Privacidad, Seguridad y Tratamiento de Datos Cláusulas de Ejemplo

Privacidad, Seguridad y Tratamiento de Datos. Workspace for Education posee desde mayo 2012, la certificación ISO 27001, además de la ya existente SSAE 16/SAE 3402 y el certificado FISMA de Workspace for Education para Gobiernos. Es una empresa adherida al acuerdo de privacidad, Privacy Shield, alcanzado con EEUU en Julio de 2016. El Privacy Shield, que sustituye al antiguo Puerto Seguro, busca proteger los derechos fundamentales de cualquier ciudadano europeo cuyos datos personales se transfieran a los Estados Unidos, y aportar claridad jurídica para las empresas que dependen de transferencias internacionales de datos. X/ Xxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Teléfono: 00 000 00 00 Fax: 00 000 00 00
Privacidad, Seguridad y Tratamiento de Datos. 1. Descripción del Servicio‌‌ Las cuentas de G Suite son proporcionadas con el objeto de apoyar las funciones de comunicación de todo el personal contratado y del alumnado en el centro educativo Colegio NILE conforme al acuerdo establecido con Google al activar el dominio xxxxxxxxxxxx.xxx.xx en G Suite que es un conjunto de soluciones de software que Google ofrece gratuitamente a los centros educativos bajo el modelo de computación en la nube Software as a Service (Software como Servicio). El acceso a estos recursos está condicionado a la aceptación de la Política de Uso por parte del usuario en caso del personal propio y las familias del alumnado a quién se le proporcione cuenta. Las cuentas institucionales se encuentran bajo plataforma dotada por G suite e incluye los siguientes servicios integrados: Gmail, Google Calendar (calendarios compartidos), Google Drive (alojamiento de documentos, hojas de cálculo y colaboración online), Google Sites (diseño y publicación de sitios en equipo) y Hangouts (sistema de mensajería y videoconferencia). A diferencia de las cuentas que ofrece Google los servicios bajo el dominio xxxxxxxxxxx.xx y los subdominios son servicios administrados por Colegio NILE. Se ha elegido esta plataforma de comunicación y trabajo colaborativo por varias razones entre las que destacamos:
Privacidad, Seguridad y Tratamiento de Datos. G Suite posee desde mayo 2012, la certificación ISO 27001, además de la ya existente SSAE 16/SAE 3402 y el certificado FISMA de G Suite para Gobiernos. Es una empresa que dispone de la certificación del programa Puerto Seguro (Safe Harbor) del Departamento de Comercio de los EE.UU, reconocida por la Comisión Europea y la agencia Española de Protección de Datos, lo cual implica cumplir con los requerimientos de la LOPD, siempre y cuando se haga un uso responsable de las herramientas y de la información generada o almacenada en ellas. El programa Safe Harbor permite cumplir la Directiva 95/46/CE del parlamento europeo y del consejo de 24 de octubre de 1995 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. El 27 xx xxxxx de 2016 la UE aprobó un nuevo Reglamento General de Protección de Datos que comenzó a aplicarse en Mayo de 2018. Este Reglamento sustituye al anterior y pretende regular mejor la necesidad de empresas y usuarios en la prestación y consumo de servicios Cloud. G Suite cumple actualmente con el nuevo Reglamento (RGPD). Información adicional sobre la Privacidad del servicio de G Suite para Colegio NILE en: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/x/xxxx/xxxx/xx/xxxxx/xxxxxxx.xxxx Condiciones del servicio de G Suite: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxx/xx/xxxxx/xxxx_xxxxx.xxxx
Privacidad, Seguridad y Tratamiento de Datos. Fecha de este documento: noviembre de 2018
Privacidad, Seguridad y Tratamiento de Datos. G Suite for Education posee desde mayo 2012, la certificación ISO 27001, además de la ya existente SSAE 16/SAE 3402 y el certificado FISMA de G Suite for Education para Gobiernos. Es una empresa que dispone de la certificación del programa Puerto Seguro (Safe Harbor) del Departamento de Comercio de los EE.UU, reconocida por la Comisión Europea y la agencia Española de Protección de Datos, lo cual implica cumplir con los requerimientos de la LOPD, siempre y cuando se haga un uso responsable de las herramientas y de la información generada o almacenada en ellas. El programa Safe Harbor permite cumplir la Directiva 95/46/CE del parlamento europeo y del consejo de 24 de octubre de 1995 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Información adicional sobre la Privacidad del servicio de G Suite for Education para el Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx en: Condiciones del servicio de G Suite for Education: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxx/xx/xxxxx/xxxx_xxxxx.xxxx Condiciones de asistencia G Suite for Education: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxx/xx/xxxxx/xxxx.xxxx

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.