Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del CSN, la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte de la Administración, de un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 204 del RGLCAP.
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Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del CSNde la Administración, la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte de la Administración, de un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 204 del RGLCAP.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Con Promoción De Concurrencia, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Con Promoción De Concurrencia, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Con Promoción De Concurrencia