REPRESENTANTE. El suministrador designará una persona con poder y capacidad suficiente para representarle en sus comunicaciones con el Ayuntamiento, dando su acreditación y los datos para comunicarse con él al formalizar el contrato. Las comunicaciones que haya de realizar el adjudicatario al Ayuntamiento por causa de la ejecución del contrato se realizarán entre el representante de aquél y el personal municipal, salvo aquellas cuestiones que deban efectuarse directamente ante el Órgano de Contratación. Las comunicaciones deberán realizarse ordinariamente por fax, correo ordinario o correo electrónico, sin perjuicio de las comunicaciones telefónicas para cuestiones que requieran mayor inmediatez. El cambio de representante deberá ser comunicado a la otra parte, con quince días de antelación.
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Sources: Suministro De Materiales De Obra, Suministro De Materiales De Ferretería