Common use of RIESGOS ASEGURABLES Clause in Contracts

RIESGOS ASEGURABLES. Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y que son asegurables, son los siguientes: Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato.

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RIESGOS ASEGURABLES. Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y que son asegurables, asegurables son los siguientes: Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato.

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RIESGOS ASEGURABLES. Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y que son asegurables, asegurables son los siguientes: Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato. De conformidad con el Artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto 1082 de 2015 no se exigirá garantías, porque el objeto del contrato y las actividades desarrolladas por el futuro contratista no lo amerita porque no existen riesgos que afecten el funcionamiento de la entidad.

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RIESGOS ASEGURABLES. Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y que son asegurables, asegurables son los siguientes: siguientes  Que el futuro contratista no pueda dar incumpla total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato; así como su cumplimiento tardío o defectuoso, cuando estos sean imputables al contratista garantizado.  Que el futuro contratista incumpla las obligaciones laborales a que este obligado el contratista, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato, o que .  Que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a por el futuro contratista sea de mala calidad teniendo en cuenta las especificaciones técnicas plasmadas condiciones pactadas en el contrato.

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Samples: Pliego De Condiciones Borrador

RIESGOS ASEGURABLES. Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y que son asegurables, asegurables son los siguientes: Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato. De conformidad con el Artículo 77 del Decreto 1510 de 2013 no se exigirá garantías, porque el objeto del contrato y las actividades desarrolladas por el futuro contratista no lo amerita porque no existen riesgos que afecten el funcionamiento de la entidad.

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