REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA Cláusulas de Ejemplo

REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. 1. Por la estructuración del Encargo Fiduciario se cobrará por una única vez una comisión equivalente a ($ ) pagaderos a la fecha de suscripción del presente contrato. La anterior comisión no incluye el IVA correspondiente a la tarifa vigente.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La remuneración de la fiduciaria por la administración del Fosyga, se cancelará de la siguiente manera:
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Por 43 su gestión, la FIDUCIARIA recibirá la suma de ($ ) mensual, la 1 cual se le cancelará dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente a aquél que se 2 está cobrando, previa presentación por parte de la FIDUCIARIA de la factura 3 correspondiente a el FIDEICOMITENTE. 4
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Por su gestión, la 22 FIDUCIARIA recibirá…………. 23
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Por su gestión de Representación Legal de Tenedores de Títulos en desarrollo de lo regulado en el presente Contrato, Las Partes estipulan unos honorarios mensuales a favor de la Fiduciaria equivalente a la suma de un (1) salario mínimo legal mensual (SMLM) (en adelante los Honorarios) tomando como referencia el SMLM vigente al momento de causación de los Honorarios a favor de la Fiduciaria Parágrafo: Los Honorarios a favor de la Fiduciaria serán de cargo de la Universalidad y su pago se sujetará en todos los casos a la Prelación de Pagos de la Universalidad, en los términos y plazos definidos en el Reglamento.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La FIDUCIARIA tiene derecho a la remuneración establecida en el Reglamento del Fondo de Inversión Colectiva, en el que administrará los recursos recibidos por parte del INVERSIONISTA, quien a su vez declara expresamente que los conoce y acepta en su integridad. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de pérdida o robo de la tarjeta de recaudo entregada al INVERSIONISTA, éste deberá pagar a la FIDUCIARIA la suma de ($ ) por cada tarjeta que deba ser entregada a aquel en reposición. El INVERSIONISTA autoriza a la FIDUCIARIA para que dicha suma sea descontada de los recursos administrados en el Fondo de Inversión Colectiva en el cual se mantengan invertidos los recursos por él entregados. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los costos y gastos necesarios para cumplir las instrucciones y propósitos de este contrato, así como los relacionados con la defensa judicial o administrativa de este, durante las diferentes etapas del ENCARGANTE, estarán a cargo del ENCARGANTE, de tal forma que si son pagados por la FIDUCIARIA los mismos serán reembolsados con la sola presentación de la cuenta de cobro respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que sean presentados para su pago. Transcurrido este término se causarán intereses xx xxxx a la tasa más alta autorizada por la ley.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Como remuneración por su gestión, la FIDUCIARIA recibirá la(s) siguiente(s) comisión(ones), la(s) cual(es) será(n) liquidada(s) mensualmente y pagada directamente por CONCESIONARIO: ___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ . La(s) comisión(es) anterior(es) constituye(n) la remuneración total de la FIDUCIARIA por la ejecución del presente contrato y no habrá lugar a ningún pago adicional.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La Fiduciaria recibirá por su labor como administradora del patrimonio autónomo del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá SITP, un valor fijo determinado por el ente gestor, costo que se deducirá del fondo principal el jueves de cada semana o el día hábil inmediatamente siguiente, y una comisión por eficiencia en la inversión equivalente a un % (que incluye I.V.A.) de los rendimientos brutos generados por el portafolio de inversiones, siendo estas las únicas contraprestaciones a cargo de los recursos del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá – SITP.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Como remuneración por su gestión, la FIDUCIARIA recibirá la(s) siguiente(s) comisión (ones), la(s) cual(es) será(n) liquidada(s) mensualmente y pagadas directamente por el CONTRATANTE: _ . La(s) comisión (ones) anterior(es) constituye(n) la remuneración total de la FIDUCIARIA por la ejecución del presente contrato y no habrá lugar a ningún pago adicional, diferente del reembolso de los gastos de que trata el numeral 12.3 de la cláusula 12 de este contrato, cuando hubiere lugar a ello.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La FIDUCIARIA tiene derecho a la remuneración estable- cida en el Reglamento del Fondo de Inversión Colectiva, en el que administrará los recursos recibidos por parte del BE- NEFICIARIO DE ÁREA, quien a su vez declara expresamente que lo conoce y acepta en su integridad. PARÁGRAFO PRIMERO: Los costos y gastos necesarios para cumplir las instrucciones y propósitos de este Encargo, así como los relacionados con la defensa judicial o administrativa de los derechos que el BENEFICIARIO DE ÁREA tiene en todas las etapas el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Inmobiliaria de Administración y Pagos al cual se vincula en virtud del presente contrato de Encargo Fiduciario, durante la ejecución y aún después de la terminación, estarán a cargo del FIDEI- COMITENTE, de tal forma que si son pagados por la FIDUCIARIA los mismos serán reembolsados con la sola presenta- ción de la cuenta de cobro respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que sean presentados para su pago. Transcurrido este término se causarán intereses xx xxxx a la tasa más alta autorizada por la ley.