variables. La empresa adjudicataria estará obligada a la realización de una auditoria anual, sin perjuicio del contrato es el Servicio Contra Incendios resto de las auditorias exigidas por la normativa aplicable, o la que, en su caso, pueda solicitar la Administración. Los gastos de dichas auditorias serán a cargo del Ayuntamiento de Albaceteadjudicatario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Gestión Del Servicio Público en La Modalidad De Concesion, De Transporte Turístico Urbano Con Itinerario Fijo en El Término

Régimen de pagos. El pago del precio AL ADJUDICATARIO‌ La facturación de los servicios al licitador, en función de la modalidad de contrato que se efectuará previa presentación proponga, es una herramienta motivadora para alinear intereses con incentivos en la línea de las facturaspolíticas municipales. La retribución al contratista podrá configurarse como un precio por servicio prestado, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han estableciéndose, o bien un mecanismo de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación comprobación de la facturacalidad de los servicios, conforme a lo regulado de tal manera que un servicio se entienda prestado cuando alcance un determinado nivel de calidad, o bien un mecanismo de cuantificación del número o volumen de servicios prestados en cada periodo (i.e. volumen de residuos recogidos en el artículo 14periodo de cada tipo de fracción, apartado 2º superficie de la Ley 39/2015vía pública limpiada, etc.) Para el abono al adjudicatario de las obligaciones del contrato se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá procederá por certificaciones mensuales que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con reflejarán los servicios prestados en el periodo correspondiente y para su valoración, ya sea mediante precio mensual fijo sobre el que surta efectos se aplicarán, en su caso, las deducciones que resulten del sistema de pago por indicadores a describir en los pliegos, con sus correspondientes fórmulas, o bien mediante fórmulas de retribución que permitan identificar los servicios unitarios realmente prestados en cada periodo y su abono al contratista a los precios unitarios ofertados (i.e. pagos por tonelada de residuos recogidos en el periodo de cada tipo de fracción, pagos por superficie de vía pública limpiada, etc.) A este respecto el pago por canon por una cantidad determinada definida por el licitador traslada toda la reclamación responsabilidad sobre adaptación de intereses propuestas de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demoragestión a la Entidad Local, el contratista deberá adjudicatario es el mejor conocedor del servicio y puede proponer actuaciones de haber cumplido mejora no circunscritas a la obligación voluntariedad de presentar las comisiones de seguimiento del contrato sino vinculadas a la factura a través del sistema FACEmejora de su cuenta de resultados, tal esas propuesta deben ser evaluadas por los responsables de gestión municipales para su incorporación en los contratos en función de la voluntad y como se ha establecido posibilidad política, estos sistemas de pago por objetivos, contratos marco, u objetivos variables no tienen por qué suponer un quebranto económico en el apartado precedenteadjudicatario quien deberá determinar las propuestas a los tipos de licitación para situaciones de equilibrio y posibilidad de gestión encontrando un equilibrio de objetivos y costes. Para En determinados Entes Locales, particularmente en aquellos que haya lugar al inicio del cómputo tengan un tamaño mediano-grande, presenten un gran volumen de plazo para población estacional u otras circunstancias que hagan que sea previsible que el devengo servicio pueda tener variaciones, como la existencia de interesesnuevos desarrollos urbanísticos programados o incluso cuando el contrato se prevea de larga duración, resulta aconsejable la regulación en los pliegos de sistemas de pago flexibles que permitan adaptar de manera automática el contratista deberá haber cumplido servicio sin necesidad de reformar el contrato cada vez que hay una modificación o nueva propuesta, particularmente en los servicios de recogida de residuos. Algunos ejemplos a tener en cuenta en la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización regulación de los trabajos. A diferentes servicios objeto de esta Guía son los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacete.siguientes:

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Samples: femp.femp.es

Régimen de pagos. El En cumplimiento de lo dispuesto en el art 216.4 TRLCSP, el pago del precio del contrato se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado realizará en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pagodías, se inicia contados a partir de la fecha de aprobación registro de los documentos que acrediten entrada de la conformidad con los servicios prestados factura, mediante transferencia bancaria, siendo necesario en todo caso para su abono la firma del responsable del servicio acreditando la efectiva y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista satisfactoria realización del mismo. En todo caso se deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha tener en cuenta lo establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo 08 xxx Xxxxxx de plazo para prescripciones técnicas (LOTE 1) o el devengo apartado 06 xxx Xxxxxx de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la facturaprescripciones técnicas (LOTE 2), en lo relativo a la Planificación, evaluación y control del servicio. Las facturas deberán enviarse siempre al Departamento de Contabilidad para su oportuno registro y posterior tramitación. El adjudicatario tiene derecho al abono conforme a los precios convenidos. El adjudicatario facturará mensualmente los servicios prestados. El Ayuntamiento de Leioa abonará al adjudicatario doce mensualidades con el registro administrativo importe resultante de los servicios prestados de forma efectiva durante cada mes multiplicado por el precio/hora correspondiente, antes indicadoa la presentación de factura detallada por el trabajo realizado cada mes, en tiempo y formaprevia conformidad municipal. Si se observase que la factura presentada adolece de algún requisito exigible, se solicitará su subsanación sin que empiece a computarse el plazo indicado en el plazo párrafo siguiente hasta su corrección. En el caso de treinta días desde la fecha servicios de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleotracto sucesivo, las facturas se entregarán deberán remitir en el plazo máximo de 10 días desde la Plataforma FACErealización de la prestación en el periodo de que se trate. En caso que durante la vigencia del contrato sea necesario cesar temporal o permanentemente de alguno de los servicios contratados o las horas ejecutadas sean inferiores a las presupuestadas, siendo se restará de la retribución total del contratista el órgano administrativo con competencia en materia importe correspondiente a las horas contratadas calculando el coste de contabilidad públicala hora ofertado por el contratista (tras dividir el importe de adjudicación entre el número de horas totales). En definitiva, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos comprobará el ajuste de los datos importes facturados a la programación realizada, a los precios contratados, y a las actividades extraordinarias que deben en su caso se hayan autorizado, abonando cada mes las que se hayan realizado de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albaceteforma efectiva.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación

Régimen de pagos. Los trabajos efectuados en la ejecución de las obras se abonarán mediante Certificaciones mensuales de obra por los trabajos realizados. Estas Certificaciones deberán contar con la aprobación de la Dirección de obra, y con el visto bueno de la persona o personas que correspondan por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Portugalete. Dichas Certificaciones parciales de obra no tendrán más que carácter provisional a buena cuenta, y no supondrán la aprobación de los trabajos que en ellas se incluyan. Los trabajos añadidos o las modificaciones de obra que no hayan sido previamente aceptadas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, no darán lugar a ningún tipo de abono. De igual manera ocurrirá con todos aquellos precios que no hayan sido previamente aprobados por dichos Servicios Técnicos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturascertificaciones de obra se realizará contra factura, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas expedida de acuerdo con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas la normativa vigente, debidamente conformada, en su caso, por el Servicio Promotordesignado como responsable del contrato. En cuanto al formato y la presentación La Administración deberá abonar el importe de la factura, las facturas conforme a lo regulado establecido en el artículo 14216 del Real Decreto Legislativo 3/2011, apartado 2º de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley 39/2015, de Contratos del Sector Público. Estas se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos presentaran en el art. 216Registro Municipal de facturas, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo indicando como destinatario: Servicio de 30 días Obras y precisan de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación conformidad de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demoraServicios Municipales. La competencia en esta Administración, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio corresponde al Departamento de Presupuestos Intervención. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista en los plazos contractuales, no teniendo derecho, sin embargo, a percibir mayor cantidad del precio que la consignada en la anualidad correspondiente. Previa petición escrita del contratista, se podrán realizar abonos a cuenta por acopios de materiales y Contabilidad gastos de instalaciones y equipos adscritos a la obra, en la forma y con las garantías previstas en los artículos 155 a 157 del Ayuntamiento Reglamento General de Albacetela LCAP, así como debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía. El contratista podrá ceder a efectos un tercero, por cualquiera de los datos medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que deben dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de constar pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión. Los abonos resultantes de las certificaciones expedidas tienen el concepto de pagos a buena cuenta, sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la factura el órgano medición final, sin suponer, en forma alguna, aprobación y recepción de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetelas obras que se comprenden.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para Contratar, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicacion, La Ejecucion Del Proyecto De Obras

Régimen de pagos. El pago R. Entidades Locales: 00000000- C. Identificación: P-0000000-G – Dirección: Xxxx. Xxxxxxxxx, 00 – C.Postal: 18640 – Tel: 000000000 – Fax: 000000000 – email: xxxxxxx@xxxxxxx.xx Dentro del precio se efectuará previa presentación plazo de tres meses (art. 235.1 TRLCSP) a contar desde la fecha del acta de recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las facturasobras ejecutadas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto será abonada al formato y la presentación de la facturacontratista, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º dentro del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de (art. 216.4 TRLCSP en su redacción dada por la obligación de pago, se inicia Ley 13/2014) a partir de su expedición, a cuenta de la fecha liquidación del contrato. En el plazo de aprobación quince días anteriores al cumplimiento del plazo de los documentos que acrediten garantía, el director facultativo de la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación obra redactará, de intereses oficio o a instancia del contratista, un informe sobre el estado de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demoralas obras (art. 235.3 TRLCSP). Si éste fuera favorable, el contratista deberá quedará relevado de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACEtoda responsabilidad, tal y como se ha establecido salvo en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio supuesto de vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la facturacontrato y, en el registro administrativo correspondientesu caso, antes indicado, en tiempo y forma, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de treinta días desde sesenta días. En caso de demora por la fecha Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento del plazo legalmente previsto, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos fijador por la normativa de aplicación (art. 216.4 TRLCSP). Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP (art. 216.5). Si la demora de la Administración fuese superior a seis meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen (art. 216.6 TRLCSP, en su redacción dada por la Ley 14/2013). Los trabajos realizados sin la previa aprobación y formalización de la modificación correspondiente, estarán condicionados a que se informe por los técnicos municipales que esos trabajos suponen un beneficio par el interés público municipal. El pago de estos suministros y/o trabajos adicionales se realizará por aplicación del principio que prohíbe el enriquecimiento injusto de una de las partes. En todo caso, el pago de las cantidades correspondientes por este concepto queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto vigente, a la tramitación de la correspondiente modificación o crédito en caso contrario si ello es posible o a la aprobación del presupuesto para el ejercicio siguiente. Todo ello sin perjuicio de las posibles responsabilidades que pueda reclamar el Ayuntamiento a la empresa y al Director de obra por la ejecución de estas modificaciones sin autorización formal previa. La supervisión e inspección de los trabajos objeto de la contrata corresponderá a los Técnicos que el Ayuntamiento designe, los cuales dictarán al contratista las instrucciones necesarias para la normal y eficaz realización de aquéllos. El adjudicatario podrá ceder, en los trabajos. A los efectos de lo dispuesto términos previstos en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, los derechos de medidas de apoyo cobro que tengan frente al emprendedor Ayuntamiento y de estímulo del crecimiento y que deriven de la creación ejecución del contrato. Para que la cesión del derecho de empleocobro tenga plena efectividad frente al Ayuntamiento se deberá comunicar fehacientemente al Ayuntamiento la cesión de R. Entidades Locales: 00000000- C. Identificación: P-0000000-G – Dirección: Xxxx. Xxxxxxxxx, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos 00 – C.Postal: 18640 – Tel: 000000000 – Fax: 000000000 – email: xxxxxxx@xxxxxxx.xx crédito efectuada y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar identifiquen al cedente y cesionario y sus representantes con poder suficiente para realizar y aceptar la cesión. Todo ello mediante escrito presentado en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local Registro General del Ayuntamiento de Albacete mismo firmado por el cedente y el destinatario cesionario. Una vez el Ayuntamiento tome razón de la cesión, la orden de pago se expedirá a favor del contrato es cesionario. En todo caso, el Servicio Contra Incendios Ayuntamiento podrá oponer el cesionario las excepciones de pago y los medios de defensa que tuviera contra el cedente y especialmente las que procedan en el caso de embargo de los derechos del Ayuntamiento contratista devengados como consecuencia de Albacetela ejecución del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá La Contratación, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Tramitación Ordinaria, Para La Ejecución De La Obra De Estructura Y Cubierta De La Casa De La Juventud, Del Término Municipal De Padul

Régimen de pagos. El pago del precio Con periodicidad mensual se efectuará previa presentación formularán por los Servicios Técnicos Municipales, relaciones valoradas de cuanto corresponda percibir al contratista por aquellos trabajos, las cuales servirán para extender las certificaciones correspondientes. Las relaciones valoradas se compondrán de las facturassiguientes partidas: -Conservación: comprende todos los trabajos de gestión, una vez realizado conservación y explotación y de las acciones, personal y materiales necesarios para el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas mantenimiento en servicio de la totalidad de los equipos durante toda la vigencia del contrato, de tal forma que se han suministrado encuentran incluidos los abonos de todos los trabajos y han actuaciones necesarias para la resolución de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación cualquier tipo de la factura, conforme a avería así como de sustitución de equipos si está fuese necesaria según lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedentePPTP. Para que haya lugar al inicio Las valoraciones se efectuarán a partir del cómputo inventario de plazo para el devengo de interesestodos los elementos instalados y operativos a fecha del primer día del mes, el contratista deberá haber cumplido según la obligación de presentar la factura, distribución y denominación establecida en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo Anexo II del PPTP y forma, en el plazo Capítulo de treinta días desde C.8.00 de Gestión, Conservación y Explotación de Semáforos del cuadro de precios y que se corresponde con cantidades de coste mensual por unidad. -Reparaciones, desperfectos, derribos y reformas no marcadas como obligación en el Pliego de Prescripciones Técnicas y solicitadas por los Servicios Técnicos Municipales. Las valoraciones se efectuarán con arreglo al Cuadro de Precios y con los tiempos de reparación y demás condiciones establecidas en los artículos correspondientes a la fecha conservación y mantenimiento. -Nuevas instalaciones. Las valoraciones se efectuarán con arreglo al Cuadro de realización Precios y con los tiempos de ejecución y demás condiciones establecidas en los trabajosartículos correspondientes a las instalaciones. A En los efectos supuestos de lo dispuesto grandes reformas o nuevas instalaciones que no sea factible su ejecución en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por un mes natural el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y periodo de la creación certificación será desde el comienzo de empleola intervención hasta su finalización. Las certificaciones se extenderán aplicando los precios aprobados conforme al Cuadro de Precios que figura anejo al Pliego de Prescripciones Técnicas, incrementados con el diecinueve por ciento (19%) de gastos generales y beneficio industrial, introduciendo a continuación la reducción correspondiente a las facturas se entregarán bajas ofertadas y aplicando finalmente el IVA correspondiente. Los precios que figuran en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia apartado de contabilidad pública, el Servicio Conservación tienen unidades de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como Euros/Mes. - Abonos a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetecuenta por operaciones preparatorias: NO proceden.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato Mixto De Servicios Y Suministros

Régimen de pagos. El pago del precio Los servicios se efectuará previa presentación de las facturas, facturarán una vez realizado el suministrotrabajo o prestado el servicio, debiendo emitir una factura por cada uno de ellos, incorporando en la factura el número de expediente del contrato, el departamento solicitante, la relación de trabajos realizados, la identificación del órgano de contratación (Comisión Ejecutiva), la identificación del Departamento de Contabilidad y Presupuestos de la Fundación, y la identificación del Responsable, así como los otros datos que de acuerdo con la normativa aplicable sea preceptivos hacer constar en la factura. Las facturas se deberán ir detalladas con remitir por correo postal a la dirección de ADEIT dirigida al departamento de Contabilidad y Presupuestos. El pago de las prendas que facturas se han suministrado y han realizará tras su conformación por parte del Responsable del Contrato, dentro de ser conformadas por el Servicio Promotorlos treinta (30) días siguientes a la misma. En cuanto al formato y La conformación deberá realizarse dentro de los quince días siguientes a contar desde la fecha de presentación de la factura. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria al número de cuenta que a tal efecto indique el adjudicatario/os del Contrato. El contratista aportará, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º cumplimiento del Art. 43.1.f) de la Ley 39/2015General Tributaria, un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, emitido a estos efectos por la Administración Tributaria durante los doce meses inmediatamente anteriores al pago de cada factura de la presente contratación, debiendo ser renovado si concluye dicho plazo y resten facturas pendientes de pago. En tanto no se hará produzca la presentación de dichos documentos, no será exigible a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de Fundación la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora. Asimismo, el contratista deberá aportar la documentación acreditativa de haber cumplido que está al corriente en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social. Además, durante la vigencia del presente contrato, la Fundación podrá volver a requerir a la contratista la entrega de la citada documentación o solicitar, si lo estima oportuno, las cartas de pago a la Seguridad Social (modelos TC.1 y TC.2) para verificar la inclusión del personal comprendido en la relación de trabajadores aportados por la contratista, así como solicitar la acreditación del correcto cobro de sus salarios. En tanto no se produzca la presentación de dichos documentos y resultara conforme su comprobación, no será exigible a la Fundación la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetepago.

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Samples: portaldetransparencia.adeituv.es

Régimen de pagos. El pago adjudicatario tiene derecho al abono del precio se efectuará previa presentación del suministro de electricidad efectivamente realizado y formalmente recibidos por la Administración mediante la conformidad de los mismos emitida por la Administración. Presentando la correspondiente factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente y en los plazos determinados por el artículo 216 y Disposición Transitoria Sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La empresa adjudicataria emitirá facturas individuales de cada uno de los suministros con periodicidad mensual, así como un resumen conjunto dela facturación global que recoja el importe total de todas las facturas, número de referencia del contrato o CUPS y consumo. Todas las facturas generales en un mismo mes, se enviarán a la vez en una vez realizado el suministrosola remesa. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas contener toda la información necesaria para su correcta interpretación. Como mínimo contendrán los siguientes datos: - Datos del suministro ( denominación, dirección...) - Datos del contrato (referencia, CUPS, tarifa, potencia contratadas, períodos horarios, ) - Identificación del contador ( nº, tipo, ) - Período de facturación. - Lecturas reales inicial y final del mes correspondiente. - Tarifa de acceso a redes. - Término de potencia. - Término de energía. - Consumo de energía activa. - Consumo de energía reactiva. - Potencia máxima demandada. - Coste de alquiler equipo de medida. - Impuestos aplicables, que graven el consumo de energía, incluido el IPSI. Para los errores que se han suministrado y han detecten en la comprobación de ser conformadas la facturación mensula, el comercializador vendrá obligado, a requerimiento de la Ciudad Autónoma, a rehacer las facturas individuales erróneas. Las facturas que por el Servicio Promotorproceso anterior queden fuera de la facturación, si fuese el caso, serán incluidas, una vez corregidas, en la facturación del siguiente. Para errores en la facturación que pudieren pasar inadvertidos y que sean detectados con posterioridad, el comercializador vendrá obligado a requerimiento de la Ciudad Autónoma, a refacturar y abonar en su caso el importe correspondiente por diferencia con la facturación correcta, según legislación vigente. A fecha de inicio del contrato, se hará una lectura inicial de los contadores, la cual se facilitará a la Consejería de Fomento, Juventud y Deportes y servirá de base para la primera facturación en función de los precios finalmente acordados. Además, el adjudicatario deberá remitir la facturación tanto en formato digital como en soporte papel, en una sola remesa mensual. Una vez aceptada la facturación mensual definitiva presentada por el adjudicatario aa Consejería de Fomento, Juventud y Deportes, ésta procederá a su fiscalización y abono correspondiente, según la legislación vigente y/ o los acuerdos entre ambas partes, en su caso. La facturación de la energía consumida se realizará de acuerdo con los datos registrados en los equipos de medida instalados para este fin. En cuanto al formato y aquellos casos en que por avería no se pudiera disponer de toda la presentación de información necesaria para emitir la facturafactura adecuadamente, conforme se atenderá a lo regulado en el artículo 14Real Decreto 1955/2000, apartado 2º 1 de la Ley 39/2015diciembre, por el que se hará a través regula las actividades de medios electrónicostransporte, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216distribución, apartado 4º del TRLCSPcomercialización, se entenderá que el plazo suministros y procedimientos de 30 días autorización y de la obligación las instalaciones de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados energía eléctrica y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/20131110/2007, de medidas 24 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento unificado de apoyo al emprendedor y puntos de estímulo medida del crecimiento y sistema eléctrico o cualquier legislación vigente que los sustituyan o complementen. En cualquier caso la regularización se producirá antes de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad finalización del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetecontrato/ año natural. .

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Suministro

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos del pago, la Administración expedirá mensualmente, durante los seis meses que se prevé la ejecución de la obra, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho período de tiempo, cuyos abonos tienen el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden. Dentro del plazo de tres meses (art. 216235.1 TRLCSP) a contar desde la fecha del acta de recepción, apartado 4º el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista, dentro del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de (art. 216.4 TRLCSP en su redacción dada por la obligación de pago, se inicia Ley 13/2014) a partir de su expedición, a cuenta de la fecha liquidación del contrato. En el plazo de aprobación quince días anteriores al cumplimiento del plazo de los documentos que acrediten garantía, el director facultativo de la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación obra redactará, de intereses oficio o a instancia del contratista, un informe sobre el estado de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demoralas obras (art. 235.3 TRLCSP). Si éste fuera favorable, el contratista deberá quedará relevado de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACEtoda responsabilidad, tal y como se ha establecido salvo en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio supuesto de vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la facturacontrato y, en el registro administrativo correspondientesu caso, antes indicado, en tiempo y forma, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de treinta días desde sesenta días. En caso de demora por la fecha Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento del plazo legalmente previsto, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos fijador por la normativa de aplicación (art. 216.4 TRLCSP). Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP (art. 216.5). Ayuntamiento xx Xxxxxx, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xxx. 0, 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Página 17 NIF: P0205300G Expediente 31262W Si la demora de la Administración fuese superior a seis meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen (art. 216.6 TRLCSP, en su redacción dada por la Ley 14/2013). LOS FIRMANTES DE ESTE DOCUMENTO SE MUESTRAN EN LA PRIMERA PÁGINA DEL MISMO Los trabajos realizados sin la previa aprobación y formalización de la modificación correspondiente, estarán condicionados a que se informe por los técnicos municipales que esos trabajos suponen un beneficio para el interés público municipal. El pago de estos suministros y/o trabajos adicionales se realizará por aplicación del principio que prohíbe el enriquecimiento injusto de una de las partes. En todo caso, el pago de las cantidades correspondientes por este concepto queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto vigente, a la tramitación de la correspondiente modificación o crédito en caso contrario si ello es posible o a la aprobación del presupuesto para el ejercicio siguiente. Todo ello sin perjuicio de las posibles responsabilidades que pueda reclamar el Ayuntamiento a la empresa y al Director de obra por la ejecución de estas modificaciones sin autorización formal previa. La supervisión e inspección de los trabajos objeto de la contrata corresponderá a los Técnicos que el Ayuntamiento designe, los cuales dictarán al contratista las instrucciones necesarias para la normal y eficaz realización de aquéllos. El adjudicatario podrá ceder, en los trabajos. A los efectos de lo dispuesto términos previstos en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, los derechos de medidas de apoyo cobro que tengan frente al emprendedor Ayuntamiento y de estímulo del crecimiento y que deriven de la creación ejecución del contrato. Para que la cesión del derecho de empleo, las facturas cobro tenga plena efectividad frente al Ayuntamiento se entregarán en deberá comunicar fehacientemente al Ayuntamiento la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia cesión de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos crédito efectuada y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar identifiquen al cedente y cesionario y sus representantes con poder suficiente para realizar y aceptar la cesión. Todo ello mediante escrito presentado en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local Registro General del Ayuntamiento de Albacete mismo firmado por el cedente y el destinatario cesionario. Una vez el Ayuntamiento tome razón de la cesión, la orden de pago se expedirá a favor del contrato es cesionario. En todo caso, el Servicio Contra Incendios Ayuntamiento podrá oponer el cesionario las excepciones de pago y los medios de defensa que tuviera contra el cedente y especialmente las que procedan en el caso de embargo de los derechos del Ayuntamiento contratista devengados como consecuencia de Albacetela ejecución del contrato.

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Samples: Pliego De Claususlas Administrativas Particulares

Régimen de pagos. El pago contratista tiene derecho a percibir el importe de las prestaciones efectivamente realizadas mediante presentación de la factura o facturas correspondientes hasta el importe total del precio de adjudicación. Estas facturas, que deberán cumplir con la totalidad de los requisitos exigibles de acuerdo a la normativa vigente en cada momento, se efectuará previa presentación presentarán en el Registro de las facturasEntrada del Ayuntamiento, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado haya expedido la certificación o el documento equivalente de recepción o conformidad y han valoración de ser conformadas los trabajos realizados, o haya transcurrido el plazo máximo legalmente establecido para la confección de dicho documento. La Administración deberá abonar el importe de las facturas dentro del plazo legalmente establecido por el Servicio Promotorla normativa vigente. En cuanto caso de demora por la Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al formato contratista, a partir del cumplimiento del plazo legalmente previsto, los intereses de demora y la presentación indemnización por los costes de cobro en los términos fijador por la factura, conforme a lo regulado normativa de aplicación. Si la demora en el artículo 14pago fuese superior a cuatro meses, apartado 2º contados a partir del vencimiento de los dos meses a que se refiere el párrafo anterior, el contratista podrá proceder, en su caso, a la Ley 39/2015suspensión del cumplimiento del contrato, se hará debiendo comunicar a través la Administración con un mes de medios electrónicosantelación, mediante la Plataforma FACE. A tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los efectos derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el artTRLCSP. 216Si la demora de la Administración fuese superior a ocho meses, apartado 4º contados a partir del TRLCSP, se entenderá que el vencimiento del plazo de 30 días dos meses a que se refiere el párrafo primero de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorapresente cláusula, el contratista deberá tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de haber cumplido los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen. Los trabajos realizados sin la obligación previa aprobación y formalización de presentar la factura modificación correspondiente, estarán condicionados a través que se informe por los técnicos municipales que esos trabajos suponen un beneficio para el interés público municipal. El pago de estos suministros y/o trabajos adicionales se realizará por aplicación del sistema FACEprincipio que prohíbe el enriquecimiento injusto de una de las partes. En todo caso, tal el pago de las cantidades correspondientes por este concepto queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y como se ha establecido suficiente en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio presupuesto vigente, a la tramitación de la correspondiente modificación o crédito en caso contrario si ello es posible o a la aprobación del cómputo de plazo presupuesto para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el ejercicio siguiente. El plazo de treinta días pago de las cantidades correspondientes a estas prestaciones no contratadas inicialmente se eleva a seis meses a contar desde la fecha de la certificación correspondiente o de la habilitación del crédito necesario en su caso, sin que se genere derecho al cobro de intereses durante ese periodo de tiempo. La supervisión e inspección del suministro objeto de la contrata corresponderá a los Técnicos que el Ayuntamiento designe, los cuales dictarán al contratista las instrucciones necesarias para la normal y eficaz realización de aquél. El reconocimiento de la obligación se realizará, previa fiscalización de Intervención, una vez presentada la factura. La factura deberá estar debidamente conformada por el/la Sr./Sra. Alcalde/sa, concejal/a delegado/a o funcionario/a de los trabajos. A Servicios Técnicos municipales y deberá contener los efectos de lo dispuesto datos y requisitos establecidos en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/20131619/2012, de medidas 30 de apoyo al emprendedor noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. En todo caso, la factura deberá contener las siguientes menciones (art. 6): - Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas será correlativa. - Nombre y apellido o denominación social, número de estímulo identificación fiscal y domicilio del crecimiento expedidor. - Órgano que celebra el contrato, con identificación de su dirección y del número de identificación fiscal. - Descripción del objeto del contrato, con expresión del servicio a que vaya destinado. - Precio del contrato. - Lugar y fecha de su emisión. - Firma del/de la creación funcionario/a que acredite la recepción. El adjudicatario podrá ceder, en los términos previstos en el TRLCSP, los derechos de empleo, las facturas cobro que tengan frente al Ayuntamiento y que deriven de la ejecución del contrato. Para que la cesión del derecho de cobro tenga plena efectividad frente al Ayuntamiento se entregarán en deberá comunicar fehacientemente al Ayuntamiento la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia cesión de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos crédito efectuada y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar identifiquen al cedente y cesionario y sus representantes con poder suficiente para realizar y aceptar la cesión. Todo ello mediante escrito presentado en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local Registro General del Ayuntamiento de Albacete mismo firmado por el cedente y el destinatario cesionario. Una vez el Ayuntamiento tome razón de la cesión, la orden de pago se expedirá a favor del contrato es cesionario. En todo caso, el Servicio Contra Incendios Ayuntamiento podrá oponer el cesionario las excepciones de pago y los medios de defensa que tuviera contra el cedente y especialmente las que procedan en el caso de embargo de los derechos del Ayuntamiento contratista devengados como consecuencia de Albacetela ejecución del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas mensuales que se han suministrado y han de ser presentadas y conformadas por el Servicio PromotorPromotor del contrato. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante electrónicos a través de la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, registro administrativo encargado de controlar la entrada de las facturas, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Albacete.

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Samples: eadmin.dipualba.es

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará con arreglo a través de medios electrónicoslos precios contratados y a la obra que realmente ejecutada y con sujeción al Proyecto que la define, mediante en su caso a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por Limusa o por la Plataforma FACEdirección facultativa designada por ésta. A los efectos establecidos de pago se expedirán mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes que corresponda, la certificación que comprenda la obra ejecutada durante ese período de tiempo. Los abonos al Contratista resultantes de las certificaciones expedidas, que deberán contar para su pago, con el visto bueno de LIMUSA y de la dirección facultativa designada por LIMUSA, tendrán la consideración de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final de la obra, sin que supongan en forma alguna aprobación y recepción de las obras que comprenden. El Contratista no tendrá derecho a percibir abonos a cuenta por instalaciones, acopio de materiales o equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra. El adjudicatario está obligado a la ejecución de los trabajos en la forma que determinan el presente Xxxxxx, el de Cláusulas Técnicas y el Proyecto y conforme a las instrucciones que curse la dirección facultativa designada por LIMUSA. Constituye obligación del Contratista la construcción, conservación y explotación, desmontaje, demolición y retirada de obra, de todas las instalaciones auxiliares, así como la realización de las obras auxiliares necesarias para su ejecución, siendo su coste, en todos los casos, por cuenta del Contratista. En todo caso, será por cuenta del adjudicatario la tramitación y pago de todo tipo de impuestos, arbitrios, tasas, licencias o permisos y legalizaciones, necesarios para llevar a cabo la ejecución de las obras. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, y a presentar ante Limusa la documentación que le sea requerida para acreditar el cumplimiento de estas obligaciones, quedando exenta Limusa de cualquier responsabilidad por incumplimiento de dichas normas y demás infracciones de toda índole que se cometan por el adjudicatario durante el desarrollo de las obras. A este respecto el adjudicatario deberá justificar debidamente que cuenta con el correspondiente plan de prevención de riesgos laborales, en cumplimiento de la normativa legalmente aplicable. El contratista-adjudicatario responde de toda indemnización de daños por accidentes o de cualquier otra naturaleza que ocasionen sus operarios, vehículos, maquinarias o instrumentos de trabajo empleados en las obras, tanto a la obra como a sus operarios- trabajadores o terceros (incluida la pérdida o destrucción de la obra), sin perjuicio de los derechos que asistan al adjudicatario frente a los autores de los hechos o las compañías aseguradoras. Para ello deberá tener suscritas las pólizas de Responsabilidad Civil y por riesgos, daños y accidentes, por un importe igual o superior al presupuesto base de licitación, siendo las primas de los seguros de cuenta del adjudicatario. La póliza que cubra los posibles daños sufridos por la construcción y las obras habrá de establecer a LIMUSA como beneficiaria de las indemnizaciones que, en su caso, se perciban, tanto por riesgos ordinarios como extraordinarios, y tanto para el caso de pérdida o desperfectos parciales en la obra como para el caso de ruina, pérdida o destrucción total de la misma. Las pólizas de seguro habrán de contar con la aprobación expresa y escrita de LIMUSA y mantenerse vigentes y al corriente en el pago de la primas, que serán por cuenta del adjudicatario, durante toda la vida del contrato y el periodo de garantía. Si LIMUSA considerase insuficientes las coberturas de las pólizas o los términos de las mismas lo manifestará al contratista a fin de que las adecue a las exigencias de LIMUSA. La inadecuación de las pólizas de seguro a las exigencias que LIMUSA establezca o la falta de las coberturas exigidas por LIMUSA, será causa determinante de la resolución del contrato, sin que tal resolución genere derecho alguno a favor del contratista, siendo de cuenta del adjudicatario cualesquiera perjuicios que se puedan derivar de la insuficiente cobertura de las pólizas o de la ausencia de cobertura de los riesgos ordinarios o extraordinarios que se puedan ocasionar o pudieran surgir. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el Contratista es responsable de los defectos, pérdidas o vicios que en la construcción puedan advertirse. El adjudicatario será responsable penal, civil y administrativamente ante Limusa por las faltas que cometan sus trabajadores y empleados, y quedará obligado al resarcimiento de daños que se causen a terceros, a Limusa, a sus trabajadores o bienes, con motivo de la defectuosa prestación de los trabajos, por dolo o por culpa, ya sean bienes, personas o instalaciones, sin perjuicio de las sanciones contractuales que puedan imponérsele. Si el contrato se efectuara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. El adjudicatario permitirá y facilitará las inspecciones que de los trabajos, material y equipos se dispongan por Limusa, en su caso. El adjudicatario está obligado a instalar a su xxxxx, los carteles anunciadores de las obras, así como las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupen los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus límites e inmediaciones; así mismo, el adjudicatario deberá realizar a su cargo el vallado y las labores de vigilancia de las obras, todo ello en los términos contenidos en el Pliego de Condiciones Técnicas y en el Proyecto de Obra. Todo cambio en la adscripción del Jefe de Obras requerirá la aprobación expresa y escrita de LIMUSA que se podrá negar si considera que la alternativa propuesta por el Contratista no mantiene o mejora las características de su oferta. El adjudicatario no podrá subarrendar, subcontratar, ceder o traspasar, en todo o en parte, los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sin autorización expresa y escrita de Xxxxxx, que concederá o denegará dicha autorización, en consideración a las condiciones que ofrezca el adjudicatario, pudiendo incluso establecer Limusa garantías adicionales para el traspaso, cesión o subcontratación de los trabajos. En el supuesto de subcontratación se estará a lo dispuesto en el art. 216, apartado 4º 227 del TRLCSP, se entenderá que el . El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de 30 días ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados, en su caso, por Limusa o su dirección Facultativa, así como al cumplimiento del Plan de Trabajo establecido y aprobado por LIMUSA; cualesquiera modificaciones del referido plan de trabajo deberán ser consultadas por escrito con la obligación dirección facultativa designada por LIMUSA y deberán contar con su autorización expresa y escrita, sin cuya autorización, no podrá modificarse dicho plan de pagotrabajo. Si llegado el término de cualquiera de los plazos (parciales o total) citados, se inicia el adjudicatario hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, Limusa podrá optar por la resolución del contrato o por su cumplimiento, con indemnización de daños y perjuicios en ambos casos y la imposición de penalizaciones económicas. Estas ascenderán a una cuantía del 1% del presupuesto de adjudicación, por cada semana de retraso a partir de la fecha de aprobación finalización de la parte de obra de que se trate, o de la fecha de entrega de las obras, esto es, doce meses naturales a partir de la firma del Acta de Replanteo. La pérdida de la garantía o la imposición de los documentos importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que acrediten pueda tener derecho Limusa, originados por la conformidad con los servicios prestados y para ejecución defectuosa, incompleta o demora del adjudicatario por las circunstancias que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorasea. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al adjudicatario, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura se estará a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido lo dispuesto en el apartado precedente2 del artículo 213 del TRLCSP. Para que haya lugar al inicio El adjudicatario deberá guardar sigilo y se compromete a mantener confidencialidad respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del cómputo contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. Asimismo junto a la firma del contrato el adjudicatario se obliga a firmar un Compromiso de plazo para el devengo Confidencialidad. Serán por cuenta del adjudicatario, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de interesesla licitación y adjudicación, el contratista deberá haber cumplido y los de la obligación de presentar la facturaformalización del contrato, en el registro administrativo correspondientesu caso, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde las tasas por la fecha de realización prestación de los trabajos. A los efectos trabajos facultativos de lo dispuesto en comprobación del replanteo, dirección, inspección y liquidación, y cuantos otros gastos, materiales, personal, mano de obra, estudios, análisis y comprobaciones o impuestos sean necesarios para llevar a cabo la disposición adicional trigésimo tercera ejecución del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetecontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación Del Contrato De Ejecución De Las Obras De "Construcción De Tercera Celda Y Obras De Clausura Y Sellado De Segunda Celda De Vertedero De Rechazos De Residuos Sólidos Urbanos

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de acuerdo con lo establecido en los artículos 198 y 199 de la LCSP y las normas y disposiciones que los desarrollan. Tanto si el sistema de pago elegido es el de tanto alzado como el de precios unitarios o una combinación de ambos, según el apartado 20 del cuadro de características, el pago se efectuará tomando como base la relación valorada redactada por el responsable del contrato. La periodicidad de los pagos será la indicada en el apartado 20 del cuadro de características. En el caso de contratos con plazo de ejecución, según lo indicado en el apartado 19 del cuadro de características, el contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para ejecutar el contrato en el plazo o plazos contractuales, salvo que, a juicio del responsable del contrato, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Sin embargo, no tendrá derecho a percibir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo ejecutado o de las facturascuentas expedidas, una vez realizado el suministromayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas cuentas así expedidas sólo devengarán intereses por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y demora desde la presentación de la factura, conforme a lo regulado fecha señalada en el artículo 14152 del RCAP. La cuantía a pagar por la Administración estará integrada por los siguientes conceptos: - Precio de ejecución, que será el que resulte de aplicar el precio de licitación y la baja o los precios unitarios ofertados por el adjudicatario, según corresponda, a los trabajos efectuados en el mes al que se refiera la cuenta. PCAP SERVICIOS – ABIERTO – VARIOS CRITERIOS (Ley 9/2017) Clausulado Página 48 de 73 Código seguro de Verificación : GEISER-4909-9ef1-bd7a-42b2-a571-40d0-b2a1-7759 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx - Revisión de precios, si ésta se hubiese previsto en el apartado ¡Error! No se encuentra el origen de la Ley 39/2015, se hará a través referencia. del cuadro de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACEcaracterísticas de este Pliego. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el El contratista deberá de haber cumplido tendrá la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para expedido por los servicios prestados ante el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el correspondiente registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetemisma.

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Samples: www.fomento.es

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación mediante certificaciones mensuales de los trabajos efectuados que se abonarán de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y 215 de la Ley de Contratos del Sector Público y 147 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las facturas, una vez realizado el suministroAdministraciones Públicas. Las facturas deberán ir detalladas De conformidad con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado dispuesto en el artículo 149.5 del Real Decreto-Ley 9/2008, apartado 2º de la Ley 39/201528 de noviembre, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de ayuntamientos tendrán la obligación de pago, se inicia abonar a partir los contratistas el precio de las obras dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de aprobación expedición de las certificaciones de obra o de los correspondientes documentos que acrediten la conformidad realización parcial o total del contrato. Junto con los servicios prestados cada certificación de obra y para que surta efectos la reclamación el seguimiento de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demoralas contrataciones efectuadas, el contratista aportará copia del TC2 remitido a la Tesorería de la Seguridad Social el mes anterior, reseñando de forma clara y veraz en dicho documento las contrataciones efectuadas expresamente para la obra. Asimismo, deberá entregar copia de haber cumplido todos los contratos de trabajo del personal de la obligación de presentar empresa dedicado a la factura obra, incluyendo tanto aquellas personas contratadas con anterioridad a través del sistema FACEesta obra y cuyo empleo se mantenga, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para nuevo personal que haya lugar al inicio del cómputo de plazo sido necesario contratar. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, que las obras se ejecuten en el plazo o plazos contractuales, salvo que, a juicio de treinta días la Dirección de las obras, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Sin embargo, no tendrá derecho a percibir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo ejecutado o de las certificaciones expedidas, mayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente. Las certificaciones así expedidas sólo devengarán intereses por demora desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto señalada en la disposición adicional trigésimo tercera el artículo 152 del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y Reglamento General de la creación Ley de empleoContratos de las Administraciones Públicas. El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en los artículos 200.3 de la Ley de Contratos del Sector Público y 155 y 156 del Reglamento, las facturas se entregarán siempre que ello cuente en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo caso concreto con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad visto bueno del Ayuntamiento xx Xxxxxxx. En ese caso, se le exigirá la constitución de Albacetegarantía en forma de aval, así como a efectos de los datos que deben de constar en u otra admitida por la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de AlbaceteLey.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto De Las Obras De Construcción De Piscina Cubierta

Régimen de pagos. El pago Dentro del precio se efectuará previa presentación plazo de tres meses (art. 235.1 TRLCSP) a contar desde la fecha del acta de recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las facturasobras ejecutadas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto será abonada al formato y la presentación de la facturacontratista, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º dentro del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de (art. 216.4 TRLCSP en su redacción dada por la obligación de pago, se inicia Ley 13/2014) a partir de su expedición, a cuenta de la fecha liquidación del contrato. En el plazo de aprobación quince días anteriores al cumplimiento del plazo de los documentos que acrediten garantía, el director facultativo de la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación obra redactará, de intereses oficio o a instancia del contratista, un informe sobre el estado de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demoralas obras (art. 235.3 TRLCSP). Si éste fuera favorable, el contratista deberá quedará relevado de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACEtoda responsabilidad, tal y como se ha establecido salvo en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio supuesto de vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la facturacontrato y, en el registro administrativo correspondientesu caso, antes indicado, en tiempo y forma, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de treinta días desde sesenta días. En caso de demora por la fecha Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento del plazo legalmente previsto, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos fijador por la normativa de aplicación (art. 216.4 TRLCSP). Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP (art. 216.5). Si la demora de la Administración fuese superior a seis meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen (art. 216.6 TRLCSP, en su redacción dada por la Ley 14/2013). Los trabajos realizados sin la previa aprobación y formalización de la modificación correspondiente, estarán condicionados a que se informe por los técnicos municipales que esos trabajos suponen un beneficio para el interés público municipal. El pago de estos trabajos adicionales se realizará por aplicación del principio que prohíbe el enriquecimiento injusto de una de las partes. En todo caso, el pago de las cantidades correspondientes por este concepto queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto vigente, a la tramitación de la correspondiente modificación o crédito en caso contrario si ello es posible o a la aprobación del presupuesto para el ejercicio siguiente. Todo ello sin perjuicio de las posibles responsabilidades que pueda reclamar el Ayuntamiento a la empresa y al Director de obra por la ejecución de estas modificaciones sin autorización formal previa. La supervisión e inspección de los trabajos objeto de la contrata corresponderá a los Técnicos que el Ayuntamiento designe, los cuales dictarán al contratista las instrucciones necesarias para la normal y eficaz realización de aquéllos. El adjudicatario podrá ceder, en los trabajos. A los efectos de lo dispuesto términos previstos en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, los derechos de medidas de apoyo cobro que tengan frente al emprendedor Ayuntamiento y de estímulo del crecimiento y que deriven de la creación ejecución del contrato. Para que la cesión del derecho de empleo, las facturas cobro tenga plena efectividad frente al Ayuntamiento se entregarán en deberá comunicar fehacientemente al Ayuntamiento la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia cesión de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos crédito efectuada y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar identifiquen al cedente y cesionario y sus representantes con poder suficiente para realizar y aceptar la cesión. Todo ello mediante escrito presentado en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local Registro General del Ayuntamiento de Albacete mismo firmado por el cedente y el destinatario cesionario. Una vez el Ayuntamiento tome razón de la cesión, la orden de pago se expedirá a favor del contrato es cesionario. En todo caso, el Servicio Contra Incendios Ayuntamiento podrá oponer el cesionario las excepciones de pago y los medios de defensa que tuviera contra el cedente y especialmente las que procedan en el caso de embargo de los derechos del Ayuntamiento contratista devengados como consecuencia de Albacetela ejecución del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá La Contratación, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Tramitación Ordinaria, Para La Ejecución De La Obra De Cerramiento Exterior Y Acondicionamiento Interior Del Polideportivo Municipal De Cabanillas De La Sierra

Régimen de pagos. El pago del adjudicatario se obliga a ejecutar el servicio por un precio se efectuará previa presentación unitario por cada una de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas prestaciones singulares que se han suministrado especifican, sin que la cuantía total de dichas unidades se defina en el contrato, por estar subordinadas a las necesidades del CNIC. Se hace constar que el contrato no se adjudicará por un importe global, sino por los precios unitarios del servicio objeto del mismo, constituyendo el presupuesto base de licitación el límite máximo de gasto que puede suponer para el CNIC. Por todo lo anterior, el CNIC abonará al adjudicatario el resultante de las unidades realmente ejecutadas en un mes, siendo el pago mensual. Efectuada la recepción de conformidad, el adjudicatario tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos en el contrato, correspondiente a los trabajos efectivamente realizados y han de ser conformadas formalmente recibidos por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la facturaCNIC, conforme a lo regulado en el artículo 14todo ello, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante transferencia bancaria a la Plataforma FACEentidad bancaria indicada por la contratista. A los efectos establecidos Para proceder al pago es necesario que el contratista entregue la factura en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación del servicio y que se dé la conformidad a la misma por parte de la Unidad correspondiente del CNIC dentro de los 30 días siguientes a la realización del servicio. El CNIC tendrá la obligación de pago, se inicia abonar el precio dentro de los 30 días siguientes a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorareferenciada. No obstante, si el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el CNIC, el plazo de 30 días se contará desde que el contratista presente la fecha citada factura en el CNIC. En las facturas que se presenten al cobro, se deberá repercutir como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando así proceda. Las referencias al IVA deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que estas figuras impositivas rijan. La realización del pago no implica que el CNIC haya aceptado como correctamente ejecutada la prestación, sino que el derecho del contratista al abono del precio no surge si previamente no ha ejecutado la prestación en los términos establecidos en los pliegos. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y misma quedando exento de la creación obligación de empleopago o teniendo derecho, las facturas se entregarán en su caso, a la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad recuperación del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albaceteprecio satisfecho.

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Samples: Pliego De Cláusulas Jurídicas Particulares Del Contrato De Servicio De Consultoría Y Asistencia

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación abono a cada concesionario de las facturasobligaciones derivadas del presente contrato se realizará mediante una única certificación mensual por cada lote, que será emitida por el Responsable del Contrato y conformada por los responsables designados por los Departamentos competentes en la Explotación de Limpieza Urbana, Conservación y Mantenimiento de Zonas Verdes, Conservación y Mantenimiento de Equipamientos Urbanos, Conservación y Mantenimiento de la Red xx Xxxxx e Hidrantes. Se emitirá una vez realizado única factura por lote y mes. La cuantía de dicha certificación consistirá en una cantidad mensual, que resultará de la aplicación de la baja de adjudicación al importe mensual resultante a partir de los cuadros de desglose del Presupuesto de Licitación de cada uno de los lotes, que figuran en el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas apartado 4 de este Anexo I. A efectos de este cálculo, deberá tenerse en cuenta que para la anualidad 2013 se han suministrado presupuestado 4 meses y para la de 2021 se han presupuestado 8 meses, de ser conformadas conformidad con lo establecido en la Base 27.8 de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2013. A cada una de las certificaciones mensuales le serán aplicadas, si procedieran, las deducciones derivadas de no cumplimientos de los Indicadores recogidos en el anexo del PPT o por incumplimientos que den lugar a las Penalidades establecidas en el Servicio Promotorapartado 22 del presente Anexo al PCAP. Es decir, los descuentos se producirán por penalizaciones y/o por un porcentaje de descuento por calidad según el caso, sobre la base imponible fija adjudicada. La aplicación de los descuentos en la certificación por incumplimiento de los estándares de calidad será aplicable desde el mes establecido en cada uno de ellos en el anexo de indicadores del PPT del contrato. En cuanto al formato y el caso concreto de incorporaciones parciales de nuevos ámbitos de actuación, los indicadores en ese ámbito se tomarán después de un periodo de adaptación de 15 días. Para cada indicador se ha definido un estándar de calidad o umbral de alerta, siendo éste el valor del indicador por debajo del cual no hay penalización, no produciendo descuento en la presentación certificación mensual a la que sea de aplicación. Además, también se ha definido un umbral máximo cuyo valor produce el descuento máximo en la facturacertificación para ese indicador. Entre ambos umbrales, conforme a lo regulado se encuentra una zona donde se aplicará un descuento proporcional en función del valor que adquiere el indicador en el artículo 14, apartado 2º periodo de la Ley 39/2015, cálculo. Para cada indicador se hará a través ha definido un porcentaje de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACEdescuento máximo. A partir del valor obtenido del indicador, según los efectos procedimientos establecidos en el art. 216, apartado 4º anexo 1 del TRLCSPPPTP, se entenderá determina el porcentaje de descuento que el plazo será de 30 días aplicación sobre la base imponible total de la obligación certificación. El descuento total será por tanto la suma de pagolos descuentos de cada uno de los indicadores aplicables, se inicia a partir y determinará la nueva base imponible detrayendo de la fecha inicial el importe total del descuento. Sobre la nueva base imponible se calculará el IVA, según el porcentaje correspondiente de aprobación de los documentos que acrediten las distintas partidas presupuestarias en la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos base imponible inicial. Las certificaciones se imputarán a las partidas económicas actuales en la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido proporción correspondiente al presupuesto recogido en el apartado precedente4 de este anexo: - La Limpieza Urbana, aplicaciones presupuestarias 001/015/163.01/227.00, (Dirección General de Gestión Ambiental Urbana) y 001/015/171.01/227.00 (Dirección General de Patrimonio Verde). Para que haya lugar al inicio del cómputo - Mantenimiento y conservación de plazo para el devengo de interesesZonas Verdes, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y aplicación presupuestaria: 001/015/171.01/210.00 de la creación Dirección General de empleoPatrimonio Verde. - Mantenimiento y conservación de mobiliario urbano, las facturas se entregarán en aplicación presupuestaria: 001/015/172.03/210.00 de la Plataforma FACEDirección General de Áreas Urbanas, siendo el órgano administrativo con competencia en materia Coordinación y Educación Ambiental. - Mantenimiento y conservación de contabilidad públicaáreas de juegos infantiles, el Servicio áreas de Presupuestos mayores y Contabilidad circuitos deportivos elementales, aplicación presupuestaria: 001/015/172.03/210.00 de la Dirección General de Áreas Urbanas, Coordinación y Educación Ambiental. - Mantenimiento y conservación de red xx xxxxx e hidrantes, aplicaciones presupuestarias: 001/015/161.01/210.00 de la Dirección General de Ingeniería Ambiental y Gestión del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de AlbaceteAgua.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Gestión De Servicios Públicos en La Modalidad De Concesión

Régimen de pagos. La contraprestación económica será abonada por el Ayuntamiento de Losar de la Vera. El pago del precio trabajo o servicio se efectuará a la realización del mismo previa presentación de las facturasfactura debidamente conformada, una vez realizado y Acta de Recepción cuando proceda. En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se han suministrado y han de ser conformadas aprueba el Reglamento por el Servicio Promotorque se regulan las obligaciones de facturación, los extremos previstos en el apartado segundo de la DA 32 LCSP, así como en la normativa sobre facturación electrónica, señalándose los siguientes elementos informativos a los efectos de su inclusión en las facturas correspondientes a emitir por el adjudicatario:  Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública: Secretaría-Intervención de Ayuntamiento de Losar de la Vera, X/ xxx Xxxx, xx 00. En cuanto al formato y Losar de la presentación Vera.  Órgano de Contratación: Alcalde de Losar de la Vera.  Destinatario de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º : Ayuntamiento de Losar de la Ley 39/2015Vera, se hará a través de medios electrónicosX/ xxx Xxxx, mediante 00. 00000 Xxxxx xx xx Xxxx. El contratista deberá presentar la Plataforma FACE. A los efectos establecidos factura en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que un registro administrativo en el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación. La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público, en estos casos la presentación de la factura en el Nº Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 198 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración tendrá obligación de pago, se inicia abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con de los servicios prestados con lo dispuesto en el contrato, y para que surta efectos la reclamación si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorademora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, el contratista deberá de haber cumplido 29 de diciembre, por la obligación que se establecen medidas de presentar lucha contra la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido morosidad en el apartado precedentelas operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicadocorrespondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Por otra parte, la Administración deberá aprobar los trabajos. A los efectos de documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos contrato de los datos que deben servicios prestados, dentro de constar en los treinta días siguientes a la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local prestación del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacete.servicio-

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Régimen de pagos. Código de verificación : PY6355a15f77e560 El pago al adjudicatario de las obligaciones derivadas del precio presente contrato se efectuará previa presentación por mensualidades vencidas. El importe mensual de las facturasla factura se obtendrá dividiendo entre 24 meses el importe de adjudicación del contrato, una vez realizado dado que el suministrocontenido de la prestación es homogéneo para todos los meses de vigencia del mismo. Para el supuesto de meses incompletos, la forma de facturar se realizará por meses naturales y de forma proporcional al número de días. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser serán debidamente conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato órgano competente del programa presupuestario correspondiente y la presentación de la factura, conforme a lo regulado desglosará el IVA aplicado según se establece en el artículo 14RD 1619/2012, apartado 2º de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Para la Ley 39/2015, se hará verificación del siguiente código podrá conectarse a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. siguiente dirección xxxx://xxx- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=XX0000x00x00x000 A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del TRLCSPregistro contable de facturas del Sector Público, disposición adicionada las entidades comprendidas en el párrafo primero del artículo 4 de la misma, presentarán la factura con carácter obligatorio de forma electrónica mediante su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas (FACe), conforme a los formatos, requisitos técnicos o funcionales y sistemas de comunicación establecidos por el Real Decreto Ley 4/2013Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, aquellas facturas cuya cuantía supere los 5.000 euros, siendo potestativa dicha presentación en el caso de medidas que la cuantía de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleolas mismas sea inferior o igual a 5.000 euros. Asimismo, las facturas se entregarán presentadas deberán identificar los siguientes códigos DIR3: Oficina Contable: LA0008532 Órgano gestor: LA0007407 Unidad tramitadora: LA0007890 Tratándose de un contrato que lleva aparejadas prestaciones cuya realización es continuada a lo largo del periodo de ejecución, cuyo régimen de pago es mensual, la exigibilidad de cada una de las obligaciones podrá ser efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la finalización del período de prestación, por lo que la obligación correspondiente a los meses de diciembre, será exigible a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente, previa presentación de la correspondiente factura. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia artículo 28.8 de contabilidad pública, el Servicio las Bases de Presupuestos y Contabilidad Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Albacete, así como Madrid para 2016. Abonos a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albacetecuenta por operaciones preparatorias: No proceden.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios

Régimen de pagos. El pago se efectuará mediante certificaciones mensuales de los trabajos efectuados que se abonarán de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y 215 de la Ley de Contratos del Sector Público y 147 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. El contratista tiene derecho a percibir el importe de las prestaciones efectivamente realizadas mediante presentación de la factura o facturas correspondientes hasta el importe total del precio se efectuará previa presentación de las adjudicación. Estas facturas, que deberán cumplir con la totalidad de los requisitos exigibles de acuerdo a la normativa vigente en cada momento, se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento una vez realizado que se haya expedido la certificación o el suministrodocumento equivalente de recepción o conformidad y valoración de los trabajos realizados. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio PromotorDirector de obra, con el visto xxxxx xxx Xxxxxxx y el responsable municipal del contrato. Una vez conformadas, serán remitidas, junto con la documentación señalada en el apartado anterior, a Secretaria para su posterior remisión a la Intervención Municipal para su fiscalización y, tras su aprobación por el órgano de contratación, se emitirán los documentos de pago correspondientes, para su abono por la Tesorería Municipal. Junto con cada factura deberé entregarse: - La certificación de obra correspondiente. - Informe del Coordinador de Seguridad y Salud sobre el cumplimiento del Plan de seguridad y salud en la obra - En cada certificación mensual en la que se produzcan, informe del Director de la obra sobre las alteraciones en el número de unidades de obra realmente ejecutadas sobre las previstas en las mediciones del proyecto y que no supongan un incremento del gasto superior al 10% del precio primitivo del contrato (lVA excluido). No obstante, estas unidades de obra adicionales podrán incluirse todas juntas en una certificación final cuando por su naturaleza sea posible su comprobación material en la obra. En cuanto caso contrario, no se admitirán las unidades adicionales de obra que no se incluyeron en la certificación correspondiente. Esta posibilidad sólo será admisible en aquellos contratos que hayan sido adjudicados con baja sobre el precio de licitación y hasta el importe máximo de esta baja, con el límite en todo caso del 10% establecido en el artículo 217.3 de la LCSP. - En todo caso, informe del Director de la obra en el que se haga constar el cumplimiento por parte del contratista de todos los compromisos que hubiese adquirido con su oferta en la ejecución de la obra y se deriven del presente pliego, y en especial sobre: - Cumplimiento de las obligaciones derivadas del plan de tratamiento de residuos - Cumplimiento del plan de control de calidad de materiales y en la ejecución - Cumplimiento de las normas sobre subcontratación establecidas . Además, con la primera factura del contrato, el contratista debe aportar: El documento acreditativo de la presentación del Plan de Seguridad y Salud y de la apertura del centro de trabajo y del aviso previo de dicha apertura a la Autoridad laboral. Cuando la duración de la obra exceda del periodo de vigencia de las pólizas de seguros, con la factura del mes que corresponda, deberá entregarse copia del recibo de pago de las pólizas de seguros a que se refiere este pliego, acreditativo del abono de la prima para el año en curso y copia del pago de la póliza para el nuevo periodo. El Ayuntamiento descontará en la factura que temporalmente corresponda, las cantidades que, en concepto de gastos imputables al formato contratista de acuerdo con lo establecido en este pliego, haya abonado directamente. El importe de los gastos derivados de la licitación y adjudicación se descontarán en la primera factura que presente el contratista, mediante la oportuna compensación en el momento de realizar el pago; si en ese momento estuviese pendiente de realizar algún trámite o de liquidar algún anuncio, la compensación se realizará en la factura correspondiente y, en último caso, con la liquidación del contrato. El Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar el precio del contrato, tanto el total como los pagos parciales establecidos en este pliego, dentro del plazo máximo de sesenta días naturales contados desde la fecha de presentación en el Registro municipal de la factura correspondiente por parte del contratista y el resto de los documentos exigidos para el pago en el presente pliego debidamente cumplimentadas. Los abonos mensuales al contratista tienen el concepto de pagos a cuenta, sujetos a las rectificaciones que se produzcan en la medición y/o valoración final. En el caso de presentarse liquidación adicional del contrato, el abono del saldo resultante de la misma se realizará en el plazo de sesenta días naturales a contar desde la fecha de presentación en el Registro municipal de la factura correspondiente por parte del contratista. El contratista deberá expedir esa factura una vez que el Ayuntamiento haya aprobado esa liquidación o haya transcurrido el plazo de un mes desde la fecha del acta de recepción o desde la finalización del plazo de garantía en los contratos de obras sin que la Administración haya actuado. Los plazos a que se refieren los dos párrafos anteriores se interrumpirán cuando se reclame al contratista la subsanación de alguna deficiencia en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales o legales o se le requiera modificar la factura o algún otro de los documentos presentados para el cobro y/o acreditación del cumplimiento de sus obligaciones, reanudándose de nuevo una vez subsanadas dicha deficiencias. El pago de las unidades de obra que resulten en la última certificación, si en las anteriores se han incluido unidades de obra adicionales que no superen el 10% del gasto inicial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 217 de la LCSP y 160 RGLCAP queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto municipal para hacerles frente, lo que sólo será posible en el caso de que el contrato se hubiese adjudicado con baja. El contratista sólo tendrá derecho a reclamar intereses por estas cantidades si el Ayuntamiento retrasase el pago más de seis meses desde la presentación de la facturaliquidación de unidades adicionales, conforme en cuyo caso se podrá reclamar el abono de los intereses previstos en esta misma cláusula. El abono de los trabajos realizados sin la previa aprobación y formalización de la modificación correspondiente, estará condicionado a lo regulado que se informe por los técnicos municipales que esos trabajos suponen un beneficio para el interés público municipal. El pago de estos trabajos adicionales se realizará por aplicación del principio que prohíbe el enriquecimiento injusto de una de las partes y se limitará al pago de los gastos de ejecución material con el IVA correspondiente, sin computar en ningún caso las partidas de beneficio industrial y gastos generales por los trabajos ejecutados antes de dicha formalización. En todo caso, el pago de las cantidades correspondientes por este concepto queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el artículo 14presupuesto vigente, apartado 2º a la tramitación de la Ley 39/2015, se hará correspondiente modificación de crédito en caso contrario si ello es posible o a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACEaprobación del presupuesto para el ejercicio siguiente. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el El plazo de 30 días pago de la obligación de pago, las cantidades correspondientes a estas prestaciones no contratadas inicialmente se inicia eleva a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura seis meses a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días contar desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y certificación correspondiente o de la creación habilitación del crédito necesario en su caso, sin que se genere derecho al cobro de empleo, intereses durante ese periodo de tiempo. Todo ello sin perjuicio de las facturas se entregarán en posibles responsabilidades que pueda reclamar el Ayuntamiento a la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia empresa y al Director de contabilidad pública, el Servicio obra por la ejecución de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albaceteestas modificaciones sin autorización formal previa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar La Ejecucion De La Obra De Edificio Administrativo Del Ayuntamiento De Santiponce

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas mensuales que se han suministrado y han de ser presentadas y conformadas por el Servicio PromotorPromotor del contrato. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante electrónicos a través de la Plataforma FACE. ALBATERAPIA CUERPO Y MENTE S.L. FIRMADO POR: NIF: P0200300B XXXXX XXXX XXX XXXXXXXX CONCEJALA DE ASUNTOS SOCIALES FIRMADO POR: OFICIAL MAYOR XXXXXXX XXXXX DE LA XXXX XXXXXXX FIRMADO POR: A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, registro administrativo encargado de controlar la entrada de las facturas, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios de Acción Social del Ayuntamiento de Albacete.

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Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACE. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la tendrá obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta 30 días desde la fecha de realización de prestación efectiva del servicio que haya expedido por los trabajos. A los servicios prestados ante el correspondiente registro a efectos de lo dispuesto en su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y tramitación de la creación misma. El pago de empleo, las facturas se entregarán realizará mediante transferencia bancaria o cheque nominativo desde la fecha de aprobación de las mismas. Que en el caso de la Plataforma FACERedacción del “Proyecto de Urbanización” será a su aprobación definitiva. Y para la Dirección facultativa y Coordinación de Seguridad y Salud, siendo el órgano administrativo con competencia su cobro se efectuará por porcentajes sobre certificación. Si en materia de contabilidad públicasu caso, el Servicio objeto del contrato por sus características o finalidad, fuese atinente a la seguridad de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacetelas personas y/o las cosas, así como a efectos el contratista deberá mantener el carácter confidencial de los datos de esta naturaleza que deben conozca con ocasión de constar su ejecución 5 años. Para la "Redacción del Proyecto de Urbanización y Dirección de Obra y Coordinación de Seguridad y Salud será necesario el informe favorable de los servicios municipales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx de Salvanés y, cuando corresponda, también de los organismos públicos afectados por la ejecución de las obras que se van a ejecutar así como, en su caso, las empresas suministradoras y autorizaciones de vertido de aguas. En lo que respecta al proyecto, este se presentará en soporte papel y digital por quintuplicado en oficina de correos a la factura el órgano dirección Xxxxxxxx xx xxxxxxx x.x 0 xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx (00000 Xxxxxx) a nombre de contratación es la Junta de Gobierno Local Compensación “Las Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx”, de acuerdo al art. 16 .4 b) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Ayuntamiento Procedimiento Administrativo Común de Albacete las Administraciones Públicas, en la forma reglamentaria regulada en el art. 31 del RD 1829/1999, de 3 de diciembre, que regula la presentación de servicios postales, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, entendiéndose cumplido el objeto cuando se halle supervisado favorablemente o una vez que el Proyecto sea informado favorablemente y obtenga su aprobación definitiva. En cuanto a la dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud, una vez que se emita el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento certificado de Albacetefinalización de obra.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirán El Contrato De Servicios De "Redacción Del Proyecto De

Régimen de pagos. La contraprestación económica será abonada por el Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx. El pago del precio trabajo o servicio se efectuará a la realización del mismo previa presentación de las facturasfactura debidamente conformada, una vez realizado y Acta de Recepción cuando proceda. En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el suministro. Las facturas deberán ir detalladas con las prendas Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se han suministrado y han de ser conformadas aprueba el Reglamento por el Servicio Promotorque se regulan las obligaciones de facturación, los extremos previstos en el apartado segundo de la DA 32 LCSP, así como en la normativa sobre facturación electrónica, señalándose los siguientes elementos informativos a los efectos de su inclusión en las facturas correspondientes a emitir por el adjudicatario: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública: Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx, Plaza de la Constitución 1. En cuanto al formato y la presentación - Órgano de Contratación: Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx. - Destinatario de la factura: Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx, conforme a lo regulado en el artículo 14, apartado 2º Plaza de la Ley 39/2015Constitución 1. Asimismo, a los efectos de conocer los datos relativos a la remisión de la factura/s mediante el sistema de facturación electrónica, se hará a través de medios electrónicos, mediante hacen constar los datos siguientes: - OFICINA CONTABLE: L01281049 Intervención. - ÓRGANO GESTOR: L01281049 Intervención. - UNIDAD TRAMITADORA: L01281049 Intervención. El contratista deberá presentar la Plataforma FACE. A los efectos establecidos factura en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que un registro administrativo en el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación. La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público, en estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:FDA5588E-D231-412D-8716-ACE38CFC7FCF-152252 La autenticidad de este documento se puede comprobar en la dirección: Sede De acuerdo con lo establecido en el artículo 198 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración tendrá obligación de pago, se inicia abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con de los servicios prestados con lo dispuesto en el contrato, y para que surta efectos la reclamación si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demorademora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, el contratista deberá de haber cumplido 29 de diciembre, por la obligación que se establecen medidas de presentar lucha contra la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido morosidad en el apartado precedentelas operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en factura ante el registro administrativo correspondiente, antes indicadocorrespondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Por otra parte, la Administración deberá aprobar los trabajos. A los efectos de documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos contrato de los datos que deben servicios prestados, dentro de constar en los treinta días siguientes a la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local prestación del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albaceteservicio.

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Samples: Contrato De Servicios De Ayuda a Domicilio en Paracuellos De

Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará mensualmente, previa presentación de las facturas, una vez realizado el suministro. Las facturas deberán ir detalladas entregados los bienes, de acuerdo con las prendas que se han suministrado y han de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y la presentación de la factura, conforme a lo regulado especificaciones contenidas en el artículo 14, apartado 2º pliego de la Ley 39/2015, se hará a través de medios electrónicos, mediante la Plataforma FACEprescripciones técnicas. A los efectos establecidos en el art. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados suministros contratados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE. Para que haya lugar al inicio AUTOS XXXXXXXX, SL FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, en el registro administrativo correspondiente, antes indicado, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACEFACE o en la Sección de Compras del Ayuntamiento de Albacete, ubicada en la Planta 3ª, registros administrativos encargados de controlar la entrada de las facturas, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios la Secretaría de la Policía Local del Ayuntamiento de Albacete.

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Régimen de pagos. El pago del precio se efectuará previa presentación mediante certificaciones mensuales de los trabajos efectuados que se abonarán de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y 215 de la Ley de Contratos del Sector Público y 147 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las facturasAdministraciones Públicas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.5 del Real Decreto-Ley 13/2009, una vez realizado de 26 de octubre, los ayuntamientos tendrán la obligación de abonar a los contratistas el suministroprecio de las obras dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obra o de los correspondientes documentos que acrediten la realización parcial o total del contrato. Las facturas deberán ir detalladas con Antes de la realización del pago (ya fuera final o parcial), el contratista deberá acreditar el cumplimiento de las prendas que se han suministrado y han obligaciones contraídas en cuanto a creación y/o mantenimiento de ser conformadas por el Servicio Promotor. En cuanto al formato y puestos de trabajo, a través de la presentación de copia de los contratos de trabajo y vida laboral actualizada de la facturacuenta de cotización en que se incluyan las contrataciones. Además, conforme con la primera certificación se deberá incorporar vida laboral de cada uno de los trabajadores contratados para verificar el cumplimiento del requisito exigido en la Disposición Adicional Primera del R.D.L. 13/2009, de 26 de octubre, y reflejado en la cláusula 28ª del presente Pliego. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista para que las obras se ejecuten en el plazo o plazos contractuales, salvo que, a juicio de la Dirección de las obras, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Sin embargo, no tendrá derecho a percibir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo regulado ejecutado o de las certificaciones expedidas, mayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente. Las certificaciones así expedidas sólo devengarán intereses por demora desde la fecha señalada en el artículo 14, apartado 2º 152 del Reglamento General de la Ley 39/2015de Contratos de las Administraciones Públicas. El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en los artículos 200.3 de la Ley de Contratos del Sector Público y 155 y 156 del Reglamento. En todo caso, se hará le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley. Será condición de ejecución del contrato a través que se refiere este pliego, de medios electrónicosconformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto- Ley 13/2009, mediante la Plataforma FACE. A de 26 de octubre, que los efectos establecidos trabajadores a contratar estén inscritos en el artServicio Público de Empleo correspondiente como demandante de empleo no ocupado. 216, apartado 4º del TRLCSP, se entenderá No serán computables los contratos con trabajadores desempleados que el plazo de 30 días de la obligación de pago, se inicia a partir de no estuvieran en dicha situación en la fecha de aprobación del expediente de los documentos que acrediten la conformidad con los servicios prestados y para que surta efectos la reclamación de intereses de EL CORTE INGLES S.A. FIRMADO POR: NIF: P0200300B FIRMADO POR: XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO GENERAL DEL PLENO FIRMADO POR: demora, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura a través del sistema FACE, tal y como se ha establecido en el apartado precedente. Para que haya lugar al contratación e inicio del cómputo procedimiento licitatorio. Dicho de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la facturaotro modo, en el registro administrativo correspondienteproceso licitatorio no se podrán registrar bajas laborales de trabajadores que, antes indicadodespués, en tiempo y forma, en el plazo se pretendan incluir como contrataciones de treinta días desde desempleados que sirvan de base para la fecha de realización de los trabajos. A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP, disposición adicionada por el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, las facturas se entregarán en la Plataforma FACE, siendo el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el Servicio de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Albacete, así como a efectos de los datos que deben de constar en la factura el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete y el destinatario del contrato es el Servicio Contra Incendios del Ayuntamiento de Albaceteadjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Construccion De Un Centro Municipal