Provisión Cláusulas de Ejemplo

Provisión. Disponibilidad por medio de cheque. Tema 42. Relaciones jurídicas entre los participantes en el cheque,—El pago dei cheque.—Legitimación del ten edor—Tiem­ po.—Modalidades y efectos del pago —Ac­ ciones que corresponden al tenedor del cheque.
Provisión. El SACI es ofrecido en cantidades de troncales. La CPLD, al solicitar el servicio de SACI, deberá especificar el número de troncales deseadas entre sus predios y el equipo conmutador de la compañía y cantidad de troncales a ser utilizadas o convertidas a capacidad de señalización siete (SS7). Cuando la CPLD utiliza facilidades de servicios de acceso interestatal existentes para manejar sus llamadas de larga distancia intraisla, la CPLD proveerá la información correspondiente al por ciento de uso interestatal (PIU) a la Compañía, conforme a la sección 2.3.11 de la tarifa PRTC-F.C.C. No. 1. Otra información puede ser necesaria para la provisión del SACI, la cual deberá especificarse de acuerdo con los procedimientos de solicitud y orden para servicio de acceso.
Provisión. Los Titulares de la cuenta se obligan a no emitir ninguna orden sin la previa existencia de fondos suficientes y a no impugnar los traspasos o transferencias de fondos que el Banco efectúe de acuerdo con las formas de disposición establecidas.
Provisión. Desde la entrada en vigor del presente convenio se impulsará y negociará un modelo de bases para la provisión de puestos de trabajo vacantes, un modelo de bases para la cobertura de plazas por promoción interna y turno libre, así como un modelo de bases de bolsa de empleo para contrataciones temporales.
Provisión de las licencias de la herramienta de Antivirus y herramientas de seguridad para toda la infraestructura de PRONÓSTICOS (a reserva de aquellas incluidas como alcance de la Unidad de Servicio de Seguridad Informática descritas en dicho apartado).
Provisión. Artículo 20º.-Formas de provisión. Son formas de provisión: el concurso, la libre desig- nación, la permuta, la redistribución de efectivos, la adscripción provisional y la readscripción de puestos de trabajo. Artículo 21º.-Tipos de concurso. Concurso permanente de traslados. Se utilizará para proveer los puestos base de cada grupo profesional. Las vacantes se ofertarán a medida que se vayan produciendo y a ellas podrán concurrir todos aquellos que pertenezcan a la categoría profe- sional para la que está definido el puesto y reúnan los requisitos exigidos en la RPT. Para poder concursar se deberá pertenecer a la mis- ma categoría y especialidad y tendrán que haber transcurrido dos años desde la obtención del último destino definitivo, excepto en los supuestos xx xxxx- greso al servicio activo, remoción, cese o supresión del puesto de trabajo, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, readscripción de puesto, redistribución de efectivos, cambio de localidad o incorporación a una nueva categoría por capacitación (de acuerdo con lo establecido en el punto sexto del acuerdo de promoción interna firmado el 8 de febrero de 2002). La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos de trabajo se llevará a cabo de conformidad con los baremos en vigor, pero teniendo en cuenta los siguientes criterios generales:
Provisión. La provisión de puestos de trabajo vacantes se realizará en el último trimestre de cada año, ofertándose por parte del Ayuntamiento los puestos de trabajo objeto de concurso mediante publicación en el B. O. P. y comunicación inmediata a todos los servicios municipales y a la Junta de Personal.
Provisión. Los objetos de cualquier clase que AEG consigne en las instalaciones, almacenes o lugares similares del Proveedor, siguen siendo propiedad de AEG y sólo pueden utilizarse para la ejecución de los suministros y servicios solicitados. El Proveedor estará obligado a realizar, a su cargo, los trabajos de mantenimiento e inspección requeridos, así como a proporcionar un seguro adecuado para los objetos que se le hayan dejado en consigna con una prueba de ello a solicitud del Cliente.
Provisión. Se deberán proveer todos los materiales, herramental, andamiajes y dotación de personal necesaria para la correcta realización de los trabajos descriptos en el punto 6.1 del presente documento.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.