Plazo para cumplir las condiciones previas al primer desembolso. Si dentro de los ciento ochenta (180) días contados a partir de la vigencia de este Convenio, o de un plazo más amplio que las partes acuerden por escrito, no se cumplieren las condiciones previas al primer desembolso establecidas en el Artículo 3.01 de estas Normas Generales y en las Estipulaciones Especiales, el Banco podrá poner término a este Convenio dando al Beneficiario el aviso correspondiente.
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Samples: Convenio De Financiamiento No Reembolsable Para Inversión Del Fondo, Convenio De Financiamiento No Reembolsable Para Inversión Del Fondo
Plazo para cumplir las condiciones previas al primer desembolso. Si dentro de los ciento ochenta (180) días contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de este Convenio, o de un plazo más amplio que las partes Partes acuerden por escrito, no se cumplieren las condiciones previas al primer desembolso establecidas en el Artículo 3.01 de estas Normas Generales y otras condiciones previas al primer desembolso que se hubiesen acordado en las Estipulaciones Especiales, el Banco podrá poner término a este Convenio dando en forma anticipada mediante notificación al Beneficiario el aviso correspondienteBeneficiario.
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Samples: Convenio De Financiamiento No Reembolsable De Inversion Del Fondo Nordico De Desarrollo (Ndf), Convenio De Financiamiento No Reembolsable Para Inversión
Plazo para cumplir las condiciones previas al primer desembolso. Si dentro de los ciento ochenta (180) días contados a partir de la vigencia fecha de entrada en vigor de este Convenio, o de un plazo más amplio mayor que las partes Partes acuerden por escrito, no se cumplieren cumplieran las condiciones previas al primer desembolso establecidas en el Artículo 3.01 de estas Normas Generales y otras condiciones previas al primer desembolso que se hayan acordado en las Estipulaciones Disposiciones Especiales, el Banco podrá poner término a rescindir este Convenio dando en forma anticipada mediante notificación al Beneficiario el aviso correspondienteBeneficiario.
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Plazo para cumplir las condiciones previas al primer desembolso. Si dentro de los ciento ochenta (180) días contados a partir de la vigencia de este del presente Convenio, o de un plazo más amplio que las partes acuerden por escrito, no se cumplieren las condiciones previas al primer desembolso establecidas en el Artículo 3.01 de estas Normas Generales y en las Estipulaciones Especiales, el Banco podrá poner término a este al presente Convenio dando al Beneficiario el aviso correspondiente.
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Samples: Convenio Financiamiento No Reembolsable Con Recuperación Contingente