Respaldos Cláusulas de Ejemplo

Respaldos. El “Proveedor” debe: Mantener copias de seguridad de los datos biométricos del personal evaluado; Mantener copias de seguridad de los reportes y evidencias de las actividades de la supervisión de las evaluaciones en línea presentadas por el personal evaluado; Estos respaldos deben estar resguardados, cifrados y mantenidos en la infraestructura del “Proveedor”, durante la vigencia del contrato. Este respaldo debe ser resguardado, ya sea en un medio magnético proporcionado por él mismo (disco duro, disco duro externo o portátil) o almacenado en la nube; El “Proveedor” debe entregar al día hábil siguiente de la conclusión de periodo del servicio señalado en el numeral 3.1, en una unidad extraíble o disco duro externo proporcionado por él mismo, copia de la totalidad de los respaldos a la persona administradora del contrato, o a quien ésta designe, mediante escrito formal; (Plan de trabajo, actividad 29) Al finalizar el servicio y una vez recibidos todos los Entregables del servicio señalados en el numeral 6 de este anexo técnico, en los plazos establecidos y emitida la conformidad por parte de la persona administradora del contrato, o quien ésta designe, el “Proveedor” debe realizar en un plazo máximo de tres días hábiles y en presencia de la persona administradora del contrato, o quien ésta designe, la destrucción de la información de los datos biométricos de las personas evaluadas, así como de los reportes y evidencias de las anomalías de las evaluaciones presentadas por éstos; (Plan de trabajo, actividad 30) Para llevar a cabo el borrado seguro de los datos personales, el “Proveedor” debe emitir la documentación o certificado que compruebe la realización de actividades de borrado seguro, utilizando uno de los estándares internacionales que se listan a continuación, para el borrado de archivos y datos ubicados en una unidad de almacenamiento: Departamento de defensa de EE. UU., DoD 5220.22-M & ECE. Departamento de Energía de los Estados Unidos (DoE M 205.1-2). DoD 5220.28-STD. NAVSO-P 5239-26.
Respaldos. 2.1.6.1 El respaldo de la información que habrá de realizarse a partir de la firma del contrato, será responsabilidad de EL PRESTADOR DEL SERVICIO.
Respaldos. El CDIAR para la administración de sus respaldos, cuenta con el software Veritas NetBackup v.5, el cual se utiliza para programar los respaldos necesarios. Este software se encuentra instalado en un servidor Sun Fire V440 por medio de una conexión SCSI. Dentro de este sistema se respalda la información a nivel file system de todos los servidores de producción y de desarrollo. Para el caso de la Base de Datos Oracle, se realizan respaldos diarios incrementales, semanales completos y mensuales y el proveedor deberá implantar la herramienta RMAN para los respaldos de la instancia de producción de Oracle 10GR2 del portal xxxxx.xxx.xx . El proveedor deberá considerar la actualización de esta herramienta a la versión 6.5 así como los agentes necesarios, además deberá mantener vigente el soporte de esta herramienta durante la vigencia del contrato.
Respaldos. Desde el panel de control el cliente podrá acceder a la consola de respaldos y definir las políticas que cumplan con sus necesidades de periodicidad y retención, el costo de este adicional está asociado al pago de licenciamiento Veaam y al consumo en GB de manera mensual. Para la modalidad de Replicación: El CLIENTE deberá contratar una base de recursos mínima de 1GB RAM y 1 VCPU por cada servidor virtual que desee configurar), estos recursos generarán una facturación mensual adicional. Las operaciones que conlleven la replicación de datos no son responsabilidad de TRIARA a menos que contrate las horas de consultoría necesarias o los Servicios administrados relacionados. El CLIENTE deberá configurar su SERVICIO para habilitar la comunicación hacia Internet o podrá solicitar asesoría al CENTRO DE ATENCIÓN. El SERVICIO en su modalidad de Replicación no es un servicio de Recuperación de Desastres. NO garantiza la correcta restauración de los servicios esta será responsabilidad del CLIENTE.
Respaldos. Desde el panel de control el cliente podrá acceder a la consola de respaldos y definir las políticas que cumplan con sus necesidades de periodicidad y retención, el costo de este adicional está asociado al pago de licenciamiento Veaam y al consumo en GB de manera mensual. La información reside de forma local sin posibilidad de replicarse en otro centro de datos. Los datos son propiedad y responsabilidad del CLIENTE por lo que él es el único responsable de su migración, protección, respaldo y restauración, en caso de que opte por utilizar otra solución de respaldos, Para la modalidad de Replicación: El CLIENTE deberá contratar una base de recursos mínima de 1GB RAM y 1 VCPU por cada servidor virtual que desee configurar), estos recursos generarán una facturación mensual adicional. Las operaciones que conlleven la replicación de datos no son responsabilidad de TRIARA a menos que contrate las horas de consultoría necesarias o los Servicios administrados relacionados. El CLIENTE deberá configurar su SERVICIO para habilitar la comunicación hacia Internet o podrá solicitar asesoría al CENTRO DE ATENCIÓN. El SERVICIO en su modalidad de Replicación no es un servicio de Recuperación de Desastres. NO garantiza la correcta restauración de los servicios esta será responsabilidad del CLIENTE.
Respaldos o CWin Systems, no es responsable de generar respaldos de sus bases de datos, por lo tanto queda bajo su revisión el hacer esto periódicamente y en dispositivos externos a su equipo. o Si su equipo queda infectado y pierde sus bases de datos, debe contar con respaldos actualizado y el distribuidor le cobrara el soporte técnico para Restaurar su información en caso de tenerla.
Respaldos. 3.1.3.1 El proveedor debe llevar una bitácora de la ejecución y resultados de los respaldos. Este control debe estar disponible para “El Instituto” cuando así lo requiera y debe contener al menos lo siguiente: Fecha y hora de inicio y fin de ejecución Tipo de respaldo Resultado Causas y soluciones en caso de fallo “El Instituto” podrá solicitar la bitácora de la ejecución y los resultados de los respaldos en la fecha que “El Instituto” lo requiera durante la vigencia de la prestación del servicio. El proveedor debe entregar la bitácora de la ejecución y resultados de los respaldos acompañados de una carta en papel membretado de la empresa, debidamente firmada por su representante legal, en la que manifieste la entrega de esta dentro de los 2 días hábiles posteriores a su solicitud. Las condiciones para la entrega de la bitácora de la ejecución y resultados de los respaldos, acompañados de la carta en la que se manifieste la entrega, se establecen en el numeral 4 del presente “Anexo Técnico”.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.