Common use of Recepción del objeto del contrato Clause in Contracts

Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de METRO la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte METRO S.A. de un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación: La recepción provisional de la Prestación de Servicios, que así lo requiera, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación. A tal efecto, el Contratista comunicará al Director de Servicio, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la Prestación de Servicio. El Director de Servicio, a la vista de la comunicación del Contratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la Prestación de servicio se ha ejecutado técnicamente conforme a Contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente. Dicha fecha se le notificará al Contratista con una antelación mínima de quince (15) días. Si, por causa imputable a Metro, se hubiere demorado en más de veinte (20) días, a partir de la fecha fijada, la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la Prestación de Servicio es de conformidad o, practicadas dichas pruebas y operaciones, METRO no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción provisional de las mismas, el Contratista podrá requerir a METRO, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepción provisional, con expresa reclamación si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento. Cuando la demora en la recepción provisional no le sea imputable a METRO, éste no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al Contratista.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación, Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación

Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de METRO Metro de Madrid la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte METRO S.A. Metro de Madrid de un acto formal y positivo de recepción o conformidad conformidad, dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación: . La recepción provisional de la Prestación de Servicioslos servicios, que cuando así lo requierarequiera el objeto del contrato, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación. A tal efecto, el Contratista contratista comunicará al Director director de Serviciolos trabajos, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la Prestación prestación de Serviciolos servicios. El Director director de Serviciolos trabajos, a la vista de la comunicación del Contratistacontratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la Prestación prestación de servicio los servicios se ha ejecutado técnicamente conforme a Contrato al contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente. Dicha ; dicha fecha se le notificará al Contratista contratista con una antelación mínima de quince (15) días. Si, por causa imputable a MetroMetro de Madrid, se hubiere demorado en más de veinte (20) días, días a partir de la fecha fijada, fijada la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la Prestación prestación de Servicio los servicios es de conformidad o, practicadas dichas pruebas y operaciones, METRO Metro de Madrid no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción provisional de las mismas, el Contratista contratista podrá requerir a METROMetro de Madrid, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepción provisionalrecepción, con expresa reclamación reclamación, si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento. Cuando la demora en la recepción provisional no le sea imputable a METROMetro de Madrid, éste ésta no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al Contratistacontratista. Con posterioridad a la recepción o conformidad de los trabajos efectuada, y siempre en los términos previstos en la documentación contractual aplicable al contrato, el Contratista deberá entregar a Metro de Madrid el documento “Finiquito” firmado incluido como anexo V del PCP. En dicho documento el contratista declarará, expresamente, que con el pago de la factura de liquidación quedarán saldados y finiquitados todos los trabajos realizados, que no tendrá más que reclamar a Metro de Madrid en relación con el contrato, sin perjuicio de las retenciones realizadas en sus facturas y la eventual devolución de la garantía definitiva, así como que no tiene pendiente de abono cantidad alguna a sus empleados y/o empresas subcontratistas.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto Súper Simplificado, De Un Servicio De Traducción

Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de METRO la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte METRO S.A. de un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación: La recepción provisional de la Prestación de Servicios, que así lo requiera, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación. A tal efecto, el Contratista comunicará al Director de Servicio, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la Prestación de Servicio. El Director de Servicio, a la vista de la comunicación del Contratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la Prestación de servicio se ha ejecutado técnicamente conforme a Contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente. Dicha fecha se le notificará al Contratista con una antelación mínima de quince (15) días. Si, por causa imputable a Metro, se hubiere demorado en más de veinte (20) días, a partir de la fecha fijada, la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la Prestación de Servicio es de conformidad o, practicadas dichas pruebas y operaciones, METRO no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción provisional de las mismas, el Contratista podrá requerir a METRO, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepción provisionall, con expresa reclamación si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento. Cuando la demora en la recepción provisional no le sea imputable a METRO, éste no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al Contratista.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación