Common use of REGISTRO DE PROVEEDORES Clause in Contracts

REGISTRO DE PROVEEDORES. El CONTRATISTA quedará obligado a estar registrado en el registro de proveedores ACHILLES, con la modalidad de RePro Estandard. Para ello se puede acceder a través de la dirección web xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx.xxxx?Xxx=xx o a través del apartado “Proveedores” de la página principal de la web de SUEZ (xxx.xxxxx.xx) donde ha de cumplimentar un cuestionario sobre información acerca de su empresa (datos identificativos, información económico-financiera o sobre equipos y materiales, certificaciones de que disponga [ISO’s OHSAS,...], etc.). Cuando así sea requerido, deberá aportar a la mayor brevedad la documentación que se le solicite (p.ej. certificaciones ISO, Seguro de Responsabilidad Civil, documentación relativa a Prevención de Riesgos Laborales (PRL), certificado negativo de Seguridad Social o deudas con AEAT, datos financieros, etc.) a fin de completar o justificar la información facilitada. La información contenida en el registro debe mantenerse actualizada por parte del contratista durante la vigencia del contrato. AIGÜES D’ELX realizará la evaluación del contratista basándose en aspectos como el grado de cumplimiento de plazos y condiciones comerciales pactadas, calidad del producto o servicio prestado, incidencias y reclamaciones registradas, grado de cumplimiento de la documentación CAE/PRL. Si tras la evaluación citada, el contratista no alcanzara un nivel satisfactorio en el cumplimiento de los requisitos establecidos que pueda ser razonablemente considerado correcto, AIGÜES D’ELX podrá iniciar los pasos que considere necesarios prescindir del mismo, pasando éste a la situación de no apto y sin que ello pueda ser considerado un incumplimiento contractual por parte de AIGÜES D’ELX.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Los "Servicios De Limpieza Y Desinfección De Depósitos De Agua Potable

REGISTRO DE PROVEEDORES. El CONTRATISTA contratista quedará obligado a estar registrado en el registro de proveedores ACHILLES, con la modalidad de RePro Estandard. Para ello se puede acceder a través de la dirección web web: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx.xxxx?Xxx=xx o a través del apartado “Proveedores” de la página principal de la web de SUEZ (xxx.xxxxx.xx) donde Donde ha de cumplimentar un cuestionario sobre información acerca de su empresa (datos identificativos, información económico-financiera o sobre equipos y materiales, certificaciones de que disponga [ISO’s OHSAS,...], etc.). Cuando así sea requerido, deberá aportar a la mayor brevedad la documentación que se le solicite (p.ej. certificaciones ISO, Seguro de Responsabilidad Civil, documentación relativa a Prevención de Riesgos Laborales (PRL), certificado negativo de Seguridad Social o deudas con AEAT, datos financieros, etc.) a fin de completar o justificar la información facilitada. La información contenida en el registro debe mantenerse actualizada por parte del contratista durante la vigencia del contratoAcuerdo. AIGÜES D’ELX AGAMED realizará la evaluación del contratista basándose en aspectos como el grado de cumplimiento de plazos y condiciones comerciales pactadas, calidad del producto o servicio prestado, incidencias y reclamaciones registradas, grado de cumplimiento de la documentación CAE/PRL. Si tras la evaluación citada, el contratista no alcanzara un nivel satisfactorio en el cumplimiento de los requisitos establecidos que pueda ser razonablemente considerado correcto, AIGÜES D’ELX AGAMED podrá iniciar los pasos que considere necesarios prescindir del mismo, pasando éste a la situación de no apto y sin que ello pueda ser considerado un incumplimiento contractual por parte de AIGÜES D’ELXAGAMED.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en El Concurso Para La Contratación Del “Suministro De Materiales Hidráulicos Por La Sociedad Aguas Del Arco Mediterráneo

REGISTRO DE PROVEEDORES. El CONTRATISTA contratista quedará obligado a estar registrado en el registro de proveedores ACHILLESAgbar, con la modalidad de RePro Estandard. Para ello se puede acceder a través de la dirección web xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx.xxxx?Xxx=xx o a través del registro extendido (apartado “Proveedores” de la página principal de la web de SUEZ Agbar (xxx.xxxxx.xx) donde ha de cumplimentar un cuestionario sobre información acerca de su empresa (datos identificativos, información económico-financiera o sobre equipos y materiales, certificaciones de que disponga [ISO’s OHSAS,...], etc.). Cuando así sea requerido, deberá aportar a la mayor brevedad la documentación que se le solicite (p.ej. certificaciones ISO, Seguro de Responsabilidad Civil, documentación relativa a Prevención de Riesgos Laborales (PRL), certificado negativo de Seguridad Social o deudas con AEAT, datos financieros, etc.) a fin de completar o justificar la información facilitada. La información contenida en el registro debe mantenerse actualizada por parte del contratista durante la vigencia del contrato. AIGÜES I SANEJAMENT D’ELX realizará la evaluación del contratista basándose en aspectos como el grado de cumplimiento de plazos y condiciones comerciales pactadas, calidad del producto o servicio prestado, incidencias y reclamaciones registradas, grado de cumplimiento de la documentación CAE/PRL. Si tras la evaluación citada, el contratista no alcanzara un nivel satisfactorio en el cumplimiento de los requisitos establecidos que pueda ser razonablemente considerado correcto, AIGÜES I SANEJAMENT D’ELX podrá iniciar los pasos que considere necesarios prescindir del mismo, pasando éste a la situación de no apto y sin que ello pueda ser considerado un incumplimiento contractual por parte de AIGÜES I SANEJAMENT D’ELX.

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Samples: Pliego De Claúsulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Limpieza De Oficinas, Almacen Y Edificios Depuradoras De Aigües I Sanejament D’elx

REGISTRO DE PROVEEDORES. El CONTRATISTA quedará obligado a estar registrado Artículo 95—Registro de Proveedores. La Ley de Contratación Administrativa en el artículo 46, establece que cada Proveeduría institucional, llevará un registro de proveedores ACHILLES, interesados en contratar con la modalidad administración, además el Reglamento a la Ley de RePro EstandardContratación Administrativa, (en adelante el Reglamento) define las condiciones para la inscripción, vigencia, plazo y reglas de funcionamiento de las proveedurías. Para ello El Registro de Proveedores constituirá el instrumento idóneo, en el que se puede acceder inscribirán las personas físicas y jurídicas que desean participar en los procesos de contratación administrativa del CTP, de manera que se encuentren debidamente acreditados y evaluados de manera integral y particular para un determinado tipo de concurso, en cuanto a través su historial, sanciones, capacidad técnica, financiera, jurídica y cualquier otra que resulte indispensable para una adecuada selección del contratista y del interés público. Por pertenecer el Consejo de Transporte Publico al Poder Ejecutivo, este deberá utilizar el registro central a cargo de la dirección web xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx.xxxx?Xxx=xx o a través del apartado “Proveedores” Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, (en adelante DGABCA). En el año 2010, la Dirección General de Bienes y Contratación Administrativa emitió la directriz N°DGABCA-NP-1336-2010, en la cual destaca lo siguiente: las Instituciones de la página principal Administración Central, sus instituciones adscritas y aquellas que voluntariamente utilizan Compr@Red así como las instituciones descentralizadas, deben acatar lo indicado en el artículo 46 párrafo tercero y cuarto de la web Ley de SUEZ (xxx.xxxxx.xx) donde ha de cumplimentar un cuestionario sobre información acerca de su empresa (datos identificativos, información económico-financiera o sobre equipos Contratación Administrativa[3] y materiales, certificaciones de que disponga [ISO’s OHSAS,...], etc.). Cuando así sea requerido, deberá aportar 116 párrafo segundo del Reglamento a la mayor brevedad Ley de Contratación Administrativa en cuanto a que “deben utilizar el Registro Central de Proveedores que administra la documentación Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa como referencia para cursar invitaciones en las licitaciones abreviadas o en los casos de compra directa por escasa cuantía, sin que se le solicite (p.ej. certificaciones ISOesto signifique que solamente puedan recibir ofertas de quienes están inscritos en dicho registro, Seguro de Responsabilidad Civil, documentación relativa a Prevención de Riesgos Laborales (PRL), certificado negativo de Seguridad Social o deudas con AEAT, datos financieros, etc.) a fin de completar o justificar la información facilitada. La información contenida ya que en el caso de recibir ofertas de personas físicas o jurídicas que no se encuentren inscritas en dicho registro debe mantenerse actualizada por parte estas deben ser tomadas en cuenta para su análisis, tal y como lo establece la normativa vigente y la directriz, DGABCA-NP-864-2009, de fecha 06 de octubre de 2009”. El Consejo de Transporte Publico deberá hacer uso del contratista durante la vigencia del contrato. AIGÜES D’ELX realizará la evaluación del contratista basándose en aspectos como el grado de cumplimiento de plazos y condiciones comerciales pactadas, calidad del producto o servicio prestado, incidencias y reclamaciones registradas, grado de cumplimiento registro central a cargo de la documentación CAE/PRL. Si tras Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, tomando en cuenta lo que dicta la evaluación citadanormativa, el contratista por ende no alcanzara un nivel satisfactorio se encuentran autorizados para llevar registros de proveedores en el cumplimiento de los requisitos establecidos que pueda ser razonablemente considerado correcto, AIGÜES D’ELX podrá iniciar los pasos que considere necesarios prescindir del mismo, pasando éste a la situación de no apto y sin que ello pueda ser considerado un incumplimiento contractual por parte de AIGÜES D’ELXforma independiente.

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Samples: www.ctp.go.cr