RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES Cláusulas de Ejemplo

RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. X. Xxxxxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia exigidos o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Los sobres que contengas la oferta técnica y económica de estas empresas no serán abiertos, tal y como establece el artículo 83.5 del RGLCAP.
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la no admisión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes: Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. Presentar mejoras diferentes a las previstas en el CCP del contrato de que se trate. Presentar proposiciones con variantes, o presentar variantes diferentes de las previstas cuando expresamente se prevean en el CCP del contrato. Presentar tachaduras o enmiendas en los documentos de la oferta que no permitan conocer con claridad el contenido exacto e íntegro de la misma. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en la cláusula 15 del mismo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en este pliego cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto de licitadores. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma. Incluir en el sobre “B” y/o “C” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técn...
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. En la negociación y valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores, se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas que incumplan las especificaciones mínimas del presente Pliego, del PPTP o de las normas y demás disposiciones o instrucciones que resulten de aplicación al objeto de la licitación o a su realización, así como por cualquier otra circunstancia prevista en la LCSP y en sus normas de desarrollo. Las ofertas o, en su caso, las variantes excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de negociación y valoración.
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes: • La licitadora presenta más de una proposición o suscribe propuesta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente, o figura en más de una unión temporal. • La licitadora no reúne los requisitos de capacidad y solvencia exigidos, o no aporta o no subsana la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. • La proposición incluye alguna referencia al importe de la oferta económica en los sobres A ó B. • La valoración de la oferta técnica no supera el umbral mínimo de 24 puntos. • La proposición no valora la totalidad del objeto del contrato a ejecutar o contiene cálculos o propuestas manifiestamente erróneos que no sean meramente erratas menores. • Realiza planteamientos técnicamente inviables o manifiestamente defectuosos. • Se presentan proposiciones con variantes o alternativas. • La oferta económica presenta discordancia entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de una errata menor (caso en el que primará la letra sobre el número). • No justifica la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no es aceptada la justificación por el Órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto. • El estudio económico que justifica el precio ofertado resulta contradictorio e incoherente con la oferta técnica o no acredita con datos veraces la viabilidad del precio según los gastos que suponen los servicios propuestos. Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación. El o los siguientes sobres de estas empresas no serán abiertos.
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. Quedarán igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego.
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. 10.4.1.- Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores:
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia.
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. A. Las ofertas correspondientes a proposiciones que sean rechazadas por no reunir los requisitos de capacidad y solvencia exigidos quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que contengan el Plan de Ejecución de la Obra y la oferta económica de estas empresas no serán abiertos.
RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. Quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes: • La licitadora no reúne los requisitos de capacidad y solvencia exigidos, o no aportan o no subsanan la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia. • La oferta económica presenta discordancia entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de una errata menor. • La licitadora presenta más de una proposición o suscribe propuesta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente, o figura en más de una unión temporal. • Se presentan proposiciones con variantes o alternativas. • Realiza planteamientos técnicamente inviables o manifiestamente defectuosos. • No supera el umbral mínimo de 50 puntos en la valoración de la oferta técnica. • No justifica la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no es aceptada la justificación por el Órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto. Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación. El o los siguientes sobres de estas empresas no serán abiertos.

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