Common use of RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Modelo De Pliego De Los Procedimientos De Contratación De Obras, www.guayaquil.gob.ec, www.guayaquil.gob.ec

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 9.1. El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Modelo De Pliego De Los Procedimientos De Contratación De Obras, Modelo De Pliegos Licitación Pública, Modelo De Pliego De Los Procedimientos De Contratación De Obras

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 17.01 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Modelo De Pliegos, Carta De Presentación Y Compromiso, Modelo De Pliegos

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 17.01.- El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Modelo De Pliegos, Carta De Presentación Y Compromiso, Carta De Presentación Y Compromiso

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA9.1. El contratista, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Modelo De Pliego De Los Procedimientos De Contratación De Obras, Modelo De Pliego De Los Procedimientos De Contratación De Obras, Modelo De Pliego De Los Procedimientos De Contratación De Obras

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 19.1 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el su artículo 1940 ibídem1940, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Carta De Presentación Y Compromiso, Carta De Presentación Y Compromiso

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: www.cnelep.gob.ec, www.centrosur.gob.ec

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 16.1 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: belisarioquevedo.gob.ec

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 16.1.- El CONTRATISTA, no obstante a la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Contrato De Construcción Del Adoquinado

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA9.1. El contratista, no obstante obstante, la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: www.etapa.net.ec

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 16.1.- El CONTRATISTA, no obstante a la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Contrato De Rehabilitación De La Pisicina

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 17.01 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años contados a partir de la fecha de recepción definitiva.

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Samples: Contrato De Publicación Especial De Emergencia